La Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) informa a sus asociados que se han acordado las pautas de la Paritaria Mercantil de 2016 del CCT 130/75 cuyo acuerdo convencional pertinente será suscripto el lunes, con las condiciones que a continuación se detallan:
1.- Establecer una suma fija no remunerativa para los Empleados de Comercio de $ 2.000 pagaderos en dos cuotas de $ 1.000 cada una, las que se abonarán de la siguiente manera: la primera de ellas en el mes de abril de 2016. La segunda cuota de $ 1.000 se pagará en el mes de junio de 2016.
2.- Incrementar en un 20 % a partir del mes de abril, por el término de 6 meses, sobre las escalas vigentes de las remuneraciones básicas del Convenio Colectivo de Trabajo 130/75 correspondientes para cada categoría.
3.- Se implementa, a su vez, un aporte solidario de $ 100 mensuales a cargo de los trabajadores del CCT 130/75 que estén afiliados a OSECAC. Esta suma será retenida del monto de la remuneración mensual de cada trabajador a partir de mayo de 2015 y durante el tiempo de duración del presente acuerdo.
Podrán ser absorbidos hasta su concurrencia los aumentos otorgados a partir del 1 de octubre de 2015, siempre que hubieran sido abonados a cuenta de los aumentos que determina el presente acuerdo.
Buenos Aires, 4 de marzo de 2016
Fuente: CAME
PLAN DE FACILIDADES RG 4268 PASOS A SEGUIR PARA SU CONFECCIÓN.
A principios de mes la AFIP (luego de varios adelantos y promesas ) publicó la RG 4268 con el nuevo Plan de Facilidades Permanente para ...
El aumento es del 20% por el término de seis meses. No se aclara la segunda parte del año. En los otros convenios si ha quedado establecido desde el principio el aumento total y como se aplica
en caso de jornada reducida, las dos cuotas de $1000 ¿serán proporcionales o no?
en acuerdo 2015 las cuotas no remunerativas fueron proporcionales a la la jornada reducida, en cambio, como no estaba aclarado en el acuerdo, en 2014 el pago fue completo independientemente de la jornada
El 20% es remunerativo o no????
Entiendo que el 20% se agrega a la escala salarial, por lo tanto, es remunerativo.
Tengo entendido que los pagos de las dos cuotas son con los sueldos de marzo y mayo de 2016, que se abonan en abril y junio respectivamente
Es la primera vez que veo el convenio en tiempo y forma. Muy bueno. En cuanto a los $ 100, habrá que ver el texto del convenio para aclararlo.
Muchas gracias por la información! Como siempre muy completo y oportuno.
Iba a hacer la misma consulta que Mónica, calculo que será Mayo de 2016, no?
Hola, me parece injusto ya que desde diciembre hasta la fecha hubo un aumento no menor al 40 % por lo tanto no es razonable. Por otra parte, cave remarcar que siempre somos el gremio que menos aumento obtiene.
El aporte solidario de $ 100 es a partir de mayo de ” 2015″ no ? ( calculo que fue un error)