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Empleados de Comercio Acuerdo y Escala Salarial Agosto 2022

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Empleados de Comercio Acuerdo y Escala Salarial Agosto 2022

Las partes pactan lo siguiente:

Primero: Se traslada la Asignación No Remunerativa correspondiente al mes de enero de 2023 al mes de agosto de 2022, con los mismos alcances y efectos.

Todos los incrementos pactados en el acta de fecha 21 de abril de 2022 mantendrán su carácter de no remunerativos y quedarán en consecuencia incorporados a las escalas salariales de los salarios básicos convencionales correspondientes para cada categoría vigentes al mes de marzo de 2023 a partir del mes de abril de 2023.

Segundo: Podrán ser absorbidos o compensados, hasta su concurrencia, los importes de carácter general, sectorial o individual, otorgados unilateralmente por los empleadores y/o el gobierno a partir del mes de agosto de 2022 y hasta – el 30 de septiembre de 2022.

Tercero: Las partes ratifican las cláusulas no modificadas del convenio suscripto con fecha 22 de abril de 2022 y expresamente en relación al compromiso de reunirse en el mes de enero de 2023, a iniciativa de cualquiera de ellas, a fin de analizar las escalas salariales convencionales, sumas, porcentajes,incorporaciones, atento a las variaciones económicas que podrían haber, afectado dichas escalas pactadas en dicho acuerdo y desde la vigencia del mismo. En tal sentido, ambas partes ratifican como próxima, exclusiva y excluyente reunión, la que se realizará en el mes de enero de 2023.

Cuarto: Es condición suspensiva inicial para la validez y exigibilidad de este Acuerdo, su previa homologación por parte del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, lo que así solicitan las partes. Para el caso de estar pendiente la homologación de este acuerdo y se produzcan el vencimiento de los plazos pactados, los empleadores abonarán las sumas devengadas con la mención de “Pago anticipo a cuenta Acuerdo Colectivo agosto 2022”, el que quedará reemplazado y compensado por los rubros correspondientes una vez homologado el Acuerdo.

Las partes solicitarán la homologación del presente Acuerdo al Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

 

REMUNERACIONES PARA EMPLEADOS DE COMERCIO DE ABRIL/2022 A ABRIL/2023

Descargar (PDF, 175KB)

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