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Percepciones RG 4815 ¿Cómo recuperar lo retenido por AFIP al momento del pago?

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A finales del 2021 después de una larga espera, se comenzaron a depositar los montos provenientes de las solicitudes de Devolución de Percepciones de la RG 4815 que fueron presentadas en marzo de este 2021.

El pago de la devolución incluyó también intereses sobre los cuales AFIP ha aplicado la RG 830 y ha realizado retenciones sobre los intereses. 

Al realizar el control a través de “Mis Retenciones” podemos corroborar que esta retención fue realizada bajo el Régimen 21

 

¿Cómo recuperar lo retenido por AFIP ?

Esta retención realizada por AFIP, por aplicación de la RG 830 no está incluida dentro de los regímenes por los cuales se puede solicitar la devolución:

Regímenes de Percepción según la RG 4815/20

CÓDIGO DE IMPUESTO CÓDIGO DE RÉGIMEN DENOMINACIÓN
219 591 Ley 27.541 – Art 35 – Inciso a) —Sujetos adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS)—
217 592 Ley 27.541 – Art 35 – Inciso a) —Demás sujetos—
219 593 Ley 27.541 – Art 35 – Inciso b) —Sujetos adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS)—
217 594 Ley 27.541 – Art 35 – Inciso b) —Demás sujetos —
219 595 Ley 27.541 – Art 35 – Inciso c) —Sujetos adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS)—
217 596 Ley 27.541 – Art 35 – Inciso c) —Demás sujetos—
219 597 Ley 27.541 – Art 35 – Inciso d) —Sujetos adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS)—
217 598 Ley 27.541 – Art 35 – Inciso d) —Demás sujetos—
219 599 Ley 27.541 – Art 35 – Inciso e) —Sujetos adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS)—
217 600 Ley 27.541 – Art 35 – Inciso e) —Demás sujetos —

 

Por lo cual en estos casos, la única posibilidad de recuperar esa retención para aquellos contribuyentes que no están inscriptos en el Impuesto a las Ganancias (Ejemplo: Monotributistas), sería primero inscribirse en el Ganancias y luego solicitar la devolución a través del procedimiento de la RG 2224.

En mi opinión esta retención debería ser muy significativa para realizar todo el procedimiento de inscripción y devolución, sino es preferible darla por perdida.

 

7 comments

  1. Anali 12 diciembre, 2022 at 22:20 Responder

    por la compra de 2 pasajes que hice con la tarjeta, me retuvieron percep. RG4815 $110.000 (ciento diez mil pesos) como puedo hacer para que me devuelvan? soy monotributistas. también me retuvieron perc. RG 5272 – 25% $ 66.000 y tambien Impuesto pais 30% importe $ 74.000, es una barbaridad el impuesto que tengo que pagar, como puedo hacer para recuperar ese dinero??

  2. Norma Hevel 6 noviembre, 2022 at 02:42 Responder

    soy docente necesito los 4000 pesos que retienen por comprarme microfot 360 para poder trabajar y preparar mis clases. esto es indigno. por favor me indican que hacer!!

  3. Yanina 2 febrero, 2022 at 08:35 Responder

    Buen dia, les queria consultas porque en mi caso me retuvieron 50.000 durante el año aproximadamente y tengo una percepcion de la 4815 de aproximadamente 210.000. En el Siradig cargo hasta 50.000 y la diferencia lo pido por el tramite aparte de afip?

  4. Roberto 18 enero, 2022 at 13:25 Responder

    Más que “darla por perdida”, “darla por robada”.
    Hace un tiempo tuve que solicitar una devolución mediante procedimiento de la RG 2224 y literalmente demoró 3 años.

    Realmente lamentable que sobre una percepción que es un disparate, al momento de devolverla varios meses después apliquen a su vez otra retención. Seguramente los montos individuales sean bajos pero conceptualmente es un desastre.

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