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CONTROLAR EL SERVICIO E-VENTANILLA SRT Y GENERAR VEP PARA EL PAGO DE ART

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ART VEP

Las ART pueden modificar la alícuota una vez por año, para eso deben cumplir con el Art. 11 de la Ley 26773 que en su 2° párrafo establece  Una vez transcurrido un (1) año desde la incorporación de la alícuota al contrato del empleador, la Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART) podrá modificarla dentro del régimen de alícuotas aprobado por la Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN) y previo aviso de manera fehaciente con sesenta (60) días de anticipación al empleador. En este supuesto, el empleador podrá optar por continuar con el contrato de afiliación y la nueva alícuota o cambiar de Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART). Cuando el empleador tuviera la obligación legal de ajustarse a un sistema de contrataciones por licitaciones públicas, dicho plazo se extenderá a seis (6) meses.”

Lamentablemente desde la creación del servicio “E-Ventanilla SRT” las aseguradores dejaron de enviar Carta Documento para notificar la modificación de la alícuota y lo hacen directamente enviando la notificación a través de este servicio. Y esto no generaría ningún inconveniente si el servicio funcionase correctamente y enviase un mail avisando al contribuyente que tiene una comunicación pendiente de lectura, pero no es así.



El servicio “E-Ventanilla SRT” permite la carga de un correo electrónico al cual enviar las notificaciones, pero no lo hace, por lo cual es muy probable que las notificaciones se acumulen sin que nadie las lea. Vale aclarar que, es muy engorroso tener que controlar contribuyente por contribuyente si poseen notificaciones entrando con CUIT y Clave Fiscal, y que hasta el año pasado el sistema enviaba  un mail alertando de estas comunicaciones. Misteriosamente como tantas otras cosas que pasan en la pagina de AFIP el sistema dejo de hacerlo y en mi caso he encontrado comunicaciones de todos los colores.

Entre las comunicaciones pendiente de lectura, encontré una que notificaba el cambio de alícuota de ART, obviamente la nueva alícuota ya estaba vigente desde hacía un mes sin que el contribuyente se hubiese enterado. Para pagar esa deuda de ART por diferencia de Alícuotas tuve que generar un VEP, les detallo los pasos a seguir porque hace poco me había hecho la consulta.

¿COMO GENERAR VEP PARA EL PAGO DE ART?

  • Ingreso a pagina de AFIP con CUIT y Clave
  • Ingreso al servicio “Pesentación de DDJJ y Pagos”
  • Selecciono la opción “Nuevo VEP” y cargo los datos como muestra la imagen:

 

  • Por último cargo el importe por la diferencia generada en el cambio de alícuota de ART en el código  “312 – ASEG. RIESGO DEL TRABAJO L 24557” y el período por el cual se abona.

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9 comments

  1. Marcelo 5 marzo, 2024 at 19:15 Responder

    Hola como estas, necesito ayuda, hice todos los pasos, cargo para pagar el mes de febrero o Marzo de este año y me sale una deuda a pagar de billones de pesos, no entiendo, recién comencé a tener una ART para una empleada el mes pasado, Febrero 2024, algo debo estar haciendo mal, me podrias ayudar por favor.

  2. anabella 29 enero, 2024 at 10:51 Responder

    Hola! Cómo puedo generar un VEP con una deuda del 2022, pero no por período mensual, sino anual para netear. mi caso es el siguiente:
    Deuda de 012022
    Deuda de 022022
    A favor 082022.

    Es decir quisiera ingresar un VEP integral para poder tomar el saldo a favor de agosto. Despues tengo un interes devengado de $ 2.- que leí lo hicieorn aparte.

  3. Alejandra 4 enero, 2024 at 15:35 Responder

    perdón, buen tardes, liquido el vep ítem 312, por la deuda, pero me solicitan concepto y subconcepto 019, y por intereses también ítem 312, pero subconcepto 051, no se como hacerlo, podras ayudarme??
    Gracias

    • sandra 5 enero, 2024 at 12:53 Responder

      Hola Alejandra:
      Para los intereses hice otro vep, AFIP- Otros pagos- impuesto : Aseg. Riesgos Trab (312)- concepto: Obligacion mensual/anual- subconcepto: Intereses resarcitorios (51) donde finalmente coloque los intereses que me reclaman. (y que se deben porque tal como se comenta en la nota, las notificaciones no llegan nunca, y es uno el que tiene que entrar a ver, el valor del FFEP, la alícuota de la ART, y etc.etc, es imposible! no sé para qué piden mail si no informan naaaada!!!!)

  4. Liliana 13 febrero, 2020 at 07:59 Responder

    Negocié y pagué un saldo de deuda con cheques a la ART, pero en sistema de cuentas tributarias de Afip sigue figurando. Consulta: Qué gestión hay que hacr para que AFIP baje la deuda? necesito me confirmens si AFIP no intima por deudas con ART, solo lo hace la aseguradora.

    • maxi 2 octubre, 2020 at 20:42 Responder

      Le pregunto si pudo conseguir respuesta a su pregunta planteada. porque tengo una situación parecida a la suya y quisiera saber como proceder.

  5. araceli 5 agosto, 2019 at 09:37 Responder

    si realice el traspaso de ART el 01/08/2019, ( porque tiene una alícuota menor), en e-Servicios SRT ya esta modificada la alícuota, pero en Mi Simplificación todavía figura la ART anterior, mi consulta es … los aportes de Julio 2019 se Declaran con la vieja o la nueva alícuota?

  6. Julia 22 mayo, 2019 at 11:54 Responder

    Sin contar con que el 90% de las notificaciones son rayanas en el spam, de escaso o nulo interes para los contadores. A mi tambien me paso enterarme tarde. La verdad se podrian poner una pila y que el sicoss levante la info directamente de la SRT. Tan dificil sera?

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