Se crea el “Registro de Empleadores On Line” de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; en el cual, en el período comprendido entre el 1° de enero y el 31 de marzo de cada año, los empleadores con domicilio legal o establecimientos localizados en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, deberán cargar la información que revestirá el carácter de Declaración Jurada. El Registro emitirá una constancia anual, una vez ingresada y remitida la información requerida por el sistema a fin de acreditar el cumplimiento del Dto. 625/09. Dicha constancia deberá ser presentada por el empleador para efectuar los trámites de rúbrica de su documentación laboral, o cada vez que un inspector de trabajo lo requiera. La falta de ingreso y remisión de la información hará pasible al empleador de las sanciones contempladas en la Ley Nacional N° 17.622 y la Ordenanza N° 35.386/79. Con carácter de excepción, la carga de información correspondiente al ejercicio fiscal 2008 podrá completarse entre el 1° de agosto y el 30 de setiembre del presente año. El ingreso al registro de empleadores se realiza a través del sitio Web del Gobierno de la Ciudad, utilizando la clave fiscal.
Habra que esperar al 1º de Agosto, mientras el decreto ya esta generando polemicas.