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FACTURAS PLAZO PARA SU EMISIÓN Y ENTREGA

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factura electronica plazo para emision y entrega

A raíz de algunas consultas que recibí las últimas semanas y ante la inminente generalización de la factura electrónica, me pareció interesante recordar cuales son las fechas límites para realizar las facturas y cual es el plazo para la entrega de la misma.

Es un tema no menor a tener en cuenta, especialmente para quienes tienen actividades en las cuales para realizar la factura en el momento de la entrega deberían utilizar el Facturador Móvil (el Facturador Móvil es una aplicación del servicio de “Comprobantes en Línea”, no se trata de un servicio independiente, por lo que utiliza el mismo punto de venta y se pueden emitir facturas en forma correlativa y consecutiva tanto por dicho servicio a través de una computadora como mediante el facturador móvil).

FACTURAS Y DEMÁS COMPROBANTES PLAZOS PARA SU EMISIÓN Y ENTREGA

La factura y los demás comprobantes que respaldan la operación realizada y comprobantes que respaldan la operación de pesaje de productos agropecuarios, deberán ser emitidos y entregados en los momentos que, para cada operación se indican seguidamente:

Operación Fecha límite para su emisión Plazo de entrega
Compraventa de cosas muebles Último día del mes calendario en que se produjo la entrega de la cosa mueble o de su puesta a disposición del comprador, lo que fuera anterior. Dentro de los 10 días corridos contados a partir de la fecha de emisión.
Locaciones y prestaciones de servicios.
Locaciones de obras
Día en que se concluya la prestación o ejecución o en que se perciba -en forma total o parcial- el precio, el que fuera anterior. Dentro de los 10 días corridos contados a partir de la fecha de emisión.
Servicios continuos Último día de cada mes calendario, excepto que con anterioridad se hubiera percibido -en forma total o parcial- el precio o concluido la operación Dentro de los 10 días corridos contados a partir de la fecha de emisión.
Locaciones de cosas. Fecha de vencimiento fijada para el pago del precio o alquiler correspondiente a cada período Dentro de los 10 días corridos contados a partir de la fecha de emisión.
Anticipos que fijan precio. Día en que se perciba -en forma total o parcial- el importe del anticipo. Dentro de los 10 días corridos contados a partir de la fecha de emisión.
Provisión de agua corriente, de servicios cloacales, de desagüe, electricidad, gas, teléfono, televisión por cable, Internet y demás servicios de telecomunicaciones. Fecha del primer vencimiento fijado para su pago. Hasta la fecha de primer vencimiento fijado para su pago.
Pesaje de productos agropecuarios. Día en que se realice la operación de pesaje. En el acto de realizarse la operación de pesaje.

Por servicios continuos se entenderá aquellas prestaciones de servicios que no poseen un plazo expreso de finalización. Cuando superan el mes calendario, la obligación de emitir la factura o documento equivalente, nacerá a la finalización de cada uno. Dicha obligación no será aplicable en el caso de servicios públicos.

De tratarse de operaciones con consumidores finales, la entrega de los referidos documentos corresponderá ser efectuada en el momento en que se realice la operación, entendiéndose por tal, el que para cada caso se indica:

❌ Compraventa de cosas muebles: cuando se verifique la entrega o puesta a disposición del comprador, o se perciba -en forma total o parcial -el precio, lo que fuera anterior.

❌ Prestaciones de servicios y locaciones de obras y servicios: cuando se concluya la prestación o ejecución, o se perciba -en forma total o parcial-el precio, lo que fuera anterior.

RG4291 – Art 14 […] Cuando se trata de operaciones con consumidores finales por las actividades previstas en el Anexo de la resolución general 4290, se deberá entregar el comprobante impreso, excepto que el comprador, locatario o prestatario acepte otro medio para su recepción que asegure su consulta en el momento de su emisión.

El requisito de impresión del comprobante no será exigido cuando la facturación se deba efectuar, en el momento de la entrega de los bienes o prestación del servicio objeto de la transacción, en el domicilio del cliente o en un domicilio distinto al del emisor del comprobante.

 

FECHA DE LA FACTURA ELECTRÓNICA Y PLAZO PARA LA TRANSFERENCIA A AFIP

Si bien el plazo para la emisión fue establecido por la RG 1415 en el año 2003, el surgimiento de la factura electrónica generó algunos conflictos a la hora realizar las facturas, especialmente para quienes facturaban con fecha del último día de cada mes pero como el comprobante era en papel quizás se tomaban algunos días extras para hacer la factura.

Esto cambio con la factura electrónica, la RG 2485 en su Art. 29 estableció limites para generación de comprobantes a saber:

✖️ Cuando en la solicitud de autorización de comprobantes constare la fecha del comprobante, la transferencia electrónica a la AFIP no podrá exceder los 5 días corridos contados desde dicha fecha.

✖️ Cuando se trate de prestaciones de servicios, la transferencia podrá efectuarse dentro de los 10 días corridos anteriores o posteriores a la fecha consignada en el comprobante.

En estos supuestos y siempre que se otorgue el “C.A.E.” correspondiente, la fecha de comprobante consignada se considerará como fecha de emisión del comprobante electrónico original.

En caso que en la solicitud no constare la fecha del documento, se considerará fecha de emisión del comprobante, la de otorgamiento del respectivo “C.A.E.”.

 

¿Tienen clientes cuyas actividades son poco compatibles con la facturación electrónica? ¿Que dificultades se les están presentando para implementarla?

52 comments

  1. Romina 29 enero, 2024 at 19:59 Responder

    Hola, consulta? Tengo un auto alquilado el cual yo facturo el importe total pero la mitad le pertenece al conductor, le tengo q pedir al conductor q me facture a mi?

  2. hipolita 23 mayo, 2022 at 09:42 Responder

    Buenos dias, mi consulta es la siguiente: hice una factura de un cliente eventual, con una condición de pago a 15 días, primer pregunta esta bien? siendo un cliente eventual? además de haber recibido ya el pago de la misma, a través de un pago por transferencia .
    agradeceré su respuesta.
    saludos.
    Hipólita Roldan

    • Barbara 9 diciembre, 2020 at 11:59 Responder

      Hola Danie. tuviste alguna respuesta? o pudiste aclarar la duda? Qué pasa si se emite factura por un servicio prestado por ejemplo como decís 5 meses atrás? Hay sanción? Entiendo que la norma dice genéricamente que ante incumplimiento de lo normado por la RG (donde tmb está el tema del plazo), las sanciones son las de la 11.683. Es decir, que si emito tarde puedo estar sujeta a la sanción de clausura?

  3. lean 4 agosto, 2020 at 10:21 Responder

    Buenos días. Una consulta : un cliente olvidó facturar una venta con tarjeta, pasaron aprox 30 días y la operacion corresponde al mes anterior (Julio). Se puede facturar y que se atribuya el ingreso a ese período estando ahora en Agosto?
    Utiliza el servicio factura. Gracias

  4. Maria Pia 19 julio, 2020 at 12:21 Responder

    Hola! Tengo una duda. Tengo una cliente que es kinesiologa y trabaja con obras sociales. Sucede que a veces un servicio que presto por ejemplo en junio se lo pagan recien en octubre. Es correcto indicarle que haga la factura con fecha de emision del dia que recibe el pago y en “desde hasta” ponga el periodo en el que presto el servicio? Gracias

    • Nicolás vidal 7 agosto, 2022 at 14:00 Responder

      Buenas. Tuvieron respuesta? Tengo un cliente q en dos kioscos no facturó durante 7 meses y obviamente no me dan los números. Necesito facturar esos periodos. Mi idea es hacer factura B global a cuit genérico al menos para recomponer la situación pero quisiera saber a q tipos de sanciones me expongo. Gracias !

  5. ANALIA GABRIELA MOLINA 30 junio, 2020 at 18:37 Responder

    Hola soy profesional y tengo que facturar los servicios de otro profesional, yo soy monotributista como debería facturarlo? por el total y luego pedirle una factura al otro profesional porque parte de lo que facturo a mi cliente se lo transfiero? nose si fui clara como como se procede a la facturación cuando hay facturaciones y trasferencias a otros por un mismo trabajo?

  6. NORMA 29 junio, 2020 at 16:08 Responder

    HOLA TENGO QUE FACTURA RECIBIDA EN JUNIO PERO EL TRABAJO FUE REALIZADO EN MARZO A UN RESPONZABLE INSCRIPTO Y EN LA FACTURA DICE DESDE EL 1 DE MARZO AL 15 DE MARZO CUANDO ME TOMO EL CREDITO.
    GRACIAS

  7. Mariano Peri 25 marzo, 2020 at 11:20 Responder

    Hola, estoy alquilando un departamento y el locatario me debe las facturas correspondientes al pago del alquiler desde otubre 2019 a la fecha. Los pagos siempre se realizaron en tiempo y forma. Puede hacerme una factura con fecha de hoy (25-03-2020) por el pago de los meses correspondientes al 2019 y que me sirva para cargar en la pagina de Afip (siradig) ya que necesito la factura para deducir ganancias. Muchas Gracias . Mariano

  8. Lautaro 15 enero, 2020 at 07:43 Responder

    Hola tengo la siguiente duda, un odontólogo que nunca hizo fc electronicas, puede en enero de 2020 facturar en periodo facturado desde hasta hacer una factura por el periodo devengado 1 al 30 de agosto 2019. Se olvidó de hacer todas las facturas en el periodo 2019. Cual es la mejor opcion en este caso? La categoría que tiene esta encuadrado en lo real, solo que no hizo las fc. Saludos y muchas gracias

  9. Marina 6 enero, 2020 at 11:58 Responder

    Buen dia, en diciembre estuve con un problema de salud de uno de mis hijos y mi local fue atendido por mi madre y mi hermana.. como no estaba, decidi facturar todo yo cuando estuviese mas organizada, resulta q hoy quise poner,me a facturar el mes de diciembre y ya no me toma, que hago? tengo todas las ventas sin facturar.. en el hospital no contaba con internet ni tiempo.. hay alguna posibilidad de que lo pueda solucionar,,, gracias

  10. Daiana 2 enero, 2020 at 12:42 Responder

    Hola! En el día de hoy quisimos hacer una factura de exportación de servicios con fecha 30/12 pero nos da un error el programa de facturación. Hicimos la consulta y nos respondieron que si bien se puede hacer facturas con fecha hacia atrás, debe corresponder al mismo mes en curso. Siempre facture hacia atrás y esta es la primera vez que sucede esto. Hay algún cambio en la legislación donde se especifique esto? Muchas gracias

  11. Paula 2 enero, 2020 at 07:58 Responder

    Buenos días Carla, te consulto : tengo un cliente que exporta servicios … la consulta es sobre que fecha debe colocar en el campo que dice FECHA DE PAGO al hacer su FC E en Comprobantes en Linea, el nunca sabe con exactitud el día que le abonaran esa FC.
    Aguardo tu respuesta, muchas gracias!
    Saludos

  12. Florencia 9 diciembre, 2019 at 10:31 Responder

    Hola, se puede hacer una factura con fecha 30 de noviembre el día 10 de diciembre, eso entra dentro de los 10 días corridos o se pasa?

      • Barbara 9 diciembre, 2020 at 11:56 Responder

        Hola. tengo la misma duda. Si se supone que hay un plazo específico para emitir las facturas. Qué pasa si uno la emite tarde? Porque veo que en la normativa las sanciones son las de la 11.683. Es decir, si hay una facturación tardía, por ejemplo, presté un servicio en octubre y recién lo facturo, qué pasa? Hay sanción? Se puede hacer eso? Tuvieron alguna respuesta uds?

  13. Mateo 3 diciembre, 2019 at 15:18 Responder

    Hola. Muy util todo. ¿Saben con exactitud si el sistema de AFIP toma en cuenta la fecha de emisión de la factura o el período consignado en “desde” y “hasta” a la hora de hacer las recategorizaciones/exclusiones?
    Tengo entendido que el criterio (una vez presentados defensas y recursos) ha sido el del devengado, que se da por el período consignado “desde” y “hasta” y no el de la fecha de la factura, pero no se si el sistema electrónico sigue el mismo criterio. Lo que quiero es contar como cuenta AFIP y evitar una discusión de varios meses, por más que tenga razón al final.

  14. Juan Manuel 27 noviembre, 2019 at 11:05 Responder

    Hola, desde ya muchas gracias por compartir toda esta info que me es de gran ayuda!
    Te consulto, tengo un cliente que necesita que le facture por adelantado un servicio, es decir, que las fechas en la factura electronica (fecha del servicio) sean posteriores a la actual. En el sistema no me deja, ¿ como puedo resolverlo? ¿o estoy obligado a esperar a la fecha para poder facturarlo?
    Muchas Gracias
    Saludos

    • Carla Lombardi 28 noviembre, 2019 at 08:36 Responder

      Podrías informarlo en:
      – El período facturado indicando desde y hasta cuando es el servicio
      – En el detalle de la factura informando el período en el cual se va a prestar el servicio.

  15. GABRIELA 4 octubre, 2019 at 01:18 Responder

    Hola consulta, en mi caso tengo un nuevo cliente que vende productos de belleza y tiene cobros realizados desde mercado pago, entiendo que esto hay que facturar pero el inconveniente es que tiene operaciones con fecha anterior a septiembre , como deberia proceder?

    • Carla Lombardi 3 septiembre, 2019 at 19:06 Responder

      Para el caso de “servicios” el sistema web permite consignar como fecha de emisión hasta 10 días previos, para el resto 5 días corridos contados desde dicha fecha.

  16. JORGE SARDINAS 14 agosto, 2019 at 19:18 Responder

    En el caso de monotributista de las localidades donde no llega internet fluidamente, como Santa Victoria Este, se puede usar facturas manual??

  17. Silvina 27 junio, 2019 at 15:54 Responder

    Hola Carla es la primera vez que escribo, pero siempre sigo tus publicaciones muy de cerca. me encanto la de poner limites a lo profesional. Consulta: con el rece podias emitir facturas con fecha para a tras hast 5 dias, esta situacion se mantiene con web services? Es decir que el 01/07 puedo enviar solicitud de CAE de una factura fecha 27/06? …Muchas gracias

  18. Amparo Vijande 21 junio, 2019 at 17:01 Responder

    Buenas tardes Carla.
    Necesito saber que ley/decreto de AFIP contempla la posibilidad de hacer la facturación de los servicios que prestamos con fecha posterior al día que estamos realizando la misma. Por ejemplo el dia 26/06 facturar con fecha 01/07 los servicios del mes de Junio.
    Muchas gracias

  19. Matias 30 mayo, 2019 at 21:06 Responder

    hola Carla, mi consulta es la siguiente, cuando tengo un cliente que presto servicios por el mes de marzo, y yo facturo el servicio el 30 del mes siguiente, abril. Se podría?
    y otra pregunta esa factura realizada muchos dias despues por servicios prestados en abril, afecta a mi calculo de II.BB. de abril? muchas gracias por todo el aporte que hacen.

  20. Noelia 28 marzo, 2019 at 14:59 Responder

    Hola! Creo haber leído que había un plazo adicional para el uso de los talonarios de facturas impresos, en el caso de los monotributistas obligados a partir 1/4, pero ahora no encuentro la norma. Es correcto?

  21. Germán 15 marzo, 2019 at 08:54 Responder

    Buen día Carla. En cuanto a la puesta a disposición del comprobante, no es necesario que el emisor imprima en papel la factura, sino que debe poner (de alguna forma) la misma a disposición del cliente (mail, whatapp). Es correcto?

    RG4291 – Art 14
    […] Cuando se trata de operaciones con consumidores finales por las actividades previstas en el Anexo de la resolución general 4290, se deberá entregar el comprobante impreso, excepto que el comprador, locatario o prestatario acepte otro medio para su recepción que asegure su consulta en el momento de su emisión. El requisito de impresión del comprobante no será exigido cuando la facturación se deba efectuar, en el momento de la entrega de los bienes o prestación del servicio objeto de la transacción, en el domicilio del cliente o en un domicilio distinto al del emisor del comprobante.

    Saludos, Germán.

  22. favio 14 marzo, 2019 at 19:06 Responder

    Hola Carla, es valido que un monotributista en vez de comprar un controlador fiscal emita las facturas a través de un servicio de afip, donde te devuelve el CAE?

  23. Adrian Eduardo Garay 14 marzo, 2019 at 18:30 Responder

    Hola Carla , es la primera vez que escribo , pero sigo siempre muy atento tus publicaciones que sin de gran ayuda, respecto de este tema particular te parece que el facturador móvil es posible de utilizar en comercio que venden mayoritariamente a consumidor final , como almacén , o como bares , por que por la operatoria yo les he indicado que compren el controlador fiscal, pero en la situación actual les es imposible invertir$30000 aprox. que el el valor del equipo mas barato.
    Muchas gracias y saludos

    • Carla Lombardi 14 marzo, 2019 at 18:39 Responder

      Adrián,
      El facturador móvil es una solución a medias, deberías tener ademas impresora conectada al celular y dependiendo de la zona y el movimiento del comercio puede llegar a ser un poco tedioso.
      El lunes va a salir publicada una nota, sobre una opción que me parece una solución muy buena para este tipo de comercios.

  24. hector 14 marzo, 2019 at 15:28 Responder

    hola
    siguen firmes las fechas para la emisiòn de facturas electrònicas, aùn para aquellos monotributistas de pequeños comercios , a los que se les hace muy dificil subsistir y deben hacer una inversiòn en un controlador fiscal que supera los 800 dolares ?

    • Carla Lombardi 14 marzo, 2019 at 18:41 Responder

      Si, por ahora el cronograma no se modificó. Siempre esta la opción de hacer utilizar comprobantes en línea, si el controlador es muy caro.

  25. EDUARDO VILLOSLADA 14 marzo, 2019 at 11:04 Responder

    BUENOS DIAS, TENGO UN CLIENTE QUE ES DISTRIBUIDORA DE PRODUCTOS ALIMENTICIOS, EN REALIDAD LLENA EL CAMION CON MERCADERIA, SALE A VENDER Y FACTURA EN EL COMERCIO AL QUE LE VENDE. EN ESOS CASOS HABIA UNA EXCEPCION PARA EL USO DE LA FACTURA ELECTRONICA, LA MISMA SE MANTIENE O HAY QUE RECURRIR AL FACTURADOR MOVIL

    • Carla Lombardi 14 marzo, 2019 at 18:49 Responder

      Operaciones cuya facturación se deba efectuar con la modalidad electrónica, en el momento de la entrega de los bienes o prestación del servicio objeto de la transacción, en el domicilio del cliente o en un domicilio distinto al del emisor del comprobante, de acuerdo con el siguiente cronograma:
      “Comprobantes en Línea” / “Facturador Móvil”: 1 de enero de 2019
      “Webservices”: 1 de abril de 2019

  26. Franco 14 marzo, 2019 at 10:07 Responder

    ¿Los plazos de entrega de los comprobantes aplican a las facturas electrónicas emitidas a consumidores finales?
    La pregunta apunta a un comercio que implementará la factura electrónica para respaldar operaciones con consumidores finales a partir del 01/04. El proceso se simplificaría si cuenta con 10 días corridos para enviar la factura y no hacerlo en el momento de la operación.
    Muchas gracias.

    • Carla Lombardi 14 marzo, 2019 at 18:50 Responder

      De tratarse de operaciones con consumidores finales, la entrega de los referidos documentos corresponderá ser efectuada en el momento en que se realice la operación, entendiéndose por tal, el que para cada caso se indica:

      ❌ Compraventa de cosas muebles: cuando se verifique la entrega o puesta a disposición del comprador, o se perciba -en forma total o parcial -el precio, lo que fuera anterior.

      ❌ Prestaciones de servicios y locaciones de obras y servicios: cuando se concluya la prestación o ejecución, o se perciba -en forma total o parcial-el precio, lo que fuera anterior.

      Cuando se trata de operaciones con consumidores finales por las actividades previstas en el Anexo de la Resolución General N° 4290, se deberá entregar el comprobante impreso, excepto que el comprador, locatario o prestatario acepte otro medio para su recepción que asegure su consulta en el momento de su emisión

      • Alejandra 13 mayo, 2019 at 13:44 Responder

        Eso serían los plazos de la RG 1415, “en el momento en que se realice la operación,”pero ¿no sería aplicable el art. 29 de la RG 2485 de factura electrónica? Mi caso es factura de monotributista a consumidor final.

  27. Marcela 14 marzo, 2019 at 10:06 Responder

    Un cliente profesora de inglés, cat B de monotributo que no tiene computadora y WiFi en su sala de estudio. Puede seguir emitiendo facturas recibos manuales impresos con CAI? Gracias saludos y felicitaciones por la página.

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