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Registro Único Tributario (RUT) y Padrón Web Convenio Multilateral. 4 preguntas sobre su implementación.

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Con la entrada en vigencia del Registro Único Tributario que se encuentra dentro de “Sistema Registral” se modificaron algunos trámites para Altas y Bajas en Impuestos Nacionales.

Actualmente las jurisdicciones adheridas al Registro Único Tributario – Padrón Fedral son Córdoba para sus contribuyentes locales se realizó en enero 2020 y desde el 1 de junio de 2020, en virtud de lo dictado por la resolución 07/2020 de Comisión Arbitral, las jurisdicciones Córdoba, Chaco, Chubut, La Rioja, Mendoza y Santa Fe para sus contribuyentes sede, en Convenio Multilateral.

 

ID 25449834 – ¿En qué caso es necesario realizar la “Unificación de Información” de los datos existentes en Registro Único Tributario – Padrón Federal? 02/06/2020 12:00:00 a.m.

Es necesario realizar la Unificación de Información de los datos existentes en “Registro Único Tributario – Padrón Federal”, cuando ingresando por primera vez siendo un CUIT obligado a utilizarlo por su condición en Ingresos Brutos, para validar y completar los datos existentes en AFIP, y como paso previo necesario para necesitar realizar modificaciones en el Padrón, ya sea para cambio de domicilios; altas, bajas de actividades y jurisdicciones.

Fuente: Comisión Arbitral

 

ID 25453932 – Si me quiero inscribir en Convenio Multilateral, ¿En qué sistema realizo la misma?
02/06/2020 12:00:00 a.m.

Si su jurisdicción sede fuera alguna de las jurisdicciones adheridas (actualmente, Córdoba, Chaco, Chubut, La Rioja, Mendoza y Santa Fe), deberá utilizar el “Registro Único Tributario – Padrón Federal” De lo contrario, deberá utilizar el sistema Padrón WEB (www.padronweb.gob.ar), administrado por Comisión Arbitral.

Fuente: Comisión Arbitral

 

ID 25455981 – ¿Qué sucede cuando cambio mi jurisdicción sede de Convenio Multilateral a una jurisdicción NO adherida al Registro Único Tributario – Padrón Federal? 02/06/2020 12:00:00 a.m.

En el caso de cambiar el domicilio fiscal sede a una jurisdicción NO adherida, utilizando el “Registro Único Tributario – Padrón Federal” para realizar cualquier otra modificación posterior de sus datos de padrón, deberá utilizar el sistema Padrón WEB (www.padronweb.gob.ar), administrado por Comisión Arbitral.

Fuente: Comisión Arbitral

 

ID 25458030 – ¿Qué sucede cuando cambio mi jurisdicción sede de Convenio Multilateral a una jurisdicción adherida? 02/06/2020 12:00:00 a.m.

En el caso que, utilizando Padrón Web, realice el cambio de su domicilio fiscal sede hacia una jurisdicción adherida, para realizar cualquier otra modificación posterior de sus datos de padrón, deberá utilizar el “Registro Único Tributario – Padrón Federal”.

Fuente: Comisión Arbitral

1 comment

  1. Alberto Luis Barattero 9 julio, 2023 at 12:16 Responder

    Como se hace para inscribir en el RUT si la actividad se realiza en una jurisdicción incluida pero sin un domicilio fijo ya que se realizan actividades en casa de los clientes

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