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Cargas Sociales finaliza de beneficios de la Ley 26.940. Problemas en informar período de baja

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El Art. 169 de la Ley 27.460 estableció que los empleadores encuadrados en el artículo 18 de la ley 26.940, que abonan las contribuciones patronales, aplicando los porcentajes de reducción, podrán continuar siendo beneficiarios de esas reducciones hasta el 1° de enero de 2022, respecto de cada una de las relaciones laborales vigentes que cuenten con ese beneficio.

Por lo cual aquellos empleadores que todavía podían hacer uso del beneficio deberán a partir de enero 2022 renunciar al mismo para poder hacer uso de las detracciones previstas en los Art. 22 y 23 de la Ley 27.541.

Problemas en informar período de baja de la Ley 26.940

Como lo establece el Art. 169 de la Ley 27.430 el beneficio finaliza el 1-1-2022, por lo cual al momento de informar la baja del beneficio el sistema debería permitir informar el período 1-2022 como período de baja, sin embargo el sistema no lo permite, informando que el período está “fuera de rango”.

 

Por lo cual no queda otra opción de informar período de baja a partir de diciembre 2021, período en el cual si se utilizó el beneficio y que al momento de registrar la opción de baja del beneficio genera dudas, sobre posibles reclamos futuros del fisco. Ya que el sistema informa que no se podrá utilizar los beneficios a partir del período especificado y ese período es 12-2021.

Ley 26940

5 comments

  1. SUSANA 9 marzo, 2022 at 11:31 Responder

    Buenos dias Daniela y Vilma, consulte donde estoy suscripta y me dijeron que no habia otra forma de dar la baja si no colocaba 12/2021 , unica forma que el sistema lo tome y que Afip no emitio ninguna resolucion o aclaracion sobre el tema. Asi lo hice y esperemos no haya reclamos futuros. Saludos !!!

  2. SUSANA 5 marzo, 2022 at 10:53 Responder

    Buenos dias! Si me podrian decir como resolvieron este tema. Tengo que liquidar Febrero y no decido si aceptar el fin de la vigencia de la Ley 26.940 en 12/2021, siendo que ese periodo fue utilizado el beneficio. En enero lo liquide sin ningun beneficio.
    Saludos!!!

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