Como les hemos adelantado la semana pasada con respecto a las tablas 2021 del impuesto a las ganancias, debemos tener presente que el índice de actualización para las mismas, tanto las de Deducción y de Retención, enunciadas en los artículos 30 y 94 del Decreto 824/2019 respectivamente, está dado por la tabla R.I.P.T.E. teniendo en cuenta la variación interanual de los periodos Octubre 2019 y 2020. Nos informa Ariel Bassanetti Gerente de Aministración y Liquidación de Haberes.
El día viernes por la tarde ha sido oficialmente publicado el índice hasta el periodo Octubre 2020 a través del siguiente link: www.argentina.gob.ar/trabajo/seguridadsocial/ripte
- Ahora bien, teniendo en cuenta la variación interanual anual Octubre 2019/2020 podríamos estimar que el índice de actualización de estas tablas para el año 2021 está alcanzando los 35,38% de aumento luego de la publicación del índice RIPTE de Octubre 2020. De todas formas habrá que esperar a la publicación oficial de las tablas del IMPUESTO A LAS GANANCIAS 2021 en la página de AFIP para ejecutar el cambio en nuestro sistema de liquidación de sueldos para poder liquidar los salarios cuyo pago recaiga en el periodo fiscal 2021 (Mensual de Diciembre pagadero en Enero).
- Al tener ya los índices necesarios hemos estimado el valor de las tablas de Deducción y de retención como así también cual será el sueldo Bruto inicial para tributar Ganancias durante el 2021.
Cabe aclarar que las mismas pueden tener diferencias con las que posteriormente publicará AFIP teniendo en cuenta la cantidad de decimales que la entidad tomará del índice oficial RIPTE para ajustarlas.
Hemos aplicado el mismo criterio que el año pasado para estimarlas (7 decimales). Dicho esto les contamos que si AFIP cambia el criterio en cuanto a la cantidad de decimales a tomar del porcentaje antes mencionado, las mismas se diferenciaran de las acá calculadas en una suma insignificante para el cálculo de la primera retención del impuesto.