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Solicitud de devolución de percepciones del 35%, el servicio ya figura en la web de AFIP pero todavía no funciona.

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Mientras los trabjadores siguen esperando que se actualice el SIRADIG para poder cargar como pago a cuenta de ganancias las percepciones del 35% sufridas respecto de las operaciones alcanzadas por el Impuesto PAIS, según lo establecido por la RG 4885/20. En la web de AFIP ya aparece el servicio “Devolución de Percepciones” para presentar la solicitud de devolución de la percepción del 35% para quiénes no son contribuyentes de los Impuestos a las Ganancias o a los Bienes Personales F. 1746″.

ID 25753088  ¿Quiénes podrán solicitar la devolución del gravamen percibido? 16/09/2020 12:00:00 a.m.

Los sujetos a quienes se les hubieran practicado las percepciones establecidas en la presente, que no sean contribuyentes del impuesto a las ganancias o, en su caso, del impuesto sobre los bienes personales, y que, consecuentemente, se encuentren imposibilitados de computar las aludidas percepciones, podrán solicitar la devolución del gravamen percibido una vez finalizado el año calendario en el cual se efectuó la percepción, en la forma y condiciones que se detallan en el presente Título
Fuente: Art. 7 RG 4815/20

 

ID 25755137 ¿Cuáles son los requisitos para efectuar la solicitud de devolución? 16/09/2020 12:00:00 a.m.

Con carácter previo a efectuar la solicitud de devolución, los sujetos deberán:

a) Contar con CUIT y Clave Fiscal

b) Informar a esta Administración Federal la Clave Bancaria Uniforme (CBU) de la cuenta bancaria, de conformidad con lo previsto en la RG 2675/09.

A los efectos de la tramitación tanto de la CUIT como de la “Clave Fiscal”, los sujetos interesados, para ser atendidos en las Dependencias del Organismo, deberán solicitar un “Turno Web” a través del “Sistema de Gestión de Atención Institucional” disponible en el sitio “web” de esta Administración Federal.
Fuente: Art. 8 RG 4815/20

 

ID 25757186 ¿Cómo será resuelta la solicitud de la devolución? 16/09/2020 12:00:00 a.m.

La aprobación o rechazo de la solicitud efectuada será resuelta por este Organismo mediante controles sistémicos y/o verificaciones posteriores.

En caso de aprobación, el monto cuya devolución se disponga será transferido para su acreditación en la cuenta bancaria cuya Clave Bancaria Uniforme (CBU) fuera informada por el responsable, conforme lo indicado en el inciso c) del artículo 8° de la presente.

En caso de rechazo, la dependencia de esta Administración Federal que tiene a su cargo el control de las obligaciones fiscales del solicitante procederá a notificarle la situación mediante alguno de los medios de notificación establecidos en el artículo 100 de la Ley 11.683.

La comunicación de rechazo contendrá, entre otros, los siguientes datos:

a) Apellido y nombres del solicitante.

b) Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) y domicilio del solicitante.

c) Monto solicitado que se rechaza y fundamentos del rechazo.

El rechazo podrá ser recurrido por la vía prevista en el artículo 74 del Dto. 1397/79.
Fuente: Arts. 10,11, 12 y 13 RG 4815/20


Percepciones 35% RG 4815/20 detalle en “Mis Retenciones” ¿Quién se las puede tomar?

676 comments

  1. sergio 3 marzo, 2023 at 14:40 Responder

    Buenas tardes, tengo una duda, en caso de que a un cliente su empleador le haya retenido de impuesto a las ganancias 4ta categoría en 2022, un importe menor al que tuvo de percepciones por compra de moneda extranjera. en ese caso corresponde completar las percepciones en f.572 año 2022, o pedirlo por devoluciones de percepciones? o hay que pedirlo igual por f 572 y luego anotarse al impuesto y declararlo con la presentación de IIGG de Junio?
    Gracias

  2. Lara 2 marzo, 2023 at 17:40 Responder

    Hola, quiero solicitar la devolución del 35% y me indica lo siguiente: RG.4815 – Error en validación de Presentación F1746. Alguno pudo solucionar este problema? Gracias.

  3. Mercedes 4 febrero, 2023 at 14:21 Responder

    Buenas, que tal?

    Les consulto, resulta que yo ya solicite la devolución el mes pasado ( Diciembre ) pero ahora veo que me aparecen nuevas percepciones en el periodo de Diciembre, entiendo que tengo que rectificar, pero me surge la siguiente duda: Tengo que volver a rectificar e incluir todas las percecpiones de ese periodo, o solo tengo que incluir las nuevas percepciones que me aparecieron?

    Gracias!

  4. Juan 20 enero, 2023 at 19:23 Responder

    Estoy queriendo cargar por siradig el impuesto “Compra de billetes y divisas en moneda extranjera (R.G. 4815/2020 – Ley 27541 – Art. 35 inc. a) Código de Impuesto 217 – Régimen 592 y Dec. 99/2019 – Art. 13 bis inc. b) Código de Impuesto 217 – Régimen 507)”

    Y me devuelve todo el tiempo la pagina de la afip Error – Descripcion (sin codificar).

    A alguien le paso?

  5. Fernando 12 enero, 2023 at 14:47 Responder

    Buenas tardes,
    Les quería consultar como proceder para poder solicitar el reintegro del impuesto por la compra de moneda extranjera/gastos en el exterior por la compra de bienes y servicios.
    Soy empleado en Relación de Dependencia y Cambie de empleador en 2023.
    En el 2022 el empleador anterior me realizo retenciones al impuesto a las ganancias, pero ahora al ser otro mi empleador no le puedo solicitar entiendo al actual que me devuelva las percepciones por una retención que no realizo, y por otra parte al terminar mi relación laboral en el 2022 con el anterior tampoco.
    Como se deberia proceder en este caso para que me devuelvan lo que me retuvieron por el impuesto país?
    Muchas gracias por vuestra ayuda.

    • miriam 21 marzo, 2023 at 13:26 Responder

      Hola, tuviste respuesta? tengo un caso similar, el empleador anterior retuvo en 2022 pero, el actual NO. Se hace como reclamo o por siradig?
      y otro caso, le retuvieron le devolvieron y quedò con $1000 de retenciòn pero ahora tiene para presentar devoluciòn por $50.000, se puede pedir por Reclamo de retenciones??

  6. SONIA 6 enero, 2023 at 08:21 Responder

    Hola, una consulta, a mi me aparecen las percepciones en mis retenciones, pero cuando voy a devolución y pongo el periodo de la percepción no aparece nada, cual es el motivo?

  7. Marina 10 junio, 2022 at 10:31 Responder

    Buenas tardes

    Hice la presentación de consumos en moneda extranjera hace unos meses y me aparece esto “ESTADO [DEVOLUCION AUTOMATICA APROBADA (24-70)] FECHA ESTADO [09-05-2022]” pero cuando voy a la solapa “Pago de devoluciones” la tabla aparece vacía.

    ¿Alguien sabe decirme que hacer?

    Gracias

    • Hector 4 febrero, 2023 at 11:50 Responder

      A mi también, la tabla todo aprobado pero cuando entro a “Pago de devoluciones ”la tabla aparece vacía, pudiste solucionar el tema?
      Gracias.

  8. pamela 27 marzo, 2022 at 20:48 Responder

    Buen día , me sale el siguiente error :
    cuando quiero cargar en devoluciones me sale ….
    “Para el período fiscal por el que estás solicitando la devolución, registrás retenciones de impuesto a las ganancias. En este caso, tenés que computar las percepciones en tu declaración jurada de ganancias. Si ya realizaste la presentación, vas a tener que presentar una rectificativa informando las mismas”

    no pago ni pague ganancias nunca y nunca hice una declaración .
    Alguien sabe decirme como puedo solucionar esto ?
    muchas gracias

    • Mariana 12 abril, 2022 at 10:23 Responder

      Buen dia, es la segunda vez que lo solicito y me dice que presento deudas con Afip:
      por registrar deudas con AFIP y/o declaraciones juradas pendientes de presentación.
      Para consultar el detalle de las deudas líquidas y exigibles y de la falta de presentación de declaraciones juradas podés ingresar al Sistema Cuentas Tributarias, seleccionar en el menú la opción “Detalle de Deuda Consolidada” y, dentro de esta última, el ítem “deuda exigible y falta de presentación.

      Pero cuando voy a consultar sobre esa deuda me dice que no tengo ninguna…. ¿Alguien sabe que puedo hacer?

    • Sebastian 13 mayo, 2022 at 21:42 Responder

      Buenas noches, he cargado el F572 en marzo, este mes cuando recibo el cobro veo que no me han devuelto las percepciones del 35% por compra de moneda extranjera. Cuando consulto a contaduria de la empresa me dicen que no presente el F 572. Entro nuevamente en la pagina de Afip y no veo ni si quiera los datos de mi empleador. Estoy seguro que la he cargado y enviado. Como puede pasar esto? a alguien mas le paso lo mismo?
      saludos

    • Alejandro 18 enero, 2023 at 06:21 Responder

      Hola Pamela, hoy (Enero 2023), tengo un caso similar al tuyo, estoy intentando hacer el pedido por las percepciones del 2022. (Trabaje en relacion de dependencia hasta Marzo 2022, presentando SIRADIG y me retenian ganancias), ahora bien, no tengo empleador a quien asignarle para descontar estar percepciones y la web de AFIP me arroja el mismo mensaje. Lo has podido solucionar? Gracias

  9. Noelia 10 marzo, 2022 at 17:20 Responder

    buenas tardes! tengo un caso que presento el 572 siradig para la devolucion de percepciones. Como no le retuvieron mucho de ganancias en recibo, le van a devolver poco y nada. Entonces deberia completar el pedido por “Devolucion de percepciones”. El sistema me permite pedir por este sistema las mismas percepciones que se presentaron en el 572. Se presentan igual? Estaira duplicando el pedido. osea las mismas percepciones se piden por siradig y por dev de perc. Sera viable? no traera ninguna consecuencia¿
    Gracias!

    • miriam 21 marzo, 2023 at 13:29 Responder

      Hola, tuviste respuesta? tengo un caso similar, el empleador anterior retuvo en 2022 pero, el actual NO. Se hace como reclamo o por siradig?
      y otro caso, le retuvieron le devolvieron y quedò con $1000 de retenciòn pero ahora tiene para presentar devoluciòn por $50.000, se puede pedir por Reclamo de retenciones??

  10. daniela 17 febrero, 2022 at 14:52 Responder

    Hola, quiero pedir el reintegro y me aparece lo siguiente: Para solicitar la devolución es necesario tener actualizado el Domicilio Fiscal. Ingresá con tu clave fiscal al servicio “SISTEMA REGISTRAL” y seleccioná la opción “Registro Único Tributario”. En caso de no poder actualizarlo por ese medio, podés realizar el trámite “Cambio de Domicilio Fiscal” disponible en el servicio de “PRESENTACIONES DIGITALES”.
    Pero yo no soy monotributista soy docente.
    Desde ya muchas gracias

  11. angie 16 febrero, 2022 at 15:18 Responder

    Hola que tal, yo puse directamente presentar y no GRABAR, ahora cuando intento hacerlo de nuevo no me aparecen los impuestos retenidos.

    Tampoco encuentro que este en proceso lo que solicite que me devuelvan. Como se si lo hice bien??

    gracias!!

  12. Mariano 10 febrero, 2022 at 17:56 Responder

    Estimados, buenas tardes. Les comento mi situacion a ver si alguien tiene algun dato que me pueda servir..

    Solicite la devolucion de percepciones de todos los meses de 2021. solo solicite las percepciones que figuran en “Mis Retenciones” ya que no tengo ninguna otra que adicionar, sin embargo, en el servicio “Devolucion de percepciones” siempre me aparece el estado “Se verifica que las percepciones que solicitaste en devolución superan las registradas en MIS RETENCIONES para el período en cuestión”

    Me pare raro, ya que estoy tomando las percepciones automaticamente como me indica AFIP y no estoy alcanzado por ganancias ni bienes personales, y no registro ningun tipo de deuda con el ente.

    vengo rectificando mis solicitudes todas las semanas, pero la situacion no cambia.. alguno tiene idea de que puede esta pasando? gracias!

  13. gustavo 9 febrero, 2022 at 03:20 Responder

    hice el proceso de presentar la solicitud de devolucion el año pasado. Hoy me encuentro que tengo dos mensajes en mi casilla de AFIP con el mensaje “RG.4815 – Error en validación de Presentación F1746” . EN los estados de las solicitudes figura PRESENTADO, y al ver en mas detalles dice “Tu solicitud de devolución fue archivada por haber transcurrido mas de 30 días sin regularizar tu deuda o sin presentar las Declaraciones Juradas pendientes.
    Si ya regularizaste tu deuda o presentaste tus Declaraciones Juradas, podés realizar una nueva solicitud.” Alguien mas le pasa lo mismo?

    • Lionel 10 marzo, 2022 at 12:47 Responder

      Gustavo, creo que en tu caso no tenés que usar la opción de devolución de percepciones sino “SiRADIG – Trabajador”. Saludos.

    • barbara 20 abril, 2022 at 23:33 Responder

      hola Gustavo!!! consulta pudiste resolverlo?? A mi me paso lo mismo y tenia una deuda con el monotributo la cancele y volví a presentar rectificativa de losa retenciones en el día de hoy! si lo resolviste como lo hiciste ya que no se si lo que realice es lo correcto.

      • Julieta 13 julio, 2022 at 22:35 Responder

        Me pasa lo mismo, recien veo los mensajes del AFIP que tenia la deuda, recien la cancele, pero como volves a presentar? hago clik en RECTIFICAR en la parte de acciones de cada solicitud de cada mes?

    • Juanjo 15 enero, 2023 at 13:56 Responder

      Creo que los hice bien: luego de dejar en cero la deuda en CCMA, en F.1746 Solicitud de devolución RG 4815, ya en la percep/retenc. en cuestión
      > ACCIONES > Rectificar > Presentar
      ahora en vez de archivada dice ESTADO [PRESENTADO]
      Si así fue, este tema quedó SOLUCIONADO RESUELTO 🙂

  14. VIRGINIA 2 febrero, 2022 at 17:41 Responder

    Hola, cambie de empleador ahora el 17 de enero, mande el formulario para que mi empleador anterior me descuento de las ganancias el impuesto por compra de dolares de todo el 2021. El tema es que el empleador del año pasado no me hizo la devolucion cuando me hizo la liquidacion y cuando quiero cargar en la pagina de afip el formulario para el nuevo empleador no me permite ya que me dice que el mismo es del año 2021 y las retenciones del 2021. Como se supone que me lo devuelvan?

  15. Niurka 1 febrero, 2022 at 17:00 Responder

    Buenas tardes, saben como se pueden agregar las solicitudes de devolución de percepciones por compras realizadas en el exterior?. No me está permitiendo la carga-

    • maria 15 febrero, 2022 at 09:48 Responder

      Hola
      Tenés que entrar cliqueando en donde dice +Nuevo… Allí escribís el año y el mes ( x ej 202103) … Va a aparecer la opción “Agregar percepciones”…… y se va a desplegar una ventana donde tendrás que rellenar con los datos que te solicita….. Tenés que saber a qué Inciso responde el servicio para el cual estás solicitando la devolución…..Te recomiendo que, si ya te hicieron una retención para el mismo servicio, por ejemplo Spotify, lo busques en alli, por ejemplo vas al mes donde sí te reconocieron la retención y, desplegando la ventana donde dice Ver, lo vas a encontrar……Espero que lo puedas hacer…es un poco engorroso explicar….Yo lo miré en videos que están colgados en Youtube….

  16. Ana Ederle 31 enero, 2022 at 16:26 Responder

    Hola. Soy jubilada y monotributista. Cuando ingreso al servicio y coloco el periodo mayo-21 me dice que por ese período registro inscripción en el impuesto a las ganancias, lo cual no es cierto. Alguien podrá indicarme cómo sigo? Muchas gracias

  17. Gabriel 21 enero, 2022 at 16:01 Responder

    Yo lo pude hacer hoy (21/01/2022). Les explico.
    NO tienen que ir por “Mis aplicativos web” y luego por “F.746/A – Devoluciones y Transferencias”. NO! Si lo hacen así, NO les van a aparecer las percepciones por compras de/en dólares.

    El procedimiento correcto es el siguiente:

    Si apenas se loguean en AFIP con su clave fiscal, les aparece arriba la leyenda: “Debido a la gran cantidad de accesos y para garantizar el correcto funcionamiento del portal, te mostramos esta versión resumida. Si lo deseas, podés ver el portal completo. Ver versión original.”, hagan clic en “Ver versión original”. Les va a cambiar el formato de la página.

    En el “nuevo” formato completo, vayan a la tercera solapa, “Mis Servicios”. En “Buscar y/o agregar servicios”, comiencen a escribir “Devolución de percepciones” (no es necesario que lo escriban todo).
    Les va a aparecer “Devolución de percepciones. AFIP. Solicitud para devoluciones de la percepción del 35% para quienes no son contribuyentes de los impuestos a las Ganancias o Bienes Personales – F.1746”. Hagan clic en el botón verde “AGREGAR”.

    En este nuevo servicio (que ahora les va a aparecer en el menú principal), crean con “Nuevo” cada una de las 12 presentaciones. Aquí sí les van a aparecer automáticamente las retenciones por compras de/en dólares. No olviden de hacer clic en “Presentar” (arriba a la derecha”) en cada uno de ellos.

    Espero les sirva!
    GABRIEL

    • Ignacio 25 enero, 2022 at 14:29 Responder

      Asi es Gabriel es como decis vos, haciendo click en la lupa escribis o lo agregas, la cuestion es para los casos como el mio en el que tengo muchisimo mas por devolverme que lo que me descontaron en ganancias durante el 2021 y me pide la famosa RECTIFICATIVA que no se como se efectua, si alguien le paso lo mismo y pudo efectuarlo seria de gran ayuda.
      Muchas gracias.

      • Matias 8 febrero, 2022 at 19:37 Responder

        Buenas, me sale el siguiente mensaje:

        “Para el período fiscal por el que estás solicitando la devolución, registrás retenciones de impuesto a las ganancias. En este caso, tenés que computar las percepciones en tu declaración jurada de ganancias. Si ya realizaste la presentación, vas a tener que presentar una rectificativa informando las mismas”.

        Como debo hacer para resolverlo?

        Contratar un contador?

        Desde ya, muchas gracias.

        Saludos.

      • soledad 10 enero, 2024 at 15:07 Responder

        Hola gabriel yo soy empleada en relacion de dependencia, ingrese como dijiste perono sale la solapa mis servicios. ya no se de que manera efectuar eltramite

  18. Natalia Balestra 5 enero, 2022 at 13:55 Responder

    Hola, necesito de su ayuda! En “mis retenciones”me figuran las retenciones realizadas, pero cuando voy a tramitar la devolución a la otra sección, busco periodo y no me aparece nada. Que hago?

      • mariana albornoz 10 enero, 2022 at 11:35 Responder

        cuando entran en “devolucion de percepciones” tiene que poner NUEVO (aparece en el margen izquierdo de la pagina) y ahi cargar el periodo (por ejemplo 202106)

        • Silvia Palotti 11 enero, 2022 at 17:41 Responder

          HOLA MARIANA A MI ME PASA LO CONTRARIO NO ME APARECEN EN MIS RETENCIONES PERO SI APARECEN EN DEVOLUCION DE PERCEPCIUONES LAS PRESENTO DESDE AHI ?

      • nicolas 28 enero, 2022 at 16:03 Responder

        hola, quisiera saber si a alguno de ustedes les aparece este mensaje su solicitud no resulta procedente debido a que se verifica que ud. posee retenciones de impuesto a las ganancias para el período fiscal en el cual las percepciones fueron practicadas.
        ya hice todos los pasos, del post de gabriel

  19. Claudia 5 enero, 2022 at 10:06 Responder

    Buenos días: Espero que les sirva al resto esta respuesta!!! El año pasado me retuvieron Ganancias, y cuando subieron la base, me hicieron la devolución del dinero retenido. Cuando quiero ingresar por “Devolución de Percepciones” me da el error “Para el período fiscal por el que estás solicitando la devolución, registrás retenciones de impuesto a las ganancias. En este caso, tenés que computar las percepciones en tu declaración jurada de ganancias. Si ya realizaste la presentación, vas a tener que presentar una rectificativa informando las mismas.” Llamé al 0810 de AFIP y después de media hora y varios intentos me contestaron. Tengo que hacer la devolución por SIRADIG… Pero primero me pidió la chica que me atendió (muy amablemente), que consultara las retenciones seleccionando “Retención” y el impuesto retenido el “787”, ahí me encuentro un saldo pendiente de devolución de $514,17. O sea, cargué el formulario 572 (que es el que me corresponde porque me descontaron ganancias y no me devolvieron del todo), pero mi empleador solo me va a devolver ese valor… Para recuperar el resto me tuve que inscribir en “Ganancias Personas Físicas” y al pedido del resto de los valores RECIEN LOS PUEDO PEDIR PRESENTANDO MI DECLARACIÓN DE GANANCIAS A PARTIR DE JUNIO DE ESTE AÑO”. Les aviso que presentando desde el 572 las retenciones no se devuelven mágicamente. Te tenés que inscribir en Ganancias y en junio hacer la declaración para que te devuelvan esa plata si tu empleador te tiene que devolver menos de lo retenido por el impuesto. Espero que a alguien más le sirva… Yo tendré que esperar a junio… OTRA COSA, la chica de AFIP me dijo que para mediados o fin de mes, ya va a aparecer el mes de diciembre para que pueda pedirse la devolución. Saludos!

    • Carlos 5 enero, 2022 at 14:57 Responder

      Buenos días Claudia. Yo estoy en una situación parecida. En los periodos octubre,noviembre,diciembre 2020 compre dólares y ese año me olvide de cargar el f572 para ese año. La empleadora me realizó la retenciones de ganancias por no aportar esos datos. Luego que cerro 2020 me devolvió lo que me descontó,pero la afip no me permite reclamar esos importes por haber sufrido ganancias.
      Si mal no entendí hay que inscribirse en ganancias y esperar hasta junio para presentar la declaración.
      Yo me di de alta en ganancias personas físicas en sistema registral en diciembre 2021 y me sale un saldo a favor y luego me di de baja por temor a que fuera peor el remedio. Y así fue,ahora no puedo pedir la devolución del mes 12/21 jaja.
      La declaración de ganancias se realiza en ganancias personas físicas portal integrado? Ingrese ahí llene los datos que faltaba y me sale saldo a favor.

      • Claudia 6 enero, 2022 at 14:50 Responder

        Hola Carlos!!! A mí me dijeron lo mismo, que inscribirte en ganancias puede ser peor el remedio que la enfermedad… Yo hoy no tributo ganancias, es más, el año pasado al final yo quedé exenta de ganancias, pero como antes de la disposición yo excedía el imponible, me hicieron las retenciones y caí en este agujero negro en el que estamos varios y termina siendo un dolor de cabeza. Lo mío no es un saldo muy grande lo que me tienen que devolver, pero suma… Una conocida prometió ayudarme con la declaración jurada… Y sí, me dijeron que la declaración de ganancias “se deberá confeccionar la declaración jurada anual del Impuesto a las Ganancias. Para las presentaciones correspondientes al periodo fiscal 2017 y siguientes, deberá utilizar el servicio web denominado “Ganancias Personas Humanas – Portal Integrado” >> “Ganancias Personas Humanas” > Opción “Régimen General”.
        Para solicitar la devolución del saldo a favor generado en la declaración jurada, deberá cumplir con el procedimiento normado por la RG 2224/79, o bien podrá solicitar la compensación contra otras obligaciones impositivas a su cargo conforme la RG 1658/04.”
        Espero que sirva mi respuesta Carlos… Contaré mi experiencia en junio si presento la DDJJ, o antes si me convencen de darme de baja en Ganancias porque va a ser peor la solución de estar inscripta.

    • Maria Jose 10 abril, 2022 at 17:34 Responder

      Graciassss, Est estaba buscando. A varios se les retuvo ganancias a principio de 2021. luego al subir la base dejaron de retenerle. El empleador devuelve hasta lo que retuvo. Y no podia cargarlos por DEVOLUCION DE PERCEPCIONES porque me daba ese error. Muy util toda tu explicacion

  20. Analia 5 enero, 2022 at 00:25 Responder

    Hola! Alguien sabe si tardan en registrar en AFIP por la compra de dólares en Diciembre 2021? Me fijé y figuran los meses anteriores, pero falta el de Diciembre. Lo tuve que cargar manualmente, pero no sé si está bien lo que puse en “Número de resumen o liquidación”, solamente tengo el comprobante de la compra y puse el número de 4 dígitos que figura en “Nro de control” del comprobante. Está bien?

    Desde ya muchas gracias!

    • Laura Vigil 5 enero, 2022 at 09:55 Responder

      Hola Analia: Tengo la misma duda, no aparece diciembre, y no pude encontrar donde se carga manualmente, me podrías decir por favor

      Gracias
      Sldos
      Laura

  21. Fabri 2 enero, 2022 at 10:58 Responder

    Buenos días y buen año! Quiero pedir la devolución de percepciones por compra de moneda extranjera. Durante 2020 también hice la solicitud correspondiente de esta misma persona y se las devolvieron en 10/2021 (no está inscripto en Ganancias ni B.Pers., ni le retuvo su empleador).
    Ahora me sale el siguiente mensaje cuando quiero pedir por 2021: “Para el período fiscal por el que estás solicitando la devolución, registrás retenciones de impuesto a las ganancias. En este caso, tenés que computar las percepciones en tu declaración jurada de ganancias. Si ya realizaste la presentación, vas a tener que presentar una rectificativa informando las mismas.”
    El tema es que la única retención que le practicaron en 2021 fue por la misma AFIP que le retuvo al depositarle esas percepciones 2020 más un interés. ¿Cómo se procede entonces? Hacer la presentación del siradig?, la de Ganancias Régimen General? Espero sus comentarios, gracias

    • RAQUEL 4 enero, 2022 at 20:31 Responder

      **Error de validación
      Para el período fiscal por el que estás solicitando la devolución, registrás retenciones de impuesto a las ganancias. En este caso, tenés que computar las percepciones en tu declaración jurada de ganancias. Si ya realizaste la presentación, vas a tener que presentar una rectificativa informando las mismas.** ESTOY IGUAL

    • leandro 5 enero, 2022 at 15:28 Responder

      ESTOY EN LAMISMA! me estan reteniendo por las percepciones que me devolvieron con intereses, es una locura! ahora no puedo pedir la devolucion del 2021.

    • Fabri 7 enero, 2022 at 08:18 Responder

      Es una joda esto, por ser acreedor de la devolución del 2020, no puedo pedir las del 2021, ya que la única retención de ganancias es de la misma AFIP. O sea que a los que les devuelvan por 2021, y no hayan pedido por 2020, no podrá hacer la solicitud en 2022. xD

      • Soledad 9 enero, 2022 at 22:36 Responder

        Hola! Tienen idea porque todavia no me devolvieron lo de 2020? Todavia esta pendiente la solicitud pero por lo que veo aca, a la mayoria le devolvieron en octubre. No me retienen ni estoy inscriptas. SI pude solicitar las de 2021.

  22. fabian 1 enero, 2022 at 22:20 Responder

    Buenas, en el 2020 mi empleador me retenia ganancias, en 2021 no tuve empleador, estoy reclamando la percepcion de ganancias de tarjeta de credito del 2021 (hoy 2022) y solo me deja pedirla a mi ex empleador, no la puedo pedir por ” MIS APLICACIONES WEB” … por donde lo pido?

    • Germán 11 abril, 2022 at 19:48 Responder

      Hola Fabián. Pudiste resolver esto? Estoy en una situación similar y no se como solicitarlo. Mediante el procedimiento de ir como si no hubiese tenido empleador no me deja porque dice que figuro que tuve empleador durante 2021.

  23. virginia 1 noviembre, 2021 at 12:25 Responder

    Buenos días, tengo las retenciones de compra de dólares en mis retenciones fue de una compra del año pasado, pero cuando voy al formulario para solicitar la devolución no me sale nada, y no me animo cargarla manual, alguna solución?? gracias

    • Gabriel 1 noviembre, 2021 at 14:52 Responder

      Buenas tardes. Yo estoy en tu misma situacion. Puede ser porque el periodo para solicitar la devolucion era hasta el 31 de Marzo de 2021.

  24. Ana Victoria Diaz 28 octubre, 2021 at 17:14 Responder

    hola !! alguien pudo rectificar??? no me deja hacer nada! Se verifica que las percepciones que solicitaste en devolución superan las registradas en MIS RETENCIONES para el período en cuestión. Por tal motivo, tu solicitud de devolución fue archivada. Podrás rectificar la solicitud para que el sistema actualice la misma con la información contenida en MIS RETENCIONES.

  25. MELINA MONTEDORO 25 junio, 2021 at 17:41 Responder

    Buenas tardes, ¿alguien sabe cuanto tiempo se toma la AFIP para realizar la devolución?, Yo presente el 22 de febrero el formulario para la devolución de percepciones, y a la fecha, no veo que haya habido algún cambio y ni me aparece en Percepciones con Devolución Aprobada

    Agradecería algún comentario. Saludos.-

  26. del rio 27 abril, 2021 at 15:47 Responder

    buenas a todos alguien sabe , si hay alguna forma de recuperar las percepciones por compras en el extranjero si ya paso el 31 de marzo , habría alguna opción o los doy por muerto ????’

  27. Pablo 21 abril, 2021 at 17:59 Responder

    Hola buenas tardes, tengo un cliente que cargo por si solo el formulario 572 web, y lo realizo mal, lo cual le quedaron retenciones por solicitar para su devolucion. Alguien sabe si se pueden recuperar esas retenciones teniendo en cuenta que ya paso el termino establecido del 31 de Marzo..? y si es asi de que forma por favor..??

    Muchas gracias, aguardo respues

    • Johanna 5 enero, 2022 at 18:12 Responder

      Consulta quiero solicitar la devolucion de perceciones por compra de dolares desde enero a diciembre2021. Y diciembre no me lo toma? Porque sera?. No me descuentan ganancias.

  28. Florencia 8 abril, 2021 at 12:32 Responder

    Hola, Les hago una consulta, cómo hace un empleado en relación de dependencia para solicitarle a la AFIP la devolución por percepciones del 35% que el empleador no le devolvió?

    • Susana Peluc 4 julio, 2021 at 09:11 Responder

      Hola, tengo la misma consulta que vos… Alguien te contestó? pudieste averiguar?? te agradecería me compartas info si la tenés. Saludos

  29. Daniel E 4 abril, 2021 at 18:30 Responder

    Buenas tardes, alguien sabe cuanto tiempo se toma la AFIP para realizar la devolución, o bien para rechazarla?. Yo presente el 18 de enero el formulario para la devolución de percepciones, y a la fecha, no veo que haya habido algún cambio.

    Agradecería algún comentario.

  30. mar 31 marzo, 2021 at 21:56 Responder

    Hola. tengo un cliente que me surgio hoy para realizarle la presentación de la devolucion de ganancias.. esta persona es empleada, pero no le retienen… para pedir la devulucion tuve que darle de alta su CUIT, lo hice, pero parece que afip aun no lo ha autorizado.. en este caso, la presentación para la devolución tambien vencia hoy??

  31. Marcelo 31 marzo, 2021 at 12:55 Responder

    si alguien sabe me ayuda, cargue las de octubre y noviembre y no me sale diciembre, dicen que se deben cargar manual pero me obliga a elegir una opción de percepción origen y solo da la de la ley 27541 art. 35 que es el impuesto pais que no devuelven, ya hice de todo, me parece se van a quedar con lo de diciembre.:(

  32. Stella Maris 31 marzo, 2021 at 10:03 Responder

    Hola! Yo trabajo en escuela pública, y en enero presenté el F.1746 para cada mes. Mi pregunta es: ¿con eso es suficiente o tengo que presentar el 572 igual? Porque mi empleador es el estado…

  33. javier 31 marzo, 2021 at 09:15 Responder

    Buenos dias .

    Mi consulta es la siguiente, por mi empleo en relacion de dependencia, me retuvieron gcias por $5000 en total en el año 2020, para deducir tengo $ 50000 aprox que pague por dif de la prepaga, y casi $20000 por la compra de dolares. Voy a recuperar los $ 5000 y el resto los pierdo no?

  34. GABRIELA SUSANA ERBA 30 marzo, 2021 at 18:23 Responder

    Hola buena tardes, quisiera saber que sucede si cargué las percepciones en el F572 pero en realidad solo me hacen retenciones en el momento de que pagan sueldo aguinaldo y vacaciones todo junto pero este año no lo hicieron asi, por lo que no tuve retenciones, mi pregunta es si tendría que haber pedido la devolución en vez de cargarlos en el 572??. Se puede eliminar el 572??Gracias

  35. Juan Carlos 30 marzo, 2021 at 18:01 Responder

    Hola. Al ingresar en el formulario 746 sólo aparecen las Percepciones RG 3378/3379, que corresponden a compras con tarjetas de crédito en el exterior, cosa que no se realizaron porque no figura ninguna.
    Pero no figuran las que corresponden a las efectuadas por las compras del dólar ahorro, que si figuran en Mis Retenciones. Cómo hago para que aparezcan cuando confecciono el F 746?
    Desde ya muchas gracias

  36. sabrina 29 marzo, 2021 at 20:21 Responder

    tengo percepciones del 35% por compra de dolares en el 2020, soy monotributista y si bien presento ddjj de bienes personales estoy debajo del minimo no imponible y no me da a pagar, si pido que me devuelvan por cbu me dice que no puedo porque estoy inscripta en bbpp, que presente una rectificativa pero no me sirve porque no me da a pagar nada, o sea no lo descontaria de nada.
    Que puedo hacer??

    • Mara Cecilia Medina 13 junio, 2021 at 17:45 Responder

      Hola Sabrina, lograste presentarlo? Yo estoy en el mismo caso que vos y no encuentro donde declarar las percepciones para la devolución.

  37. daniela 29 marzo, 2021 at 16:31 Responder

    Hola! Trabajé en relacion de dependencia hasta el 31-12-2020.
    Ahora tengo alta como monotributista, puedo pedir la devolucion de todas formas?

  38. Roberto 28 marzo, 2021 at 15:44 Responder

    Estimados, soy jubilado y estoy haciendo el trámite para la percepción del impuesto a las ganancias y me aparece esto “Para el período fiscal por el que estás solicitando la devolución, registrás inscripción en el impuesto a las ganancias. En este caso, tenes que computar las percepciones en tu declaración jurada de ganancias. Si ya realizaste la presentación, vas a tener que presentar una rectificativa informando las mismas.” Yo no pagué ni impuestos a la ganancia ni bienes personales. Alguien sabría como ayudarme?

    • Arellano Yanina 29 marzo, 2021 at 20:37 Responder

      Buenas Tardes Roberto , tuve el mismo problema con mi suegro jubilado. usted tiene que solicitar la devolución a través del servicio SIRADIG-trabajador, le paso los datos

      1º) Ingresar a tu cuenta, y desde allí a “Administrador de Relaciones de Clave Fiscal” para agregar el servicio SIRADIG-trabajador.

      2º) Una vez agregado, ingresar a SIRADIG-trabajador, completar los DATOS PERSONALES y los del empleador ingresando a EMPLEADORES (en general, ya están cargados automáticamente).

      3º) Ingresar a CARGAR FORMULARIO –> Otras Retenciones, Percepciones y Pagos a Cuenta –> Pago a cuenta-Compra de Billetes y Moneda Extranjera. Al seleccionarlo, van a aparecer automáticamente todas las deducciones hechas, mes a mes.

      4º) El formulario se guarda como borrador. Para enviarlo hay que volver al menú principal dentro de SIRADIG-trabajador, ingresar otra vez en CARGAR FORMULARIO –> VISTA PREVIA, y desde ahí hay que ir hasta el final del formulario donde dice ENVIAR AL EMPLEADOR, que es el agente de retención. de SIDARIG- trabajador;

      • Mercedes 30 marzo, 2021 at 10:39 Responder

        Hola, tengo el mismo problema pero no me deja cargar nuevo formulario.
        Completo los DATOS PERSONALES pero no puedo completar los del empleador porque soy jubilada.
        Por lo tanto no me habilita CARGAR FORMULARIO.
        No se si le paso lo mismo a Roberto.

      • Eduardo 30 marzo, 2021 at 16:19 Responder

        Hola Yanina, gracias por tu explicacion, le estaba intentando gestionar eso a mi madre que es docente jubilada y no habia caso, espero que como explicaste vos salga bien, al menos el formulario lo envio correctamente. Nuevamente gracias! Saludos

      • Pablo 30 marzo, 2021 at 17:46 Responder

        buenas tardes, tengo el mismo caso con mi madre es jubilada y a la vez monotributistas, seguí los pasos pero cuando completo los datos del empleador llego para poner la fecha de fin de relación, me dice que si la fecha finalizo antes del periodo fiscal actual no corresponde ingresar el empleador, que se puede hacer en ese caso, ya que tengo agotada las opciones para solicitar la devolución del impuesto

      • MAJO 31 marzo, 2021 at 21:04 Responder

        Buenas noches, ya realice la presentación del f.572 , cuando voy a solicitar la devolución me sigue saliendo el cartel “Para el período fiscal por el que estás solicitando la devolución, registrás retenciones de impuesto a las ganancias. En este caso, tenés que computar las percepciones en tu declaración jurada de ganancias. Si ya realizaste la presentación, vas a tener que presentar una rectificativa informando las mismas.” Tendré que hacer algo mas?

        • mar 31 marzo, 2021 at 21:53 Responder

          majo, es que cuando presentas el F572, entiendo que ya ahí estas pidiendo la devolución. no tenes que ingresar a solicitar devolución, porque eso es para monotributistas o para personas en relacion de dependencia que no le descuentan ganancias

      • Monica GArcia 31 marzo, 2021 at 22:04 Responder

        Yanina muchas Gracias, muy clara tu explicación. Tengo el mismo problema con una persona que trabaja en relación de dependencia y no paga GAnancias, como a esta hora ya no sé qué hacer … presenté el SIRADIG como le aconsejaste a Roberto … pero dudo que sea el empleador quien le efectue la devolución a mi cliente, siendo que no presenta Declaración y nunca le retuvieron Ganancias … no sé como resolverlo !! GRACIAS

  39. Florencia 27 marzo, 2021 at 20:22 Responder

    Hola! Soy empleada y no pago ganancias. En Mis Retenciones me aparecen las percepciones de todo el año pasado, pero cuando voy a Devolución y lo quiero cargar como nuevo, por la magia de la AFIP, no me aparece nada en “Percepciones registradas en Mis Retenciones”. Las estaba cargando a mano abajo, pero en otra pagina decia que no hay que hacerlo (aunque no explicaba por que)
    Ayuda por favor!

    • Mercedes 30 marzo, 2021 at 10:38 Responder

      Hola, tengo el mismo problema pero no me deja cargar nuevo formulario.
      Completo los DATOS PERSONALES pero no puedo completar los del empleador porque soy jubilada.
      Por lo tanto no me habilita CARGAR FORMULARIO.
      No se si le paso lo mismo a Roberto.

  40. maximiliano 27 marzo, 2021 at 19:06 Responder

    Hola gente, una consulta… para empleados en relacion de dependencia, se hace el tramite por siradig o por el servicio de devolucion de percepciones?

      • Ignacio 29 marzo, 2021 at 14:59 Responder

        Hola Mariela, gracias, por SIRADIG cargas el TOTAL de Percepciones? Porque mi empleador me retuvo 1.700 y tengo Percepciones por un total de 24.500. Y no se si cargar todo en SIRADIG y después también todo en “Devolución de Percepciones”

        • MOIRA 31 marzo, 2021 at 17:40 Responder

          Hola ignacio pudiste resolver tu duda? estoy en la misma situación, en un lugar leí q una vez que este la declaración la diferencia se pide por medio de devolución de percepciones, pero tengo la duda porque en todos lados salieron a decir que hoy vencía el plazo cuando en realidad lo que vence hoy es el 572

          • Johanna 5 enero, 2022 at 18:46

            Hay que declarar los dolares comprados en siradix trabajador periodo 2021 . No me descuestan ganancias

  41. Diego 26 marzo, 2021 at 17:55 Responder

    Buenas tardes, estoy pidiendo la devolucion mediante cbu y cuando completo me tira esta, saban a que se debe?
    Soy clave fiscal 3
    Error de validación
    Para solicitar la devolución del gravamen percibido, debe cumplir con el Art. 2° de la RG 3420 (AFIP) y sus modificatorias. Concurra a la dependencia de esta Administración Federal que corresponda a su domicilio

    • Romina 30 marzo, 2021 at 00:57 Responder

      Hola! Tenes que dar de alta el CUIT, seguramente tener CUIL, pero para devoluciones debes contar con CUIT que se puede dar de alta en la misma pagina de AFIP, y sino pone en google alta de CUIT WEB

      • Alvaro A 30 marzo, 2021 at 09:24 Responder

        Disculpa que te consulte.
        Mi esposa es enfermera y trabaja para un hospital publico de la provincia.
        Le afecta en algo darse de alta la CUIT? por mas que no se inscriba en ningun impuesto.
        Muchas Gracias por la ayuda

  42. Guillermo 26 marzo, 2021 at 11:16 Responder

    Buenas, a ver si alguien me puede ayudar… Entre a Devolucion de percepciones, y me salio el mensaje de erro que muchos comentaron: “Para el período fiscal por el que estás solicitando la devolución, registrás retenciones de impuesto a las ganancias. En este caso, tenés que computar las percepciones en tu declaración jurada de ganancias. Si ya realizaste la presentación, vas a tener que presentar una rectificativa informando las mismas.”
    Asi que fui a cargar el F572, cuando quise cargar la parte de compra de moneda extranjera me dijo que tenia que hacer la carga manua,, asi que fue a ahcer al presentacion digital. Ya la hice, me la aprobaron, y pude cargar el F572 el dia de ayer. Cuando voy nueamente a devolucion de percepciones me sigue tirando el mismo mensaje.
    Saben que tendria que hacer a continuacion?
    Muchas gracias!

  43. MARTA SUSANA ROMAN 26 marzo, 2021 at 10:48 Responder

    Hola buenos días, soy jubilada y tengo clave fiscal y cuil. Como ya no estoy en relación de dependencia, supongo (??) que no tengo que usar el F.572. Por lo que entré a mis aplicaciones web y puse NUEVO. Se despliega un cuadro que me pide la solucitud de un formulario. Cuál es ?
    Me podrían decir por favor?
    Voy bien? o tengo que entrar en otro sitio?

    Además tengo retenciones de antes de septtiembre, dónde pido la devolución?
    Esperé hasta ayer para hacerlo porque pensé que iba a ser más fácil, pero les pido ayuda porque vence pronto. Gracias !!

    • Daniel E 27 marzo, 2021 at 08:34 Responder

      Buen día Marta, te comento que yo también estoy jubilado, y al principio me costo pero después fue fácil, ahí veo que tenes CUIL, y deberías tener CUIT, (la misma pagina te avisa), con eso, debes ir a Mis Retenciones (aquí vas a ver todas las retenciones que te hicieron), y en impuesto retenido usar el código 939-
      Para solicitar el reintegro, vas a Devolución de Percepciones, y en nuevo seguís los pasos que indica la aplicación,

      Ah, me olvidaba, no recuerdo en donde, tenes que asociar un numero de CBU, que es donde te va a realizar la transferencia.

      Espero que tengas suerte y puedas hacerlo.

  44. Natalia 26 marzo, 2021 at 08:39 Responder

    Buenas!! Una consulta entro a mis retenciones por la compra de divisa extranjera veo las mismas cargadas pero a la hr de ingresar en el formulario 746/A no me figura ninguna para presentar, trabajo en relación de dependencia, no se si las debo cargar manual..hasta cdo hay tiempo de presentarlas? Muchas gracias!!

        • Gabriel 27 marzo, 2021 at 18:01 Responder

          Me pasa exactamente lo mismo, en mis retenciones aparecen las teretenciones por compra de divisa extranjera y cuando voy a mis aplicaciones web y genero uno nuevo no me aparece en ningun periodo las retenciones para pedir la devolucion. Alguien sabe si es un error o si estare haciendo algo mal?

          Desde ya muchas gracias

          • Celeste 30 marzo, 2021 at 22:34

            Hola me pasa lo mismo y no eoncontre como solucionarlo. Alguien tiene idea?
            Mil graciasssss!!!

          • Sofia 31 marzo, 2021 at 15:23

            Hola, Me esta pasando lo mismo.. Alguien pudo solucionar esto?
            En la sección de mis retenciones figuran las retenciones de Gcias practicadas pero al completar el formulario no las levanta.. me figura en 0 el importe de percepciones para pedir devolución.
            Y para ingresarlas manualmente no se encuentra la opción de tipo de operatoria “compra de moneda extranjera”
            Alguien pudo solucionar esto? Espero una respuesta
            Gracias!!

        • Silvia 30 marzo, 2021 at 13:00 Responder

          Googleando, recien encontre la forma. Hay que agregar adherir un nuevo servicio “Devolucion de percepciones”. Luego continuar con la operatoria de hacer click en Nuevo, la diferencia es que aqui solo hay que completar el periodo fiscal.

          • Marcela 30 marzo, 2021 at 15:45

            Tengan en cuenta que si tienen la pagina de afip version nueva de hace algunos meses, no te aparece la opción de agregar servicio. Solo te aparece si primero, arriba, seleccionás la versión anterior de la página. En mi caso en cuanto seleccioné la version anterior, me apareció en el listado “devolucion de percepciones” y ahi puse Nuevo y pude hacerlo. De septiembre no me apareció ninguna retención. Solo a partir de octubre a diciembre 2020.

          • gabriel 6 mayo, 2021 at 20:58

            Confirmo para los que no veian las retenciones …”Solicitud para devolución de la percepción del 35% para quienes no son contribuyentes de los impuestos a las Ganancias o Bienes Personales – F.1746″… deben habilitar el servicio de devolucion de percepciones, ya que si ingresan por mis aplicaciones para hacer la carga no le aparecerán las mismas, que si a precen en Mis retenciones. Para hacerlo vayan a la izq y entren a Administrador de Relaciones de Clave Fiscal y ahi buscan en la pestaña de afip devolucion de percepciones. despues entre ahi por la pagina principal y listo les parece para la carga

    • yanela 27 marzo, 2021 at 11:48 Responder

      hola, a mi me pasa exactamente lo mismo. Intente cargarlas manualmente, pero no me aparece el tipo de operación entre las opciones.

      • Marcela 30 marzo, 2021 at 15:50 Responder

        Perdón me equivoqué en el comentario anterior. No es versión anterior, sinó versión original. La que yo veo primero es la versión resumida, y arriba en marrón claro, me da la opción de entrar a la versión original. Cuando te aparece de nuevo la pa´gina original de afip, abajo a la derecha en celeste dice Agregar servicios. y ahí en ppagina que te aparece podes seleccionar devolucion de percepciones.

  45. Horacio 25 marzo, 2021 at 20:59 Responder

    Como hago para pedir la devolución de percepciones si el contrib. era empleado, tenia retenciones de gcias durante 2020 y lo cesantearon en agosto de 2020. Le sale el cartel que posee ret. de gcias y por lo tanto debe pedir el reint. a su emplleador (que no tiene mas), Desde ya gracias

  46. Marcela 25 marzo, 2021 at 15:29 Responder

    Hola, ayuda por favor! trabajo bajo relación de dependencia con un bruto menor a $ 73.000. Cuando hago la consulta, puedo ver las percepciones por compra de moneda extranjera. Tenía nivel 2. me bajé la aplicación hice todos los paso, ahora tengo nivel 3 pero cuando Nuevo y el periodo 202010, me dice: ERROR DE VALIDACION NECESITA CUITM ingrese a inscripción digital. pero yo tengo CUIL, trabajo bajo relación de dependencia. No sé donde está el error, mis compañeras pudieron hacer el trámite sin problemas.

    • Daniel E 27 marzo, 2021 at 21:31 Responder

      Hola Marcela, como te dijo Macarena, tenes que dar de alta el CUIT, por mas que tengas CUIL, no vas a poder el tramite de devolución.
      Un detalle al darte de alta en el CUIT, l, y si lo vas a utilizar SOLO para la devolución del 35% NO debes darte de alta en ningún impuesto.

      Espero que tengas suerte,

      • Juan M 29 marzo, 2021 at 15:55 Responder

        Hola Daniel! gracias por tu ayuda. A mi me pasaba lo mismo, pude obtener el CUIT pero ahora me tira el cartel: Error de validación: Para el período fiscal por el que estás solicitando la devolución, registrás retenciones de impuesto a las ganancias. En este caso, tenés que computar las percepciones en tu declaración jurada de ganancias. Si ya realizaste la presentación, vas a tener que presentar una rectificativa informando las mismas.

        Tenes idea como puedo seguir? En mi trabajo me retuvieron muy poco el año pasado, incluso hacia fines de año tuve devoluciones por deducción de un hijo.

        • Romina 30 marzo, 2021 at 01:02 Responder

          Hola, vas a tener que hacer el formulario por SIRADIG-trabajador, que se encuentra en SEVICIOS HABILITADOS, en la pagina de inicio de AFIP. Ahi debes cargar el formulario 572

      • Alvaro 30 marzo, 2021 at 09:25 Responder

        Disculpa que te consulte.
        Mi esposa es enfermera y trabaja para un hospital publico de la provincia.
        Le afecta en algo darse de alta la CUIT? por mas que no se inscriba en ningun impuesto.
        Muchas Gracias por la ayuda

      • Belen 31 marzo, 2021 at 09:46 Responder

        Hola, una consulta. Logre dar de alta la cuit y me dio el formulario de constancia. Pero luego me pide dar de alta una actividad…y soy empleada en relacion de dependencia. Esa parte la tengo que hacer igual o me va a generar el alta en un impuesto? Me trabé ahi. Gracias.

      • Micaela M 21 marzo, 2022 at 16:15 Responder

        Buenas tardes, no se si me podrás ayudar, yo ya di de alta el cuit, pero me sigue informando que debo generarlo. Incluso me descargue la constancia de CUIT, debo hacer alguna otra gestión? Muchísimas gracias !

  47. Ana Lia 25 marzo, 2021 at 00:16 Responder

    Buenas Noches.
    Soy jubilada, y cuando quiero ingresar la devolucion me dice que para el perido seleccionado registro retenciones de impuesto a las ganancias ganancias y los tengo que computar las retenciones en mi declaracion jurada de ganancias. Ahora para pedir este reintegro tengo que presentar una declaracion jurada de ganancias? Nunca presente, soy jubilada hace varios años.
    Muchas gracias

  48. Marilé 23 marzo, 2021 at 23:16 Responder

    Ayuda por favor. Soy jubilada, sigo todos los pasos, hasta Devolución de percepciones pero al ingresar buscar, regresa nuevamente a AFIP (en nueva relación). Lo mismo me pasa si quiero ingresar a Mis retenciones, queda como tildado y regresa nuevamente a selecionar AFIP . Alguien me puede decir qué está mal.Saludos

  49. Federico Brun 23 marzo, 2021 at 10:56 Responder

    hola! no puedo continuar con el tramite en la pagina de la afip para la devolución del impuesto pais. Cada vez que voy a nuevo y pongo el periodo fiscal me salta la leyenda: Error de validación
    Para solicitar la devolución es necesario que tengas CUIT. Para obtenerla, ingresá en INSCRIPCIÓN DIGITAL. Alguien sabe como puedo solucionarlo?

    • Daniel E 24 marzo, 2021 at 16:21 Responder

      Hola Federico, tene en cuenta que la devolución son de los meses de Septiembre a Diciembre 2020, otros meses no acepta el sistema.
      Si es correcto, para solicitar la devolución tenes que tener CUIT, aquí los pasos para obtener

      Cómo sacar la Clave Fiscal 3 con la app Mi AFIP
      Abrí la app Mi AFIP en tu celular
      Entra al menú Herramientas
      Entra a Solicitud o recupero de clave fiscal
      Cuando la app lo pida, usa la cámara de atrás de tu celular para escanear el código de barras y QR que está al frente (abajo a la derecha) de tu DNI Tarjeta. Para escanear el código, simplemente hay que mantener la cámara apuntando al DNI hasta que la app avise que ya está.
      Luego la app te va a pedir sacarte una foto de tu cara. Para esto, usa la cámara frontal de tu teléfono celular.
      La app verifica mediante un sistema de reconocimiento facial que tu cara sea la misma que existe en la base de datos del RENAPER. Y si todo está bien, automáticamente habilita tu Clave Fiscal nivel

      Espero que tenga suerte!!

  50. Pablo 22 marzo, 2021 at 21:58 Responder

    Una pregunta. Por una compra con tarjeta de crédito que no figura. Hay que cargar la cuota de cada mes o directamente el monto total? Gracias

  51. Ariel 22 marzo, 2021 at 21:37 Responder

    Yo quisiera saber como debo hacer para poder descargar por Siradig una notebook comprada en Amazon España y que monto ponerle.

  52. Johanna 22 marzo, 2021 at 17:12 Responder

    Me podran ayudar por favor! mi papa cobra el salario minimo y cuando quiero realizar la devolucion me dice que paga impuesto a las ganacias. Cobra 20 mil pesos, es un chiste lo que me dice. Como lo resuelvo?? me ayudann porfaa

    • Ariel 22 marzo, 2021 at 22:49 Responder

      Hola jo chequea si tu papa fue autónomo o monotributista en algún momento, consúltale a el. El error que te está tirando no es que el paga ganancias sino que está inscripto en el impuesto a las ganancias verdad ?

      • Sebastian 23 marzo, 2021 at 22:35 Responder

        Me pasa lo mismo que a Johanna.
        Mi mamá fué autónoma hace mucho tiempo. Ahora es jubilada y cuando quiero gestionarle la devolución me da el siguiente error:
        Error de validación
        Para el período fiscal por el que estás solicitando la devolución, registrás inscripción en el impuesto a las ganancias. En este caso, tenés que computar las percepciones en tu declaración jurada de ganancias. Si ya realizaste la presentación, vas a tener que presentar una rectificativa informando las mismas.

        Qué debo hacer para poder pedirle la devolución?

        • Romina 30 marzo, 2021 at 01:07 Responder

          Hola, si en el periodo fiscal registras impuesto a las ganancias deber realizar el formulario por SIRADIG-trabajador, que se encuentra en SEVICIOS HABILITADOS, en la pagina de inicio de AFIP. Ahi debes cargar el formulario 572 -.
          Si todavia no lo tienes habilitado deber buscar las siguientes opciones
          1. Administrador de relaciones clave fiscal
          2. Adherir servicio
          3. AFIP (y aca busca siradig trabajador)

          Una vez que lo adheriste puedes volver al inicio y realizar el formulario

  53. Guillermo 21 marzo, 2021 at 01:39 Responder

    Buenas noches,

    Agradecería si alguien me puede ayudar con un inconveniente que tengo en la carga de un gasto a percibir por el punto 4 inc. 5 en la carga del formulario F572 en el punto de “Percepciones Servicios Transporte al Exterior”, ya que cuando cargo mis datos manualmente, me figura el siguiente error “Para continuar ingresando percepciones, previamente tenés que informarlas a través de Presentaciones Digitales, mediante el trámite SIRADIG – Percepciones RG 4.815”, paso que ya realicé dos veces y me tomaron como solicitud admitida los dos trámites al haber cargado el comprobante de la factura donde figura la percepción a devolución.

    Desde ya, muchas gracias por quien pueda darme una mano para destrabar esto!
    Saludos!

    • Nacha 21 marzo, 2021 at 22:01 Responder

      me daba el mismo mje y lo que hice fue ingresar en Mi portal a Declaraciones digitales.
      Ahí te permite elegir la opción “SIRADIG – Percepciones RG 4.815” y en un apartado dice: ¡IMPORTANTE!
      Tené en cuenta que esta presentación es para solicitar la autorización de la
      carga manual de las percepciones que no pudiste ingresar por el servicio
      SiRADIG Trabajador.
      Es conveniente que realices el reclamo antes del 26 de marzo a fin de evitar
      problemas con la habilitación para informar dichos datos.
      La aceptación o rechazo del trámite será comunicada en tu Domicilio Fiscal
      Electrónico para que luego puedas realizar la presentación del Formulario
      572 web.

  54. Daniela 18 marzo, 2021 at 10:43 Responder

    Hola! Necesito ayuda, una persona estuvo en relación de dependencia hasta marzo 20 y le retenían ganancias con el sueldo, en abril deja de trabajar en relación de dependencia y se da de alta como monotributista hasta el día de hoy. No presento el SIRADIG cuando dejo el trabajo, si quiere solicitar “devolución de percepciones” indica que “Tu solicitud no resulta procedente debido a que se verifica que tenés retenciones de impuesto a las ganancias para el período fiscal en el cual las percepciones fueron practicadas. Deberás computarlas en la declaración jurada del Impuesto a las Ganancias. Si ya presentaste tu declaración Jurada de Ganancias y omitiste computar las percepciones deberás presentar una rectificativa informando las mismas” No creo que corresponda cargarlas en SIRADIG porque ya no trabaja en relación de dependencia para ese empleador no se las van a devolver de esa manera, por lo que presento el SIRADIG 2020 sin deducciones ni solicitando percepciones y sigue diciendo lo mismo. El tema es que si rectifica y las carga en SIRADIG quien se las va a devolver??

    • Maria Victoria 22 marzo, 2021 at 14:47 Responder

      Hola! Pudiste resolverlo? Tengo el mismo inconveniente con un cliente que ya no trabaja en relación de dependencia y no puedo hacer la presentación por “devolución de percepciones” porque me aparece exactamente ese mismo mensaje que detallas.
      Quién le devuelve si presentara por SIRADIG?

        • Stefania 15 abril, 2021 at 18:42 Responder

          Hola,

          Pudieron solucionar este tema?
          Trabaje en relación de dependencia hasta agosto y mi empleador me retenía impuesto a las ganancias, la liquidación final se presento en septiembre con saldo 0.
          Entre octubre y diciembre tuve retenciones por la compra con moneda extranjera. Si no trabaje mas en relación de dependencia como tengo que hacer para solicitar la devolución de las retenciones?

  55. luis 17 marzo, 2021 at 21:03 Responder

    hola, necesito cargar los comprobantes para la devolucion de percepciones pero el sistema no me deja, me dice que necesito CUIT ACTIVO, pero no lo puedo activar por que cuando subo capturas de mi DNI me indica que no verifica mi domicilio, y trato de subir capturas diferentes del mismo y me sigue tirando lo mismo, no me habilita el CUIT. quiero sacar turno para ir personalmente a una agencia y nunca hay turno. Pasan los dias y no puedo cargar. Necesito que alguien me ayude. Si alguien me puede indicar como es se lo agradeceria. Puedo pagar por el tramite. dejo mi correo: luisgerez30@gmail.com

  56. mariaeugenia 17 marzo, 2021 at 19:55 Responder

    Hola, ¿por qué al querer presentar el F1746 para los meses ENERO a AGOSTO 2020, me tira “ERROR DE VALIDACION el periodo fiscal igual o mayor a 09/2020”?
    Se ven retenciones desde 01/2020 pero sólo pude presentar el reclamo por meses Sep-Dic 2020.
    Como se reclaman las retenciones de los meses Enero-Agosto 2020?

  57. Maria Paula Lazcano 17 marzo, 2021 at 12:06 Responder

    Buen dia, estoy intentando tramitar la devolucion del impuesto pais, el tema es que me dio nivel 2 porque soy jubilada y pensionada y no puedo agregar el cbu para reclamar la devolucion. Como puedo hacer para ingresarlo? o como puedo cambiar de nivel para ingrsarlo?

    • Daniel E 18 marzo, 2021 at 07:51 Responder

      Buen día, María Paula, te paso los pasos que deberías hacer para cambiar a nivel 3, SE HACE DESDE CELULAR.

      Cómo sacar la Clave Fiscal 3 con la app Mi AFIP
      Abrí la app Mi AFIP en tu celular
      Entra al menú Herramientas
      Entra a Solicitud o recupero de clave fiscal
      Cuando la app lo pida, usa la cámara de atrás de tu celular para escanear el código de barras y QR que está al frente (abajo a la derecha) de tu DNI Tarjeta. Para escanear el código, simplemente hay que mantener la cámara apuntando al DNI hasta que la app avise que ya está.
      Luego la app te va a pedir sacarte una foto de tu cara. Para esto, usa la cámara frontal de tu teléfono celular.
      La app verifica mediante un sistema de reconocimiento facial que tu cara sea la misma que existe en la base de datos del RENAPER. Y si todo está bien, automáticamente habilita tu Clave Fiscal nivel

      Espero que tenga suerte!!

    • Ariel 22 marzo, 2021 at 22:54 Responder

      Te bajas la aplicación mi afip al celular, una vez que lo hagas vas a blanquear clave, te va a pedir que escanes el código de barra del dni y después te va hacer un reconocimiento fácil seguís los pasos, una vez realizado vas a tener clave nivel 3. Saludos

  58. CARLOS 11 marzo, 2021 at 15:34 Responder

    HABER SI ALGUIEN ME PUEDE AYUDAR, TRABAJO EN RELACIÓN DEPENDENCIA DESDE EL AÑO 2001 Y NO PAGO GANANCIAS, PERO AL PEDIR LA DEVOLUCIÓN ME SALE ERROR
    Tu solicitud no resulta procedente debido a que se verifica que tenes retenciones de impuesto a las ganancias para el período fiscal en el cual las percepciones fueron practicadas. Deberás computarlas en la declaración jurada del Impuesto a las Ganancias. Si ya presentaste tu declaración Jurada de Ganancias y omitiste computar las percepciones deberás presentar una rectificativa informando las mismas
    CONSULTO A LA AFIP Y ME DICE QUE TENGO UNA BAJA PROVISORIA EN EL 2002 POR DCTO 1299/98 Y QUE DEBO PEDIR LA BAJA RETROACTIVA DEL IMPUESTO
    ALGUIEN ME PUEDE DECIR QUE DOCUMENTACIÓN NECESITO ??? O ES SOLO HACER UN DESCARGO DE QUE NO TENGO OTRA ACTIVIDAD ECONOMICA, DESDE YA GRACIAS

    • Daniel 17 marzo, 2021 at 21:36 Responder

      Estas seguro que en ningún mes del 2020 tu empleador no te retuvo Impuesto a las Ganancias? aunque sea $50.Porque lo que te dicen en la Afip no es muy lógico, no parece tener nada que ver .Si a vos tu empleador te hizo alguna retención, vos tenes que entrar por Afip y dar de alta un servicio que se llama Siragid-trabajador y cargar ahí las percepciones. Yo te diria que lo consultes bien con el contador de tu empleador.Un saludo.

      • Ignacio 29 marzo, 2021 at 15:04 Responder

        Daniel, y si tengo mas Percepciones que lo que me retuvo mi empleador? Tengo que cargar en SIRADIG todas las Percepciones igual? O hasta llegar al monto de las retenciones y el resto lo pido por “Devolución de Percepciones”?

  59. Andrea Chavez 11 marzo, 2021 at 12:51 Responder

    Hola, quería consultarles que significa esto que me figura : “Tu solicitud no resulta procedente debido a que se verifica que tenes retenciones de impuesto a las ganancias para el período fiscal en el cual las percepciones fueron practicadas. Deberás computarlas en la declaración jurada del Impuesto a las Ganancias. Si ya presentaste tu declaración Jurada de Ganancias y omitiste computar las percepciones deberás presentar una rectificativa informando las mismas”.
    Si alguien me pudiese ayudar, le agradecería mucho.

    • Daniela 15 marzo, 2021 at 19:25 Responder

      Hola, estos son los pasos:

      1º) Ingresar a tu cuenta, y desde allí a “Administrador de Relaciones de Clave Fiscal” para agregar el servicio SIRADIG-trabajador.

      2º) Una vez agregado, ingresar a SIRADIG-trabajador, completar los DATOS PERSONALES y los del empleador ingresando a EMPLEADORES (en general, ya están cargados automáticamente).

      3º) Ingresar a CARGAR FORMULARIO –> Otras Retenciones, Percepciones y Pagos a Cuenta –> Pago a cuenta-Compra de Billetes y Moneda Extranjera. Al seleccionarlo, van a aparecer automáticamente todas las deducciones hechas, mes a mes.

      4º) El formulario se guarda como borrador. Para enviarlo hay que volver al menú principal dentro de SIRADIG-trabajador, ingresar otra vez en CARGAR FORMULARIO –> VISTA PREVIA, y desde ahí hay que ir hasta el final del formulario donde dice ENVIAR AL EMPLEADOR, que es el agente de retención.

      • ROBERTO SAFARANO 17 marzo, 2021 at 09:16 Responder

        Buen día a todos!
        Declaré las retenciones por compra de moneda extranjera en el SIRADIG, pero resulta que el cliente no sufrió retenciones de ganancias en el 2020, con lo cual luego rectifiqué sacando estas retenciones por compra de moneda extranjera, e intenté ingresarlas a través del servicio “devolución de percepciones” y me sale este error:
        “Tu solicitud no resulta procedente debido a que se verifica que tenes retenciones de impuesto a las ganancias para el período fiscal en el cual las percepciones fueron practicadas. Deberás computarlas en la declaración jurada del Impuesto a las Ganancias. Si ya presentaste tu declaración Jurada de Ganancias y omitiste computar las percepciones deberás presentar una rectificativa informando las mismas”.
        Si alguien me puede ayudar estaré muy agradecido! saludos!

      • ROBERTO SAFARANO 17 marzo, 2021 at 09:18 Responder

        Buen día a todos!
        Declaré las retenciones por compra de moneda extranjera en el SIRADIG, pero resulta que el cliente no sufrió retenciones de ganancias en el 2020, con lo cual luego rectifiqué sacando estas retenciones por compra de moneda extranjera, e intenté ingresarlas a través del servicio “devolución de percepciones” y me sale este error:
        “Tu solicitud no resulta procedente debido a que se verifica que tenes retenciones de impuesto a las ganancias para el período fiscal en el cual las percepciones fueron practicadas. Deberás computarlas en la declaración jurada del Impuesto a las Ganancias. Si ya presentaste tu declaración Jurada de Ganancias y omitiste computar las percepciones deberás presentar una rectificativa informando las mismas”.
        Si alguien me puede ayudar estaré muy agradecido! y saludos!

      • Luciano Esteban Menna 25 marzo, 2021 at 15:44 Responder

        EXCELENTE!!!! Me re salvo esta información, dado que ingresaba por devolución de percepciones y me tiraba un error.
        Muchas gracias

      • Marina 30 marzo, 2021 at 08:03 Responder

        Hola, yo hice la carga en el Siradig pero cuando voy a mis aplicaciones WEB devoluciones y transferencias me sigue tirando el mismo error, sabes si debo hacer algo mas? gracias

  60. Angeles Scabbiolo 10 marzo, 2021 at 20:53 Responder

    Hola. A mi cuñado tiene que cargar por SIRADIG las percepciones por compra de moneda extranjera.
    No se las trae automáticamente, el sistema dice que las cargue en forma manual. Al querer cargar en forma manual 1 periodo lo toma bien pero al querer cargar el segundo me dice que ya existen pagos a cuenta informados para esa CUIT (del banco Ciudad) Para cargar nuevos pagos a cuenta cargarlos en el ya existente. ¿Habrá que sumar los importes y ponerlo en un solo periodo? Pero estaría mal. y para colmo en 10.000 te pone tope
    ¿como hago? ¿Le paso esto a alguien?

    • Daniel E 15 marzo, 2021 at 07:46 Responder

      Ángeles, buen día, la inscripción digital es para dar de alta el CUIT, ingresa a este link https://www.afip.gob.ar/inscripcion-digital/ y ahí vas a ver los pasos que debes realizar, tene en cuenta que tu clave de AFIP tiene que ser nivel 3

      Si no te deja ingresar desde aquí haciendo click en el link, cópialo (hasta la /) y pégalo en el navegador.

      Espero que tengas suerte!

      • Alvaro A 30 marzo, 2021 at 09:23 Responder

        Disculpa que te consulte.
        Mi esposa es enfermera y trabaja para un hospital publico de la provincia.
        Le afecta en algo darse de alta la CUIT? por mas que no se inscriba en ningun impuesto.
        Muchas Gracias por la ayuda

  61. Rocío 9 marzo, 2021 at 15:45 Responder

    Hola. Me pasa que cuando entro a mis aplicaciones web y pongo la el año y mes en el que compre dólares el año pasado (octubre y noviembre) no me trae ninguna percepción, pero cuando consulto en mis retenciones si están. A alguien le está pasando lo mismo? y para cargarlas manualmente tampoco está la opcion de compra de moneda extranjera.-

  62. Sofìa Garcìa 8 marzo, 2021 at 14:53 Responder

    Buenas tardes. Tengo el CUIT y domicilio electrònico constituido y aùn me sigue apareciendo “ERROR DE VALIDACIÒN” Para solicitar la devolución es necesario que tengas CUIT. Para obtenerla, ingresá en INSCRIPCIÓN DIGITAL. QUE PUEDO HACER?? AYUDA POR FAVOR

    • Daniel E 9 marzo, 2021 at 08:04 Responder

      Buen día, disculpa tu clave de AFIP es nivel 3, ?, si ingresar a Inscripción digital, que sucede?, por que si tenes CUIT, e ingresas para generar otra, seguramente te va a decir que ya tenes, proba, y si estas en dudas, en ningún momentos de “GRABAR” o “ACEPTAR”,

      Espero que tengas suerte

        • Daniel E 10 marzo, 2021 at 08:40 Responder

          Eliana buen día, la inscripción digital es para dar de alta el CUIT, ingresa a este link https://www.afip.gob.ar/inscripcion-digital/ y ahí vas a ver los pasos que debes realizar, tene en cuenta que tu clave de AFIP tiene que ser nivel 3

          Si no te deja ingresar desde aquí haciendo click en el link, cópialo (hasta la /) y pégalo en el navegador.

          Espero que tengas suerte.

  63. cynthia 8 marzo, 2021 at 00:27 Responder

    HOla, queria saber si alguno sabe como solucionar o reclamar el cobro del impuesto pais antes de septiembre. Me lo cobro el banco nacion y quiero el reintegro. Si dice que entro en vigencia en septiembre, me deberian devolver lo cobrado.

    • Mike 8 marzo, 2021 at 16:36 Responder

      No podes pedir devolucion del impuesto pais, solo del Percepción Impuesto RG AFIP 4815, el cual comenzo en septiembre. Actualmente te cobran 2 impuestos ademas del iva. Saludos

  64. Belen 7 marzo, 2021 at 22:42 Responder

    Hola! Yo ya realice la DDJJ de ganancias del periodo 2020. Me figura que ya fue abierta por mi agente de retención, pero el sistema aun no me permite realizar la solicitud de devolución de percepciones. Me esta faltando algun paso???

    GRACIAS

  65. German 6 marzo, 2021 at 14:18 Responder

    Hola. Yo hice compras al exterior con tarjeta en marzo y julio de 2020. En los resúmenes de la tarjeta sale la retención por impuesto “PAIS”. Sin embargo, la página de la AFIP no me deja cargar esos dos meses. Sí pude cargar sin problemas lo retenido en septiembre 2020. ¿Alguien sabe cómo puedo recuperar lo de marzo y julio? ¡Gracias!

    • Mik 8 marzo, 2021 at 16:34 Responder

      Buenas german, el impuesto empezo recien el x dia del mes de Septiembre, solo vas a ver a partir de septiembre, antes no cobraban ese impuesto, fijate que hay 2 impuestos, el “IMPUESTO PAIS” y el “Percepción Impuesto RG AFIP 4815” el cual es el que te pueden devolver y solo toma a partir de septiembre que es cuando lo empezaron a cobrar. Saludos

  66. juan 6 marzo, 2021 at 11:03 Responder

    Hola, realice todos los pasos que me pide para la devolución de 35% e la compra de los 200 dólares. Con la cuenta de mi señora no tuve ningún problema, pero con la mía, me aparece en retenciones los meses que tengo retenidos, pero cuando voy al formulario de devoluciones y pongo mes por mes no me aparece nada. y no se como cargarlo manualmente.

  67. MAURO 5 marzo, 2021 at 20:31 Responder

    Buenas Tardes,

    En mis retenciones hay dos bancos que no informaron las percepciones por la compra de bienes en el extranjero con la tarjeta de crédito en los meses de octubre, noviembre y diciembre. Cuando las intento cargar manualmente en el formulario 572 me dice que haga una presentación en el programa de asistencia al ciudadano. Alguien sabe como se hace esa presentación? le abrí un reclamo a la afip hace una semana pero ni respuesta.

    Muchas Gracias,
    Mauro

    • Martin 7 marzo, 2021 at 01:40 Responder

      Mauro,
      Me ocurre el mismo caso que a vos. Y al momento de hacer la carga manual me indica de hacer una presentación a asistencia al ciudaano. Tenia pensado llamar a Visa. Porque lo que tenia en American Express se ve perfectamente.

      Vos pusite resolverlo ?
      Saludos

      • Sergio 11 marzo, 2021 at 12:40 Responder

        Hola, me pasa exactamente lo mismo que a vos. Todo lo informado por VISA no me aparece, pero si por MAstercard y Amex. El banco me dice que es cuestion de Prisma y Visa. Voy a llamar hoy mismo para ver que onda.

  68. IVANA 3 marzo, 2021 at 09:04 Responder

    cUANDO QUIERO CARGAR LAS PERCEPCIONES EN FORMA MANUAL, YA QUE EL SISTEMA NO ME LAS MUESTRA, NO me da para seleccionar que es por tenencia de moneda extranjera….

  69. Esteban 2 marzo, 2021 at 17:52 Responder

    HOLA:
    Alguien tuvo novedades respecto a esta devolución. Me refiero a que hicieron la gestión y no tuvieron ningún impedimento. Me dijeron que hay una forma de consultar como se encuentra el trámite, pero no sé como es. Gracias

    • Luciano 4 marzo, 2021 at 13:09 Responder

      Hola! Por lo que entiendo, tenés que entrar a “Devolución de Percepciones” y ahí ponés el periodo y te dice el estado. Yo lo cargué recién. Lo que no sé es cuánto tiempo tardan en devolverlo

    • Daniel E 5 marzo, 2021 at 09:03 Responder

      Esteban buen día, encontré esto en la Web, “La AFIP realizará la devolución de los fondos en un plazo de 60 días hábiles, según lo dispuesto por la ley de Procedimientos Administrativos. La Resolución General 4815, que estableció la percepción, no dispuso ningún plazo en particular.”

      Hice una presentación el 18 de enero, y en AFIP solo dice “presentada”. según mis cálculos recién para mediados de abril debería tener novedades
      Suerte!

  70. HECTOR 2 marzo, 2021 at 15:04 Responder

    Amplio mi anterior.- Quiero cargar formulario F.572. (lo hago todos los meses).- Para solicitar la devolución de RG 4815/20 del mes de enero y febrero por compra de moneda extranjera. cargo y me dice, …..”LA PERCEPCION SOLO SE PUEDE INGRESAR A PARTIR DE SEPTIEMBRE, /ENTRADA EN VIGENCIA DE LA RESOLUCION. ……………alguna sugerencia. gracias.- Se ve que el sistema entiende enero, febrero como del año 2020. Intenté hacerlo cambiando el periodo 2021 y tampoco me dejo.
    Estoy haciendo algo mal ó el sistema no lo reconoce. Que puedo hacer. ??????????.Gracias.-

    • Daniel E 2 marzo, 2021 at 19:30 Responder

      Héctor, buenas tardes, yo intente ingresar el periodo 202101 y el sistema me daba ” Error de validación
      No se permite la creacion de Declaraciones Juradas para el año actual.”

      Lo consulte y me dijeron:
      Hola Daniel:
      Eso lo pude averiguar. Es por que todo lo que corresponda a 2021, recién se podrá hacer con el año vencido es decir a partir de enero/22. Calculo que para cuando lo recobres a mediados de 2022 tendrá una pérdida de valor bastante importante. Que vas a hacer. Es así. Saludos. habrá que esperar, (sin mayores comentarios),

  71. Hector 2 marzo, 2021 at 14:26 Responder

    Hola. Quiero cargar la devolución de RG 4815/20 del mes de enero y febrero y me dice, …..”LA PERCEPCION SOLO SE PUEDE INGRESAR A PARTIR DE SEPTIEMBRE, /ENTRADA EN VIGENCIA DE LA RESOLUCION. ……………alguna sugerencia. gracias.-

  72. Esteban 1 marzo, 2021 at 20:58 Responder

    Disculpen alguien sabe como debo proceder ya que en mi caso me descontaron imp a las ganancias el año pasado, pero luego me las devolvieron cuando declare que tengo un hijo a cargo. y me tira esta leyenda la pag afip
    Error de validación
    Tu solicitud no resulta procedente debido a que se verifica que tenés retenciones de impuesto a las ganancias para el período fiscal en el cual las percepciones fueron practicadas. Deberás computarlas en la declaración jurada del Impuesto a las Ganancias. Si ya presentaste tu declaración Jurada de Ganancias y omitiste computar las percepciones deberás presentar una rectificativa informando las mismas
    gracias!.

  73. Maria 28 febrero, 2021 at 18:18 Responder

    Hola, quiero hacer el tramite para devolucion del 35 % en AFIP para mi mama,jubilada y que no paga ganancias. Ya saque cuit,puse cbu,domicilio fiscal,pero al ingresar no me aparecen las retenciones por compra de dolares,en donde se cargan? Hay una parte que dice agregar pero son datos de compras turisticas. Hasta cuando hay tiempo para presentar? Gracias!

    • Mariano 2 marzo, 2021 at 21:08 Responder

      Tenes que entrar al administrador de relaciones y adherir el servicio devolución de percepciones. Volvé a entrar y vas a tener ese servicio, entrá por ahí y las vas a ver, tenés que entrarlas mes por mes.

  74. Pedro Magno 27 febrero, 2021 at 16:19 Responder

    Hola quiero recuperar el 35 % de la compra de u$s y me aparece en mis retenciones, cuando voy
    a mis aplicaciones web, pongo nuevo, 746 ,el periodo de devolucion y no me aparece nada.
    No encuentro en el menu devolucion de percepciones

    • Mariano 2 marzo, 2021 at 21:07 Responder

      Tenes que entrar al administrador de relaciones y adherir el servicio devolución de percepciones. Volvé a entrar y vas a tener ese servicio, entrá por ahí y las vas a ver, tenés que entrarlas mes por mes.

      • Yanela Martinez Hassar 27 marzo, 2021 at 12:17 Responder

        Gracias, despues de leer practicamente todos los comentarios, el tuyo me ayudo a solucionar el problema. Gracias Nuevamente!!

    • Ana 21 marzo, 2021 at 11:47 Responder

      Buen día, proba con poner NUEVO y en periodo 202010, en vez de 202009, ya que la retención seguramente fue hecha en octubre por el período septiembre. Estaba en la misma situación y así pude solucionarlo. Saludos

  75. Alejandro Yanez 26 febrero, 2021 at 14:54 Responder

    BUENAS TARDES, Mi caso es el siguiente, en el año 2018 compré con mi pareja un tiempo compartido en dólares, a pagarse a 10 años y pagando mensualmente la cuota de la compra, para lo que pusimos la tarjeta de crédito Naranja para realizar los pagos mensuales.
    Hasta ahí todo bien pero cuando el impuesto país, ambos impuestos tanto del 30 como el del 35% empezaron a aplicarse nos vimos desbordados porque, además del costo en dólares debíamos pagar el 65% de recarga, lo que los últimos meses llegó a $18.000 sólo en impuestos. Hicimos los reclamos desde mediados del año pasado, muchos reclamos presentando todo tipo de comprobantes hasta que finalmente logramos que este mes no nos cobren dichos impuestos. Ahora quisiera reclamar sobre la devolución de todos los meses pagados, impuestos que evidentemente fueron mal cobrados. Saben si es posible o factible por medio de la solicitud de devolución de percepciones? Muchas Gracias

  76. dai 25 febrero, 2021 at 12:34 Responder

    hola, alguien sabra explicarme como hacer para genersar el formulario para que devuelvan impuesto a las ganancias… lo de los dolares lko pude hacer pero lo del impuesto no se hacerlo

    • Daniel E 26 febrero, 2021 at 10:44 Responder

      Buen dia, Dai, tenes que ingresar a AFIP con clave 3, si no tenes CUIT, genérate uno, si solo vas a solicitar la devolución del 35% NO debes darte de alta en ningún impuesto
      Con el CUIT tenes que ir a AFIP DEVOLUCION DE PERCEPCIONES, ahi a “nuevo”, y colocar el mes que quieres que te devuelvan en este formato (añomes), ejemplo 202011 esto sería para el mes de noviembre del 2020. y seguir las indicaciones de la pantalla, es bastante amigable.

      Espero que te sirva.
      Saludos

      • marianela 6 marzo, 2021 at 16:32 Responder

        Hola Daniel…
        tal vez me puedas ayudar..
        intenté hacerlo y no me aparece nada. cuando consulte en mis retenciones lo que me aparece es un monto referido al 939 Percepción Impuesto para una Argentina inclusiva y solidaria (PAIS). pero no aparece cuando quiero empezar el tramite para la devolución. gracias!

  77. Guada 22 febrero, 2021 at 17:57 Responder

    Tengo precepciones de ganancias mayores a lo que me retuvo mi empleador en el 2020. En el SIRADIG cargo hasta ese tope.
    Pero ahora quiero ir a pedir la devolución por la otra parte y no puedo cargar la solicitud y sale el siguiente error: “Tu solicitud no resulta procedente debido a que se verifica que tenés retenciones de impuesto a las ganancias para el período fiscal en el cual las percepciones fueron practicadas. Deberás computarlas en la declaración jurada del Impuesto a las Ganancias. Si ya presentaste tu declaración Jurada de Ganancias y omitiste computar las percepciones deberás presentar una rectificativa informando las mismas”
    Alguien le ha pasado lo mismo y ha podido resolverlo?
    gracias

  78. Juan 21 febrero, 2021 at 21:08 Responder

    Buen día, me aparece lo siguiente:

    “Tu solicitud no resulta procedente debido a que se verifica que tenés retenciones de impuesto a las ganancias para el período fiscal en el cual las percepciones fueron practicadas. Deberás computarlas en la declaración jurada del Impuesto a las Ganancias. Si ya presentaste tu declaración Jurada de Ganancias y omitiste computar las percepciones deberás presentar una rectificativa informando las mismas”

    Alguien me puede asesorar?

  79. Gloria 21 febrero, 2021 at 07:26 Responder

    Hola, soy jubilada que no tributa ganancias ni lo haré dado el nivel de ingresos que tengo. En la gestión de devolución del 35% no sé si se hace a través del F. 1740/A ó del F. 572, dado que entiendo que por el primero (F. 1740/A) se requiere tener CUIT y los jubilados tenemos CUIL, y por el segundo (F. 572) iría a acreditarse a ANSES para deducir de un impuesto que nunca tendré que pagar, y por lo tanto no sé como lo recobraría. ¿me podrían asesorar que es realmente lo que debo hacer?. Se los agradecería muchísimo.

    • Daniel E 21 febrero, 2021 at 09:52 Responder

      Gloria, buen día, yo también estoy jubilado, y tuve que generarme el CUIT para gestionar la devolución del 35%,
      si mal no recuerdo cuando solicite fue desde el punto de AFIP “DEVOLUCION DE PERCEPCIONES”, y en un punto de la generación del CUIT, y si lo vas a utilizar SOLO para la devolución del 35% NO debes darte de alta en ningún impuesto.
      Eso si, la primera gestión de devolución la hice los primeros días de enero, y aún sigo esperando que lo reintegren.

      Ah…. me olvidaba, no recuerdo en donde, pero en AFIP tenes que declarar un número de CBU para que ahí te realicen la acreditación.

      Espero que te sirva.

      • Gloria 21 febrero, 2021 at 19:35 Responder

        Muchas gracias Daniel. Voy a intentarlo. No sabía que se podía generar CUIT sin tener que estar asociada a algún impuesto. En cuanto a la devolución, lo que sí pude averiguar por si te sirve es tener paciencia por que parece que van a tomarse algunos meses. Saludos

        • Daniel 22 febrero, 2021 at 17:21 Responder

          Me alegro mucho que te sirva, yo tuve la misma inquietud hasta que consulte e hice el CUIT, con respecto a la devolución, si hay que tener paciencia, por que tardan.. Otro tema, pude presentar las del año 2020, cuando quiero presentar las del 2021, me da “ERROR”, y aun no pude saber el porque. Suerte.

          • Gloria 24 febrero, 2021 at 08:45

            Hola Daniel:
            Eso lo pude averiguar. Es por que todo lo que corresponda a 2021, recién se podrá hacer con el año vencido es decir a partir de enero/22. Calculo que para cuando lo recobres a mediados de 2022 tendrá una pérdida de valor bastante importante. Que vas a hacer. Es así. Saludos

          • MARIA LAURA CONTINO 24 febrero, 2021 at 10:22

            Buen dia, tendrias algun modelo de notificacion al cliente sobre el tramite del reintegro de las percepciones y del costo adicional del mismo que me facilites? gracias

  80. Seba 20 febrero, 2021 at 18:21 Responder

    Hola, compre en el banco de mi madre los USD que es Jubilada hace mucho tiempo.
    Ella recien ahora la registre en AFIP, ya tengo su clave fiscal, agregue el CBU, agregue el servicio de Percepciones, y cuando consulto, no sale ninguna Percepcion.
    Influye en algo que recien ahora, en Febrero del 2021 haya obtenido su clave Fiscal en AFIP?

    • Daniel 21 febrero, 2021 at 09:58 Responder

      Buen día, dudo que sea eso, sabes que en AFIP todo puede ser,
      Consultas, a tu mamá, ya le sacaste el CUIT, de ser así, fíjate si aparecen en MIS RETENCIONES de AFIP, y si aparecen aquí, debes ir a DEVOLUCIÓN DE PERCEPCIONES,
      Te comento que yo también estoy jubilado y cuando compré USD en el banco, este tardo casi 45 días en informarlo a la AFIP, no es inmediato.
      Espero te sirva este comentario.

      • facundo 23 febrero, 2021 at 11:51 Responder

        buen dia! estoy en la misma situacion que ustedes, las percepciones del 2020 aparecen cuando consulto MIS RETENCIONES, pero no lo hace cuando voy a DEVOLUCION DE PERCEPCIONES. Ya tengo CUIT. no se que mas hacer!

        • Daniel 24 febrero, 2021 at 09:14 Responder

          Buen día Facundo, quizás ya lo hiciste, pero en DEVOLUCION DE PERCEPCIONES, tener que ir a nuevo, ahí se abre una ventana que te pide año y mes (ej. 202012), ahí te debería aparecer la percepción a reclamar.
          Espero que tenga suerte!..

          • Rodrigo 25 febrero, 2021 at 12:25

            Hola Daniel, yo estoy en devolucion de percepciones y no me aparece la opcion para poner Impuesto pais como supuestamente tenes que poner, ya tengo cuit, tengo cbu y domicilio fiscal, todo adherido esta, pero entro a la devolucion de percepciones 202009 y no me aparece nada, y en la parte de retenciones, aparecen las percepciones de impuesto a las ganancias que tuve. Que tengo que hacer?

          • Daniel E 26 febrero, 2021 at 21:10

            Hola Rodrigo, tenes clave nivel 3?.. quise pegar una imagen, de como es y no pude,
            Arriba de la pantalla te aparece AFIP, F.1746 – Solicitud de devolución RG 4815, y apenitas mas abajo, aparece “Buscar” y al lado “Nuevo”, tenes que cliquear ahí, y te aparece para poner el periodo fiscal, ,
            Yo probaría con otros meses, con el 10 / 11 / 12 si tenes percepciones en esos meses y te aparecen.
            Googlee y el impuesto pais se comenzó a cobrar el 16/09/2020, si tenes comprobantes, se pueden cargar (cosa que no se como se hace),
            Espero que te sirva.

  81. Analía 19 febrero, 2021 at 18:13 Responder

    Tengo percepciones del 35% en octubre, noviembre y diciembre del 2020, trabajé con un empleador (que era mi agente de retención) hasta el 31/01/2021. Del 01/02/2021 tengo nuevo empleador que también me retendrá. Cómo lo pongo en conocimiento de aquellas percepciones?. Gracias.

    • Juan 19 febrero, 2021 at 22:41 Responder

      Entiendo que vas a tener que entrar en el SIRADIG, seleccionar el año 2021 y luego cargar las deducciones de enero del 2021 y enviar el formulario 572 al empleador viejo. Con eso hará la liquidación final.
      Luego deberías entrar nuevamente al año 2021, modificar los datos del empleador viejo por los del nuevo empleador y durante el año ir cargando todas las deducciones que puedas hacer a partir de febrero 2021 y las percepciones del 35% deberías poder cargarlas cuando termine el año 2021 ya que el agente de retención de las percepciones del 35% no es el empleador sino el banco. No soy contador pero supongo que debe ser así. Tal vez un contador pueda confirmarlo.

      • Brenda 18 marzo, 2021 at 18:36 Responder

        Hola tengo una situacion similar, trabaje con un empleador hasta Febrero 2021 y en el corriente Marzo 2021 empecé a trabajar con otro empleador. Quien me deberia realizara la devolución por el 35% correspondiente al periodo 2020? Gracias

  82. Martin 18 febrero, 2021 at 22:01 Responder

    Hola, como estan? Espero que me puedan ayudar.
    En forma automatica solo me deja cargar el impuesto 217/594 que figuran en mis retenciones. Los importes correspondientes a impuesto 939, regimenes 988,989 y 993 solo me deja en forma manual y me dice que no puede ser anterior a Octubre 2020 saben como hago para cargar desde Enero 2020.
    Desde ya muchas gracias!

  83. BELEN 17 febrero, 2021 at 13:56 Responder

    Hola. Un cliente tiene que cargar por SIRADIG las percepciones por compra de moneda extranjera.
    No se las trae automáticamente, el sistema dice que las cargue en forma manual. Al querer cargar en forma manual 1 periodo lo toma bien pero al querer cargar el segundo me dice que ya existen pagos a cuenta informados para esa CUIT (del banco Santander) Para cargar nuevos pagos a cuenta cargarlos en el ya existente. ¿Habrá que sumar los importes y ponerlo en un solo periodo? Pero estaría mal.
    ¿como hago? ¿Le paso esto a alguien?

    • karina 17 febrero, 2021 at 19:13 Responder

      A mi me pasa, solo puedo cargar una y aparentemente hay que hacer una presentación a través del Portal Ciudadano. Si alguien sabe como soluciorlo agradezco la respuesta

    • Hector 2 marzo, 2021 at 14:57 Responder

      Ingresa a Retenciones/Percepciones del formulario. Se abre cuatro opciones. R.G.4815/20. Click. vas a la opción a.- compra de billetes o divisas. Agregas el CUIL donde compraste los billetes. Aparece el nombre del banco o entidad. El monto aparece cuando lo cargas abajo en forma manual. DETALLE DEL MES (agregar mes individual), Aparece Alta de detalle de mes individual: Mes arriba. Monto abajo. ( En el Hombanking te dice el monto del impuesto que te cobraron, movimientos).- Ese monto se lo agregas y aparece solo en la parte de arriba MONTO TOTAL. En caso que tengas que agregar otro mes, elegis el mes y lo agregas, te aparece un cartelito que te dice, la suma es correcta. y le das.

  84. Bel 16 febrero, 2021 at 21:25 Responder

    Hola realicé la carga del formulario el día 24/01 y a hoy 16/02 no he tenido respuesta si me aceptan o no las devoluciones, a alguien mas le pasó?? A alguien ya le aceptaron que le iban a devolver el dinero que cargaron??

    • Marcela 17 febrero, 2021 at 11:37 Responder

      Buen día no sé si a alguien le ocurrió lo que a mi. Estoy en relación de dependencia y pago ganancias. En Mis Retenciones cuando consulto tengo 3 percepciones correspondientes a octubre noviembre y diciembre, lo cual es correcto, pero cuando voy al Siradig no me aparecen automáticamente como tendría que aparecer y me aparece un cartel que dice que no existen percepciones informadas a tu nombre por compra de billetes etc… para el 2020.

      • Micaela 23 febrero, 2021 at 10:23 Responder

        Estoy en la misma situación, trabajo en relación de dependencia y pago ganancias, y la compra de moneda extranjera no me aparece de forma automática.
        Realicé la solicitud a través del Programa de Asistencia al Ciudadano hoy 23/02/2021, por los meses de octubre, noviembre y diciembre del 2020 del Impuesto 219, RG 591, con los números de comprobantes, fecha y el CUIT del banco.
        Alguien sabe cuánto demora? Saludos.

        • Marilina 28 febrero, 2021 at 19:10 Responder

          hola. y cómo hiciste el reclamo? yo mande un mail a afip y me dieron un numero de caso pero no se como registrar las deducciones.

        • Florencia 1 marzo, 2021 at 21:15 Responder

          Hola! pudieron resolverlo? hoy intente cargar las de octubre noviembre y diciembre (manual porque no me las trae automaticamente) y solo me permite un mes cargar, no importa cual sea y cuando trato de cargar los otros me dice tendrás que realizar una presentación ante el programa de asistencia al ciudadano, no entiendo como se hace ni porque me sale eso. En mis retenciones aparecen pero como percepciones de bienes personales

          • Carlos 10 marzo, 2021 at 09:52

            Hola a mi me pasa lo mismo, el banco me cargó mal las precepciones y puso el código 219 de BSPS en vez del código 217 de Ganancias y ahora el sistema no me las toma, el banco no me da bola, nadie entiende nada. Afip tampoco te dice nada, no se puede cargar manual y lo de asistencia al ciudadano es un camino sin salida. No se que hacer.

  85. Ana Laura Abraham 15 febrero, 2021 at 22:31 Responder

    Hola. Hice las persentaciones para la devolucion del mes de Octubre a Diciembre 2020. Tengo los PDF de los comprobantes. Pero quiero ver si se grabo el tramite y lo unico que me figura es hasta el 2016. No pude ver cuanto son los montos de cada mes y ahora me quedo la duda si lo realice bien.

  86. Juan 13 febrero, 2021 at 19:34 Responder

    No me queda claro lo siguiente: si todos los trabajadores en relación de dependencia estamos obligados a presentar el formulario 572 Web a través del SIRADIG aunque no nos descuenten impuesto a las ganancias, ¿Debemos cargar las percepciones del 35% en el SIRADIG aunque ya hayamos solicitado la devolución mediante el formulario 1746? Gracias.

  87. Daniel 13 febrero, 2021 at 07:59 Responder

    Buenos dìas, soy jubilado, y en el mes de enero 2021 compre USD, (ya lo venia haciendo el año pasado), hoy veo que la entidad donde cobre USD informó a AFIP la compra, (ya que la veo en “mis retenciones”), voy a generar el Formulario de Devolución de Percepciones (202101), y me sale un cartel que me dice “ERROR DE VALIDACIÒN”, No se permite la creacion de Declaraciones Juradas para el año actual. Esto le paso a alguien, o bien alguien sabe que solo es devolución del año 2020 y no del 2021?. Gracias.

    • Juan 23 febrero, 2021 at 01:22 Responder

      Por lo que entiendo, ahora devuelven lo del año 2020 y lo de 2021 lo devolverían recién el año que viene, haciendo el trámite a partir de enero 2022, cuando cierra el año fiscal,o sea que lo que devolverían ahora sería de septiembre del 2020 a enero 2021.

  88. Juan 12 febrero, 2021 at 17:19 Responder

    Una consulta, un trabajador en relación de dependencia que no le descuentan ganancias y que hizo el pedido de las percepciones del 35% mediante el formulario 1746, ¿ debe además cargar las percepciones del 35% en el SIRADIG?

  89. Juan 12 febrero, 2021 at 14:26 Responder

    Buenas tardes, te consulto lo siguiente, trabajo en relación de dependencia y mi empleador no me descontó Ganancias en el recibo de sueldo durante el 2020 y nunca antes tuve que pagar porque no llegaba al mínimo no imponible. Por lo tanto nunca estuve inscripto en Ganancias ni en Bienes Personales. Ahora, revisé los recibos de sueldo del 2020 y veo que me pasé del mínimo no imponible por 30 mil pesos netos anuales y mi empleador debería haberme descontado $1500 durante el 2020 pero no lo hizo. Si presento el F752 web a mi empleador antes del 31 de marzo, podría deducir las cuotas de la medicina prepaga y como el máximo que se puede deducir por la prepaga es un 5% de esos 30 mil pesos, quedaría en cero con AFIP. La duda que tengo es si además debo agregar en el SIRADIG el 35% de la compra de dólares del 2020 porque ya pedí el reintegro del 35% con el formulario 1746 ya que no me descontaron nunca ni estuve inscripto en Ganancias ni en BBPP. ¿Qué conviene hacer en este caso? ¿Cargo la percepción del 35% también en SIRADIG o sólo cargo las cuotas de la prepaga para quedar sin deuda con AFIP cuando mi empleador presente mi declaración anual, y la percepción del 35% que siga su curso por el F1746?

  90. Luis 12 febrero, 2021 at 08:47 Responder

    Buen día
    A mi se sale ya precargado en:

    Agregar Retenciones / Percepciones / Pagos a Cuenta
    Pago a Cuenta – Resolución General (AFIP) 4815/2020
    a. Compra de billetes y divisas en moneda extranjera (R.G. 4815/2020 – Ley 27541 – Art. 35 inc. a)

    HSBC BANK ARGENTINA SA – CUIT: 33537186009 – $ 350
    Octubre – $ 100
    Noviembre – $ 250
    Carga Automática – Carga Manual

    Agregar Retenciones / Percepciones / Pagos a Cuenta
    Pago a Cuenta – Resolución General (AFIP) 4815/2020
    c. Percepciones mediante la utilización de tarjetas de crédito, compra y débito para el pago de servicios prestados por sujetos no residentes (R.G. 4815/2020 – Ley 27541 – Art. 35 inc. c)

    HSBC BANK ARGENTINA SA – CUIT: 33537186009 – $ 100
    Octubre – $ 50
    Noviembre – $ 30
    Diciembre – $ 20
    Carga Automática – Carga Manual

    En ambos casos, haciendo click en el botón de carga automática, que tal como indica la palabra se cargaría automáticamente a el formulario F572.

    Genero el borrador y luego se presenta al empleador.

    Estoy en lo correcto?

    Nota: Los montos mencionados, son ficticios a modo de ejemplo.

    Desde ya muchas gracias.

    • LUIS 12 febrero, 2021 at 13:02 Responder

      es correcto …..lo único si pagas NETFLIX…no lo vas a tener pues PAYU…O NETFLIX O EL BANCO…..NO DISCRIMINAN EL 35%… DE LA 4815/20

    • Damian 13 febrero, 2021 at 00:59 Responder

      Tengo la misma duda , si tengo que enviarsela a mi empleador el papel de devolución . O en este caso el empleador sería AFIP la verdad no sé . Tengo que miedo que ponga y después me rajen a la mierda

  91. CLAUDIA 11 febrero, 2021 at 14:43 Responder

    Hola, yo pude visualizar en MIS RETENCIONES lo retenido en diciembre 2020, y luego al ingresar en el formulario de declaración de ganancias, me aparecía el mismo importe.
    Hoy cuando controlé mis deducciones en el home banking, veo que no me tomaron las de los meses de octubre y noviembre. alguien sabe como se reclama eso?

    • GR 22 febrero, 2021 at 17:39 Responder

      Claudia, tendrías que reclamar al banco porque si ellos no las informaron en AFIP no vas a poder deducirlas o pedir devolución. Saludos

  92. LUIS 11 febrero, 2021 at 13:35 Responder

    el PROBLEMA ES LA PERCEPCION DE NETFLIX…..se ´pasan la pelota entre NETFLIX, PAYU, el banco , la tarjeta…LO QUE SI LA AFIP NO LES RECLAMA QUE ESTE IMPORTE DEBE SER DISCRIMINADO…ESTAN ACEPTANDO EL TOTAL CON EL BASICO Y LOS TRES IMPUESTOS EN UN SOLO IMPORTE…INCREIBLE…LA AFIP NO SE LO EXIGE Y NO SE DONDEN DEBEN IR EL 21% DE IVA, EL 8 DE PAIS Y EL MAS IMPORTANTE PARA UNO EL 4815/20…QUE NOS LO DEBERIAN DEVOLVER..

  93. Belen 11 febrero, 2021 at 08:55 Responder

    Buen día.
    Mi marido presenta SIRADIG, cuando voy a la opción de otras percepciones-compra de moneda extranjera no me las trae automáticamente. Me da la opción de cargarlas manualmente ¿Habrá algún error?

  94. Cintia Furlong 8 febrero, 2021 at 20:31 Responder

    Hola! Los molesto con una consulta, tal vez puedan ayudarme, mi papá sufrió retenciones pero presento el cese en octubre del año pasado (para cumplimentar el tramite jubilatorio). Completé su SIRADIG pero desconozco si debo hacer algo más que le reintegren el dinero

  95. Liliana 8 febrero, 2021 at 10:37 Responder

    Hola!!
    estoy tratando de hacer el tramite. yo pago ganancias. puedo ver en la parte de retenciones todo lo que me tienen que devolver, pero cuando quiero iniciar el tramite me sale un cartel rojo que dice ERROR de VALIDACiON blabla…
    Alguien sabe que hay que hacer? pense que era ams simple-
    Gracias!!

  96. sabrina 8 febrero, 2021 at 09:00 Responder

    se verifica que tienes retenciones de impuesto a las ganancias para el período fiscal en el cual las percepciones fueron practicadas. Deberás computarlas en la declaración jurada del Impuesto a las Ganancias. Si ya presentaste tu declaración Jurada de Ganancias y omitiste computar las percepciones deberás presentar una rectificativa informando las mismas

    como resuelvo esto????? alguien sabe

    • Daniela 9 febrero, 2021 at 20:02 Responder

      Hola, estos son los pasos:

      1º) Ingresar a tu cuenta, y allí a “Administrador de Relaciones de Clave Fiscal” para agregar el servicio SIRADIG-trabajador.

      2º) Una vez agregado, ingresar a SIRADIG-trabajador, completar los DATOS PERSONALES y los del empleador ingresando a EMPLEADORES (en general, ya están cargados automáticamente).

      3º) Ingresar a CARGAR FORMULARIO –> Otras Retenciones, Percepciones y Pagos a Cuenta –> Pago a cuenta-Compra de Billetes y Moneda Extranjera. Al seleccionarlo, van a aparecer automáticamente todas las deducciones hechas, mes a mes.

      4º) El formulario se guarda como borrador. Para enviarlo hay que volver al menú principal dentro de SIRADIG-trabajador, ingresar otra vez en CARGAR FORMULARIO –> VISTA PREVIA, y desde ahí hay que ir hasta el final del formulario donde dice ENVIAR AL EMPLEADOR, que es el agente de retención.

      • Frank 11 febrero, 2021 at 01:53 Responder

        Muuuuuchas gracias! Tenía el mismo problema y gracias a tus instrucciones pude resolverlo. Solo agregaría -para quienes no lo sepan- que el primer paso completo va así: Administrador de Relaciones de Clave Fiscal -> AFIP -> Servicios Interactivos -> SIRADIG-Trabajador. Saludos

        • Mariel 19 febrero, 2021 at 18:48 Responder

          Hola, a mi me aparece el mismo mensaje pero no pago ganancias, o sea que es un error. Soy jubilada.
          ?será que siguiendo esos mismos pasos lo puedo resolver?

          Desde ya muchas gracias.
          Saludos!

      • Mariano 2 marzo, 2021 at 21:31 Responder

        Como estás, una consulta, yo estoy en relación de dependencia e hice todo eso sin problema. Pero mi papá es jubilado, y me salta también que tiene retenciones del impuesto a las ganancias. Sabés cómo tengo que hacer en su caso? Tengo que ir al Siradig también? Qué datos pongo en “empleador”??? Mil gracias

    • carlos 16 febrero, 2021 at 19:50 Responder

      hola lucia, necesito tu ayuda, soy empleado publico y no pago ningún impuesto, pero al ir al formulario 1746 y al colocar el periodo 202010 me pone
      Tu solicitud no resulta procedente debido a que se verifica que estás inscripto en el Impuesto a las Ganancias para el período fiscal en el cual las percepciones fueron practicadas. Deberás computarlas en la declaración jurada del Impuesto a las Ganancias. Si ya presentaste tu declaración Jurada de Ganancias y omitiste computar las percepciones deberás presentar una rectificativa informando las mismas.
      como debo solicitar la devolución ? o tengo que esperar ?

  97. Carlos 8 febrero, 2021 at 00:19 Responder

    relación de dependencia, en cambio, el momento de pedir la devolución será cuando el empleador realice la declaración jurada, o sea abril de 2021.

    Si quedara saldo, el empleado deberá́ reclamarlo a AFIP o tomarlo a cuenta de Bienes Personales, en caso de que tribute ese impuesto, o sea mayo o junio del 2021

  98. fernando v 5 febrero, 2021 at 10:02 Responder

    buen día, es como era antes para los q estamos en relación de dependencia?
    es decir al presentar la ddjj anual de ganancias ahi el empleador, nos devuelve al mes siguiente el importe de las percepciones directamente?
    o hay que pedirlas a AFIP como los que no están en 4ta categoria?
    gracias.

    • vanina 5 febrero, 2021 at 19:24 Responder

      Hola, en consultas de retenciones impositivas me aparece lo que me tienen que devolver. pero cuando ingreso a mis aplicaciones web. a la carga manual. solo me aparecen 4 opciones. 801 – AGENCIAS VIAJES Y TURISMO -RS NO GANANCIAS- OP EFECTIVO. esta mal si hago la carga bajo ese formulario?

  99. MARIA 4 febrero, 2021 at 16:07 Responder

    Hola cuando genero un NUEVO formulario me dice esto:
    ERROR DE VALIDACION
    Su solicitud no resulta procedente debido a que se verifica que ud. posee retenciones de impuesto a las ganancias para el periodo fiscal en el cual las percepciones fueron practicadas.
    Deberá computarlas en la declaración jurada de impuesto a las ganancias.

    No sé que significa es.
    Trabajo en relación de dependencia. Es por eso?

    • Maria 4 febrero, 2021 at 20:10 Responder

      Buenas tardes Maria, el mensaje que te salió no tiene que ver con que trabajes en relación de dependencia, sino que tu sueldo sea lo suficientemente “alto” por lo cual, mes a mes, te estén reteniendo el impuesto de ganancias. A mi hoy me salió ese mismo mensaje, sin embargo no pago ganancias, por lo que asumo que es un error de la afip.

    • ulises 11 febrero, 2021 at 12:42 Responder

      Hola, consulten en el servicio “mis retenciones” (deben agregarlo desde administracion de relaciones de clave fiscal si no lo tienen dado de alta), deben seleccionar su CUIT, el periodo desde 01/01/2020 a 31/12/2020, el impuesto 787 y solo el concepto de retenciones. Como resultado les indicara en que periodo su empleador les retuvo ganancias. Quizás no se percataron que en algún mes del 2020, le retuvieron. La retención puede haber sido mínima, sin embargo, es suficiente a los efectos de esta resolución, para que no puedan pedir la devolución por el servicio “devolución de percepciones”. En estos casos deben ingresar desde el SIRADIG, el empleador solo devolverá hasta el importe que el retuvo, el resto quedara como saldo a favor (puede imputarse a bienes personales en caso de que paguen dicho impuesto)

  100. Diego 4 febrero, 2021 at 15:20 Responder

    Hola, estoy en relación de dependencia y no poseo CUIT. ¿Es necesario obtener un CUIT para la devolució del impuesto por la compra de USD?

    • Paula 8 marzo, 2021 at 10:03 Responder

      Mariano, debés cargar como empleador el CUIT de quien le retuvo ganancias, y luego tildar en el último ítem del formulario que es jubilado, para obtener el beneficio de los seis sueldos.

  101. Lucas 3 febrero, 2021 at 19:20 Responder

    ME DICE Para solicitar la devolución es necesario que tengas CUIT. Para obtenerla, ingresá en INSCRIPCIÓN DIGITAL
    LA COSA ES QUE YA TENGO CUIT GENERADO Y ME SIGUE SALIENDO ESE CARTEL

        • Daniel 5 febrero, 2021 at 19:04 Responder

          Que tal Nicolás, desde la misma página de AFIP, tengo clave nivel 3, (creo que es necesaria), seguí los pasos, lo único que no hice fue darme de alta en alguna actividad (no tengo), ni me inscribí en ningún impuesto. Si mal no recuerdo, cuando vas a “Devolución de Percepciones”, e ingresas nuevo, y llenar los campos, al no tener CUIT, el sistema ya te direcciona. Espero que tengas suerte!.

  102. HECTOR 3 febrero, 2021 at 15:41 Responder

    hola. Quiero deducir el importe de NETFLIX en formulario 572, pero me pide (tipo de factura, nro. de comprobante, etc y yo pago este servicio mediante tarjeta de credito. la boleta de NETFLIX no posee estos datos, alguno tiene idea de como se carga, gracias.-

  103. Andrea Lamas 1 febrero, 2021 at 20:15 Responder

    Hola, ahi cargue de un cliente 3 meses del 2020, pero con el mes de octubre no me salio el acuse de presentación y cuando veo los formularios aparece como en proceso…a alguien le paso? saben si es algo de AFIP y que despues sale presentada? fue la primera que presente, despues hice noviembre y diciembre salen presentados. Muchas gracias

    • LUIS 11 febrero, 2021 at 13:32 Responder

      se ´pasan la pelota entre netflix, Payu, el banco , la tarjeta…LO QUE SI LA AFIP NO LES RECLAMA QUE ESTE IMPORTE DEBE SER DISCRIMINADO…ESTAN ACEPTANDO EL TOTAL CON EL BASICO Y LOS TRES IMPUESTOS EN UN SOLO IMPORTE…INCREIBLE

  104. Gabriela 1 febrero, 2021 at 18:11 Responder

    Hola, dentro de MIS RETENCIONES me aparecen todas las retenciones que la AFIP debe devolverme (respecto al impuesto país), esto lo cargo la AFIP y no yo. Ahora bien, tengo que hacer algo más? ya que no tengo otras para ingresar y solo reclamo las que la AFIP ya me reconoció.
    Gracias!!!

    • Leandro 22 febrero, 2021 at 00:03 Responder

      Hola Gabriela, tengo exactamente el mismo problema, me aparece el valor de 0.00 a devolver y no es así porque en Mis Retenciones si me aparecen… pudiste solucionarlo o alguien??

      • Mariano 2 marzo, 2021 at 21:41 Responder

        Tienen que entrar por el servicio devolución de retenciones (denlo de alta en el administrador de relaciones), y entrando a través de ese servicio van a ver lo mismo que en mis retenciones (tienen que entrar el pedido de devolución mes a mes).

    • María 1 febrero, 2021 at 12:54 Responder

      Para la gente que NO ENCUENTRA el botón “Devolución de percepciones” y NO PAGA impuesto a las ganancias tienen que hacer esto.
      1) Hacer click en Administrador de Relaciones de Clave Fiscal
      2) Ahora les abrió el administrador de relaciones, ahí hagan click en Adherir servicio
      3) Click en AFIP
      4) Click en Servicios Interactivos
      5) Busquen en la lista “Devolución de percepciones” y agréguenlo
      6) Listo, vuelvan al portal de AFIP y ahora deberían ver la opción.

  105. Jeanette 1 febrero, 2021 at 11:06 Responder

    Buenos días, estoy intentando pedir la devolución del 35%. Los gastos que yo tengo son por compras con tarjeta de crédito durante una estadía en el exterior. Las percepciones no me figuran registradas, y al intentar agregarla solo me permite seleccionar entre 4 tipos de operaciones, la 801, 802, 760 y 798. Es decir, no me permite seleccionar la opción “Adquisiciones efectuadas en el exterior mediante la cancelación con Tarjetas de Crédito y Débito”. Saben si esto es un error y deberían figurar más tipos de operaciones para que yo pueda seleccionar, o siempre permite solo esas 4? De ser así, cuál debería selecciona? Muchas gracias.

  106. Mauro 28 enero, 2021 at 18:52 Responder

    Pude cargar la solicitud desde mis servicios en el apartado “Devolución de percepciones”. Esta bien que lo haya presentado ahí?

    • Fabricio 29 enero, 2021 at 11:46 Responder

      Si es ahi, yo pude hacerlo tambien despues de dar vueltas por todos lados… hice la consulta via consultas web de afip y me indicaron como hacerlo.

        • rita 8 febrero, 2021 at 14:23 Responder

          Hola Maria vi que te aparecia la leyenda Tu solicitud no resulta procedente debido a que se verifica que estás inscripto en el Impuesto a las Ganancias para el período fiscal en el cual las percepciones fueron practicadas. Deberás computarlas en la declaración jurada del Impuesto a las Ganancias. Si ya presentaste tu declaración Jurada de Ganancias y omitiste computar las percepciones deberás presentar una rectificativa informando las mismas, en que parte colocaste dela declaracion jurada?

      • Ramiro 1 febrero, 2021 at 00:48 Responder

        buenas tardes amigo te hago un par de consultas; te dejo presentar solicitudes para retenciones de antes del 16/09? y la otra, que dato hay que completar en la parte que dice “numero de factura o liquidacion”, algo asi??. Yo sigo todos los pasos en devolucion de percepciones, no me figuran las retenciones que si me aparecen en el apartado MIS RETENCIONES, asi que voy a agregar percepcion. Gracias

    • DANIEL HECTOR IRIONDO 31 enero, 2021 at 10:38 Responder

      Hola: Lo mismo. Tengo cargadas correctamente todas las retenciones en “Mis retenciones”, pero en “Mis Aplicaciones Web, Devoluciones” no aparece ninguna.
      Tampoco las podria cargar manualmente ya que no aparecen los origenes “Compra moneda extranjera” ni Gastos con tarjeta en el exterior”.
      Quiero pensar que son errores “involuntarios”, por la premura de la AFIP en facilitar que los contribuyentes acceden a su dinero…

        • Mariano 2 marzo, 2021 at 21:44 Responder

          Tienen que entrar por el servicio devolución de retenciones (denlo de alta en el administrador de relaciones), y entrando a través de ese servicio van a ver lo mismo que en mis retenciones (tienen que entrar el pedido de devolución mes a mes).

  107. Celeste 28 enero, 2021 at 15:01 Responder

    Buenas tardes:

    A alguien mas le pasa que las percepciones si aparecen en la aplicacion de “Mis retenciones”, pero al pedir la devolucion aparece en blanco? Tambien, cuando trato de hacer la carga manual, solo me aparecen las opciones de “agencias viajes de turismo- rs no ganancias”, “agencias viajes de turismo – demas sujetos”, “transp pasajeros fuera del pais- rs no ganancias” y “transp pasajeros fuera del pais – otros sujetos”, despues nada mas, cuando, tengo entendido que deberia haber una opcion para compra de moneda extranjera.

    • Fabricio 29 enero, 2021 at 11:47 Responder

      No es ese el lugar correcto, fijate por favor lo que le respondi a Federico Ruiz Diaz mas abajo, yo pude hacerlo, hay que ir a Devolucion de percepciones

      • Maru 29 enero, 2021 at 17:25 Responder

        Hola !! Podrías explicar nuevamente como proceder por favor? No encontré tu explicación.. Trabajo en reacción de dependencias y no pago impuesto a las ganancias. Necesito tramitar la devolución del 35% de compra de moneda extranjera para atesoramiento, y devolución por compras realizadas en el exterior.

  108. diego 28 enero, 2021 at 00:27 Responder

    Buenas. Cuando cargo los datos de formulario F.746/A – DEVOLUCIONES Y TRANSFERENCIAS, pongo el periodo fiscal 202010 etc… Luego me dice que no puedo porque tengo Retenciones de Impuesto a la Ganacias pero, no me Descuentan Ganancias, no pago ganancias , no llego. Alguno sabe de ese error o como solucionarlo?

    • HENRY 29 enero, 2021 at 18:59 Responder

      A TDOS NOS PASA ALGO SIMILAR. ES UNA TRAMPA PARA QUE TE INVESTIGUEN. YO SOY JUBILADO CON 72 PIRULOS Y MIS INGRESOS NO ME OBLIGAN A PRESENTAR DDJJ DE GANANCIAS. SIN EMBARGO EL SISTEMA TE TIRA ERROR DE VALIDACION CUANDO QUERES ACCEDER AL F 746/A Y TE DICE QUE HAGAS LA PRESENTACION DE LA DD JJ. TODO FALSO

  109. Marisa 28 enero, 2021 at 00:15 Responder

    Me aparece el siguiente mensaje: “Tu solicitud no resulta procedente debido a que se verifica que tenés retenciones de impuesto a las ganancias para el período fiscal en el cual las percepciones fueron practicadas. Deberás computarlas en la declaración jurada del Impuesto a las Ganancias. Si ya presentaste tu declaración Jurada de Ganancias y omitiste computar las percepciones deberás presentar una rectificativa informando las mismas”, como las registro?

  110. Mariela. 27 enero, 2021 at 13:31 Responder

    hola! a alguien le salta un error cuando quiere cargar el formulario que dice :

    Para solicitar la devolución del gravamen percibido, debe cumplir con el Art. 2° de la RG 3420 (AFIP) y sus modificatorias.

    que es? que me falta…?^
    gracias!

  111. Mariela 27 enero, 2021 at 13:30 Responder

    hola! a alguien le salta un error cuando quiere cargar el formulario que dice :

    Para solicitar la devolución del gravamen percibido, debe cumplir con el Art. 2° de la RG 3420 (AFIP) y sus modificatorias.

    que es? que me falta…?^
    gracias!

  112. Fabricio 27 enero, 2021 at 13:17 Responder

    Como no aparece ninguna percepcion registrada, me refiero a la del 35% por compra de moneda extranjera para tenencia, las intento cargar manualmente pero cuando abre la planilla para cargar los datos, en origen me aparecen solo opciones relacionadas con agencias de turismo y transporte de pasajeros, y yo necesito poner que es compra de moneda, y no puedo avanzar. Estare haciendo algo mal o que?

    • Federico Ruiz Diaz 27 enero, 2021 at 15:20 Responder

      Me pasa lo mismo, lo estoy haciendo en este momento y en origen no me da la opción que se necesita! Alguien podría por favor respondernos a esta duda? Gracias!

      • Fabricio 29 enero, 2021 at 11:44 Responder

        Hice la consulta a afipconsultas@afip.gob.ar y me respondieron, ya lo pude hacer. Esto me respondieron:

        De acuerdo a lo verificado en el archivo adjunto de esta consulta, usted no está ingresando en el servicio correcto a fin de realizar el trámite. Para solicitar la devolución de la percepción del impuesto a las ganancias de la RG 4815/20 deberá acceder a través del nuevo servicio con clave fiscal “Devolución de percepciones”.

        Para adherir el servicio a su clave fiscal, deberá seguir los siguientes pasos:

        Ingresar en nuestra página Web, a la opción “Acceso con Clave Fiscal”
        Consignar su CUIT, clave fiscal, y presionar “Ingresar”
        Ingresar al “Administrador de Relaciones de Clave Fiscal”, que se encuentra bajo el título “Servicios Administrativos”
        Seleccionar “Adherir servicio”
        Marcar “AFIP”, “Servicios Interactivos”
        Indicar el servicio que desea habilitar “Devolución de percepciones”.
        Presionar “Confirmar”
        Finalmente se visualizará el F. 3283/E (no resulta necesaria su impresión)
        Cerrar la página de Internet
        Al volver a ingresar al sistema con CUIT y clave fiscal tendrá habilitado el servicio para operar.
        Asimismo, le informamos que con carácter previo a efectuar la solicitud de devolución, deberá:

        a) Contar con CUIT Activa y Clave Fiscal

        b) Informar una CBU de su titularidad a través del servicio con clave fiscal “Declaración de CBU”

        c) Poseer constituido el Domicilio Fiscal Electrónico.

        Una vez ingresado a Devolucion de percepciones pones NUEVO y cargas el año y el mes por ejemplo 202010, carga automaticamente la percepcion, en mi caso, compra de dolares en banco, y luego le pones PRESENTAR, y listo. Luego habra que seguir el proceso tal como fue la devolucion del 20% que hizo Macri.

        • leonel 2 febrero, 2021 at 15:09 Responder

          hola gracias por tu explicación pero el periodo del 202009 no sale ninguna percepcion, y no hay otra forma de poder cargarla.

          • EDMUNDO 2 febrero, 2021 at 16:20

            A mi me pasa lo mismo. Cargue diciembre pero no se como cargar octubre y noviembre. Alguien me puede dar una mano. Gracias

        • Daniela 4 febrero, 2021 at 19:58 Responder

          Hola estos siguiendo los pasos que te indicaron y si bien el 11/1 pude gestionar el reintegro de octubre y noviembre el de diciembre no me aparecia, cuando me aparecio me salio un cartel que dice la autorizacion xxxxxxxxxxxxx ya existe… vengo probando casi todos los dias y me sale siempre lo mismo… mande mail con el numero de ticket que aparece y no tuve respuesta, sabran decirme que significa? Gracias!!!!
          Por otro lado pregunta a alguien ya le transfirieron el dinero o le respondieron algo?
          Gracias!!!!!

          • Fedor 19 febrero, 2021 at 10:59

            Hola Daniela, acabo de hacer ese paso y me aparece exactamente lo mismo. Tuviste alguna solucion para esto? Muchas gracias!

        • Daniel 16 marzo, 2021 at 19:53 Responder

          Hola. En mi caso intento reclamar la retención del periodo 202009 del impuesto PAIS por compra de moneda extranjera. Al momento de verificar en “Mis Retenciones” se encuentra cargada la percepción. Sin embargo, al ingresar en “Devolución de percepciones” no está, la intento cargar manualmente pero cuando abre la planilla para cargar los datos, en origen me aparecen solo opciones relacionadas con “Régimen simplificado” o “Demás sujetos” repetidas varias veces, y yo necesito poner que es compra de moneda, y no puedo avanzar.
          Me sería de gran ayuda que me pueda orientar, porque hace 3 meses que estoy intentando realizarlo, fui a AFIP y me dijeron que no podían atenderme físicamente, realicé consultas por la página y no obtuve respuesta…
          Muchas gracia

    • Fernando 4 febrero, 2021 at 08:58 Responder

      Buenos dias no me figura la compra de diciembre , y cuando quiero agregar percepcion y cargarlo manualmente me da todas opciones , como si fueran para cargar compras con tarjetas de crédito y no compra de moneda extranjera tenes ideas q puedo estar haciendo mal

  113. Fernando Ambrosis 27 enero, 2021 at 11:58 Responder

    Buenos días , alguien sabe porque el Siradig no tiene la opción de cargar las percepciones ???? , tributo ganancias , gracias

  114. Cristina 27 enero, 2021 at 11:56 Responder

    Buenas, yo hice absolutamente todo sin problemas, solo que no me aparece grabar en ningun lado, pero cuando pongo texto aparece el banco de destino (mi cbu) y los montos a devolver, pero en ningun momento pude grabar la info. El sistema lo guardara automaticamente?

  115. Franco Sanchez 27 enero, 2021 at 10:32 Responder

    Tal como sucede con otros, a la hora de cargar la solicitud de devolucion me sale el siguiente mensaje:

    Tu solicitud no resulta procedente debido a que se verifica que tenés retenciones de impuesto a las ganancias para el período fiscal en el cual las percepciones fueron practicadas. Deberás computarlas en la declaración jurada del Impuesto a las Ganancias. Si ya presentaste tu declaración Jurada de Ganancias y omitiste computar las percepciones deberás presentar una rectificativa informando las mismas.

    A mi no se me descuentan ganancias. Como puedo proceder?

  116. CONTADORX 26 enero, 2021 at 14:18 Responder

    TODAVIA NO SE PUEDE O MEJOR DICHO NO DEJAN HACER LOS REINTEGROS, SALIO UNA NOTA HOY EN INFOBAE PERO LUEGO DE SEGUIR TODOS LOS PASOS DE DEVOLUCION DICE ERROR : Su solicitud no resulta procedente debido a que se verifica que Ud. posee retenciones de impuesto a las ganancias para el período fiscal en el cual las percepciones fueron practicadas. Deberá computarlas en la declaración jurada del Impuesto a las Ganancias. Si usted ya presento su declaración Jurada de Ganancias y omitió computar las percepciones deberá presentar una rectificativa informando las mismas.

    NO PAGO GANANCIAS , ASIQUE LA AFIP NO PRETENDAN QUE LES DEVUELVA LA $$$ PLATA !!! LO MISMO PASO HACE 5 AÑOS (C.F.K) ANTES DEL INOPERANTE “M.M” QUE ESTUVO 4 AÑOS.

    • Maria O. 26 enero, 2021 at 19:08 Responder

      Me sale lo mismo! Algún monotributista pudo cargar esos meses de reintegro? Tampoco pago ganancias pero para ver las retenciones tengo que entrar al 217 Impuesto a las Ganancias y ahí están las 4, es ridículo si no pagamos ganancias! Mandé una consulta Web, esperaré sentada 🙁

    • Pablo 26 enero, 2021 at 19:41 Responder

      En mi caso me sale el mismo cartel, tengo que presentar la DDJJ indicando esas percepciones por compra de moneda extranjera pero no aparece ningún ítem que permita agregarlas via el servicio siradig-trabajador. Se habilitará más adelante? o permitiran ingresar la solicitud en algún momento a quienes el sistema les impidió seleccionar dichas percepcones por figurar retenciones practicadas que no correspondian, una vez devueltas las sumas retenidas por el empleador? una vez recalculado con las DDJJ ya presentadas permitirá solicitar la devolución aunque haya pasado la fecha límite del 31/03? porque el cierre opera en abril y para esa altura ya no se puede pedir la devolución.

  117. Adriana Roces 26 enero, 2021 at 05:19 Responder

    Hola, alguien sabe cuando va a estar disponible la solicitud de devolución del impuesto pais para los que pagamos impuesto a los ingresos?

  118. Leandro 26 enero, 2021 at 05:03 Responder

    Buenas , estoy estancado en la parte de : F.1746 – Solicitud de devolución RG 4815
    Me dice periodo fiscal, estado y fecha de modificacion,

    Tengo que cargar los valores : Impuesto retenido : 217 – SICORE-IMPTO.A LAS GANANCIAS en ‘ NUEVO ‘ ????

    Como los cargo,? me quede en ese paso .

    • leandro 26 enero, 2021 at 05:25 Responder

      ya pude cargar los tres meses octubre noviembre y diciembre cualquier cosa me consultan por aca mañana reviso si hay algun correo

      • CAROLINA 27 enero, 2021 at 12:53 Responder

        Hola! Yo quiero cargar las retenciones del impuesto porque en diciembre viajé al exterior y tengo varios consumos en dólares con la tarjeta…. pero cuando entro al sistema no me aparecen directamente, y si pongo agregar, me da 4 opciones de viajes y turismo, transporte de pasajeros pagando en efectivo…. no entiendo nada! me podrías orientar??
        gracias!!

      • gustavo 28 enero, 2021 at 13:00 Responder

        buenos dias como estas? cuando las quiero cargar manualmente que pongo el periodo de liquidacion, obviamente ingreso el que me figura en el que consulte en el 217. bueno me salta un cartel que la fecha tiene que estar en el periodo de la dj. Es la fecha que me figura de liquidacion es la que figura

      • Fernanda 28 enero, 2021 at 20:07 Responder

        Hola Leandro, sabes que yo ingreso al F1746 “Nuevo” y ya en e periodo fiscal no me deja avanzar, me tira error, probé con todos los meses del 2020 y nada.

        Sera que tiene error la pagina?

      • Daniel 16 marzo, 2021 at 19:19 Responder

        Hola. En mi caso intento reclamar la retención del periodo 202009 del impuesto PAIS por compra de moneda extranjera. Al momento de verificar en “Mis Retenciones” se encuentra cargada la percepción. Sin embargo, al ingresar en “Devolución de percepciones” no está, la intento cargar manualmente pero cuando abre la planilla para cargar los datos, en origen me aparecen solo opciones relacionadas con “Régimen simplificado” o “Demás sujetos” repetidas varias veces, y yo necesito poner que es compra de moneda, y no puedo avanzar.
        Me sería de gran ayuda que me pueda orientar, porque hace 3 meses que estoy intentando realizarlo, fui a AFIP y me dijeron que no podían atenderme físicamente, realicé consultas por la página y no obtuve respuesta…
        Muchas gracias

    • fernanda 26 enero, 2021 at 11:58 Responder

      si, tenes que poner nuevo, el periodo, sepone primero el año y despues el mes, y se puede pedir solo octubre, noviembre, diciembre, que fue cuando comenzo el impuesto, automáticamente deberian aparecerte los importes, pones grabar y presentar.
      Se hace una presentacion por cada mes..
      despues hay que esperar que lo aprueben.
      y fijarte si tenes cargado el cbu, si tenes clave fiscal 2 tenes que subir a clave fiscal 3 que se puede hacer descargando la app Mi Afip y ya lo tenes disponible para cargar..
      Ojo.. yo digo como yo lo entiendo y lo hice… no soy una experta.. solo para ayudar a alguien si se puede..
      Saluods..

    • Jess 1 febrero, 2021 at 12:39 Responder

      Leandro, buen dia, como hiciste? yo estoy trabada ahi no se que va en periodo fiscal, estado y fecha de modificacion,

      y tambien en Impuesto retenido : 217 – SICORE-IMPTO.A LAS GANANCIAS

      gracias!!

  119. karina 24 enero, 2021 at 12:33 Responder

    hola!, porque puede ser que no aparezcan directamente las percepciones? esta vacio. Cuando pongo agregar percepcion no me trae el concepto de compra moneda extranjera para tenencia.
    como lo podria cargar? gracias!

  120. Gabriela 23 enero, 2021 at 17:49 Responder

    Buensa tardes,
    Cuando ingreso al formulario me figura la siguiente leyenda: ADVERTENCIA: La carga de datos que esta a punto de realizar no podrá ser enviada a esta Administración hasta que opere el vencimiento anual de los Impuestos a las Ganancias
    y sobre los Bienes Personales. No obstante, puede proseguir completando el formulario, guardarlo en estado BORRADOR y presentarlo después de que opere el vencimiento.
    Si intenta presentarlo, el formulario quedará guardado en estado BORRADOR y recién podrá presentarlo con posterioridad al vencimiento mencionado.

    Y luego no aparece ninguna de las retenciones realizadas que si están detalladas y correctas en Mis Retenciones.

    Trabaje en relación de dependencia solo hasta Enero 2020 donde me realizaron retenciones de ganancias las que reintegraron en mi liquidación final en Febrero 2020.
    Por favor si alguien me puede asesorar para poder hacer el recupero se los agradezco.

  121. Nicolas 22 enero, 2021 at 15:22 Responder

    Hola, en MIS PERCEPCIONES veo desde el impuesto 217 desde el 10.2020 / 12.2020, ahora bien, como a muchos tmb me sale la leyenda:

    Tu solicitud no resulta procedente debido a que se verifica que tenés retenciones de impuesto a las ganancias para el período fiscal en el cual las percepciones fueron practicadas. Deberás computarlas en la declaración jurada del Impuesto a las Ganancias. Si ya presentaste tu declaración Jurada de Ganancias y omitiste computar las percepciones deberás presentar una rectificativa informando las mismas.

    Trabajo en R.D y no pagué Ganancias el 2020 porque tengo un crédito (CARGADO tmb en SIRADIG)

    Por lo que leí en este blog, el impuesto 217 se cargaría por SIRADIG, pero no me figura ninguna opción para cargar esos 3 meses… Alguien podría guiarme?

  122. Rocio 22 enero, 2021 at 00:16 Responder

    Hola! Yo mandé el reclamo de diciembre incompleto y ahora no sé como reparar ese error o envíar lo que me falta. (Sale un cartel que dice que yo ya tengo el reclamo efectuado para dicho período)

  123. Julieta 21 enero, 2021 at 21:08 Responder

    Buenas tardes! Muy interesantes todos los aportes.
    Yo cuando ingrese solo me apareció una devolución.
    Y la presente. Intento ingresar manualmente otras 2 devoluciones una de octubre y otra de diciembre y no me lo permite.
    Me sale un cartel en rojo.

  124. ISABEL 21 enero, 2021 at 20:02 Responder

    COMO PUEDO RECLAMAR EL 35% DE GANANCIA QUE ME SACARON CUANDO COMPRE LOS 200 DOLAES POR HOMEBANKING?
    NO TENGO CUIT, SOLO CUIL Y PAGO IMPUESTO A LAS GANANCIAS PERO NO PAGO BIENES PERSONALES, SE PUEDE PERCIBIR LA DEVOLUCION???

  125. Laura 19 enero, 2021 at 13:24 Responder

    Hola! yo cuando voy a “mis retenciones” despúes me vuelve al mismo lugar que antes. No permite poner adherir servicio. Cómo lo puedo solucionar?
    Gracias!

    • María 20 enero, 2021 at 12:05 Responder

      Para la gente que NO ENCUENTRA el botón “Devolución de percepciones” y NO PAGA impuesto a las ganancias tienen que hacer esto.
      1) Hacer click en Administrador de Relaciones de Clave Fiscal
      2) Ahora les abrió el administrador de relaciones, ahí hagan click en Adherir servicio
      3) Click en AFIP
      4) Click en Servicios Interactivos
      5) Busquen en la lista “Devolución de percepciones” y agréguenlo
      6) Listo, vuelvan al portal de AFIP y ahora deberían ver la opción.

    • Daniela 21 enero, 2021 at 11:40 Responder

      Hola, seguí estos pasos: Administrador de Relaciones de Clave Fiscal –> ADHERIR SERVICIO –> AFIP –> Servicios Interactivos –> Mis retenciones —> Confirmar.
      Esos mismos pasos se siguen para adherir los demás servicios, como el de Devolución de percepciones.

  126. Lorena 17 enero, 2021 at 06:33 Responder

    Hola, tengo que cargar manualmente las percepciones, y me pide “número de resumen” de la tarjeta de crédito. Sólo encuentro códigos por cada transacción, pero entiendo que se carga una vez por resumen, alguien tuvo ese problema?

    • Horacio Ozcoidi 20 enero, 2021 at 20:32 Responder

      Estimada María, gracias por tú aporte, la descripción fue clara y precisa y pude avanzar. Ahora cuando ingreso con mi clave fiscal al portal de AFIP/CLAVE FISCAL/Devolución de percepciones y completo la solicitud para obtener el informe de mis percepciones por el 939 -Percep.Imp.Pais- desde el 20/09/2020 al 31/12/2020 veo con asombro que coinciden las fechas de las retenciones pero hay una diferencia de menos casi 17% de lo retenido,y lo que reconoce la AFIP, no entiendo porque no coinciden los importes. Aguardo tú respuesta. Atentamente Horacio

  127. pedro carballo 14 enero, 2021 at 15:42 Responder

    Tu solicitud no resulta procedente debido a que se verifica que tenés retenciones de impuesto a las ganancias para el período fiscal en el cual las percepciones fueron practicadas. Deberás computarlas en la declaración jurada del Impuesto a las Ganancias. Si ya presentaste tu declaración Jurada de Ganancias y omitiste computar las percepciones deberás presentar una rectificativa informando las mismas A alguno mas le sale este maldito mensaje?

    • Matias 14 enero, 2021 at 17:03 Responder

      Hola, buenas. A mi me sale lo mismo, y estoy en relación de dependencia. Entiendo que podría acceder a la devolución de las percepciones por el servicio. Si alguien sabe porque es buenísimo.

    • Jimena Quijada 18 enero, 2021 at 11:32 Responder

      Hola Pedro, buenos días.
      Le estoy consultando las percepciones a un cliente, que está en relación de dependencia al cual NO le retienen ganancias y me sale ese mismo cartel. Lo más “loco” es que ya le pude solicitar las del período 10 7 11/2020, el problema está claramente en 12/2020…
      Si alguien sabe algo o pudo solucionarlo, que lo comente… Sino simplemente habrá que esperar

    • Daniela 18 enero, 2021 at 16:01 Responder

      A mi también me salió eso. Ayer 17/01/2021 hice una consulta web a la AFIP a través de la página https://servicioscf.afip.gob.ar/publico/crmcit/consulta.aspx y hoy 18/01/2021 recibí esta respuesta en mi email:

      Le informamos que de ser pasible de las retenciones del Impuesto a las Ganancias establecidas por la RG 4003/17 por obtener rentas provenientes del trabajo en relación de dependencia o jubilaciones y pensiones, podrá computar las percepciones establecidas por la RG 4815/20 que le hayan sido practicadas en el período fiscal 2020, a través del servicio “SIRADIG – Trabajador”.
      Las mismas serán tenidas en cuenta por su agente de retención al momento de efectuar la liquidación final o anual, según corresponda.
      Cabe aclarar que próximamente se actualizará el servicio web en cuestión a fin de perfeccionar dicho cómputo por lo que sugerimos verificar las novedades diariamente.
      Podrá consultar la normativa citada en “Biblioteca Electrónica” ingresando en nuestra página Web: http://www.afip.gob.ar. Adicionalmente, podrá consultar la misma en “Infoleg” accediendo a través del siguiente link: http://www.infoleg.gob.ar/
      L.R.N.

      Parece una respuesta genérica, no me aclara si es un error del sistema o qué. Voy a tener que esperar unos días hasta que se actualice el servicio y ver si cambia algo.

    • Daniela 21 enero, 2021 at 17:27 Responder

      Hoy 21/01/2021 consulté nuevamente en AFIP y me dijeron que tengo que ingresar en “Mis Retenciones” y elegir la opción “787 – RET. ART. 79 LEY GCIAS INC A,ByC”, y luego seleccionar la opción “Retención”. En la fecha puse desde 01012020 hasta el día de hoy. Ahí salen todas las retenciones por impuesto a las ganancias que se hicieron sobre mi recibo de sueldo, y también las devoluciones, que figuran negativas en color rojo.
      Ahora la duda es la siguiente: ¿tengo que hacer una declaración jurada de impuesto a las ganancias para que me devuelvan el 35% por la compra de dólares?

  128. angelina 14 enero, 2021 at 12:47 Responder

    Hola!
    Hoy pude hacer el tramite, luego de ACTIVAR el cuit, cargando foto del dni frente y dorso y una selfie.. luego de intentar que lo validaran, tras 8 intentos se activo.
    Pude realizar las presentaciones por cada mes, pero luego de hacer todo, adverti que la retencion por compra de dolares correspondiente a Diciembre, aun no me figuraba… podre luego rectificarla siendo que ya presente un formulario por ese mes?
    gracias

      • Cecilia 15 enero, 2021 at 18:18 Responder

        Hola!! A mi tampoco me figura la percepción correspondiente a Diciembre, yo por las dudas no generé el formulario de ese mes, pero la verdad que no sé como se va a solucionar. Yo la compra la hice el 09/12, y me figura como que me está tomando hasta el 25/12, por lo tanto debería aparecerme tranquilamente. Estoy pensando que como cobramos el aguinaldo capaz que no nos lo devuelvan, no se, trato de sacar conclusiones.

    • cintia 19 enero, 2021 at 09:39 Responder

      Afecta en algo activar el cuit siendo que no vas a tributar?
      Si estoy en relacion de dependencia ! ya que pide domicilio fiscal?

  129. Natalia 13 enero, 2021 at 20:38 Responder

    Buenas tardes! Como puede ser que en “mis retenciones” me figuren varias operaciones, por un monto bastante importante algo mas de 15mil pesos, y cuando voy a “devolución de percepciones” no aparecen todos los items y el monto total que puedo reclamar es solo de mil pesos. En diciembre se habilito la opción de consultar lo que nos iban a devolver, y ahora no se puede reclamar por todo el monto? o hay otra opción para solicitar la devolución?
    Gracias.

  130. Monica 12 enero, 2021 at 18:53 Responder

    Son unos ladrones te cobran por las dudas,pero ojo que despúes de hacer terrible quilombo que no todos sabemos hacer te lo devuelven,claro la mayoría no lo va a reclamar y entonces te meten la mano en el bolsillo una vez mas,65% de impuestos es una locura!! Dentro de poco nos van a poner un impuesto al aire que respiramos…

  131. Ali 12 enero, 2021 at 14:56 Responder

    Desde que Netflix comenzó a facturar su servicio en pesos e incluyendo impuestos como 21% IVA, 8% IMPUESTO PAIS y 35% PERCEPCION 4815/2020 en el monto final, se dejaron de hacer las discriminaciones de impuestos por separado en la TC Nativa Mastercard Banco Nación. Hasta el momento nadie se hace cargo y todos se echan las culpas unos a otros. Hasta el período 2020/10 en el cual la facturación venía expresada en dólares, el detalle de impuestos figuraba en el resumen y también en “Mis Retenciones” de Afip. A partir del período 2020/11, no hay detalle en resumen ni en “Mis Retenciones”. Evidentemente, parece ser que estas retenciones/percepciones del 35% de RG 4815/2020, al no constar comprobante válido, no podrán ser pasibles de solicitud de devolución. ¿Tienen ustedes alguna precisión acerca de como es esto y quién se queda con esa diferencia? Por mi parte, para evitar que metan la mano en mi bolsillo, sea, quien sea, CANCELE MI MEMBRESIA EN NETFLIX. Calculen que, según se dice, Netflix tiene alrededor de 4.000.000 de miembros en Argentina. Saquen cuentas y observen que linda cifra alguien se está llevando a sus bolsillos sin que nosotros podamos hacer algo, salvo CANCELAR LA MEMBRESIA. NO SE DEJEN ROBAR… O SI.

  132. Jennifer 12 enero, 2021 at 13:11 Responder

    Buen día.
    Por casualidad a alguien le ha pasado que en la “Consulta de Retenciones Impositivas” aparecen todos los montos retenidos en los periodos correctos y demás pero cuando pasas al trámite en “Mis Aplicaciones Web”, colocas el Formulario correspondiente (F746/A – Devoluciones y transferencias) y el período fiscal correcto pero aun así no te genera ninguna información; es decir ningún detalle de las percepciones que permita posteriormente generar o tramitar la devolución)……

      • Fabio 13 enero, 2021 at 23:26 Responder

        A mi me pasa exactamente lo mismo . y en los tutoriales se ve bárbaro pero cuando lo queres volcar tal cual el tutorial e no sucede. . De igual manera cargue todos los meses de retenciones, deje gravado pero no aparece nada y es ahí cuando debes teclear para solicitar lo que queres que te devuelvan…..Alguien sabe como hacerlo o es otro currito . Alguien sabe como hacerlo?

      • Natalia Saá 11 febrero, 2021 at 23:32 Responder

        Hola Germán! Muchas gracias! Hace días que le doy vueltas a la cosa, pude hacer las presentaciones en Devolución de percepciones, pero no me salía nada en “Mis aplicaciones web”. Te hago una consulta, en “mis retenciones” no me aparece nada, tendría que haber algo ahí? Gracias!!!

  133. karina 12 enero, 2021 at 11:25 Responder

    Hola, cuando voy a “Devolución de percepciones” y pongo la fecha me aparece un cartel que dice lo siguiente:
    Error de validación
    Para solicitar la devolución es necesario tener actualizado el Domicilio Fiscal. Ingresá con tu clave fiscal al servicio “SISTEMA REGISTRAL” y seleccioná la opción “Registro Único Tributario”. En caso de no poder actualizarlo por ese medio, podés realizar el trámite “Cambio de Domicilio Fiscal” disponible en el servicio de “PRESENTACIONES DIGITALES”.

    y cuando voy a ese lugar me aparecen 3 fechas para elegir: diciembre 2020, enero 2021, febrero 2021.

    Podrían explicarme como seguir?
    Gracias

    • Mirta