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DECLARACIÓN JURADA DE F. 2002 IVA POR ACTIVIDAD – GUIA BASICA PARA LIQUIDAR.

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Las declaraciones juradas -originarias o rectificativas- que se presenten a partir del día 1 de julio de 2015 deberán liquidarse a través de la pagina Web de AFIP, según lo estableció la RG 3711.
Esta obligación reemplaza la utilización del aplicativo de IVA que funciona bajo plataforma SIAP y que generaba el F. 731.

¿Que Sujetos están comprendidos?

Los responsables inscriptos que efectúen ventas de bienes y/o locaciones de servicios que por sus características no requieran el ingreso de datos específicos y/o posean determinadas particularidades.



¿Qué Sujetos están excluidos?

Los sujetos que por sus características requieran el ingreso de datos específicos y/o posean determinadas particularidades vinculadas con:
a) Empresas promovidas.
b) Proveedores de empresas promovidas.
c) Contribuyentes que realicen operaciones de exportación.
d) Responsables que soliciten reintegros por operaciones de bienes de capital.
e) Sujetos con “Régimen de Reintegro de Retenciones Agropecuarias”.
f) Sujetos adheridos al “Régimen Agropecuario con Pago Anual”.
g) Sujetos alcanzados por los beneficios de la Ley Nº 25.080 – Inversiones para bosques cultivados.
h) Sujetos alcanzados por los beneficios de la Ley Nº 26.093 – Régimen de regulación y promoción para la producción y uso sustentables de biocombustibles.
i) Sujetos alcanzados por los beneficios de la Ley Nº 26.190 – Régimen de fomento nacional para el uso de fuentes renovables de energía destinadas a la producción de energía eléctrica.
j) Sujetos alcanzados por los beneficios de la Ley Nº 26.566 – Actividades que permitan concretar la extensión de la vida de la Central Nuclear Embalse.

Pasos para la determinación del impuesto y presentación de la DJ

1. Dar de alta el servicio “Mis Aplicaciones WEB” (si realizaron alguna vez compras por Internet seguramente ya lo tengan dado de alta).

2. Cuando entra a “Mis Aplicaciones Web” por defecto muestra la pestaña buscar, es necesario seleccionar primero la pestaña “Nuevo” y allí les mostrara un listado con los servicios que pueden utilizarse bajo esta aplicación, deben seleccionar el formulario “F2002 IVA por Actividad”.

1. Alta F.2002 IVA por Actividad3. Antes de comenzar la liquidación el sistema pide que se indique si el contribuyente realizo alguna de las siguientes actividades (“Datos de la DJ”):

I – ¿Realiza operaciones Exentas o No Alcanzadas?
II – ¿Es un contribuyente incluído dentro del Régimen de Tur IVA?
III – ¿Realiza compras de bienes usados a consumidores finales?
IV – ¿Realiza importaciones definitivas de cosas muebles a su nombre, por su cuenta o por cuenta de terceros?
V – ¿Realizó operaciones o posee algunas de las particularidades que se detallan a continuación en el período fiscal que pretende liquidar?
Empresa con Proyecto Promovido – Decreto 2054/1992 – 804/1996 – 857/1997
Empresa con Proyecto Promovido – Excepto los alcanzados por los Decretos 2054/1992 – 804/1996 – 857/1997
Proveedor de Empresas Promovidas
Operaciones de Exportación
Reintegro por Operaciones de Bienes de Capital
Régimen de Reintegro de Retenciones Agropecuarias
Agropecuario con pago anual
Alcanzado por los beneficios de la Ley 26093 – Producción y uso sustentables de biocombustibles
Alcanzado por los beneficios de la Ley 25080 – Inversiones para bosques cultivados
Alcanzado por los beneficios de la Ley 26190 – Producción y uso de fuentes renovables
Alcanzado por los beneficios de la Ley 26566 – Actividades que permitan concretar la extensión de la vida de la Central Nuclear Embalse Nucleoeléctrica Argentina S.A. (NASA)
Declara no haber efectuado en el período operaciones mencionadas en el punto V
Sin Movimiento

Para poder continuar utilizando este aplicativo será necesario tildar la opción “Declara no haber efectuado en el período operaciones mencionadas en el punto V”, en caso contrario el sistema no permite avanzar y el IVA debe continuar liquidándose a través del aplicativo IVA del SIAP.
Una vez informados los “Datos de la DJ”, se puede comenzar a liquidar el IVA.

2.F2002 IVA POR ACTIVIDAD SELECCION OPCION PUNTO V

4. Los débitos fiscales deberá desagregarse de acuerdo con las actividades económicas declaradas y las ventas conforme a la alícuota que corresponda para cada caso.

3.F2002 IVA POR ACTIVIDAD CARGA DEBITO FISCALPor cada actividad se mostrará el siguiente detalle:

4.Detalle de carga de Debito Fiscal F2002 por actividadEl sistema muestra un control al final de cada pantalla donde permite chequear el:
– Monto Neto Gravado
– Debito Fiscal
– Debito Fiscal Facturado
– Debito Fiscal – operaciones dación en pago – Dto. 1145/09.

5.IVA por actividad Totales del F20025. Los créditos fiscales también deberán desagregarse de acuerdo con las actividades económicas declaradas y ahora lo que se informa es la base imponible para cada alícuota y el aplicativo realiza el calculo del IVA Crédito Fiscal correspondiente.

6.f2002 IVA POR ACTIVIDAD CARGA DE CREDITO FISCALEl sistema muestra un control al final de cada pantalla donde permite chequear el:
– Monto Neto Gravado
– Crédito Fiscal Facturado
– Crédito Fiscal Computable

7.F2002 CONTROL POR ACTIVIDAD CREDITO FISCAL6. Una vez cargados los debito y créditos hay que ir a la pestaña “Liquidación”, en la misma aparece el resumen de debitos y créditos fiscales, el saldo técnico.
también en esta pestaña deberán cargarse:
– Saldo técnico a favor del periodo anterior
– Total de Retenciones y Percepciones sufridas
– Pagos a cuenta.
Y el sistema determinara por ultimo el “Saldo de Impuesto a Favor de la AFIP/Contribuyente”.
8.F2002 LIQUIDACION DE IVA POR ACTIVIDAD



Algunas cuestiones:

1. El aplicativo es similar al utilizado para la confección del F. 731, motivo por el cual podrían haber modificado ese aplicativo en vez de generar toda una aplicación nueva, que desde mi punto de vista solo hace mas engorroso el trabajo ya que para liquidar el IVA de un contribuyente estaremos atados a tener si o si Internet (servicio que no en todo el país funciona de la misma manera) y a que la bendita pagina de AFIP funcione y que a las fechas de Vto. el sistema no colapse.
2. El nuevo F. 2002 IVA Web, no tiene impreso un código de barras por lo cual para aquellos que no pagan a través de VEP, habrá que confeccionar un F. 799 (es decir, se suma una tarea extra que es confeccionar un 2º formulario) insostenible desde donde se lo mire. habrá que ver si los cajeros pueden cobrar utilizando los códigos como figuran en la presentación.10.COMO PAGAR F2002 IVA_POR_ACTIVIDAD3. Tema Retenciones y Percepciones:, si bien la idea de importar desde “Mis Retenciones” es buena, hay que tener en cuenta que quienes liquiden los primero días del mes no contaran con esa información y el sistema no prevé (por lo menos yo no lo encontré) una forma para importar la información. Esto genera una mayor carga de datos y mayor tiempo insumido en la confección de la DJ, no solo porque deben cargarse una a una manualmente, sino porque ahora para cargarlas el sistema pide el Régimen de Percepción o Retención que la origina. 9.F2002 IVA POR ACTIVIDAD CARGA DE RETENCIONES Y PERCEPCIONES4. Para poder imprimir la DJ F. 2002 IVA por Actividad, se debe ir a “Mis Aplicaciones Web” y en la pestaña “Buscar” elegir “F2002 – IVA por Actividad”. allí mostrara las DJ presentadas y se podrá seleccionar entre:
– Ver la DJ
– Rectificar
– PDF para bajar y poder imprimirla
– Acuse para imprimir la constancia de presentación.

11.F2002 COMO IMPRIMIR Y COMO RECTIFICAR IVA POR ACTIVIDAD

391 comments

  1. Paola Graf 12 junio, 2023 at 16:34 Responder

    Hola buenas tardes, alguien seria tan amable de pasarme el formato que debe tener el archivo txt para presentar el F2002?
    Mil gracias!!1

  2. arturo 23 agosto, 2022 at 22:55 Responder

    Tengo 2 problemas; cuando estoy generando el v2002 no me deja ingresar el saldo a favor que vengo arrastrando, me dice que es incorrecto, asi que lo ingreso en “otros cargos que generan credito fiscal” aunque no sea lo correcto funciona. Y otra cosa es que no me suma al CF las retenciones di IVA que me hace un cliente, no le encuentro la vuelta, y si las dejo asi no me las computa y me hace pagar 2 veces el mismo IVA. Como debo hacer? Me esta sacando la cabeza esto!

  3. Ana 20 mayo, 2022 at 13:48 Responder

    Hola buenas tardes, consulto sobre como se deben declarar los ingresos que se facturaron exentos (factura B) por ser el cliente una entidad deportiva y exenta por ley 16774, donde aclara que no se pueden tomar los créditos fiscales relacionados con dicha ventas o servicios facturados al club deportivo. Son ingresos exentos, es decir no genera debito fiscal, para el contribuyente que facturo? y como se expresan en el F-2002 IVA POR ACTIVIDAD?

  4. perez turner 28 septiembre, 2021 at 20:06 Responder

    Soy Perez Turner de Australia, quiero agradecer al Sr. Luis Donald por la ayuda que me brindó con la Tarjeta Atm en Blanco que me salvó la vida y a mi familia, perdí mi trabajo el año pasado durante el Virus Corona y desde entonces ha sido muy difícil cuidar de mi familia y pagar otras facturas, mientras buscaba trabajo en línea me encontré con el testimonio de una dama sobre la tarjeta de cajero automático en blanco del Sr. Luis Donald que la ayudó con dinero de capital para comenzar un negocio, al principio tenía miedo de contactarlo Debido a las noticias de tendencia sobre estafas, se lo conté a mi esposa y ella me dijo que me arriesgara y me comuniqué con el Sr. Luis Donald para obtener la tarjeta, después de 2-3 días recibí la tarjeta de él y sigo sus instrucciones sobre cómo Usé la tarjeta, estoy muy feliz de compartir esto porque la usé para obtener 45,000 dólares. retirar el máximo de 3500 USD diarios. Luis Donald está dando la tarjeta solo para ayudar a los pobres. Hackea y toma dinero directamente de cualquier bóveda de cajeros automáticos con el uso de una tarjeta programada de cajero automático que se ejecuta en modo automático. Date prisa ahora y contáctalo para saber cómo obtener el tuyo. 475) -701-0611

  5. isabel 29 junio, 2021 at 16:07 Responder

    donde se carga el iva presunto segun ley 27618 (art 6 y 7) en el formulario 2002, para el caso de monotributista que pasa a reg gral en 2021

  6. maria laura muñoz 21 junio, 2021 at 18:16 Responder

    Hola! tengo una duda. en la ventas, tengo que aplicar una nota de crédito. Yo cargue las ventas y debito correspondientes, y en la sópala crédito fiscal, cargue la nota de crédito que emitió ( solapa Operaciones con Responsables Inscriptos y Otros que generan Restitución del Débito Fiscal) ahora la duda es, tengo en la nota de crédito también conceptos no gravados, ese importe donde deberia cargarlo? porque no encuentro ningún apartado que diga: Total de Importes Exentos o No Gravados de Notas de Crédito, excepto Exportaciones. puede ser que se netee de no gradado en ventas?

  7. Pedro 20 enero, 2021 at 10:55 Responder

    Buenos días, consulta, realicé la DDJJ IVA F2002 11/2020 y el pago correspondiente, luego realicé una rectificativa pero solo modificando operaciones que no generan crédito fiscal, por lo que el saldo es el mismo. Ahora tengo la rectificativa con el mismo monto a pagar, como puedo compensar el monto ya pagado en la presentación original? lo puedo compensar? podría hacer un segunda rectificativa informando lo pagado, en pagos a cuenta? o en algún otro lado? Muchas gracias.

  8. Gerardo 25 junio, 2020 at 16:12 Responder

    En la ddjj de Mayo/2020 omiti declarar una importacion y su credito fiscal . Puedo hacer una rectificativa en menos.?
    Es decir me daba a pagar y si hago la rectificativa me dara saldo a favor tecnico.
    Tendre problemas con Afip ?

    • Angeles 25 septiembre, 2020 at 17:12 Responder

      Si no supera el 5% de la base imponible no hay problema. de lo contrario la ley de procedimiento no te lo permite. es mas, si no me equivoco el sistema no te lo permite

    • Hernan 17 enero, 2021 at 20:41 Responder

      Podes, pero el sistema te bloquea. Despues tenes que presentar una multinota (yo lo hice mediante presentaciones digitales) para que admitan la rectificativa. En la multinota tenes que detallar exactamente la razon de la rectificativa

  9. Leo 22 junio, 2020 at 13:47 Responder

    Hola, buenas tardes! quería consultar como exportador utilizo el aplicativo del Siap para presentar el IVA. Si en un mes no tengo exportaciones, puedo presentar la DDJJ de IVA a través de Mis Aplicaciones Web?

  10. Paula R. 19 mayo, 2020 at 15:35 Responder

    buenas tardes, quería hacer la siguiente consultar :
    por uno erro en domicilio , aparezco como SUJETO NO CATEGORIZADO,, razón por la cual las facturas que me emiten son B, que sucede con las percepciones que me practican… puedo tomarmelas en la FFJJ o debo esperar a regularizar la situación para poder comenzar a deducirlas?
    GRacias!

  11. naria laura 27 marzo, 2020 at 10:56 Responder

    Buenos días, a alguien le pasó que no pueda cargar retenciones en forma manual ? tengo el certificado y el sistema da error porque no coincide el número de certificado con el tipo. Todos los meses cargo manual y nunca tuve problema

  12. Graciela 11 marzo, 2020 at 17:17 Responder

    Hola, alguien sabe como exponer en el F-2002 un pago a cuenta del impuesto, en el caso de hacer una rectificativa por haber declarado CFiscal de mas en la presentacion original, lo que me da mas iva a pagar del que ya declare y pague. O sea debo informar ese pago de IVA ya realizado en oportunidad de presentar la DJ original. No encuentro en que parte del formulario lo puedo informar para que la rectificativa me de el saldo del impuesto a pagar. En la seccion de pagos a cuenta ya hice la prueba y en ningun caso lo toma. Gracias.

  13. ANDREA 31 enero, 2020 at 18:50 Responder

    BUENAS TARDES:
    PRESENTE UNA DDJJ DEL 12/2019 CON EL F 731 EN LUGAR DEL F 2002? HAY INCONVENIENTES CON ESO?
    Y POR OTRO LADO LA DDJJ TENIA SALDO A FAVOR DEL CONTRIBUYENTE PERO EN LA PAGINA DE AFIP FIGURA SALDO FAVOR DE AFIP. POR QUE PUEDE SER>?

  14. Luis 9 enero, 2020 at 20:17 Responder

    Estimados se puede anular una DDJJ Iva presentada en Mis aplicaciones WEB???
    Tenía que presentar 11-19 y la presenté como 12-19; me dí cuenta una vez presentada, porque 12-19 está presentada con los mismos valores que pertenecen a 11-19. Se podrá anular o rectificar 12-19???
    Gracias
    Luis

    • Angeles 25 septiembre, 2020 at 17:14 Responder

      Luis te contesto por si alguno le surge la duda. Yo un vez anule una presentando una multinota en el sector cobranzas y el nombre del recurso es “recurso sistemico”.

  15. ALEJANDRO 24 octubre, 2019 at 08:36 Responder

    buenos dias, se puede recuperar IVA DE EXPORTACION con el F.2002, a partir de julio 19 le cancelaron de oficio el F731, estoy averiguando porque me excluyeron y me cambiaron de regimen de iva, si para expo la base es iva siap.

    muchas gracias!

    • Eliana 14 junio, 2023 at 19:59 Responder

      Hola, quería consultar para el caso de un responsable inscripto que hace su primera liquidación, antes era resp. monotributo. Para poder tomar el crédito fiscal de los últimos 12 meses, según el Procedimiento Permanente de transición al Régimen General – Ley N° 27.618, Artículo 9. Debe indicar la totalidad del crédito en la primer liquidación? Aunque esto le genere mucho saldo a favor?

        • alicia 5 agosto, 2020 at 16:06 Responder

          como se cargan factura por factura o la sumatoria de todo el mes ?? monto fijo art. 4 ,, diferenca art7 o monto actualizado del gravamen. no se cual de las tras columnas tomar.

    • VALERIA ELUANI 20 octubre, 2020 at 18:34 Responder

      HOLA, ME PODRIAS AYUDAR…. CARGO LOS ITC MANUAL PERO NO ME LOS TOMA EL SISTEMA EN PAGO A CUENTA COMPUTABLES EN EL PERIODO, LOS PASA DIRECTO A PERIODOS SIGUIENTES, NO SE POR QUE…

  16. Cristina 11 octubre, 2019 at 16:22 Responder

    Como se puede saber si somos proveedores de una empressa promovida? Solo facturamos a Obras sociales y Empresas de Medicina Prepaga. Gracias

  17. Tatiana 26 septiembre, 2019 at 20:04 Responder

    Hola, tengo una consulta, tengo una nota de credito (por devolucion de una compra), cuyo importe supera a las compras del periodo. Por lo tanto, tengo un credito fiscal negativo (como lo cargo en la pag de afip para completar el f2002?)

      • Silvia 24 agosto, 2020 at 15:51 Responder

        Hola tengo el mismo problema.. pero ademas.. me dice que no esta inscripto en el impuesto.. que vaya al sistema registral y ahi esta too en orden.. espero una respuesta de afip.. tampoco pude presentar por SIAP f731,,

  18. Mariangeles 24 julio, 2019 at 14:44 Responder

    Buenas Tardes
    Tengo un cliente nuevo que se dió de baja en 01-2019.
    Nunca presento ninguna DDJJ IVA desde el 2016 que se inscribió xq la AFIP lo excluyó de Oficio en monotributo.
    Para acogerse al plan de pagos tengo que presentar las DDJJ de IVA periodo 2016 a la fecha de baja.
    Puedo hacerlo si el contribuyente está dado de baja?
    Si resultara deuda la puedo incluir en el plan de pagos?
    Muchas gracias

  19. Nelida S. Kvapil 20 marzo, 2019 at 18:41 Responder

    Surge una duda acerca de la devolución sistemaica de IVA para quienes estén en el SISA. El requisito es que se declare en el F 2002, pregunto si tengo las Liq pero no las constancias de retención en Sicore, puedo incluirlas en la declaración? Otra: el monto que coloco en la ddjj es el correspondinte al reintegro o el total de lo retenido (Scoring 2 de Sisa). Afip no sabe explicar

  20. Agustina Mendez 14 marzo, 2019 at 11:43 Responder

    Hola! como informo las facturas B de ventas en el citi para que el DF me coincida con el F2002.
    me da en todos los meses diferencia por eso y tengo miedo que AFIP no lo tome
    Gracias

    • Carla Lombardi 14 marzo, 2019 at 18:43 Responder

      Agustina,
      Si estas facturando con comprobantes en línea, la mejor opción es importarlo directo del txt que genera la pagina de AFIP.

  21. Cynthia 12 febrero, 2019 at 07:53 Responder

    Buen día, mi consulta es la siguiente; se deben informar en el IVA web (F.2002) los impuestos internos que surgen de las compras y ventas de cigarrillos? En caso afirmativo, en qué parte de la declaración lo debo visualizar? Gracias!!!

  22. Graciela 29 enero, 2019 at 19:12 Responder

    Buenas tardes, mi consulta es la siguiente, tuve muchas Notas de créditos de mis proveedores en el mes de Diciembre por lo cual la suma es negativa, como se presenta en el F. 2002, soy IVA Exento. En la AFIP no saben decirme como se presenta, espero me pueda ayudar.

    Gracias

  23. Ramiro 29 octubre, 2018 at 20:16 Responder

    Hola. Tengo un cliente que realizó una Destinación Simplificada de Importación. ¿En que renglón del F2002 debería cargar el IVA? Estoy en duda entre “Operaciones que generan crédito fiscal – Otros Conceptos” de la pestaña CF o “Percepciones Aduaneras Sufridas” en liquidación.

      • Analia Estudio 22 junio, 2020 at 11:00 Responder

        Hola Carla, el registro de la base imponible de la importación no se declara en la DJ de IVA ? Solo se declara el iva de la imoprtación? Se informaria solo en el CITI y habria diferencia entre el total de compras informado en el CITI y en la DJ de IVA. eso estaria bien? muchas gracias.

  24. Carolina 5 octubre, 2018 at 08:04 Responder

    Carla, buenos días
    Tengo un cliente que su contador anterior le rectifico la DDjj de IVA periodo 02/2018 en menos por una diferencia de minutos…es decir, la original arrojaba un saldo a pagar de $16000 y la rectificativa (presentada 20min.despues) por $1200.

    En la consulta de DDJJ solo me figura la rectificativa y el saldo surge solo como diferencia entre débito y crédito, no hay retenciones ni nada… El contribuyente abono el vep de la rectificativa y en sistemas de cuentas tributarias aparece la diferencia pendiente de cancelación.
    Cómo debo hacer para limpiar ese saldo?se puede? Gracias por la ayuda!!

  25. Cintia 27 agosto, 2018 at 14:08 Responder

    Estimados, Mi consulta es sobre cómo exponer el DF de un contribuyente consignatario (vende a nombre propio, pero por cuenta de terceros) y también emite una Fc A (por el liquido producto) al comitente.
    En vtas a Cons Finales va el total de ventas realizadas y en RI iría el importe de la Fc A?
    Luego para computarse el CF, el neto gravado surge del total de vtas menos la comisión? ya que el comitente no le emite ningún tipo de FC por la mercadería entregada.
    Gracias.

  26. Mónica 13 julio, 2018 at 10:50 Responder

    Hola, te queria consultar respecto de la DDJJ Iva web F2002
    Tuve ventas gravadas ej $1000, pero ese mismo mes me devolvieron mercs que habia facturado el mes anterior por un total gravado de $1200 por lo que hice las respectivas NC y asi figura en AFIP ya que todo, fc y NC son en forma electronica y las importo para la RG 3685 y todo msale correcto. Pero cuando quiero liquidar, no me permite colocar Debito Fiscal negativo. Donde deberia declararlo?
    Muchas Gracias

  27. ALEJANDRA LORENZON 2 julio, 2018 at 17:03 Responder

    HOLA TENGO QUE HACER LA DDJJ DE IVA DE UN RI QUE VENDE AL POR MAYOR CIGARRILLOS. MI PREGUNTA ES: LOS IMPUESTOS INTERNOS O AL TABACO O REGIMENES ESPECIALES COMO FIGURA EN LA FACTURA EN QUE ITEM DEL CREDITO FISCAL LO TENGO QUE ANOTAR. ES EXENTO?

  28. Clara 15 abril, 2018 at 18:27 Responder

    Hola, una consulta. Presenté la ddjj de iva de una farmacia, invertí las actividades (gravé la exenta) y omití informar el monto de las ventas exentas. El impuesto determinado no se altera porque el debito informado es el correcto, solo que no corresponde a la actividad. Mi pregunta es si debo rectificar iva o si es que me conviene, y si el régimen informativo compras y ventas también debe rectificarse. Gracias

  29. Erica 20 marzo, 2018 at 14:29 Responder

    Hola, buenas tardes, nosotros presentamos el iva mediante este formulario, en el periodo 12/2017 teníamos un saldo de libre disponibilidad que lo trasladamos luego al periodo 01/2018, pero en el mes de marzo/2018 se compenso un anticipo de ganancias con el saldo de libre disponibilidad del periodo 12/2017 de IVA, esto es correcto o se deberia haber tomado el de la DD/JJ del mes 01/2018 ya que la misma esta presentada en tiempo y forma???
    Porque al tomarla en el IVA del mes 12/2017 lo que yo declaré como de libre disponibilidad en la DD/JJ del mes 01/2018 no seria correcto.
    Saludos cordiales
    Erica

  30. Gaby 20 febrero, 2018 at 21:13 Responder

    Hola, tengo un cliente que viene declarando bajo la actividad Alquiler de maquinas y equipos sin personal tanto el DF como el CF. Adicionó la actividad de fabricacion de partes, por la cual hasta ahora solo generó Credito fiscal mucho mas alto.
    El DF me permite separar las actividades pero el CF como debería ser? Además hay parte del CF que es de las dos actividades.
    ¿Cómo debería hacer la DDJJ web?
    Gracias por la ayuda

  31. Agustina 8 enero, 2018 at 11:23 Responder

    Buen dia! tengo una consulta sobre el credito fiscal. Tengo un cliente que vende diarios y revistas (caso excepcional de la ley de iva!!) . Este cliente tiene muchas facturas de compra pero cuando no vende los ejemplares, se le confeccionan notas de credito, y muchas veces son mayores a las facturas! por esta razon es que me queda un neto gravado y un iva credito fiscal negativo, como lo cargo en el f2002? …muchas gracias por tu respuesta!!!

  32. Verónica 3 enero, 2018 at 21:18 Responder

    Buenas noches. Quiero agregar unas percepciones sufridas de IVA al F2002 -dado que todavía no figuran en “Mis retenciones”- pero no puedo encontrar en la lista desplegable el régimen correspondiente a la RES 3337. Alguna idea de con qué concepto incorporarlas? Gracias!

  33. ANDREA 26 diciembre, 2017 at 16:14 Responder

    Hola mi consulta es sobre el saldo técnico a favor del contribuyente en IVA en todo el año 2017 no fue trasladado ese saldo , pero si rectifico me estaria dando menor saldo a ingresar del que se pago y no se pude rectificar en menos como seria la situación, se puede pedir un recurso de repeticion

  34. mariela 21 diciembre, 2017 at 11:30 Responder

    Hice una DDJJ de IVA en la que me confundí el concepto de ventas.

    Utilicé la opción “Operaciones con Consumidores Finales, Monotr., Exentos y No Alcanzados ” en Total de débito fiscal generado por venta de bienes de uso en vez de “Operaciones con Responsables Inscriptos” en Total de débito fiscal generado por venta de cosas muebles, obras …

    Entonces tengo que rectificar poniendo un menor monto neto gravado que me da el mismo débito fiscal y al final la DDJJ queda con el mismo valor a pagar.

    ¿Tendré algun problema? ¿Tengo que presentar multinota? ¿O sólo hago la rectificativa?

    Muchas gracias.

    • Carla Lombardi 21 diciembre, 2017 at 11:34 Responder

      Si da el mismo Debito Fiscal, no creo que sea necesario presentar un Multinota. Lo importante es que coincida con lo informado en el Régimen de Información RG 3685

  35. MAURO 20 diciembre, 2017 at 13:25 Responder

    HOLA BUENAS TARDES

    MI CONSULTA ES POR LA VENTA DE CIGARRILLOS DE UN RI, EN EL CONTROLADOR FISCAL TIENE UNA ALICUTA PRORRATEADA DEL 4.13% (SEGUN CALCULOS, YA QUE UNA PARTE VA AL 21% EL RESTO ES IMPUESTO).

    COMO INGRESO LA BASE IMPONIBLE AL IVA WEB, NO ME DEJA MODIFICAR LAS ALICUOTAS DE IVA

    O LO QUE TENGO QUE HACER ES AGREGAR LA PARTE QUE VA AL 21 NADA MAS Y EL RESTO DE LOS IMPUESTOS INTERNOS LO PONGO COMO EXENTO?

    MUCHAS GRACIAS

  36. VICTORIA 16 octubre, 2017 at 22:16 Responder

    HOLA BUEN DIA
    TENGO UN MONOTRIBUTISTA, QUE POR ERROR SE DIO DE ALTA EN IVA, Y DE BAJA DURANTE EL MISMO MES, PERO PARA RECATEGORIZAR ME DICE QUE TENGO QUE PRESENTAR LA DDJJ DE IVA DEL PERIODO DE 02/2015.. QUE HAGO LA PRESENTO SIN MOVIMIENTO?? POR SIAP??

  37. Silvio 18 septiembre, 2017 at 12:38 Responder

    hola consulta vengo tomando en la dj de iva mes a mes el saldo tecnico del periodo anterior al igual que el de libre disponibilidad … cuando voy a cuentas corrientas tributarias me aparece una cifra cuantiosa de saldo tecnico y salditos de libre disponibilidad. como puede ser ser si vengo armando la posicion mes a mes y arrastrando el saldo anterior de ambos conceptos. Ese saldo lo puedo tomar?por que entiendo que lo estaria duplicando de ser asi . gracias
    Susana, pudiste solucionarlo? porque yo sigo teniendo el mismo problema. Alguien pudo solucionarlo o sabe como se hace? Graciassss

  38. Rafael Edgardo Vidal 19 agosto, 2017 at 16:56 Responder

    Buenas tardes, en el formulario f2002, del mes de junio de 2017, me quedó saldo a favor, pero en la declaración de julio no puedo encontrar el importe para restarle al monto de débito. Saludos.

    • Carla Lombardi 21 agosto, 2017 at 19:19 Responder

      El saldo a favor debe cargarse en forma manual, en forma discriminada, dependiendo si es crédito del 1° párrafo o saldo a favor.

  39. Sofia 26 julio, 2017 at 13:06 Responder

    Carla, buenas tardes.
    Tengo el caso de un cliente que siempre trae la documentación en forma tardía, me trajo para presentar el periodo 201704 y yo lo presente como período 201705. Cuando trajo la documentación de Mayo, veo que al rectificar el mes de Mayo sería una rectificativa en menos. Conoces que se podría hacer en este caso, que ha sido un error formal y no en la determinación del impuesto?
    Agradecería tu respueta,
    Gracias.

    • Carla Lombardi 27 julio, 2017 at 18:44 Responder

      La mejor opción es presentarte en la AFIP que le corresponda y plantear el caso, para ver que te responde antes de hacer nada.
      Yo hice una vez rectificativa en menos de IVA y fue despues 1 año de lucha para solucionarlo…

  40. susana 23 junio, 2017 at 23:29 Responder

    hola consulta vengo tomando en la dj de iva mes a mes el saldo tecnico del periodo anterior al igual que el de libre disponibilidad … cuando voy a cuentas corrientas tributarias me aparece una cifra cuantiosa de saldo tecnico y salditos de libre disponibilidad. como puede ser ser si vengo armando la posicion mes a mes y arrastrando el saldo anterior de ambos conceptos. Ese saldo lo puedo tomar?por que entiendo que lo estaria duplicando de ser asi . gracias

  41. Ana Muñoz 14 junio, 2017 at 22:33 Responder

    buenas noches, necesito compensar saldo libre disp. de Iva a Gcias 2016, en la web no se desplega para hacer la misma, y en cuentas tributarias nada que ver el verdadero saldo con el aparece alli, por otro lado aparece el saldo disponibble de cada mes, como hago …ya que meses atras compense para otro contribuyente y no tuve problemas en la web. gracia

  42. Emiliano 10 junio, 2017 at 11:19 Responder

    Hola! Quería consultar porque un colega me dijo que se puede tomar como pago a cuenta lo pagado del monotributo para la ddjj de IVA. Se trata de una exclusión de pleno derecho, contribuyente que entró a ser RI a partir de Abril 2017.
    Hay alguna opción (y en su caso cúal) en la pantalla del IVA Web para tomar esa opción?? Alguien sabe??

    Muchas Gracias

      • José Silva 10 octubre, 2017 at 00:48 Responder

        Hola, En estos casos de exclusión, yo tuve un caso, presente en Afip un F:399, por cada mes desde la exclusión, donde coloque los pagos efectuados en Monotributo según el tickets, ( periodo, fecha de pago, y el importe correspondiente al concepto Impositivo), esto en cuanto al origen s/F399. Luego donde dice destino en el mismo form. puse el mes que quiero imputar a IVA. Una vez que hace c/ F399, por duplicado y para c/mes, lo llevas a mesa de entradas. y luego de unos dìas te vas a sector cobranzas Adm. y preguntas si lo cargaron. Pero lo mismo te daras cuenta en Cuentas Tributarias, Ahi vas a tener el credito. saludos.

  43. LUCAS 6 junio, 2017 at 18:38 Responder

    BUENAS TARDES.
    COMO SE PRESENTA UNA DD. JJ DE I.V.A F. 2002 GUARDADA EN PROCESO?. LOS PASOS A SEGUIR SERIAN DESDE MIS APLICACIONES WEB – BUSCAR – IVA POR ACTIVIDAD – PERIODO Y NOS TRAE LA DD.JJ EN CUESTIÓN ES ESTADO DE PROCESO Y LA ÚNICA OPCIÓN DEL MENÚ ACCIONES ES VER SIN NINGUNA POSIBILIDAD DE PRESENTAR.

    • Carla Lombardi 6 junio, 2017 at 18:45 Responder

      Lucas,
      Esta funcionando muy mal la pagina, seguramente mañana ya aparezca como presentada.
      Si vas a “Presentacion de DJ y Pagos” vas a ver que podes imprimir la presentación del F. 2002.
      Conclusion: esta presentado pero no permite todavía imprimir el F. 2002.

    • Carla Lombardi 20 mayo, 2017 at 12:16 Responder

      Yo lo incluyo dentro de creditos por prestacion de servicios.
      En el Reg. de Compras y Ventas la informo con Cod. 99 y en numero de comprobante suelo utilizar el mes ej: 0001-31052017.

  44. Marcela 18 mayo, 2017 at 15:56 Responder

    Buenos tardes,
    Un cliente le facturó con factura A a un Asociación exenta en iva. Debo presentar la DDJJ de IVA y aun no confecciono la nota de crédito , como tampoco la factura B correspondiente.
    Pregunta tengo que declarar el debito fiscal en el mes que realizo la factura A?

  45. Alejandro 4 mayo, 2017 at 15:00 Responder

    Hola. Precisaría saber como puedo hacer para presentar DDJJ de IVA (SIN MOVIMIENTO) adeudadas desde diciembre 2013 hasta Diciembre 2014. Acabo de instalar el SIAP y no logro encontrar la manera de hacerlo. Las DDJJ a partir de 2015 se hacen por Mis Servicios WEB … todo OK.
    Gracias

    • ANA 1 diciembre, 2017 at 10:23 Responder

      Entiendo que lo que no se puede rectificar en menos cuando la diferencia surge en el saldo técnico.
      Es decir, el impuesto DETERMINADO no puede ser menor al original… no así el impuesto A PAGAR
      Las retenciones, percepciones y pagos a cuenta omitidos no invalidan la presentación de declaraciones rectificativas que en definitiva arrojen un menor saldo A PAGAR, mientras que el impuesto determinado en el primer tramo no cambie…

  46. ruben 3 abril, 2017 at 01:04 Responder

    buenas: queria hacer una consulta, tengo un cliente que lo excluyeron del iva.
    el tema es que realiza una actividad exenta en iva (transporte de enfermos realizados a cargo de una obra social).
    Ingreso en el formulario 2002.
    Tildo la parte don me pregunta si realizo actividad exenta…

    Ahora mi consulta es …
    tengo que cargar la facturación del servicio para que me discrimine el débito fiscal???

    o envio la ddjj en cero?

    ya que cargue una , me calculo el debito fiscal…y cuando fui a liquidacion …me fijo y me aparece como “saldo a favor de la AFIP”

    Que debos hacer ???

    muchas gracias

  47. PAblo 26 marzo, 2017 at 21:59 Responder

    f2002, que sucede si no translado en una rectificativa el saldo a favor de libre disponibilidad del periodo anterior ? queda en cuentas trib, para hacer las compensaciones ?, gracias

    • ANA 1 diciembre, 2017 at 10:25 Responder

      Un poco tarde entro al blog (buscando otra cosa) pero supongo que a esta altura ya lo habrás resuelto…
      Ya habrás visto que el saldo queda en el Sistema de Cuentas Tributarias, y obviamente podés usarlo para compensar, o podes volver a rectificar incluyéndolo, que no pasa nada, ya que no modifica el impuesto determinado en menos…

  48. carla 21 marzo, 2017 at 17:27 Responder

    Se informo con datos totalmete errroneo el formulario 2002 , hice rectificativa y citi y sigue apareciendo el saldo de la declaracion original , que debo hacer ??

    • Carla Lombardi 22 marzo, 2017 at 10:29 Responder

      Si fue rectificativa en menos vas a tener que ir a la agencia de AFIP y explicar el caso, con multinota y toda documentación que puedas aportar del error…

  49. Juan 21 marzo, 2017 at 12:01 Responder

    La base imponible de IVA informada en el aplicativo no me coincide con en el Subdiario IVA Ventas ya que las notas de credito se informan distinto. Cual es el correcto mi subdiario o el tratamiento de afip

    • Carla Lombardi 22 marzo, 2017 at 10:38 Responder

      Ambos, es correcto que en la DJ de IVA se informen como “Restitucion de Debitos/Creditos Fiscales” y en el Reg. Informativo de Compras y Ventas no existe esa opción.

  50. Vanesa 17 marzo, 2017 at 16:05 Responder

    Hola, tome una nota de crédito de de venta y la cargue como restitución de débito fiscal en la solapa de crédito fiscal… pero no me coincide con el citi ya que ahí esta tomada restando del débito fiscal y en el aplicativo web me lo suma al crédito. Espero me puedan dar una solución, gracias!

  51. Leonardo 16 marzo, 2017 at 23:40 Responder

    Buenas noches, me encuentro con la siguiente duda:
    en el F.2002, el Saldo de Libre Disponibilidad del mes anterior se ingresa en el apartado “SLD de períodos anteriores neto de usos” y el mismo se actualiza en el Sistema de Cuentas Tributarias luego de la presentación ó,
    no se ingresa en ningún apartado y el saldo de IVA a favor de AFIP se tiene que COMPENSAR con ése SLD del período anterior a través del Sistema de Cuentas Tributarias para que éste último quede actualizado?

    Muchas gracias!
    Leo.

  52. FERNANDA 9 febrero, 2017 at 09:53 Responder

    Estimados, tengo un monotributista excluido que ahora es RI. Ahora hay que presentar el IVA de todo el 2016. Como cargo las facturas de ventas ? Como si fueran B ( con Iva incluido ) ? y el Crédito Fiscal le puedo tomar de compras aunque no sean facturas A… Gracias.

    • Carla Lombardi 9 febrero, 2017 at 10:33 Responder

      EL IVA desde el mes que tiene el alta como RI.
      Fijate que hay varios notas sobre loq ue hay que tener en cuenta al hacer el pase de monotributista a RI

  53. LAURA 20 enero, 2017 at 11:32 Responder

    Estimados:
    Alguien sabe como se resuelve el caso de un persona que en el mes hizo facturas a R.I. pero ademas hizo una sola exportación de servicios al exterior en F.2002? Debo presentar todo menos esa exportación? Porque no hay lugar en donde exponerlo. Y si tildo en la 1er solapa que hizo exportaciones me dice que no tiene permiso. Desde ya muchas gracias!

  54. -Silvia 29 diciembre, 2016 at 09:37 Responder

    Tengo que cargar todas las ddjj deiva por actividad en sin movimiento desde 2012/5 hasta 2014/12 y no me deja ingresar nada .solo hasta 2015. como puedo hacerlo? muchas gracias

  55. MONICA 14 diciembre, 2016 at 09:07 Responder

    Tengo en facturas de compras percepciones de Ingresos Brutos Córdoba ¿estas deben ser ingresadas en Otras compras que no generan Credito Fiscal? perdón mi ignorancia opero con esto de informar todo a través del CIti Compra-Ventas en cuyos registros se encuentra toda la factura plenamente detallada me quedo la duda de los impuestos como la percepciones de iibb que practican algunos comercios.

  56. Beatriz Intelisano 15 noviembre, 2016 at 10:37 Responder

    Buenos días, por favor, necesitaría una ayuda. Monotributista pasado de oficio a RI, tiene hecha factura C en el mes del cambio. Al hacer el 2002, en que parte va el débito fiscal de esa factura. Les agradezco muchísimo su comentario.

  57. Jose 30 octubre, 2016 at 21:21 Responder

    Hola. Tengo un caso de necesidad de rectificar en menos iva por ventas exentas, ya que, producto de ajustes efectuados, algunas debian ser gravadas.
    En el ajuste de las ddjj rectificativas, genero mayor debito fiscal, pero, me harán problema si bajo el valor de ventas exentas en algunos meses?

    • Jose 30 octubre, 2016 at 21:27 Responder

      en realidad el ajuste fue mayor en ambos conceptos, tanto operaciones gravadas como exentas. Solo que en la mezcla correspondia rectificar por cuanto las diferencias eran en menos respecto de las operaciones gravadas declaradas originalmente y en mas (en algunos meses) y en menos (en otros) respecto de las operaciones exentas. Si no rectifico las ddjj en menos por esos meses mal computados en las ventas exentas superaria el total de ventas anual real.

  58. Pablo Lemmo 26 octubre, 2016 at 16:16 Responder

    Hola, tengo una sociedad que por el momento no tiene movimiento alguno, para presentar iva en $0 cero, debo poner cero en los valores debito y credito o debo poner directamente la opcion sin moviemiento. Gracias

  59. carolina 4 octubre, 2016 at 17:20 Responder

    buenas tardes, me surgio la duda de un agropecuario. se presenta en el F731
    o en el F2002?.. yo hasta el momento vengo presentandolo en el F731. esta bien?

    • Juan Carlos Galaverna 19 marzo, 2017 at 22:16 Responder

      Carolina: El agropecuario tiene que presentar el F 731 cuando haya hecho opción por el pago anualizado o si está inscripto en el Registro Fiscal de Operadores de Granos. Si no tiene ninguna de estas “características” va por F. 2002.

  60. Carolina 30 septiembre, 2016 at 17:50 Responder

    chicos, como cargo operaciones que generan restitución del CF??????
    En la solapa CF, figura restitución del DF.
    En la solapa de DF, figura restitución del CF, pero en la liquidación final no llego al valor que quiero llegar! (Valor del CF computable del período)
    ayudaaaaaaa

  61. mercedes 20 septiembre, 2016 at 16:54 Responder

    Hola! tengo que presentar el iva CF de una empresa y es mi primer ddjj, las facturas son por compras de bienes, tengo que cargar una por una y armar ddjj diferentes o pongo el total del cf del mes? no tengo ningun programa para hacer el archivo plano. gracias

  62. Maria 16 septiembre, 2016 at 18:17 Responder

    Hola: en el debito fiscal, consumidores finales, exentos y no alcanzadsos tengo que cargar un importe negativo y no me deja o no se como hacerlo. Alguien me puede guiar?Gracias

  63. alicia 24 agosto, 2016 at 11:12 Responder

    Hola : les consulto tengo que realizar un ajuste de operaciones exentas por cese de actividades, el problema es que cuando estoy armando la presentacion del F 2002 no me habilita esta opcion de ajuste. saben como puedo solucinarlo?

    Muchas Gracias

    • Carla Lombardi 24 agosto, 2016 at 17:58 Responder

      Alicia,
      Fijate que al inicio de la DJ, si el contribuyente tuvo operaciones exentas debes marcarlo con un tilde, caso contrario no te habilita la opcion.

      • alicia 26 agosto, 2016 at 09:13 Responder

        Muchas gracias por responder, si lo hice asi, pero no me habilito el campo de ajuste anual, probe hacerlo con el SIAP y tambien solo habilita la opcion con el mes 12. Por lo que no se como proceder ante este caso, ya que la empresa ceso sus actividades en el mes de Julio y quedo un ajuste a favor de afip que no se pudo ingresar.

  64. Karina 12 agosto, 2016 at 16:43 Responder

    Tengo forma de contar con los pagos ya realizados para control? Ya que actualmente no recuerdo si pague o no mayo y no quisiera pagarlo dos veces
    Muchas Gracias

  65. marisa 14 julio, 2016 at 16:57 Responder

    Sigo liquidando iva por siap porque estoy inscripto como exportador, por error liquide iva en Mis aplicaciones Web, al darme cuenta tambien lo liquide por Siap y lo presente. O sea que el mismo periodo lo tengo presentado por F2002 y por F731. Quisiera borrar lo presentado en mis aplicaciones web pero creo que es imposible. Esto me acarrea algun inconveniente en el futuro???

    • Nati 16 junio, 2017 at 20:49 Responder

      Marisa. Como solucionaste RL problema? Me.ocurrió algo parecido..
      Cargue un contribuyente con reintegro por dos meses en el programa Mis Aplicaciones Web
      Cuando en verdad tenia que cargarlo en él Siap. Ahora no se si volver a presentarlo en él Siap por él tema De los reintegros o que hacer.. Ayuda por favor!

  66. Graciela 24 septiembre, 2015 at 14:59 Responder

    Buenas tardes necesito cargar el pago del monotributo a un contribuyente que fue excluido del regimen, por el siap podia hacerlo cargandolo a ” pago a cuenta por exlusión de monotributo” ,en el nuevo form 2002 no aparece ¿ alguién sabe como cargarlo ? Gracias.

  67. Gabriela 17 septiembre, 2015 at 19:57 Responder

    Buenas tardes tengo el problema que el F.2002 y el acuse de recibo no traen codigo de barras, y lo presente para pagar y no me lo pueden cobrar! Como lo genero? Gracias.

  68. Diana 14 septiembre, 2015 at 17:32 Responder

    Hola, necesito saber el dcto 814/01 en el form 2002, va en la opcion cargas sociales? Tengo un cliente que no le tomaron nunca este decreto, podre computarle los importes desde enero2015 a la fecha??
    La base de calculo son las remuneraciones de cada periodo? agradecere informacion al respecto. Gracias!

  69. jessica 11 septiembre, 2015 at 13:57 Responder

    hola buenas tardes tengo que presentar el f.2002 desde junio pero donde cargo el pago que ya hize a travez del form. 731.
    asi no tengo que pagar dos veces lo mismo gracias.

  70. Ana 7 septiembre, 2015 at 12:11 Responder

    Buen día !con qué código se cargan las percerciones Regimen 3337 en la declaración jurada de afip form 2002 de un responsable inscripto (ocpción 270 sujetos no categorizados o 806 operaciones de comercio electronico 3 %)
    Gracias y slos.

  71. marcela 1 septiembre, 2015 at 12:27 Responder

    se rectifico una declaracion de iva en menos iva debito fiscal y en menos iva credito fiscal. Oportunamente en la original no se habia tomado los saldos tecnicos y de libre disponibilidad. Ahora da saldo a pagar que conviene hacer ? El error surgio porque quedaron los datos de otra empresa y quedo colgado el servicio del form 2002

  72. Fernanda 25 agosto, 2015 at 16:08 Responder

    Hola, me estan pidiendo papeles en el banco de clientes. desde donde imprimo los papeles de trabajo del fomulario 2002 iva online? muchas gracias.

  73. Ezequiel 24 agosto, 2015 at 16:00 Responder

    Rectifique una posicion de iva periodo 05/2015 y genero un saldo de libre disponibilidad mayor que el original, al querer rectificar 06/2015 me observa que el saldo a favor del peirodo anterior es mayor que el presentado en ddjj original y no me deja presentarla, me pueden decir si conocen la solucion

  74. FERNANDO 21 agosto, 2015 at 16:40 Responder

    Buenas tardes;

    Estimados, tengo que rectificar la ddjj de marzo oportunamente realizada por SIAP. Debo hacerlo a través del f2002? De ser asi, ¿cómo procedo? porque por lo que pude apreciar, estaria obligado a realizar nuevamente la secuencia original de marzo a traves del 2002 y luego rectificarlo,pero el original ya fue presentado

  75. Diego 19 agosto, 2015 at 00:54 Responder

    Mediante la página de AFIP de un representante legal de 2 empresas ( una con actividad y otra que dejó de tenerla ) presente el f2002, pero de manera invertida la que tenía movimiento en cero y la que debía presentar sin movimientos con un saldo a pagar. La primera la rectifico y género el saldo a pagar y punto. El segundo caso al rectificar en sin movimientos, rectifico en menos y me sigue quedando en cuentas tributarias el saldo a pagar. Alguien sabe como arreglar este problema ?

  76. Stella 17 agosto, 2015 at 10:11 Responder

    Quisiera saber saber, si los sujetos comprendidos en la ley 19.640, que son Responsables Inscriptos , exentos en IVA y Ganancias por la ley, deben presentar la DDJJ de IVA por el nuevo aplicativo. Muchas gracias.

  77. ECDBE 14 agosto, 2015 at 17:26 Responder

    Hola a todos, pregunta: tuve que rectificar una ddjj de Iva por menos y la misma ya había sido pagada. Donde cargo la diferencia de lo que pague y debería haber pagado? en cuentas tributarias no me aparece la opción de reimputar pagos ya que no me aparece este saldo y el la ddjj del mes siguiente no se donde cargar ese pago que hice de mas. Espero que alguien pueda ayudarme. Muchas gracias.

    • Carla Lombardi 14 agosto, 2015 at 18:13 Responder

      ECDBE,
      Rectificativa en menos de IVA no te va a aparecer nunca el saldo a favor en Ctas. Tributarias. Hay que ver el motivo de la rectificativa en menos…

  78. MARCELO 12 agosto, 2015 at 11:57 Responder

    BUENOS DÍAS SI PRESENTE POR ERROR LA DECLARACIÓN DE IVA 07/2015 POR EL SIAP CON SALDO A FAVOR DE LA AFIP COMO PUEDO SOLUCIONARLO TENGO QUE VOLVER A PRESENTARLO POR EL NUEVO SISTEMA .

  79. Carlos D. 11 agosto, 2015 at 10:33 Responder

    Hola. Me podrían decir porqué en el f.2002 no me levanta todas las actividades económicas dadas de alta en el sistema registral….? Gracias.

  80. Jorge Enrique 10 agosto, 2015 at 21:34 Responder

    Recibí como respuesta a mi consulta:” Las declaraciones RECTIFICATIVAS de Iva por Períodos NO obligados a presentar con F 2002 , los debo realizar con Aplicativo Siap F.731.”
    y si analizo la respuesta : “Art. 3° — La determinación del impuesto, así como la confección de la respectiva declaración jurada mensual, deberá efectuarse desagregando los débitos fiscales de acuerdo con la actividad económica declarada y las ventas conforme a la alícuota que corresponda para cada caso. Para ello se deberá ingresar al servicio denominado “Mis Aplicaciones WEB” y seleccionar el formulario “F2002 IVA por Actividad”, que se encuentra disponible en el sitio “web” institucional (http://www.afip.gob.ar).

    A dichos fines se utilizará la respectiva “Clave Fiscal” obtenida conforme a los términos de la Resolución General Nº 2.239 su modificatoria y sus complementarias, con Nivel de Seguridad 2, como mínimo.

    El mencionado formulario se remitirá mediante transferencia electrónica de datos, conforme al procedimiento establecido por la Resolución General Nº 1.345, sus modificatorias y complementarias.

    Art. 4° — Para la presentación de la declaración jurada, así como para el ingreso del saldo de impuesto resultante, deberán observarse las disposiciones de los Artículos 4° y 5° de la Resolución General Nº 715 y sus complementarias . Nota (SIAP)

    Art. 5° — Las disposiciones establecidas en esta resolución general resultarán de aplicación respecto de las declaraciones juradas —originarias o rectificativas— que se presenten a partir del día 1 de julio de 2015.
    pero la frutilla del postre es lo que sigue:
    “No obstante, el procedimiento previsto en el Artículo 3° podrá ser utilizado en forma optativa por los sujetos alcanzados, para la confección de las declaraciones juradas —originarias o rectificativas— cuyos vencimientos operen a partir del primer día hábil del mes siguiente al de publicación de la presente en el Boletín Oficial.”
    Interpreto: Vto Enero 2015 en adelante F 731 ó F 2002
    Vencimientos Anteriores F 731 para Originales y Rectificativas.
    Escucho opiniones. Gracias

    • Carla Lombardi 11 agosto, 2015 at 08:57 Responder

      Jorge,
      Considero que el F. 731 debería utilizarse hasta 12-2014, y a partir del 1-2015 el F. 2002 (El F. 2002 no permite cargar periodos anteriores a 2015).

  81. Nacho 5 agosto, 2015 at 16:58 Responder

    El boton “Mis Retenciones” esta decorativamente bien puesto, o sea, no funciona.
    En cuanto a la Importacion de percep/retenc desde archivo txt… bien gracias, el formato lo tendremos que adivinar, para variar no hay absolutamente NADA de informacion para los programadores.
    La precariedad e improvisacion con la que se maneja el organismo y los ñoquis que contrata en sistemas es espeluznante…
    Si alguien descifro el formato que lo comparta por favor, gracias.
    Saludos.
    Nacho.

      • Kristian Kunzmann 11 agosto, 2015 at 12:52 Responder

        Estimado tendrías un archivo de ejemplo, yo pruebo los que genera mis sistema y me da error, y anteriormente funcionaban.
        De esa forma puedo buscar alguna diferencia.

  82. Luis Perez 4 agosto, 2015 at 13:55 Responder

    Buenas, tengo dudas sobre cómo va a funcionar el sistema del CITI compras y Ventas entrelazo con IVA Web, en cuanto al tratamiento de las notas de crédito emitidas o recibidas, por un lado en el CITI, se deben informar las emitidas con las ventas y las recibidas con las compras, y en el IVA web como Debito Fiscal a restituir y Crédito Fiscal a restituir, y que el sistema efectuara el cruzamiento de los datos, será así. Ya tuve problemas con API Ingresos Brutos de Santa Fe, porque me reclaman diferencia entre las Ventas declaradas en AFIP y las Ventas declaradas en API, como sigo con las presentaciones siguientes, si ni siquiera los entes oficiales se ponen de acuerdo.

  83. Noelia 4 agosto, 2015 at 09:30 Responder

    Como puedo ver el SLD de una sociedad? Salen todos los saldos de la DJ 06-2015 en cero….Alguien sabe de donde se pueden ver? Utilice los de meses anteriores y quiero corroborar si esta bien el saldo que voy a trasladar a la dacla de Julio. Gracias…

  84. German 28 julio, 2015 at 12:54 Responder

    Consulta: Los pagos a Cuenta por el Art. 15 y siguientes de la ley 23966 no se acreditan y no se traducen en el saldo de libre disponibilidad del periodo fiscal, por qué? Tengo entendido que dicho pago a cuenta puedo utilizarlo para Ganancias pero también para IVA. Con el aplicativo de Siap lo informaba y automáticamente aparecía el saldo a favor en Cuentas Tributarias. Alguien me ayuda con esto, porque sinceramente no entiendo. Gracias.

  85. Patricia 23 julio, 2015 at 19:38 Responder

    Las Compras que tienen conceptos gravados con iva y otros conceptos no gravados, ¿se incluyen los conceptos no gravados en algun items de la DDJJ de iva F 2002? En Cual? Tambien seria el caso de los impuestos internos tanto para la compra como para la venta cuando se lo traslada, ¿ se incluye el impuesto interno en algun items de la DDJJ de Iva F 2002 tanto para las compras y para las ventas?
    Muchas Gracias, por su ayuda.

    • Liliana Bonansea 14 septiembre, 2015 at 19:04 Responder

      Patricia: yo tbien tengo tu duda. ¿ dónde incluyo los conceptos no gravados que contienen las compras a resp inscriptos. Por ejemplo: compras de combustible seguros energía etc ?

    • ceci 26 mayo, 2017 at 19:20 Responder

      Hola patricia,.tengo la misma duda: Tambien seria el caso de los impuestos internos tanto para la compra como para la venta cuando se lo traslada, ¿ se incluye el impuesto interno en algun items de la DDJJ de Iva F 2002 tanto para las compras y para las ventas?

      sabe alquien la respuesta????

  86. Fabricio 23 julio, 2015 at 09:25 Responder

    Necesito saber cómo computar el itc como pago a cuenta en iva. Ejemplo de fc 253.38lt, neto $2006.47, iva $421.36, no grav $572.18 y BI ITC 4.8921. Gracias

  87. DIANA 22 julio, 2015 at 16:18 Responder

    Hola, quiero saber si vengo arrastando un “Saldo de libre disponibilidad del período” anterior en dónde lo debo poner en la nueva DDJJ

  88. Ricardo 22 julio, 2015 at 14:49 Responder

    Hola que tal, queria saber donde se ingresa en el formulario 2002 el pago a cuenta por el imp al debito y creditos bancarios?. Muchas gracias.

    Ricardo

  89. PABLO 22 julio, 2015 at 11:49 Responder

    Estimados: Cuando quiero presentar un F. 2002 en cero de un contribuyente que la unica actividad que tiene es: 702092 SERVICIOS DE ASESORAMIENTO, DIRECCIÓN Y GESTIÓN EMPRESARIAL REALIZADOS POR INTEGRANTES DE CUERPOS DE DIRECCIÓN EN SOCIEDADES EXCEPTO LAS ANÓNIMAS / me sale este mensaje…
    No posee actividad/es No Exenta/s en el Sistema Registral para el período fiscal que pretende presentar
    La actividad como es exenta no me lo deja presentar, pero el contribuyente si esta inscripto en IVA, como hago ??? Alguien sabe ? Muchas Gracias!! Saludos.

    • Carla Lombardi 22 julio, 2015 at 13:04 Responder

      Pablo,
      Este mes la unica opcion es presentarlo mediante F. 731 y deberias dar de alta la actividad No Exenta por la cual el contribuyente liquida IVA.

  90. silvia 21 julio, 2015 at 21:02 Responder

    Consulta: La DDJJ de IVA F2002 da a pagar y quiero compensar con saldo a favor de Ganancias 2014 y no puedo porque en el sistema de cuentas tributarias no figura deuda de IVA periodo 06/2015. ¿Tengo que presentar de nuevo el F731 o puedo hacer una compensación base siap F798?

  91. Adriana 21 julio, 2015 at 16:28 Responder

    Hola, no me computa el ITC. Lo cargo en a continuación art 15…. ingresa el importe, verifica, todo ok, pero no lo traslada a la ddjj.

    • Ariel A. T 6 agosto, 2015 at 11:37 Responder

      Hola Maria Luz queria saber si sabes como hacer para incluir dichos pago a cuenta, ya que en las opciones de pago a cuenta no se encuentra el pago a cuenta de los creditos y debitos bancarios?

  92. marisa 21 julio, 2015 at 09:31 Responder

    Buen día!!! le hago una consulta.
    Estoy cargando Iva F 2002, tengo Saldo de libre disponibilidad de periodo mayo 2015, en junio compense con Anticipo 2 de Ganancia, en la Declaración F 2002 voy a Liquidación, saldo de libre disponibilidad- compensación, cuando quiero carga el monto y periodos que corresponde , me pone este error:
    “El mes del campo Destino de la compensación – Período es inválido”
    El periodo es correcto 201507 ( porque es el anticipo n° 2)…..
    Espero su ayuda!!!!
    Gracias
    Marisa

    • Susana 21 julio, 2015 at 15:32 Responder

      Marisa, tenes que poner todos los anticipos con periodo fiscal como ddjj anual , o sea 201500, asi te lo toma.

      Saludos

      Susana

  93. natalia 21 julio, 2015 at 00:34 Responder

    hola, buenas noches, tengo una duda, una persona compensa saldo a favor de ganancias con lo que le da a pagar de IVA, en qué parte se pone este importe, para que el F2002 no de importe a pagar?
    Gracias

    • Carla Lombardi 20 julio, 2015 at 18:08 Responder

      Estela,
      El F. 2002 contempla la carga negativa de las percepciones, por lo que deben cargarse junto con las demas percepciones, informando en comprobante “Nota de Credito” e ingresando el importe en negativo.

  94. MELINA 20 julio, 2015 at 14:33 Responder

    BEUNAS TARDES. VOLVIENDO AL ITC Y CARGANDOLO EN PAGOS A CUENTA ART A CONTINUACION DEL 15 ME INGRESA EL VALOR PERO NO ME LO COMPUTA QUE DEBO HACER?’ HAY ALGO QUE ME FALTO TILDAR? GRACIAS

    • Yesica 20 julio, 2015 at 17:26 Responder

      Virginia me esta pasando lo mismo, recién intente nuevamente y sale error de comunicación. En caso de no poder presentar, lo hago a traves de F731.

  95. Florencia 20 julio, 2015 at 09:32 Responder

    Hola! Tenemos una empresa que trabaja con el PNUD y le hace el reintegro del IVA. No se si tengo que seguir haciendo la ddjj a través del SIAP o a través del F.2002 porque en el SIAP figura el pago a cuenta del PNUD para cargarlo ahi pero en la ddjj online no lo vi. Si alguien me puede ayudar se lo agradezco. Saludos!

  96. Andrea 19 julio, 2015 at 22:37 Responder

    Buenas noches quiero cargar en la web una declaración de iva por actividad y me sale error no posee actividades gravadas en el período, es una empresa que factura activades exentas (alquiler rural), me debería dejar presentar igual la declaración jurada, como hago para cargarla o que debe presentar para que me habiliten a hacerlo
    Atentemente

    Andrea

    • Carla Lombardi 20 julio, 2015 at 08:54 Responder

      Andrea,
      Por lo que estuve leyendo en otros comentarios, todos los que tienen actividades exentas estan teniendo el mismo problema.
      No se si alguno le encontro solución, en ultima instancia yo presentaría con el F. 731 y presentaria multinota con copia de la pantalla donde salta el problema en la AFIP.

  97. valeria 18 julio, 2015 at 22:17 Responder

    hola! quiero presentar el f.2002 y no me deja, me da el siguiente error: Expression alicuotaFormater(c.alicuotaOperacionResponsableInscripto) is undefined on line 88, column 11 in templates/DJF2002V100.ftl., qué debo hacer?? gracias. Valeria

    • Gabriela 19 julio, 2015 at 20:14 Responder

      Hola, tengo el mismo problema que Valeria, alguien sabe qué se debe hacer??
      Entré y salí varias veces de la página, pero no pude presentar la DJ.
      Gracias!
      Gabriela.

  98. DANIEL PETROCELLI 18 julio, 2015 at 18:51 Responder

    PRESENTE VARIAS DECLARACIONES DE CLIENTES PERIODO 06/2015 POR EL SISTEMA DEL SIAP (F731) PUEDEN TENER ALGUNA PENALIDAD? – INCUSIVE YA PAGARON EL SALDO DE IVA

    • Fernanda 23 julio, 2015 at 23:27 Responder

      Daniel: me pasó lo mismo. Llamé a AFIP y me informaron que hay que presentar el F2002 ya que no genera duplicidad en los pagos. Eso hice y después verifiqué en cuentas tributarias y está ok. Espero te sirva!!

  99. Monik 18 julio, 2015 at 17:54 Responder

    Hola, tengo q rectificar 04/2015 xq se pagó de menos, lo haré con el F2002 como original pero…lo que ya pagó (F731) dónde lo expongo en F2002 para que la dj me cierre con la dif q pagó de menos ?? Gracias

  100. Soledad 17 julio, 2015 at 17:23 Responder

    Buenas tardes, reitero la consulta de Cintia, tengo el mismo caso: en el caso de una empresa que en algunos períodos realiza ventas a Tierra del Fuego documentadas con comprobantes “E” manual por no estar alcanzada por factura electrónica; debe presentar el IVA con el F. 2002 o sigue presentando con el F. 731?. O debe presentar siempre con el F. 2002, salvo los períodos en los que realice ventas a Tierra del Fuego, los cuales presentaría con el F. 731?

    • Natalia Manzano 17 septiembre, 2018 at 23:28 Responder

      Buenas noches quisiera saber si debo presentar DDJJ rectificativa de IVA ya que a un contribuyente que lo habían inscrito por error como autónomo, le presenté por 2 meses sin movimiento la DDJJ 731 a través del aplicativo SIAP y además las DDJJ del régimen de información de compras y ventas; ambos generados desde el aplicativo SIAP.
      Espero una respuesta urgente. Gracias!!

      • Carla Lombardi 18 septiembre, 2018 at 09:35 Responder

        Natalia,
        No sé si rectificativa o directamente original a través de “Mis Aplicaciones Web”, figura multa por falta de presentación en Cta. Cte Tributaria?

  101. Mariana 17 julio, 2015 at 14:33 Responder

    Aparecieron más alícuotas! Yo ya hice un par de F2002 poniendo el 2,5% en “otros”. Recomendás que rectifique? Gracias!

    • Elda 24 julio, 2015 at 19:46 Responder

      debes cargarlo en credito fiscal dentro de la opcion operaciones que generan credito fiscal – Contribuciones Seguridad Social

  102. Lidia Marence 17 julio, 2015 at 13:01 Responder

    Una consulta en los casos de los peajes que tienen una alicuota diferencial del 17,35 %, como tomo el credito fiscal en el formulario 2002. Gracias

    • Javier Dario Aguirre Saugar 18 julio, 2015 at 09:14 Responder

      Lidia el 17.35 no es ninguna alicuota diferencial. Como el ticket no discrimina el iva el 17.35% del importe total es la cuenta directa para saber el importe. Un ejemplo, un peaje de 10 lo dividis por 1,21 y te da el neto que es 8,2644 a eso le agregas el iva del 21% que es 1.1735 y lo sumas al neto y te dan los $10.- que pagaste por el peaje.
      Dicho de otra manera el iva de los peajes es el general de la ley 21%, solo pusieron esa “alicuota” para sacarlo directo, pero lo correcto es la forma que te detalle arriba.
      Saludos

  103. enrique miguel garbi 16 julio, 2015 at 17:47 Responder

    por favor necesito saber como calculan el monto del ITC a computar, yo hasta ahora tomaba 15 centavos por litro, pero temo que está muy desactualizado.
    Gracias

    • silvia 17 julio, 2015 at 08:36 Responder

      generalmente; al pie de las facturas de gasoil, esta el detalle del ITC q se toma por cada litro, q en este momento es de aprox $ 0.94, espero te sirva mi comentario

    • Silvina 17 julio, 2015 at 10:34 Responder

      Hola, tenes que ir a la pagina de AFIP , Boletin Oficial de cada mes , al parrafo de coeficientes y montos y te sale el cuadro de todos los meses.el que corresponde a Junio de gasoil es 6.1928 $ x 0.19: $1.176632 por litro de combustible para tomar.

    • marina 3 agosto, 2015 at 16:22 Responder

      Quisiera saber si es necesario discriminar las facturas una por una o puedo sumar y colocar un monto global, es la primera vez que voy a utilizar este medio de pago. gracias

  104. Mariano 16 julio, 2015 at 14:13 Responder

    Buenas tardes,
    Un contribuyente que vende a Responsables no inscriptos y por lo tanto percibe al cliente un 10,5% mas en la factura, ¿Dónde se carga dicho acrecentamiento?. En el Siap estaba previsto operaciones con no inscriptos y se marcaba “no incluidos” y calculaba el 10,5% adicional pero en el F2002 no está en ningún lado.
    Gracias, saludos!

  105. MONICA GARNERO 16 julio, 2015 at 12:53 Responder

    HOLA A TODOS, MI DUDA ES LA SIGUIENTE, CUANDO QUIERO CARGAR LAS NOTAS DE CRÉDITO DE VENTAS, LAS PASO EN CRÉDITO FISCAL A RESTITUIR Y ME AUMENTA EL DÉBITO FISCAL, ME PARECE QUE ALGO ESTOY HACIENDO MAL.
    AL QUE PUEDA AYUDARME, LE AGRADEZCO DE TODO CORAZÓN.

    • MARIANO 18 julio, 2015 at 02:42 Responder

      Lo estas haciendo al reves. tenes que ir a Debito Fiscal a Restituir, dentro de la solapa de Credito Fiscal.

      Esto que genera Credito Fiscal obviamente.

      saludos.

  106. MARINA 16 julio, 2015 at 12:16 Responder

    Buenas tardes, estoy cargando la DJ 06/2015 y cargué el saldo técnico anterior. Al querer presentar me sale como error: “En la solapa LIQUIDACION, el campo SALDO TECNICO A FAVOR DEL RESPONSABLE DEL PERIODO ANTERIOR supera lo determinado en la Declaración Jurada vigente del período anterior, o bien la misma aún no ha sido procesada.” En la DJ por SIAP yo cargaba únicamente el saldo técnico anterior cuando me daba a pagar, pero en esta primera presentación consideré correcto cargarlo por única vez. Esto es correcto o no es necesario cargarlo?
    Muchas gracias!! excelente tu resumen!!

  107. MARIA 16 julio, 2015 at 12:10 Responder

    Cargué la ddjj de 6/2015, me dio a favor del contribuyente. Pero no puedo imprimir el Formulario, fui a Buscar puse presentado pero no aparece el formulario

    • Paola 21 julio, 2015 at 19:28 Responder

      Presenté varias sin problemas (si con muchas demoras de “procesando”) pude cargar todos los casos y imprimir acuses, pero no puedo imprimir la DJ, ni aquellas con saldo a favor, ni saldo a pagar, etc. Probé en distintas computadoras con distintos Acrobat y nada!!! no puedo pasarla a pdf. ALGUIEN LOGRÓ IMPRIMIR LA DECLARACIÓN JURADA??????

  108. Celeste M 16 julio, 2015 at 11:54 Responder

    Hola! Quisiera saber si alguien sabe como exportar desde EXCEL percepciones y/o retenciones al F.2002, agradezco si alguien me puede facilitar la tabla.
    Es un contribuyente que declara en el periodo 06/15, percepc y retenc de periodos anteriores inclusive, y desde “Mis Retenciones” solo se trasladan las del periodo 06/15.
    Muchas gracias a todos por los aportes!!!!!

  109. EMILIO 16 julio, 2015 at 11:42 Responder

    Buenos días.
    En la Pantallla CRÉDITO FISCAL se debe tildar alguna opción para prorratearlo?
    O cómo hago para cargar el CF prorrateado?
    Gracias

  110. Mariela 16 julio, 2015 at 10:43 Responder

    AFIP PORQUE HARAN LAS COSAS ASI!!!
    Necesito quitarme una duda antes de cometer un error… Dentro de los sujetos excluidos están los Régimen de Reintegro de Retenciones Agropecuarias… tildo la opción en el F2002 y presento el F731 normalmente??? o para que esta esa opción? no explica (o no lo encontré) en esos casos.
    GRACIASSSS

    • MARIANO 18 julio, 2015 at 02:45 Responder

      f731 normal…. esta opcion esta puesta ahora simplemente para decirte que no corresponde que hagas f2002. Pero a futuro si se utilizara para liquidar por este medio

      Saludos

  111. emy 16 julio, 2015 at 08:49 Responder

    el cliente tiene declarado una actividad exenta y no me permite hacer ddjj, cambio la actividad en sist registral, pero me aparece recien en 07/2015,,,, como hago la ddjj de 06/2015 ?? gracias

  112. CARLA 16 julio, 2015 at 08:37 Responder

    hola, estoy haciendo la declaracion jurada de un contribuyente que tiene 3 actividades, una principal y dos secundarias, las cuales estan adecuadamente inscriptas en el sistema registral, pero a la hora de liquidar le iva con este nuevo formulario solo figuran en el detalle para ingresar los debitos las dos activiades secundarias. alguien sabe como debo habilitar la principal? gracias!!

  113. Ludmila 15 julio, 2015 at 17:07 Responder

    Buenas tardes! Estoy preparando la DDJJ web para un contribuyente que tiene una actividad parcialmente exenta según el sistema registral (Venta de productos farmacéuticos y de herboristería) Al cargar los débitos por lo gravado, no tengo problemas, pero no me permite ingresar en el campo “operaciones no gravadas y exentas”; lo que no sucedía en el aplicativo.
    ¿Tendré que modificar la condición en el Sistema Registral?

    • Carla Lombardi 15 julio, 2015 at 18:23 Responder

      Ludmila,
      Tenés que tildar la casilla al inicio donde te pregunta si realizaste operaciones exentas o no alcanzadas

    • Graciela 16 julio, 2015 at 13:57 Responder

      hola Ludmila. En la primera pantalla, donde tenès el cuestionario, tenès que tildar el primer item, donde dice si tiene operaciones exentas. Espero que te sirva. Saludos.

  114. adelina 15 julio, 2015 at 16:39 Responder

    Hola Carla!
    Excelente tu paso a paso. Como todo lo que publicás.
    Tengo una duda el Saldo a Favor Ténico del período anterior donde lo colocás?. Porque sólo aparece lugar para el de Libre disponibilidad…
    Gracias.

      • Cecilia 16 julio, 2015 at 10:36 Responder

        Carla, yo cargué el saldo anterior pero sale ese error. En la DJ 05/2015 que presenté por SIAP no reflejé saldo técnico acumulado. Tendré que rectificar 05/2015 agregando la totalidad del saldo técnico? Muchas gracias por tus explicaciones.

    • Paola 21 julio, 2015 at 19:32 Responder

      el saldpo técnico está en la misma pantalla que el libre (pero aparece sin el signo +), te parás arriba y lo tipeas. Cuando vas a LIQUIDACION tarda más en aparecer….esperá unos segundos y tratá de tipearlo .
      Saludos

  115. Cecilia 15 julio, 2015 at 15:57 Responder

    Buenas tardes, estoy cargando la DJ 06/2015 y cargué el saldo técnico anterior. Al querer presentar me sale como error: “En la solapa LIQUIDACION, el campo SALDO TECNICO A FAVOR DEL RESPONSABLE DEL PERIODO ANTERIOR supera lo determinado en la Declaración Jurada vigente del período anterior, o bien la misma aún no ha sido procesada.” En la DJ por SIAP yo cargaba únicamente el saldo técnico anterior cuando me daba a pagar, pero en esta primera presentación consideré correcto cargarlo por única vez. Esto es correcto o no es necesario cargarlo? En la DJ 05/2015 utilicé una parte del saldo técnico, pero aún tengo un remanente.
    Muchas gracias!!

    • Mariana 17 julio, 2015 at 18:22 Responder

      Yo lo solucioné copiando en saldo técnico que me daba el Sistema Cuentas Tributarias, que con el sistema del estudio me daba una diferencia de un centavo, por eso me salía ese error.

  116. Jorge Enrique 15 julio, 2015 at 11:40 Responder

    RG 3711
    Art. 5° — Las disposiciones establecidas en esta resolución general resultarán de aplicación respecto de las declaraciones juradas —originarias o rectificativas— que se presenten a partir del día 1 de julio de 2015.
    Creo entender que las rectificativas sobre originales presentadas antes de esa fecha se deberían confeccionar con el F 731.
    Alguien me puede aclarar la duda ?

    • Juan Manuel 15 julio, 2015 at 17:25 Responder

      Coincido con vos Jorge. De igual manera, el nuevo aplicativo no te da la opción a rectificar declaraciones que no hayan sido confeccionadas con el F 2002.

    • Mariana 16 julio, 2015 at 23:25 Responder

      Tengo la misma duda, se tendría que rectificar desde el siap con el F731? cuando se trate de períodos anteriores? Gracias !!

  117. Alejanda 15 julio, 2015 at 11:28 Responder

    Hola a todos, yo encontré una manera de emitir el comprobante para pagar, solo que ya no posee código de barras. Tienen que entrar en “Sistemas de cuentas tributarias” consultas de DDJJ, seleccionan el periodo y el F.2002 y trae un pdf para imprimir tipo DDJJ, donde en la parte superior se indican los códigos de impuestos a pagar.

    Espero les sirva. Gracias por el paso a paso, me vino de 10!!!

    Buena jornada ara todos

  118. Jorge Enrique 15 julio, 2015 at 10:34 Responder

    Tengo una planilla Excel para liquidar el F 799 tanto en forma automática para Ganancias y Bs. Ps como manualmente para el resto
    de impuestos. Si alguién lo necesita está a su disposición.

  119. ROCIO 15 julio, 2015 at 10:23 Responder

    Buenos días, hoy quise hacer una presentación de f2002 para un contribuyente sin movimiento que arrastra saldo a favor del primer párrafo, y no encontré el modo. Cuando tildo en “sin Movimiento” y luego continuar, la única opción que me aparece es la de presentar, no veo dónde se informe el saldo a favor del período anterior. Alguien tuvo la experiencia? Desde ya, agradezco información al respecto. Saludos y gracias por el artículo!

    • Carla Lombardi 15 julio, 2015 at 15:41 Responder

      Rocio,
      Si efectivamente sucede eso, yo opte por no poner el tilde en “Sin Movimiento” e informa los saldos a favor.

      • Pablo 21 agosto, 2015 at 15:32 Responder

        Hola Carla, yo hice lo mismo, como no tenia movimientos marque igual que si pero deje todo en “0”, fui a liquidacion puse en Saldo Tecnico a favor del responsable del periodo anterior el saldo de la DDJJ 06/2015; y automaticamente lo traslado a Saldo Tecnico a favor del responsable del periodo actual.
        Segui con la liquidacion y la presente.
        Ahora entro a cuenta corriente; y el saldo tecnico en el subtotal me aparece duplicado… es correcto?
        hay error mio en algun lado? me parece raro que suceda eso en la presentacion 06/2015 y 07/2015 esta el mismo saldo tecnico a favor y lo suma; pero en realidad es 1 solo…
        Gracias por la respuesta

  120. Nancy 15 julio, 2015 at 09:13 Responder

    Me pasó lo mismo que a muchos, ya presenté el f731. Y ahora ¿qué hago?
    Si Afip sigue agregándonos cada vez más trabajo ¿cómo trasladamos el exceso de horas laboradas a los honorarios?
    Gracias a todos, muy útil todo lo informado

  121. Abel 15 julio, 2015 at 07:29 Responder

    Tengo un problema parecido al de Patricia con como se toma el pago a cuenta del ART 15 DE LA LEY 23966 PARA LOS TRANSPORTISTAS? En mi caso pude tomarlo pero no aparece exteriorizado cuando imprimo el F.2002, vuelvo a ingresar a para editar la DDJJ y el pago a cta. esta cargado como corresponde. Desde ya gracias y espero podamos tener las respuestas a todos los problemas que surgieron de parte de los Sres. AFIP.

    • Juli 15 julio, 2015 at 15:26 Responder

      El pago a cta te lo toma, siempre y cuando este no genere saldo a favor de la declaración. Es decir, te lo toma hasta llevar la dj a cero!

    • Juan Manuel 15 julio, 2015 at 17:16 Responder

      Hola Abel. Una vez cargado el pago a cuenta tenés que presionar donde dice “verificar” un poco más arriba. De esa manera se actualiza el sistema y ahí si te lo carga. Saludos.

  122. Geor 14 julio, 2015 at 22:46 Responder

    Hola!
    Se me pasó esto nuevo y acabo de presentar un IVA con el SIAP, que hago? la genero de nuevo desde la pagina? hago una rectificativa igual?? O hago la original de nuevo??? GRAAAAAAAAAACIAS!

  123. PATRICIA 14 julio, 2015 at 21:56 Responder

    HOLA TENGO UN PROBLEMA CON EL NUEVO APLICATIVO ON – LINE TENGO UN CONTRIBUYENTE CON SALDO DE LIBRE DISPONIBILIDAD DEL PERIODO ANTERIOR, LA CARGUE TODO BIEN IMPRIMI EL F 2002 Y LE DA SALDO DE LIBRE DISPONIBILIDAD POR LO QUE NO TIENE QUE PAGAR. CUANDO VOY A CUENTAS TRIBUTARIAS ME ENCUENTRO QUE TIENE DEUDA DEL PERIODO 03/2015 QUE ES EL QUE ESTOY LIQUIDANDO, CUANDO ENTRO EN EL DETALLE ME ENCUENTRO QUE, EL SISTEMA AL SALDO TECNICO A FAVOR DE AFIP SOLO LE RESTA LAS RETENCIONES DEL PERIODO PERO NO EL SALDO DE LIBRE DISPONIBILIDAD DEL PERIODO ANTERIOR Y POR CONSIGUIENTE LE GENERA DEUDA AL CONTRIBUYENTE O SEA QUE NO SUMA LAS RETENCIONES DEL PERIODO AL SLD ACUMULADO. NO SE SI ESTO SE SOLUCIONARA PERO AL MENOS TENGO LA DECLARACION JURADA QUE ME SALE CON SALDO A FAVOR. MI PROBLEMA ES QUE AFIP LE VA A RECLAMAR ESE SALDO, GENERANDOME A MI COMO CONTADORA PERDIDA DE TIEMPO CON DESCARGOS Y A PARTE LA DESCONFIANZA DEL CLIENTE DE SI LE ESTOY PRESENTANDO BIEN O MAL LAS COSAS. REALMENTE UNA VERGUENZA

    • Nacho 15 julio, 2015 at 13:55 Responder

      Estimada.
      A nadie le importa como quedemos con respecto al cliente, dado que para el ente recaudador solo somos esclavos utiles gratuitos, del cual ellos pueden hacer uso discrecional sin que NINGUN organismo (ejem, Consejo) realize defensa alguna por bastardeo de la profesion. Uno saca plata de los contribuyentes, el otro…de los matriculados.

  124. CECILIA 14 julio, 2015 at 21:08 Responder

    si ya presenté la DDJJ IVA del periodo 06/2015 con el F731 (que el sistema tomó) , puedo ahora hacer el F2002? es rectificativa? se me pasó por alto la obligación porque interpreté que era con los movimientos del periodo 07/2015

  125. Elisabet Martínez 14 julio, 2015 at 17:05 Responder

    La presentación de IVA de un responsable inscripto correspondiente a junio/2015 la resolví del siguiente modo:
    * Presenté DDJJ on line con el F.2002
    * El contribuyente no paga por VEP, pero en lugar de confeccionar un F.799, le dije al cadete que le diga al empleado del banco que ese formulario F.2002 “es lo mismo” que el F.731, en tanto que al dorso tiene los códigos de los impuestos de la presentación (Impuesto 30, DDJJ y Saldo de DDJJ 19) y el período.
    * Se abonó el saldo de DDJJ ayer, 13/07/15.
    * Hoy 14/07/15 controlé la cuenta tributaria del contribuyente y el saldo está ok, con los mismos movimientos que para períodos anteriores (estado de cuenta, pagos, débitos, créditos) y saldo 0.

    No presenté F.731 como hacía anteriormente. Parece que así quedó “en 0” la cuenta del contribuyente….
    Saludos!

  126. MARINA 14 julio, 2015 at 16:22 Responder

    Armando la DDJJ web de IVa tengo el mismo problema q Valeria , tengo una actividad gravada y tambén arrendamiento rural , pero no aparece la actividad secundaria, en este caso el arrendamiento. Me pasó igual con clientes q tienen dos actividades, aparece la principal y no la secundaria.
    Agradezco algun comentario.

    • Carla Lombardi 14 julio, 2015 at 18:21 Responder

      Marina,
      Te fijaste en Sistema Registral si figuran las 2 actividades empadronadas?
      Yo tengo casos de clientes con 2 o 3 actividades y aparecen todas pero ninguna es arrendamiento rural…

      • VALERIA 16 julio, 2015 at 10:14 Responder

        Yo tengo las dos actividades empadronadas y si tildo en la primera pantalla que declaro actividades exentas o no alcanzadas igualmente no me sale la actividad, alguien sabe como hacer?

        • Lorena 21 julio, 2015 at 11:23 Responder

          Valeria,
          tengo el mismo problema que vos, no me sale la actividad de arrendamiento, pero en el sistema registral está correcto, alguien sabe como solucionarlo?

  127. PATRICIA 14 julio, 2015 at 14:16 Responder

    POR FAVOR QUIERO SABER SI EL IVA DEL f 2002 ME DA A FAVOR, SI PUEDO HACER EL APLICATIVO PARA COMPENSAR SU SALDO CON OTRO IMPUESTO DIRECTAMENTE POR EL SIAP Y PRESENTAR LA DECLARACION JURADA COMO SIEMPRE
    NO ESTOY OBLIGADA A UTILIZAR CUENTAS TRIBUTARIAS Y NO PIENSO HACERLO HASTA QUE ME PONGAN UN REVOLVER EN LA CABEZA…..NO PUEDEN VERSE TODOS LOS MOVIMIENTOS QUE ELLOS REALIZAN A GUSTO Y PIACCERE Y DESPUES TE EMBARGAN LA CUENTA BANCARIA
    TE INTIMAN UN IMPUESTO…..LO PAGAS….Y RESULTA QUE ELLOS HABIAN HECHO COMPENSACIONES AUTOMATICAS…DONDE ESTA TU PLATA???????
    POR ESO QUIERO SABER SI PUEDO SEGUIR COMPENSANDO CON EL APLICATIVO DEL SIAP
    GRACIAS

    • Carla Lombardi 14 julio, 2015 at 18:22 Responder

      Patricia,
      Yo interpreto que no, la solapa del F. 2002 desde mi punto de vista es simplemente informativa para exponer como se utilizo el saldo a favor.

    • MARCELO 17 julio, 2015 at 22:39 Responder

      Patricia: El saldo que arroja cuenta tributaria, es un desastre, y esta desactualizado. Creo que hay que seguir hasta que hagas la presentacion y te arroje el cartelito rojo rechazando la compensacion. Lo que deberiamos hacer todos nosotros es decirle a la Federacion y a los Consejos que se pongan las pilas y presenten medidas judiciales para que se termine este manoseo profesional, y no presentar mas nada, a ver si pueden medir si les sube o les baja la recaudacion. Hacerlo e informales a nuestros clientes que van a recibir multas automaticas. Verias como se dejan de joder con todo este abuso.

  128. Juan Manuel 14 julio, 2015 at 11:23 Responder

    Buenos días. Confeccionando el f. 2002 me encuentro con que no se pueden cargar percepciones con fecha menor al mes anterior del periodo que se intenta liquidar. Alguna solución ? Gracias. Saludos.

    • Carla Lombardi 14 julio, 2015 at 18:23 Responder

      Juan Manuel,
      Todavía no tuve el caso de tener que cargar percepciones de meses anteriores al que estoy liquidando.
      Lamentablemente la unica “solucion” que se me ocurre sería “forzar” la fecha…

    • Paola 21 julio, 2015 at 19:42 Responder

      Se pueden cargar manualmente sin problema, no te deja exportar las anteriores desde MIs Retenciones, las tenés que cargar una a una. Saludos

  129. Valeria 14 julio, 2015 at 09:44 Responder

    Hola, si tengo una actividad exenta, arrendamientos rurales, (ademas otras gravadas) donde cargo la parte exenta? porque no me sale la actividad como para declarar?
    gracias

    • Agustín 14 julio, 2015 at 22:31 Responder

      A mi me ocurre algo similar con operaciones exentas o no alcanzadas por el IVA como por ejemplo asistencia médica prestada por Obra Social, figura el rubro, pero no permite la carga, normalmente en el form 731 se informaba sin problemas pero ahora no. Si alguien sabe como hacerlo, please, me avisa ? Gracias

      • Juan Manuel 15 julio, 2015 at 17:31 Responder

        Hola Agustín, para poder realizar la carga de esas operaciones tenés que tildar la casilla al inicio de la confección donde te pregunta si realizaste operaciones exentas o no alcanzadas. Saludos.

        • Agustin 16 julio, 2015 at 21:25 Responder

          Juan Manuel, muchas gracias, hoy temprano me puse a mirar detalle por detalle el formulario, y sinceramente, no sé como no lo vi, encima es el primer punto. Tal cual tu comentario. Creo que tantos cambios nos dejan por momentos ciegos para los detalles. Muy atento.

        • Silvina 17 julio, 2015 at 10:19 Responder

          Hola, yo tengo el mismo problema y tildo que realizo operaciones exentas pero no me abre nada para cargar el importe del alquiler rural y no me figura la actividad, como hago?

    • Paula 17 julio, 2015 at 13:08 Responder

      Hola Valeria! A mi me pasa lo mismo con arrendamiento rural! Lo tengo empadronado pero no me sale el mismo cuando quiero hacer el F 2002. Pudiste arreglarlo??

    • Paula 17 julio, 2015 at 13:09 Responder

      Hola Valeria! A mi me pasa lo mismo con arrendamiento rural! Lo tengo empadronado pero no me sale el mismo cuando quiero hacer el F 2002. Pudiste arreglarlo??

  130. Maria 14 julio, 2015 at 09:42 Responder

    Hola, tengo que presentar la DDJJ de iva y tengo operaciones de exportación este mes, entonces quedo excluido de presentar por mis aplicaciones web, ahora si el mes que viene no tengo y el próximo vuelvo a tener, sigo excluida?

  131. GONZALO 13 julio, 2015 at 20:15 Responder

    Buenas tardes, más alla del inconveniente de desagregar alicuotas y operaciones con CF, RI etc. El problema principal es que no permite importar las Retenciones y Percepciones que están registradas en la Contabilidad. Es decir que habría que conciliar las mismas con el tiempo que ello conlleva. Saludos.

    • Carla Lombardi 14 julio, 2015 at 18:25 Responder

      Gonzalo,
      Totalmente de acuerdo la cantidad de tiempo que insume la carga de la DJ es mayor que utilizando el F. 731…ojala lo modifiquen!

  132. CARLOS 13 julio, 2015 at 19:06 Responder

    Carla; realice la presentación de F.2002. grabe y presente; me salió un mensaje que demoraba mucho en responder , que intente nuevamente y que si no podía me comunique con mesa de ayuda. Luego de 2 horas 15 minutos cuando la busque apareció presentada pero tengo un F.2002 y un acuse de recibo con idéntico número de transacción y algoritmoMD5 y la hora de presentación difieren en 21 minutos y 4 segundos. A alguien le paso lo mismo? Si estaríamos presentando sobre la hora del Vto; ¿Qué horario pondrá el sistema?. Y eso que estamos a siete días de que comience la presentación masiva ¿A alguien le sucedió lo mismo? ¿Se pudieron fijar?.
    Saludos.

    • Carla Lombardi 14 julio, 2015 at 08:42 Responder

      Carlos,
      Justamente ayer me paso lo mismo con una DJ Web, aproximadamente una hora despues de estar en estado “Procesando” emitio el comprobante de presentacion.
      Es un tema complicado, ayer pensaba lo mismo ¿Que garantías tenemos que la DJ que uno presenta sea procesada en tiempo y forma?…Realmente estamos desprotegidos ante una pagina que no funciona correctamente salvo para generar multas automaticas!

  133. Alejandro 13 julio, 2015 at 18:11 Responder

    Estimados, estoy queriendo realizar la DDJJ via web y permite solamente 1000 retenciones cargar, cuando yo tengo que cargar 1186. A alguien mas le paso?
    Gracias de antemano

  134. CECILIA 13 julio, 2015 at 16:42 Responder

    HOLA ESTOY HACIENDO LA DDJJ DE IVA POR INTERNET Y NO SE DONDE TENGO QUE PONER EL SALDO DE LIBRE DISPONIBILIDAD. ME PUEDEN AYUDAR. GRACIAS

  135. Nacho 13 julio, 2015 at 14:23 Responder

    Hola a todos.
    Ando con un pequeño “inconveniente” con respecto a este maravilloso nuevo metodo para liquidar el IVA.
    Todo muy lindo, pero al momento de ingresar al contribuyente (en este caso, socio de sociedad) me es IMPOSIBLE seleccionar la sociedad como sujeto pasible del impuesto (pese a haber dado de alta el servicio para dicha sociedad) y solo me muestra como sujeto pasible de la liquidacion al titular de la misma, o sea, NO al que debo liquidarle el IVA… sino a otro CUIT. Esto deja en evidencia que el sistema todavia esta bien verde…
    Ojo al piojo, que mas de uno va a armar apurado la decla y va a presentar cualquier cosa.
    Saludos.

  136. Silvia 13 julio, 2015 at 13:06 Responder

    Buenas tardes
    Si tengo un Crédito fiscal al 2,5% es por servicio de publicidad, donde lo cargo en este nuevo sistema?
    Gracias!

  137. Rebeca 13 julio, 2015 at 12:41 Responder

    Estimados: me he encontrado que la aplicación del formulario 2002 no me permite cargar retenciones de IVA del periodo abril de 2015, que debo hacer? rectificar la dj por formulario 731 y trasladar el saldo a favor de libre disponibilidad? Espero alguna opinión. Muchas gracias.
    PD: muy buena la explicación. Gracias!!!

  138. Mariela 13 julio, 2015 at 08:04 Responder

    Entiendo bien donde leo “Si se selecciona/n alguna/s de las opciones del punto V (situaciones enumeradas en el Art. 2 de la resolución): LIQUIDACIÓN POR APLICATIVO (NO WEB)” -en otras paginas buscando mas información-… si digo que tengo contribuyentes de Régimen de Reintegro de Retenciones Agropecuarias para declarar y dedo declarar esto con el F2002 pero la declaracion IVA con el F731 (Normal)???

    • marial 18 julio, 2015 at 19:01 Responder

      hola, cargo el saldo a favor de libre disponibilidad y cuando voy a presentar me sale una leyenda , que el mismo no fue procesado??? cuando aparece en sistema de cuentas tributarias , o que es superior???? a alquien le paso lo mismo????

    • Valeria 9 septiembre, 2015 at 16:14 Responder

      A mi me paso que tuve que rectificar una DJ F.731 (mes 03/2015) y leyendo en el ABC de Preguntas y Respuestas de AFIP leí que debía hacerlo mediante el F.2002. El error que estaba rectificando era que en la DJ original se tomó el saldo de libre disponibilidad como saldo técnico, o sea que la rectificativa no genera diferencia de impuesto a pagar, ya que lo unico que cambiaba era que en lugar de ser saldo tecnico era de libre disponibilidad. El tema fue que cuando la presente (tambien me tardo bastante hasta que aparecio como presentada) me empezo a figurar una deuda por el mismo saldo de libre disponibilidad del periodo anterior, o sea es como si directamente el SLD No lo tomara en cuenta.
      Alguno le paso? Como lo solucionamos? Pense en presentar la rectificativa nuevamente pero con el F.731, alguno sabe si sera valida esta opcion? Gracias desde ya.
      Saludos!

  139. AMELIABALLARINO 11 julio, 2015 at 19:28 Responder

    un RI, que excepcionalmente vendio un controlador fiscal usado,en 06/15, debe tildar si realiza vta de bs de uso usados ???? SI lo tilda el sistema le permitirä continuar con la confeccionde la dj??

  140. Martin 11 julio, 2015 at 17:21 Responder

    Hola, consulta: las percepciones que me realizan en algunos grandes comercios (por ejemplo Easy, etc) que esta bajo el concepto PERC IVA RG 2408, donde lo debo cargar porque no encuentro en que parte del formulario F.2002 lo cargo.

    Saludos y muchas gracias

  141. Soledad 11 julio, 2015 at 07:57 Responder

    buen dia! al momento de cargar en el debito fiscal las percepciones negativas de iva, en el campo “credito fiscal a restituir por otros conceptos” el sistema pide el neto gravado para calcular una alicuota del 21 27 o 10.5%, cuando en realidad alli se cargan los montos de percepciones negativas que no tienen esa base. como lo resolvieron ustedes? gracias!

    • Laura 15 julio, 2015 at 09:14 Responder

      Por lo menos acá se pusieron las pilas, tenés que cargarlas junto con las percepciones, aclarando que es una nota de crédito con signo negativo.

  142. Mariela 10 julio, 2015 at 09:17 Responder

    Excelente como siempre, ojala prolongaran el tiempo de sesión…el famoso cartelito “caducó el tiempo de espera” puede ser una gran complicación!!!
    Saludos

    • Paola 21 julio, 2015 at 19:57 Responder

      Está disponible hoy 21/7/15 la alicuota del 2.5 para cargar Credito Fiscal !!!! Si ya empezaste una dj y no está presentada eliminala y empezá de nuevo
      Suerte

  143. karina 9 julio, 2015 at 20:32 Responder

    Hola: muchas gracias por su aporte, siempre muy claros. Entonces la mayoria de los ri van a tener que utilizar este metodo….Ademas del unificado citi..y rogemos que la pagina AFIP funciones!!!! Saludos

  144. Graciela 9 julio, 2015 at 20:16 Responder

    Gracias Carla, completísimo tu informe!

    1- Lo del volante de pago no sería problema porque se puede usar el formulario 799 de Compensaciones y volantes de pago del SIAP, o usar alguno hecho en Excel (yo hace rato vengo utilizando este último).
    2- Lo peor de todo es que no tiene prevista la importación de retenciones y percepciones desde algún programa de registración.

  145. SYLVIA BARRIOS 9 julio, 2015 at 14:17 Responder

    MIL GRACIAS COLEGAS POR ESTOS VALIOSOS APORTES! AHORA, COMO SE COMPAGINA HACER ESTO Y HACER ADEMAS EL INFORME DE COMPRAS Y VENTAS ON LINE? NO ESTAMOS DUPLICANDO EL TRABAJO DEL CONTADOR?

  146. Fernanda 9 julio, 2015 at 13:47 Responder

    Hola. Que pasa si me olvidé y presenté y hasta se pagó la DDJJ con el viejo F731. Debo volver a presentar por el nuevo sistema?????? Gracias

    • Agustin 13 julio, 2015 at 19:22 Responder

      A mi me pasó lo mismo, intento hacer una rectificativa pero no me lo permite, incluso no tiene previsto el form 731 en la parte de búsqueda, realmente no sé como hacer, mi miedo es confeccionar el F 2002 y estar generando una nueva obligación. Si te enterás de algo, please, contame. Gracias

      • Carla Lombardi 14 julio, 2015 at 18:27 Responder

        Agustin,
        ¿De que mes necesitas hacer rectificativa? Por lo que estuve viendo, solo podrian hacerse a partir del periodo 1/2015…

        • Agustín 14 julio, 2015 at 22:27 Responder

          Erróneamente hice el form 731 para el período 06-2015, incluso está cancelado el importe por Banco. Ocurre que no sé cómo revertir esto, mi miedo es hacer un form 2002 nuevamente con período 06-2015 sin que sea rectificativa y produzca un nuevo saldo a pagar. No sé, quizás con tantos cambios y sistemas de información estoy mareado, pero no encuentro la forma de modificar lo que presenté. Si vos sabés como hacerlo, podrías explicármelo ? Gracias .. 😉

          • Juli 15 julio, 2015 at 15:45

            A mi me paso lo mismo. Luego de corajuda hice el F2002 y la cuenta tributaria me tomo un solo importe. (osea, no lo duplico) Ojo! es lo que yo hice, no digo que sea lo correcto 😉

          • MARIANO 18 julio, 2015 at 02:29

            Estimado,

            Claramente tenes que presentar multinota, explicando que por un error involuntario, presentaste f731, y para subsanar el error, presentas un f2002. Este procedimiento ya se utilizaba en los casos cuando se presentaba con f731 cuando se debia utilizar f810…

          • Maia 27 agosto, 2015 at 13:36

            No pasa nada, no tenes que hacer nada. Si el sistema te dejo presentar no tenes que hacer nada al respecto.

  147. Nacho 9 julio, 2015 at 13:36 Responder

    Esto es una locura, insto seriamente a que cada uno haga una presentacion formal en cada Consejo segun le corresponda a fin de poner algun tipo de limite al abuso por parte de AFIP con respecto a los plazos y metodologias de trabajo que nos estan endilgando a los contadores. Aplicativos redundantes mal hechos, servicios web impracticables, miles de formularios nuevos basados en una disponibilidad tecnologica INEXISTENTE en el pais…
    Este sistema on-line lo unico que hace es recargar al infinito los ya ajustadisimos tiempos de cada obligacion impositiva, generando trastornos que en ultima instancia terminan siendo pagados por el profesional contable junto al contribuyente.
    Debieran crear una nueva figura laboral llamada: “Empleado F5” cuya principal y unica tarea sea la de refrescar la pauperrima y pobrisimamente optimizada pagina de AFIP hasta dar con una miserable sesion ESTABLE para completar el tramite de turno…
    En cuanto al 799…por favor, claramente son normas armadas a la medida del que junta la platita, estos tipos de laburantes no tienen nada.
    Un saludo cordial y como siempre gracias por la nota.

    • MARIA TERESA 10 julio, 2015 at 09:35 Responder

      Nacho estoy muy de acuerdo con lo que decis, los consejos deben hacer algo para frenar los avances de la Afip, no puede ser lo que esta ocurriendo en estos momentos. Las empresas que hacen los sistemas que nosostros utilizamos no dan a vasto para realizar las modificaciones, por que no todos dan la informacion de las compras por alícuotas, entonces como hacemos este mes????
      Un saludo cordial.- Maria Teresa

    • LILIANA GRACIELA ALVAREZ 14 julio, 2015 at 21:27 Responder

      TOTALMENTE DE ACUERDO ES UN ATROPELLO A NUESTRA PROFESION
      CADA VEZ LA COMPLICAN MAS
      YO PRETENDI HOY PRESENTAR Y CUANDO PUSE MIS RETENCIONES ME TRAJO UN MONTON DE RETENCIONES QUE NO PERTENECIAN A ESE CONTRIBUYENTE
      VOLVI PARA ATRAS APRETE DE NUEVO MIS RETENCIONES Y SALIO UN MENSAJE QUE DECIA NO POSEE RET PARA ESTE PERIODO FISCAL LO CUAL ERA CORRECTO
      FINALMENTE CUANDO QUISE PRESENTAR ME MOSTRO UN MENSAJE QUE DECIA
      Resultado ERRONEA (0 – Error de seti. – * Error R36: Campo 5.2.6 [0] no es igual a la suma de 5.2.5 [3.591,35]
      NO ME PERMITE AVANZAR A ALGUIEN LE PASO??? GRACIAS POR LA AYUDA

    • Eleonor 12 julio, 2015 at 20:42 Responder

      tengo la misma situación se presentó y se pagó la DDJJ por el 731 y si presento la DDJJ por la WEB IVA 2002 me queda el saldo a pagar. Donde puedo poner lo que pagué, para que no me genere saldo de impuesto a favor de la AFIP

  148. silvia Sarquis 9 julio, 2015 at 11:52 Responder

    Gracias explicacion clara y concreta
    Practica. Es lo q necesitamos los contadores. Por falta de tiempo
    CLARIDAD
    GRACIAS!!!

  149. Enrique Cellerino 9 julio, 2015 at 11:37 Responder

    Buenos días, saludos a todos y Feliz Día de la Independencia, aunque no rija para la AFIP ya que seguimos dependientes de sus locuras y disparates pero…por no cruzar la Plaza Bernardo Houssay somos Contadores y no Médicos y debemos acatar sus resoluciones!! (es para los egresados de UBA). Ahora cuando todos los Inscriptos facturen en forma electrónica con excepciones a partir de octubre, aunque facturen $ 1.- por mes, cuando se liquide el IVA web a partir de julio, en septiembre el CITI , en todo el país desde La Quiaca hasta Ushuaia (desconozco si el kioskero de la Base Marambio es inscripto), sin contar que hay regiones donde no hay señal de Internet y los que no tienen PC ni el Servicio para acceder a la web, no pensaron que el Sistema va a colapsar!! sigo diciendo no era preferible hacerlo por etapas? es una opinión personal, yo sigo agradeciendo a Carla y & Cia. por este excelente servicio y a todos los colegas por sus aporte, gracias, muchas gracias, saludos !!

  150. Lorena 9 julio, 2015 at 11:17 Responder

    Hola, me surge una duda, porque en crédito fiscal el sistema muestra un control al final de cada pantalla donde permite chequear el Crédito Fiscal Facturado y Crédito Fiscal Computable?? de acuerdo a la actividad le limitarán al contribuyente el crédito fiscal computable?? Saludos.

  151. Cintia 9 julio, 2015 at 10:51 Responder

    Gracias por el aporte constante a la profesión! Tengo una duda, en el caso de una empresa que en algunos períodos realiza ventas a Tierra del Fuego (que serían exportaciones), y en otros no; debe presentar el IVA con el F. 2002 o sigue presentando con el F. 731?. O debe presentar siempre con el F. 2002, salvo los períodos en los que realice ventas a Tierra del Fuego, los cuales presentaría con el F. 731?
    Es más, aclaro que en los períodos que realiza estas ventas a Tierra del Fuego, efectúa 1 o 2 ventas solamente.

    • Daniela 26 octubre, 2016 at 10:21 Responder

      Hola Carla, como solucionaste este tema? Tengo el mismo caso que algunos periodos vende (exporta) a Tierra del Fuego. Por esos periodos se presentaria el F.731 y por el resto de periodos el F.2002? Gracias!

  152. Andrés 9 julio, 2015 at 10:36 Responder

    Hola Carla. Tengo una gran duda con respecto al tema de si el F.2002 reemplaza el F.731. Sobre todo por que la Rg 3711 es norma complementaria de la Rg 715. Y el art. 4 de Rg 3711 te remite a los arts. 4 y 5 de la Rg 715 que justamente se refieren a la obligación de presentación y pago de la DDJJ de IVA. Por eso, desde un principio interpreté que con la Rg 3711 se cumple con la obligación de determinación del IVA desagregando los DF, mientras que para la presentación e ingreso del saldo de la DJ de IVA hay que cumplir con la Rg 715. O sea, presentar el F.731; doble trabajo. Y creo que eso también es el motivo por el cual no sale el cod. de barras en el ticket acuse de la DJ F.2002, mientras que sí lo hace en el ticket acuse de la DJ F.731 (y con éste se puede pagar). Estoy errado en mi interpretación Carla? AFIP aclaró algo al respecto? Vos que opinas? Qué opina el resto de los colegas? Muchas gracias desde ya por la resp. El blog, buenísimo como siempre. Saludos.

    • Carla Lombardi 10 julio, 2015 at 09:01 Responder

      Andres,
      La primera vez que la leí yo interprete lo mismo que vos. Que debian presentarse ambas. Pero leyendo los considerandos de la RG 3711:
      Que la citada resolución general estableció el procedimiento, formas, plazos y demás condiciones para la determinación e ingreso del impuesto al valor agregado.
      Que con el objeto de optimizar las aplicaciones disponibles y con ello la información obrante en esta Administración Federal, resulta aconsejable disponer una metodología para la liquidación del tributo que permita desagregar los débitos fiscales de acuerdo con la actividad económica declarada por los sujetos alcanzados, así como la individualización de las ventas y su apertura según la alícuota del impuesto al valor agregado que corresponda en cada caso.
      Que los datos obtenidos posibilitarán su integración con la declaración jurada de gravámenes a cargo de administraciones tributarias de otras jurisdicciones, que adhieran al servicio de recaudación del sistema “OSIRIS” implementado por este Organismo.
      Que en consecuencia, deviene necesario aprobar una nueva transacción en el servicio “Mis Aplicaciones WEB”, con acceso mediante “Clave Fiscal”, para la determinación del impuesto al valor agregado por parte de los responsables que efectúen ventas de bienes y servicios que por sus características no requieran el ingreso de datos específicos y/o particularidades vinculadas con determinados sujetos.
      Llegue a la conclusión de que reemplaza al F. 731 excepto para ciertas actividades. La AFIP no aclaro nada al respecto pero hay varios artículos de opinión sobre este tema que coinciden con este interpretación.

  153. Laura 9 julio, 2015 at 10:18 Responder

    Art. 4° — Para la presentación de la declaración jurada, así como para el ingreso del saldo de impuesto resultante, deberán observarse las disposiciones de los Artículos 4° y 5° de la Resolución General Nº 715 y sus complementarias.

    RG 715. ARTICULO 4°.- Los sujetos indicados en el artículo 1° deberán presentar:
    a) UN (1) disquete de TRES PULGADAS Y MEDIA (3½”) HD -rotulado con indicación de: nombre del impuesto, apellido y nombres o denominación, Clave Unica de Identificación Tributaria (C.U.I.T.) y período fiscal (mes y año)-, y
    b) el formulario de declaración jurada N° 731 -que resulte de la aplicación provista por este Organismo-, por original.

    No termino de entender si se presenta o no el 731 generado por la base siap.

    • MARIANO 18 julio, 2015 at 02:33 Responder

      Laura, yo interpreto de esto, que quisieron decir que el f2002 debe presentarse igual que el f731, a través del Presentación de DDJJ y Pagos. Nada mas que en la aplicación web, solo hay q presionar un botón para que esto suceda. con respecto al art 5, significa que se debe ingresar el saldo de la misma manera que siempre…

      Espero que te sirva la data.

      Saludos

  154. Beatriz Cassino 9 julio, 2015 at 09:11 Responder

    Clarísima la guía. Muchas gracias por el aporte! Nos imagino más tiempo esperando entrar a la página de AFIP sobre el vencimiento. Desde ya espero q le agreguen un código de barras p poder pagar desde el mismo formulario. Creo q se les escapó! gracias

    • Mariana 17 septiembre, 2022 at 13:32 Responder

      buenas tardes quizás puedan asesorarme con una duda. por accidente rectifique una ddjj 06/2022 la cual ya está pagada. volverá a impactar el saldo a pagar? no le modifique nada sino que en lugar de ver puse rectificar y ya no me dejo volver atrás. ayuda!!!

  155. PABLO RAHAL 8 julio, 2015 at 12:43 Responder

    TERMINO LA DDJJ Y SE QUEDA….PROCESANDO…………..,,,,,,.CAMBIE DE EXPLORADOR Y FINALMENTE CON MOZILA SALIO…PRESENTADA!!!!

  156. Gabriela 8 julio, 2015 at 12:37 Responder

    Hola, gracias muy útil la guía.Quisiera saber si me podrías informar como se confecciona un F.799 para los que no pagan a través de VEP.
    Muchas Gracias.

    • Carla Resanovich 8 julio, 2015 at 14:17 Responder

      Gabriela, desde SIAp, ingresando en el contribuyente, luego aplicativo “Compensaciones y Volantes de pago”, en la pantalla que te sale elegís “SITRIB Volante para pagos de Otros Conceptos” cargás el mes y año, impuesto 30 (IVA), concepto 19 (DDJJ), subconcepto 19 (DDJJ), y el importe (en números).
      Hacés click en la tilde VERDE.
      Para imprimir cliqueás en la impresora a la derecha, luego en “NO”, y sale confeccionado el volante de pago para imprimir.
      Espero haber sido “entendible” jejeje.
      Saludos

  157. Carla Resanovich 8 julio, 2015 at 12:20 Responder

    Buenos días.
    En la Pantallla CRÉDITO FISCAL se debe tildar alguna opción para prorratearlo?
    O cómo hago para cargar el CF prorrateado?
    Gracias.

  158. diego 8 julio, 2015 at 11:56 Responder

    Es un disparate que se deba confeccionar un 799 para pagarlo excepcionalmente por otra via distinta a la del vep. Es un retroceso contra evolutivo tremendo.

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