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Padrón de Deuda Comercial por Importaciones se extiende el plazo para la inscripción.

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IMPORTACION EXPORTACIÓN COURIER

La Secretaría de Comercio informó hoy la extensión del plazo para la inscripción al Padrón de Deuda Comercial por Importaciones con Proveedores del Exterior hasta el 24 de enero, debido a algunas demoras operativas en los sistemas oficiales.

La incorporación de las empresas al listado de importadores que promueve la cartera que encabeza Pablo Lavigne constituye un requisito fundamental para regularizar la deuda comercial con proveedores del extranjero y las casas matrices.

El denominado “Padrón de Deuda Comercial por Importaciones con Proveedores del Exterior”, fue conformado con el objetivo de contar con información actualizada de la deuda comercial privada vigente y “atender dicha problemática”, que radica en la falta de dólares.

De acuerdo con lo informado por la Secretaría, la inscripción se abrió el 27 de diciembre y ya superó los US$ 14.000 millones al día de hoy. El procedimiento se realiza mediante una declaración jurada (DJDI) en el sitio web de AFIP.

La inscripción en este registro será obligatoria para quienes cuenten con deuda comercial por importaciones de bienes o servicios, destinadas a consumo definitivo o temporales, realizadas antes del 13 de diciembre de 2023. También abarca las declaraciones SIRA aprobadas en el marco de las excepciones previstas por la Comunicación A 7622/22 del Banco Central y aquellas disposiciones particulares de importación dispuestas por la autoridad de aplicación.

La medida se suma a la decisión del Banco Central de la República Argentina (BCRA) de emitir los Bonos para la Reconstrucción de una Argentina Libre (BOPREAL) para importadores con obligaciones pendientes de pago, que se suscribirán al tipo de cambio oficial mayorista y se pagarán en dólares con opción de rescate anticipado. Los BOPREAL tendrán un plazo máximo de vencimiento hasta el 31 de octubre de 2027 y su primera serie (de tres previstas) ya fue ofrecida en dos licitaciones con escasa adhesión por parte de las empresas.

Fuente: noticiasargentinas.com/economia/la-secretaria-de-comercio-extendio-el-plazo-para-la-inscripcion-de-deuda-comercial-de-importadores

23 comments

    • Mariano 29 enero, 2024 at 18:55 Responder

      Estoy en la misma. Hay alguna solución? Recién hace menos de 1 semana se corrigieron los errores de sistema para cargar COURIER y ya cerraron el padrón. Tiene que haber una solución. No puede no haber una prórroga.

      • IVAN PULCINELLI 7 febrero, 2024 at 12:06 Responder

        HOLA MARIANO, BUENOS DÍAS. PUDISTE RESOLVER ALGO? ME ENCUENTRO QUE AL FIN LO MIO ME TIRA ERROR Y NO ME LO CARGARON, COMO SE PUEDE HACER PARA DECLARAR?

  1. Monica Elizabeth 22 enero, 2024 at 17:40 Responder

    Hola, como hago para cargar una importación que fue declarada que se pagara con dolares propios?Me dice 24`- la declaracion definitiva invocada no autoriza el giro de divisas

  2. Yael 16 enero, 2024 at 18:12 Responder

    Buenas tardes!

    Tengo SIRASEs que en su momento se aprobaron y luego se anularon automáticamente, ahora al subirla a la DJDI me arroja el error 501 – SIRASE Inexistente. Alguno pasó por esta situación? Tengo que intentar cargarlo como si fuera una factura que nunca tuvo SIRASE? Gracias!

  3. Rocio 12 enero, 2024 at 13:53 Responder

    Para cargar deuda de servicio sin sirase aprobada en el último manual informaron que hay que cargarlo así:
    “Factura (*), deberá declarar como primer carácter una F, un guión, luego el código de tres caracteres que representa al servicio que está abonando, un guión y el número de Factura.”
    Cuando lo hago por carga manual indica que tiene que tener al menos 16 dígitos (las mías tienen menos) entonces no me deja avanzar, a alguien más le pasa?. Si le agrego ceros para llegar a 16 dígitos me dice que el número de destinación no existe

    • Mauro 12 enero, 2024 at 16:00 Responder

      Buenas tarde Rocío, tengo el mismo problema, agregando el número de la factura según el Manual me arroja error: “declaración inexistente”. Esperemos que salga alguna aclaración o alguien que lo haya podido cargar correctamente nos pueda ayudar. Saludos

    • Hugo Claudio 16 enero, 2024 at 19:00 Responder

      Hola Rocio, parece que ahora se puede gargar por nuemro de factura, el tema es que luego no la podes consultar, si tengo otra novedad te aviso.

    • Rocio 17 enero, 2024 at 11:48 Responder

      Ya se está pudiendo cargar, yo lo hice manual y no tuve ningún problema, lo que sí en fecha de acceso al MULC le puse la fecha de factura, ustedes que opinan? estará bien?. Gracias!!

  4. Javier 11 enero, 2024 at 11:40 Responder

    Se observan situaciones de deuda de importadores de servicios con SIRASE en estado APROBADAS pero vencidas (que no se alcanzaron a pagar) que el sistema no admite incluir en la “Declaración Jurada Deuda de Importación- DJDI”. Al intentar incluirlas emite el error 504-La SIRASE consignada esta vencida. ¿ Cómo se debera proceder para declarar estas deudas por servicios que ya fueron prestados antes del 13/12/2023 y todavía no se han podido cancelar?

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