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Certificados MiPyME se extiende la vigencia de los certificados que vencían en abril y mayo

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certificado PYME

El Ministerio de Desarrollo Productivo de la Nación extenderá hasta el 30 de junio la vigencia de los certificados MiPyME con vencimientos 30 de abril y 31 de mayo, en el marco de la emergencia sanitaria por el COVID-19.

Descargar (PDF, 42KB)

Las micro, pequeñas y medianas empresas que tienen cierre de ejercicio en diciembre o enero continuarán con los certificados vigentes hasta el 30 de junio. La medida alcanza al 90% de las empresas inscriptas en el Registro PyME.
Con esta modificación, la renovación automática que iba a iniciar este mes comenzará en junio. De todas maneras, aquellas empresas que necesiten realizar el trámite de renovación del certificado por su situación particular tendrán habilitada dicha opción para hacer el trámite en forma manual.

En lo que va del año, más de 564.000 empresas obtuvieron su certificado, y en la actualidad hay 1.154.898 en el Registro MiPyME.

El certificado es necesario para acceder al plan de Moratoria 2020 de la AFIP y los créditos a tasa del 24% para el pago de sueldos que puso en marcha el Gobierno, además de beneficios impositivos y programas de asistencia.

El certificado MiPyME se obtiene en forma online, simple y en pocos pasos. Los requisitos son tener CUIT, clave fiscal nivel 2 o superior, estar inscripto en el Monotributo o en el Régimen General (en Ganancias y en IVA) y estar adherido a Trámites a Distancia (TAD).

Se pueden registrar los monotributistas, autónomos, profesionales, comerciantes, las sociedades, y las empresas pequeñas y medianas, que cumplan con los requisitos, sin importar su antigüedad

Pymes

4 comments

  1. Gisele 22 abril, 2020 at 13:00 Responder

    Buenas tardes.
    Queria consultar si a alguien le ocurrio al intentar ingresar una PYME bajo F. 1272 arroja error de validacion y que existe una presentacion efectuada.
    Luego al ir a BUSCAR no figura tal presentacion (todo blanco).

    Gracias.

  2. Claudia 16 abril, 2020 at 11:22 Responder

    Hola Carla!
    buen dia para todos.
    Queria consultar si han tenido el caso de tener que tramitar el certificado pyme, para Sujeto Sucesión Indivisa. O si creen que es posible.
    En este caso Es R.I. en Iva, pero Ganancias se dio de baja porque tributa en cabeza de los herederos.
    Aun no se ha disuelto la empresa.
    Hice consulta en Seretaría de Producción , registro pyme, pero envían una respuesta automática que no responde a la consulta…
    Agradezco los comentarios.
    Claudia

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