fbpx

SITRADIB: Obligatorio a partir de junio pero con “postergación” para algunos empleadores.

4

SITRADIB: Obligatorio a partir de junio con postergación para quienes tengan turno previo para firma digital.

El Ministerio de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires recuerda que el trámite es obligatorio para todos los empleadores a partir de junio.

Sin embargo, tras las gestiones del CPCEPBA, confirmó que se otorgará una postergación del plazo de presentación a quienes acrediten tener adjudicado un turno previo al vencimiento de la prórroga (junio 2025), para la gestión de la firma digital, junto con la constancia de Constitución de Domicilio Electrónico vigente.


Recorda que si sos suscriptor de contadoresenred.forumjuridicofiscal.com.ar tenés acceso gratuito a 2 videos de actualización con toda la información necesaria para la Rubrica del Libro de Sueldos Digital en provincia de Buenos Aires:

  1. SITRADIB y FIRMA DIGITAL. Rúbrica de Libro de Sueldos Digital en Provincia de Buenos Aires
  2. SITRADIB. Rúbrica de Libro de Sueldos Digital en Provincia de Buenos Aires

En virtud de las gestiones realizadas oportunamente por nuestro Consejo Profesional, mediante la Resolución 3159/24 el Ministerio había otorgado una prórroga para la implementación del Sistema de Registro de Documentación Laboral Digital (SITRADIB), extendiendo su obligatoriedad al año 2025. La medida alcanza a los empleadores con domicilio legal o fiscal y con personal que preste servicios dentro de la Provincia, quienes deberán presentar la documentación firmada digitalmente. En todos los casos, la documentación deberá presentarse de manera digital y contar con firma electrónica válida.

Si bien la cartera provincial ratificó que la obligatoriedad opera en el mes de junio de este año para todos los empleadores, a partir de nuevas acciones impulsadas por nuestra Institución, debido a los inconvenientes técnicos que impiden a nuestros matriculados y a sus clientes que son empleadores obtener la firma digital requerida para la rúbrica del Libro de Sueldo Digital (LSD); el Ministerio reconoció el inconveniente y dispuso como criterio inspectivo que, cuando en una inspección se intime la presentación del LSD en el portal del SITRADIB, se otorgará una postergación del plazo de presentación a quienes acrediten tener adjudicado un turno previo al vencimiento de la prórroga (junio 2025) para la gestión de la firma digital; junto con la constancia de Constitución de Domicilio Electrónico vigente, trámite que se realiza a través del Portal de Trabajo del Gobierno provincial.

Fuente: www.cpba.com.ar/noticias/item/15389-sitradib-obligatorio-a-partir-de-junio-con-postergacion-para-quienes-tengan-turno-previo-para-firma-digital

4 comments

  1. Diego 28 junio, 2025 at 13:18 Responder

    si no saben como hacer desde la firma digital hasta el libro de sueldos digital con sus resguardos y criptografía escriban a cardein, ellos ya hace una decada se especializan en eso

Post a new comment