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MONOTRIBUTO UNIFICADO CÓRDOBA – PREGUNTAS FRECUENTES

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A partir del 1° de julio, la AFIP, Rentas de la Provincia y Municipios adheridos, pusieron  en marcha el Monotributo Unificado Córdoba.

¿Qué es?

Se trata de la integración del Monotributo Nacional, el Régimen Simplificado de Ingresos Brutos Córdoba y Tasas Municipales, convirtiéndose en la primera experiencia de este tipo en la Argentina.
Contempla la inclusión de todas las jurisdicciones, de manera que Nación, Provincia y Municipios contribuyan equitativamente con los objetivos fijados por el Consenso Fiscal Nación Provincias.
Asegura la simplificación de los tributos y la reducción de la carga tributaria total, mejorando la performance recaudatoria de cada componente con menores costos administrativos y operativos.

¿Qué beneficios tengo?

Un solo pago, en lugar de tres.
Un único vencimiento: el día 20 de cada mes, como rige actualmente para el Monotributo AFIP.
Esquema de Bonificaciones del componente por II.BB. de Rentas Córdoba para los contribuyentes adheridos al débito automático. La bonificación se acreditará en el perfil tributario del sujeto, luego del pago en término de las 12 cuotas mensuales.
Los valores establecidos para el componente municipal, serán menores a los que actualmente se cobran en concepto de Tasas Municipales.
Continuidad de todas las Exenciones en II.BB. que rigen en la provincia de Córdoba, como algunos oficios, profesionales universitarios, monotributistas con actividad industrial y demás casos contemplados en el Código Tributario Provincial. Del mismo modo, los municipios que adhieran al convenio, aplicarán las mismas exenciones que la provincia.
Eliminación de Percepciones, Retenciones y Recaudaciones Bancarias a los monotributistas. Esto implica que los monotributistas dejarán de adelantar el pago de los impuestos cada vez que hacen una compra, una venta a través de medios digitales o un movimiento en sus cuentas bancarias.
Un canal integrado de gestión de trámites y servicios, centralizado en el micrositio Mi Monotributo de AFIP.
Un solo paso para el alta de tu Monotributo, válido para las tres administraciones. No más tres trámites.

¿Cómo funciona?

Los pequeños contribuyentes del Monotributo Unificado Córdoba, abonarán su impuesto de manera única y conjunta en un solo acto de pago, en el micrositio Mi Monotributo desde la página web de AFIP.
Accedé al micrositio de AFIP y descargá la aplicación “Mi Monotributo” en cualquiera de las tiendas virtuales disponibles, tanto para sistema operativo Android como iOS Apple.

¿A quiénes alcanza el MUC?

Alcanza a unos 350 mil contribuyentes cordobeses que actualmente pagan el Monotributo nacional, de los cuales aproximadamente la mitad están Exentos en II.BB. Córdoba. Es decir que se mantienen las actividades exentas como las de algunos oficios, profesionales universitarios y actividades agropecuarias. En el Monotributo Unificado Córdoba, solo abonarán II.BB. y la Tasa Municipal las actividades que actualmente ya pagan. En el caso de los Municipios que adhieran al convenio, contarán con las mismas exenciones que la Provincia otorga a los pequeños contribuyentes.

¿Qué gestiones tengo que hacer?

En caso de que ya estés inscripto, no tenés que iniciar trámite alguno. A partir de julio, Rentas le informa a AFIP si estás alcanzado por el componente provincial o no.
Si sos Monotributista y pagás Ingresos Brutos de Córdoba, desde julio vas a abonar tu impuesto directamente en la boleta del Monotributo.
Allí verás los importes de los conceptos impositivos, los de la obra social y previsionales de AFIP, así como el de Ingresos Brutos de la provincia de Córdoba y el de tu municipio (en caso de que este último hubiera adherido).

¿Cuándo, cómo y dónde pago?

A partir de julio pagarás el día 20 de cada mes. AFIP será el encargado de cobrar las contribuciones nacional, provincial y municipal (en caso de que el Municipio esté adherido) en un solo acto, desde el micrositio Mi Monotributo de AFIP, o desde la app.
Si tenés obligaciones provinciales adeudadas anteriores a julio de 2018, podés abonarlas desde Rentas Córdoba. Si adeudás la Tasa Municipal, podés abonarla en el Municipio correspondiente.

¿Cuánto voy a pagar?

Abonarás en un mismo acto la suma de los componentes Nacional, Provincial y Municipal (siempre que tu Municipio adhiera).

¿Tengo que volver a imprimir mi Credencial de Pago? ¿Cambia mi CUR?

Sí, volvé a imprimir tu Credencial de Pago porque el número de CUR cambia.
Esta credencial, tendrá un nuevo número de formulario (F-1520) ya que se actualiza la condición de pago ante AFIP, en virtud de los nuevos conceptos de pago en la credencial: componente de II.BB. Córdoba y componente Municipal -en caso de estar adherido tu Municipio-.

P¿Dónde veo mis comprobantes de pago?

Consultá tus comprobantes de pago ingresando a la web de AFIP con tu CUIT y Clave Fiscal, dentro del servicio “Presentación de DD.JJ. y Pagos”. En lugar de tener tres comprobantes, ahora es uno.

¿Cómo obtengo mi Constancia de Inscripción?

La simplificación en la gestión unificada, implica una Constancia de Inscripción única. Ingresá al micrositio Mi Monotributo de AFIP y generá tu constancia desde allí.

¿Cómo realizo el alta, baja o modificación de mis actividades?

A partir de julio de 2018, gestioná estos trámites y la emisión de la deuda a través del micrositio Mi Monotributo de AFIP.

¿Qué sucede si estoy inscripto en Convenio Multilateral?

Los monotributistas inscriptos en Convenio Multilateral no están alcanzados en el Monotributo Unificado.

¿Qué pasa si tengo saldo a favor en II.BB.?

Si tenés saldo a favor, lo conservás y podrás utilizarlo para el pago de cualquier otra obligación tributaria de Rentas Córdoba, o solicitar la devolución iniciando dicho trámite aquí.

¿Continúan las Exenciones?

Sí, se mantienen las mismas exenciones que se contemplaban en la Provincia de Córdoba previo a la implementación del Monotributo Unificado.
Para quienes desarrollen actividades exentas en Rentas, el monto para el componente de Ingresos Brutos Córdoba, será cero.
Para el caso de los profesionales, que hasta el momento no tenían la obligación de inscribirse en Rentas Córdoba, serán inscriptos de oficio pero continuarán exentos.
Te recordamos las Exenciones vigentes:
Personas con discapacidad / Incapacidad laboral

Actividades clasificadas como oficios

Servicio de remis para el transporte de cargas

Taxi, remis y transporte escolar

Transporte especial de personas

Actividad Primaria (Agro)

Edición de libros, apuntes, diarios, periódicos y revistas

Producción de espectáculos teatrales y servicios conexos

Servicios de Radiodifusión y Televisión

Producción de programas científicos, culturales, periodísticos

Establecimientos educacionales privados

Producción de Software

Honorarios profesionales / maestro mayor de obra / corredor inmobiliario

Industria

Call Center

8 comments

  1. Cecilia 26 mayo, 2021 at 10:41 Responder

    Buen dia!
    Me inscribi en monotributo categoria B con la siguiente actividad
    Actividad 1
    [960990] Servicios Personales N.C.P. (Incluye Actividades De Astrología Y Espiritismo, Las Realizadas Con Fines Sociales Como Agencias Matrimoniales, De Investigaciones Genealógicas, De Contratación De Acompañantes, La Actividad De Lustrabotas, Acomodadores De Autos, Etc.).
    y me rechazan la exencion por ser un servicio y no un oficio. Me podrias aclarar

  2. Luciana 12 febrero, 2019 at 14:07 Responder

    Me re inscribi en el monotributo pero fue antes del 23 de enero del2019 y automaticamente en ingresos brutos de Córdoba. Estoy viviendo y radicada en villa mercedes san Luis desde septiembre 2018. Tuve que pagar un importe que dice era de julio2018 cuando estaba en actividad eximida en rio cuarto. Era remisera. Debo transferir esa inscripcion a rentas de San Luis o dar la baja de ingresos brutos allí en Córdoba . digo para que no me cobren nuevamente.??

    • Carla Lombardi 13 febrero, 2019 at 09:50 Responder

      Esta es una pagina para contadores, no realizamos asesoramiento.
      Te recomiendo que busques un profesional por tu zona para que pueda ver tu caso concreto.

  3. Cindi 24 septiembre, 2018 at 12:48 Responder

    Buenos días, tengo un monotributista categoría A inscripto en 2 actividades

    Caracterización de Actividades
    Actividad 1
    [960990] Servicios Personales N.C.P. (Incluye Actividades De Astrología Y Espiritismo, Las Realizadas Con Fines Sociales Como Agencias Matrimoniales, De Investigaciones Genealógicas, De Contratación De Acompañantes, La Actividad De Lustrabotas, Acomodadores De Autos, Etc.).
    Actividad 2
    [475440] Venta Al Por Menor De Artículos De Bazar Y Menaje (Incluye Venta Al Por Menor De Vajilla, Cubiertos, Etc.).

    el tema es que en el nuevo régimen unificado aparece como EXENTO, no pagando IIBB ni el componente municipal, ya que esa localidad (Isla Verde-Córdoba) no esta adherida.

    Quiero saber que debo hacer para que en el comprobante de pago aparezca el impuesto provincial, ya que según entiendo mi cliente no esta exento y debe pagar.

  4. Blanca 27 agosto, 2018 at 12:52 Responder

    Un monotributista exento de IIBB por su actividad de profesional, al agregar dos integrantes de su familia primaria a la obra social, ahora tiene que pagar IIBB, no se mantiene ña exención?

  5. Favio 20 julio, 2018 at 11:47 Responder

    Estás habiendo muchos problemas: Profesionales que están exentos en ingresos brutos y ahora les aparece en la credencial el monto a pagar por dicho concepto. Estoy recategorizando, amén de que a partir de las 10 hs la página de AFIP empezó a funcionar pésimamente, personas que están alcanzados en ingresos brutos me figuran como exentos y no puedo modificar nada porque me dice que la exención es de oficio.

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