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Registro de Empleadores On Line. DTO. (CABA) 625/09

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Se crea el “Registro de Empleadores On Line” de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; en el cual, en el período comprendido entre el 1° de enero y el 31 de marzo de cada año, los empleadores con domicilio legal o establecimientos localizados en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, deberán cargar la información que revestirá el carácter de Declaración Jurada. El Registro emitirá una constancia anual, una vez ingresada y remitida la información requerida por el sistema a fin de acreditar el cumplimiento del Dto. 625/09. Dicha constancia deberá ser presentada por el empleador para efectuar los trámites de rúbrica de su documentación laboral, o cada vez que un inspector de trabajo lo requiera. La falta de ingreso y remisión de la información hará pasible al empleador de las sanciones contempladas en la Ley Nacional N° 17.622 y la Ordenanza N° 35.386/79. Con carácter de excepción, la carga de información correspondiente al ejercicio fiscal 2008 podrá completarse entre el 1° de agosto y el 30 de setiembre del presente año. El ingreso al registro de empleadores se realiza a través del sitio Web del Gobierno de la Ciudad, utilizando la clave fiscal.
Habra que esperar al 1º de Agosto, mientras el decreto ya esta generando polemicas.

14 comments

  1. Anonymous 26 enero, 2010 at 12:07 Responder

    Hola Buen día

    Me podrían decir por favor por donde se ingresa al servicio de Reg empleadores Online

    Desde ya muchas gracias

  2. Carla 20 enero, 2010 at 16:20 Responder

    Este decreto es especifico para Ciudad Autonoma de Bs. As.
    La fecha de entrada en vigencia fue prorrogada por RESOLUCIÓN (Subsec. Trabajo Buenos Aires (Ciudad)) 5498/2009. La carga de la informacion sera entre el 1º de marzo y el 31 de mayo 2010.

  3. Agostina 13 agosto, 2009 at 12:39 Responder

    Carla,
    La clave fiscal ó ciudad, puedo utilizar la misma clave que utilizamos en AFIP? O debemos generar la clave por medio de AGIP?
    Gracias!

  4. Carla 12 agosto, 2009 at 15:04 Responder

    Agostina, todavia no puede realizarse la carga de datos, porque no esta diponible el servicio en la pagina, aunque ya comenzo a correr el plazo para presentar la informacion. Con respecto a la clave segun seas persona fisica o juridica cambia la modalidad para tramitarla. Busca en el blo que hay un articulo especifico al respecto.

  5. Agostina 12 agosto, 2009 at 12:03 Responder

    Carla y Rubén, Me podrian decir como se realiza esta carga de datos?? Lei q debemos tener una clave fiscal exigida por AGIP..estos se debe sacar personalmente?? o por medio de internet??
    Gracias!

  6. Carla 7 agosto, 2009 at 18:58 Responder

    Ruben, la pagina es la de AGIP, pero todavia no esta disponible la opcion. Seguramente se necesite Clave Ciudad, que depende de si es persona fisica o juridica, se puede obtener por internet o en forma prescencial respectivamente.
    El problema es que AGIP y AFIP tienen “problemas” entre ellos, y por ese motivo crearon la “Clave Ciudad”.

  7. Ruben 7 agosto, 2009 at 18:42 Responder

    En que pagina web hay que realizar la inscripción como empleador, hace falta la clave fiscal a tal efecto??? en caso positivo,cual es la pagina para sacar la dichosa clave de la CABA.- Si cada provincia tiene su clave,……., se imaginan, porque no incorporaron el rol en lo de AFIP.-Gracias

  8. Anonymous 7 agosto, 2009 at 16:25 Responder

    Por favor, por donde se ingresa al servicio de Reg. empleadores Online?? No se encuentra el link en la pagina del Gobierno de la ciudad.
    Gracias

  9. Carla 31 julio, 2009 at 18:46 Responder

    Ricardo:
    Segun lo que establece el Art. 2 del Dto. 625/09: Artículo 2°.- Establécese el período comprendido entre el 1° de enero y el 31 de marzo de cada año calendario, para que los empleadores con domicilio legal o establecimientos localizados en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, den cumplimiento con la carga de información solicitada por el Registro, que revestirá el carácter de Declaración Jurada, respecto del ingreso de los datos del año calendario inmediato anterior.
    Por lo que a la fecha y si no salen nuevas modificaciones estaria comprendido.

  10. RICARDO SOSA 31 julio, 2009 at 18:43 Responder

    Estimados;
    Pregunto si esta nueva modalidad en CABA de Regimen de empleador, es aplicable a las sucursales que estan alli.- La casa central esta en Córdoba, y en CABA hay una sucursal, esta alcanzado la suscursal???? Gracias

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