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FACTURA ELECTRONICA ¿COMO PEDIR PRORROGA? RG 3749

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Hasta el día 31 de mayo de 2015 los contribuyentes que por particularidades propias de su actividad y/o específicas de su modalidad de facturación detecten posibles dificultades para dar cumplimiento a la obligación de utilizar factura electrónica a partir del 1 de julio de 2015 podrán exteriorizar.

¿Cómo solicitar la prorroga?
1. Ingresar al servicio “Regímenes de Facturación y Registración (REAR/RECE/RFI)”, opción “Empadronamientos REAR/RECE”, ítem “RG – Dificultades de Implementación”.

2. Indicar que tipo de problemática particular invoca, puede ser:
– Dificultades técnicas de implementación
– Dificultades de implementación en los plazos previstos.

2. Declaracion de dificultades para implementacion factura electronica
En caso de que sea un problema de técnicas de implementación, el contribuyente deberá informar de la actividad con la que se tiene problemas y especificar los motivos por los cuales manifiestan que los diseños de factura electrónica disponibles no se ajustan a su operatoria. Pudiendo además informar normativa de respaldo.

3. Especificacion de las dificultades tecnicas de implementacion de factura electronica
En caso de que sea un problema de implementación en los plazos previstos, el contribuyente en primera instancia solo deberá aclarar el motivo y fecha hasta la cual se pide prorroga, la que no podrá ser posterior al día 1 de octubre de 2015.

4. Pedido de prorroga por dificultad de implementacion en los plazos establecidosLa AFIP podrá solicitar el aporte de documentación adicional que respalde la dificultad invocada.
Antes de enviar la solicitud deberá informarse un contacto completando CUIT/CUIL, Mail y teléfono del mismo.

Una vez realizada la solicitud, el sistema emite una “Constancia de Presentación de la Dificultades de Implementación RG 3749” y podrá consultarse el estado de la misma.
5. Consulta estado presentacion prorroga factura electronicaRecuerde que quedarán exceptuados de cumplir con la misma cuando la AFIP se expida en tal sentido, en particular o en general, sobre la problemática planteada.

13 comments

  1. marcelo 21 julio, 2015 at 21:51 Responder

    Hola! gracias por la continua ayuda.
    Entré a la afip para solicitar esta prórroga y fui al item ” RG – Dificultades de implementación”. y me figura “consulta” hago clik y me aparace( No hay Declaraciones de dificultades de implementación registradas).No me da la opción para Indicar que tipo de problemática que tengo. Que hacer en este caso, para solicitar la prórroga de facturación electrónica..?
    Saludos, y nuevamente muchas gracias!

  2. Nacho 25 junio, 2015 at 12:03 Responder

    Buen dia Carla querida:
    Que infierno que va a ser implementar esto junto con los nuevos regimenes de informacion y la mar en coche!
    Dejo caer unas dudas rapidas que me surgen en la practica cada vez que veo situaciones posibles con este nuevo sistema:
    1)- El IVA (siap) se va a liquidar a la par junto con el nuevo aplicativo-redundante-ex citi llamado “Regimen de Inf Cpras-Vtas” (dada la obligatoriedad, sin importar si estamos obligados por el regimen de las Fact M o por la incorporacion obligatoria al regimen de Fact Elect.)?
    2)- (esta esta buena) Las fact B realizadas a consumidores finales en el local por menos de $1000.- En caso de no poseer Cont Fisc, se hacen a mano? Con que talonario? Continuan los viejos? Los nuevos de respaldo? Se pide un CAE por lote y se mandan a imprimir?
    3)- Obligatoriedad de facturar en el acto Fact Elect. vs “Te la envio por mail (y zafamos)”?
    4)- Los contribuyentes que poseen Impresoras fiscales (emiten Fact A-B) pero con CAI que hacen? AFIP ofrece el cambio de chip gratis? El programador se gana unos pesos y “adapta” el sistema?
    Por ahora creo que es suficiente, pero tengo mas, mucho mas!
    Un saludo!!
    Nacho.

  3. MARIANO 24 junio, 2015 at 10:01 Responder

    gente, tengo presentada la DJ de dificultades de implementacion de factura electronica para no entrar a este regimen, desde el 15/4 y aun la afip no se expidio sobre el tema y se acerca el 1/7/2015 que es cuando deberia empezar a hacer fc electronica, consultando la web de afip figura en estado “firme”. Es suficiente como para no emitir fc electronica? o deberia decir aprobado?
    gracias

  4. maria verena 15 junio, 2015 at 15:43 Responder

    estan muertos los imprenteros, una pena! -otro rubro más de nuestro pais.
    los administrativos de las empresas sobrecargados también porque demoran más en cargar facturas – idem los contadores que ya son gestores de la afip. No hacen un trabajo profesional ,hacen un trabajo de interpretar lo que quiere decir la afip.
    cada vez dependen más de los sistemas y de internet y de las paginas web y se pierde el verdadero valor agregado del contador….
    es malo para las pymes que tienen que capacitarse de manera violenta y a los ponchazos.
    asi andamos los argentinos, por algo estamos tan alterados y nerviosos porque no tenes nunca las reglas claras.
    esperamos que funcione bien la tecnologia, porque al ser todo tan automático, cometes un error y te viene una intimación……..
    tengo seria dudas que esto sea un exito. opino si fuera gradual seria ideal, probando y mejorando la implementación.

    verena

  5. Daniela 4 junio, 2015 at 11:07 Responder

    Hola, buen día. Qué tengo que hacer para conocer la respuesta de AFIP a la solicitud de ampliación de los plazos por dificultades de implementación? Dónde publica la Administración la respuesta?

  6. Verónica 30 mayo, 2015 at 11:53 Responder

    Hola! Tengo una duda con respecto a las actividades q estan excluidas de la facturación electrónica por que se entrega el bien en el domicilio del cliente y se factura en ese momento. Se debe informar a la afip como particularidades propias de la actividad?? La actividad es venta al por mayor de prod alim. Pero la hace por ruteo. Muchas gracias! Saludos

  7. Arnaldo 29 mayo, 2015 at 20:13 Responder

    derogación – derogación – derogación – derogación – derogación – derogación – derogación – derogación – derogación – derogación – derogación – derogación –

    NOS QUEDAMOS EN LA CALLE – NOS QUEDAMOS EN LA CALLE

    20.0000 PUESTOS DE TRABAJO PERDIDOS

    DESPIDOS – DESPIDOS – DESPIDOS

  8. Carla 29 mayo, 2015 at 15:18 Responder

    Gimena,
    No debes hacer ningun empadronamiento, es la ultima opcion que aparece cuando entras al servicio.

    Dorys,
    Me surge la duda de como se daría el alta, ya que los obligados por la RG 3749 no se encuentran obligados realizar ningún empadronamiento. Aca no se como se podría implementar.
    La unica ventaja que le veo es que la facturas manuales, en ese caso, serian de respaldo y tendrian vigencia por 2 años en vez de 1.

  9. Dorys 29 mayo, 2015 at 14:55 Responder

    Hola! tengo un cliente médico que debe hacer facturas porque se quedó sin existencias. Le conviene (a tu criterio) empezar con la factura electrónica un mes antes de estar obligado o le aconsejo que siga este mes con la factura manual? Muy buena la página!! Saludos

  10. Gimena Heis 29 mayo, 2015 at 13:58 Responder

    Hola! Primero y principal, muchas gracias por la continua ayuda.
    Entré a la afip para solicitar esta prórroga y no estoy encontrando el item ” RG – Dificultades de implementación”. Fui a Empadronamiento-> Reg Facturación-> Empadronamiento. Aquí me empadrono y luego puedo solicitar la prórroga por medio del item “Dificultades de Implementación”?
    Saludos, y nuevamente muchas gracias!

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