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Certificado PYME su renovación automática y el Legajo Único Financiero y Económico ¿Qué tener en cuenta para solicitar el certificado PYME del período 2021?

certificado PYME

Sgún lo establecido en la Resolución General Conjunta 4642/2019, AFIP enviará una notificación al DFE de la empresa y pondrá a disposición desde el primer día hábil del cuarto mes posterior al cierre de su ejercicio fiscal y durante 20 días corridos, la información correspondiente al Formulario 1272 “PYMES/Solicitud de categorización y/o beneficios”, a fin que la misma pueda ser verificada por la empresa.

Para aquellos contribuyentes personas físicas o para personas jurídicas con cierre diciembre, durante abril (cuarto mes posterior al cierre) se debería cumplir con el proceso descripto en la  RG 4642/19.

 

Lamentablemente las notificaciones al DFE invitando a controlar la información pre cargada en el servicio no está llegando y si bien la renovación debería realizarse en forma automática, es conveniente revisar que la información de la solicitud para el año 2021 se muestre en estado “borrador”.

 

¿Qué tener en cuenta para la solicitud del certificado PYME del período 2021?

Mas allá de los controles normales de los montos Totales de Ventas que muestra el servicio y que no siempre coinciden con los subdiarios de ventas del contribuyente y de solicitar, continuar o desistir del beneficio de IVA Diferido.

Para el año 2021 debemos tener especial cuidado en indicar si el contribuyente dará consentimiento o no a compartir su información contenida en el ‘Registro de Empresas MiPyMEs’  no solo con bancos, otras entidades de crédito y financiamiento y sociedades de garantía recíproca, opción que ya estaba vigente para el período 2020. Sino también a compartir la información contenida en el segmento denominado Legajo Único Financiero y Económico LUFE con el Sector Público Nacional y entidades financieras públicas o privadas.

¿Qué pasa si el contribuyente decide compartir la información?

En caso de dar su consentimiento, autoriza a que la SEPYME comparta este legajo con otros organismos públicos y con bancos y entidades financieras públicas y privadas y, de esta manera, se constituya un instrumento válido para presentar ante cualquier organismo público y financiero. Si no lo comparte, el legajo quedará a disposición de la empresa exclusivamente.

 

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