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Para pedir la devolución de percepciones del 35% se necesita CUIT ¿Cómo tramitarlo en forma digital?

En la web de AFIP ya aparece el servicio “Devolución de Percepciones” para presentar la solicitud de devolución de la percepción del 35% para quiénes no son contribuyentes de los Impuestos a las Ganancias o a los Bienes Personales F. 1746″.

Muchos han consultado sobre la imposibilidad de solicitar la devolución de la percepciones del 35% por compras realizadas en dólares por no contar con CUIT, si bien poseen CUIL y Clave Fiscal, el requisito de poseer CUIT es excluyente para poder pedir la devolución.

¿Cómo obtener la CUIT si ya poseo CUIL?

1. Si tenés el DNI nuevo, el trámite es muy sencillo: sólo tenés que ingresar a www.afip.gob.ar dentro de “Inscripción Digital” para comenzar a cargar los datos requeridos por el sistema.
2. Una vez en el sistema, tenés que seleccionar una de las siguientes dos opciones:

– Si no tenés o no recordás tu clave fiscal: seleccioná el botón correspondiente para obtener o recuperar tu clave y poder continuar con el trámite de la obtención de la CUIT digital.

– Si ya tenés y recordás tu clave fiscal: seleccioná la opción “iniciar inscripción digital” e ingresá tu clave fiscal.

3. Una vez que ingreses tu clave fiscal, podrás visualizar tus datos personales y el sistema te requerirá completar los datos faltantes.
4. Luego de cargar tus datos de contacto, confirmalos presionando la opción “VALIDAR”.
5. Una vez confirmados los datos, te enviaremos un código de validación, ingresalo y presioná “VALIDAR”.
6. Para seguir con el trámite, tenés que seleccionar la opción “continuar”, chequear que los datos sean correctos y luego presionar “Obtener CUIT”.
7. Finalmente, visualizarás la conclusión del trámite y podrás imprimir el formulario 460/E presionando sobre “ver formulario”.
Importante: Si no tenés DNI digital (nuevo) o si elegís realizar el trámite en la agencia que te corresponde por tu domicilio fiscal, tenés que sacar primero un turno web. Con ese turno, tenés que presentarte el día y la hora que seleccionaste junto con la documentación requerida para realizar el trámite.

Documentación a presentar para realizar el trámite presencial en la agencia:

– Argentinos nativos o naturalizados y extranjeros: documento nacional de identidad y fotocopia. El DNI digital será el único documento válido.
– Extranjeros que no posean documento nacional de identidad: cédula de identidad, o del certificado o comprobante que acredite el número de expediente asignado por la Dirección Nacional de Migraciones, donde conste el carácter de su residencia, y fotocopia.
El otorgamiento de la CUIT a los extranjeros está sujeto a las condiciones de la RG 3890/94.

Además, tenés que presentar dos de las siguientes constancias de domicilio:

1. Documento nacional de identidad argentino.

2. Original y fotocopia del certificado de domicilio expedido por autoridad competente (antigüedad: Hasta 60 días anteriores al día de la presentación).

3. Original y fotocopia del acta de constatación notarial.

4. Original y fotocopia de alguna factura de servicio a nombre del ciudadano o responsable (antigüedad: Hasta 60 días anteriores al día de la presentación).

5. Original y fotocopia del título de propiedad o contrato de alquiler o de “leasing”, del inmueble cuyo domicilio se denuncia.

6. Original y fotocopia del extracto de cuenta bancaria o del resumen de tarjeta de crédito, cuando el solicitante sea el titular de tales servicios. (antigüedad: Hasta 60 días anteriores al día de la presentación)

7. Original y fotocopia de la habilitación municipal o autorización municipal equivalente, cuando la actividad del solicitante se ejecute en inmuebles que requieran de la misma.

8. Original y fotocopia del certificado de vivienda familiar emitido por la Agencia de Administración de Bienes del Estado, entregado por la ANSES.

Consideraciones

Según el sujeto de que se trate, la documentación a aportar es la que se señala para cada caso:

– El certificado de vivienda familiar se considerará documento suficiente para acreditar la existencia y veracidad del domicilio de su titular y convivientes, no debiendo aportar ninguna otra constancia.

– De haberse constituido el domicilio fiscal electrónico, será suficiente uno de los elementos que se detallan en los puntos del 1 al 8.

– Quienes no hayan constituido domicilio fiscal electrónico, serán requeridos 2 de los instrumentos que se detallan en los puntos del 1 al 7.

– Si el trámite de inscripción se inicia por internet,  sólo se exhibirán los originales de los documentos citados en lo puntos del 1 al 8 (en caso contrario tenés que aportar original y copia).

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