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Régimen informativo intermedio para los Sujetos Obligados UIF. Nuevo plazo para su presentación.

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UIF Régimen informativo intermedio para los Sujetos Obligados

Muchos colegas han recibido a través del Sistema de Reporte de Operaciones (“SRO”) de la UIF una solicitud de información solicitada en forma perentoria a los SO a través y cuyo vencimiento se ha definido para el día 21 de octubre del 2022.

La solicitud de información requiere datos sobre la actividad profesional, los diferentes servicios prestados y la cartera de clientes, es un formulario destinado a todos los sectores determinados en el artículo 20 de la Ley N° 25.246. Tanto la índole de los datos involucrados en el pedido, como el alcance de los mismos, han generado consultas en las instituciones que nos representan, quienes se han reunido con autoridades de la UIF.

La solicitud refiere a elementos de carácter institucional y a estadísticas de la operatoria de los SO y abarca un plazo de evaluación que alcanza desde el 1 de julio de 2021 hasta el 30 de junio de 2022, a efectos de contar con información actualizada y que comprenda un corte temporal intermedio.

Nuevo plazo para su presentación.

 El organismo decidió extender el plazo para la presentación de la información requerida hasta el 31 de octubre de 2022.

La UIF tomó en consideración las sugerencias y observaciones realizadas por nuestra institución en referencia a la solicitud de información que los Sujetos Obligados deben responder.

Desde la UIF, actualizarán el formulario, emitirán la resolución para la extensión del plazo y realizarán la comunicación formal a cada Sujeto Obligado.

UIF

1 comment

  1. MARIA 24 octubre, 2022 at 16:04 Responder

    Buenas tardes,
    Estamos completando el formulario para SO y tenemos dudas respecto a los siguientes items:

    Información Operativa-Se solicita completar los siguientes campos con información correspondiente al período Julio 2021 – Junio 2022 sólo de aquellas alcanzadas por la Resolución UIF N° 65/2011.Importante: Los valores deben estar expresados en pesos corrientes.

    9.Cantidad de operaciones por las cuales es sujeto obligado (Ej: Cantidad de Balances Auditados corresponde, Certificaciones Contables No corresponde).
    Podrian detallarnos cuales son las operaciones por las que puede ser sujeto obligado?  SE REFIERE A CLIENTES QUE DEBAMOS REPORTAR POR LAVADO DE ACTIVOS O A TODOS NUESTROS CLIENTES QUE SEAN SUJETOS OBLIGADOS?

    10.Facturación/Ingresos del período por las operaciones descriptas en la pregunta anterior.Este campo debe ser completado en caso de que el contador perciba esos ingresos u honorarios. Si en cambio, los honorarios los recibe un estudio, no debe computarse aquí.
    Es decir, la sumatoria de ej los balances auditados facturados a nombre del profesional? 

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