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Empleados de Comercio Acuerdo Enero 2025

Empleados de Comercio Acuerdo Enero 2025. Las partes se reúnen y acuerdan incrementar, en forma escalonada y por un total que del 5,1 % las remuneraciones básicas del C.C.T. 130/75 que se abonará en forma de asignación no remunerativa, en su valor nominal y acumulativamente (según adenda), de acuerdo con lo siguiente:

Todos los incrementos porcentuales se liquidarán conforme las escalas básicas convencionales correspondientes al mes de diciembre de 2024 con más los incrementos de carácter no remunerativos.

El presente acuerdo colectivo tendrá vigencia desde el 1 de enero de 2025 y hasta el 31 de marzo de 2026. Los incrementos pactados en el presente mantendrán su condición de no remunerativos, incorporándose a los básicos de convenio de la siguiente forma:

Las partes firmantes de este acuerdo colectivo asumen el compromiso de reunirse en el mes de abril de 2025.

Empleados de Comercio Acuerdo Enero 2025

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