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EMPLEADOS DE COMERCIO INCREMENTO SALARIAL A PARTIR DE FEBRERO 2020

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Empleados de Comercio, ayer 27 de febrero de 2020 Faecys suscribió un nuevo acuerdo en conjunto con la CAC, CAME y UDECA.

El acuerdo se encuentra pendiente de homologación, en el mismo se establece también que es condición suspensiva para la validez y exigibilidad de este acuerdo su previa homologación. Si continúa pendiente de homolgación al vencimiento de los plazos pactados para el pago, se deberá abonar bajo la mención “Acuerdo 2019-2020”.

Puntos importantes del acuerdo:

Incremento de $ 1.000 como suma fija para febrero y marzo 2020 (pagaderos en marzo y abril 2020)

 Incremento de $ 2.000 como suma fija para abril 2020 que se mantendrá hasta que se incorporen en la próxima negociación paritaria.

Características de la suma fija

 Estas sumas fijas no deberán tenerse en cuenta para el cálculo de ningín adicional.

 Deberá consignarse en el recibo como “Acuerdo 2019-2020”.

 Será proporcional a la jornada laboral cumplida.

 Tratamiento diferenciado para quienes hayan iniciado un procedimiento de crisis antes del 1/4/2019.

 OSECAC: Aporte por parte del empleado de $ 100.- continúa vigente.

 Se mantiene el incremento solidario dispuesto por el Dto. 14/20.

Descargar (PDF, 1.84MB)

10 comments

  1. Bea 12 marzo, 2020 at 11:32 Responder

    Buen día. Que pasa con el último tramo del Acuerdo 2019 para Marzo, que tiene suma remunerativa y no remunerativa, también va? o se absorve?

  2. Maximiliano 28 febrero, 2020 at 13:01 Responder

    Excelente! Muchas Gracias Carla! Como siempre la gente del sindicato esperan a que os plazos estén vencidos para publicar esta información!

  3. MARTINA 28 febrero, 2020 at 12:36 Responder

    Buen dia Carla‼

    muchisimas gracias por la informacion, los sr. sindicalistas se reunieron un poquito tarde del cierre del mes.
    Te consulto el Acuerdo 2019-2020 que se paga en liquidacion de sueldos de los meses de Febrero y Marzo 2020
    pagaderos en Marzo y Abril . Son NO REMUNERATIVOS ???? O son remunerativos?

  4. Nerea 28 febrero, 2020 at 11:37 Responder

    Buen día. Lo que no me queda claro es si es remunerativo? Se le aplicaran todos los descuentos como a cualquier concepto remunerativo? Desde ya muchas gracias!!

  5. matias 28 febrero, 2020 at 09:59 Responder

    Y le pregunta de siempre… los $ 100 son para todos o sólo los que tengan OSECAC.. en esta acta no lo aclara pero dice ” en virtud del articulo 9 bla bla bla”… por lo tanto sólo a los de osecac… están de acuerdo?

    • Diego 4 marzo, 2020 at 16:01 Responder

      Misma duda… En esta acta indica para los trabajadores encuadrados en comercio y no especifica nada mas, y en el acuerdo anterior indica encuadrados en comercio y adheridos a OSECAC, por lo que si me guio por lo escrito en este acuerdo es para todos los trabajadores de comercio independientemente si tengan OSECAC o no , pero como hace referencia al inciso 9 del acuerdo anterior que agrega adheridos a OSECAC queda plantea la duda. Como siempre grande Cavalieri y Camaras emperariales por firmar algo que no queda 100% claro….

      • Jorge Omar 25 marzo, 2020 at 08:47 Responder

        Jajajaja, esa es la idea como siempre dejando la ventanita abierta para poder sacarles algo de arriba a la gente trabajadora.

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