fbpx

Constancia de Entrega de Ropa de Trabajo y Elementos de Protección Personal. Resolución (SRT) 299/2011.

3

Recuerden que a partir del 1-10-2011, es obligatorio, por parte de los empleadores, la utilización de la “Constancia de Entrega de Ropa de Trabajo y Elementos de Protección Personal”.
Deberá completarse un formulario por cada trabajador, en el que se registrarán las respectivas entregas de ropa de trabajo y elementos de protección personal.
Pueden bajar la constancia desde ACA.

3 comments

  1. Estudio Jurídico Díaz y Asociados 15 marzo, 2015 at 21:29 Responder

    Buen día. Le escribo para hacerle la siguiente consulta: Yo soy abogado y trabajo en una Asociación Civil, y se nos aplica el convenio de UTEDYC 700/14 (ex 462) y mi pregunta es si debo estar encuadrado en la categoría de profesionales, grupo II ? Leyendo el artículo 45 y subsiguientes, parecería que tendrían que considerarme como profesional. En la actualidad estoy encuadrado en la categoría de Administrativo. Gracias

  2. Anonymous 28 septiembre, 2011 at 00:54 Responder

    Hola, Quisiera consultar si en el caso de un empleado (CCT Utedyc) cuya fecha de ingreso es 23/07/2007, desde el recibo de sueldo de 07-2011 se le debe abonar la antiguedad de 4 años ??
    De ser asi entiendo el calculo seria: 1% del basico de supervisor de 1°cat. x 4 años, o sea $ 4226 (bas. s/escada 07.2011) x 1% x 4 años = $ 169,04

    Gracias por la ayuda !

Post a new comment