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CABA Rúbrica de Libros de sueldos ¿Cómo acceder a la opción sin costo?

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La Ley 6812/2025 modificó la Ley Tarifaria 6806/2025 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y estableció para la Rúbrica de Libros y el resto de la documentación laboral que:

  • La autorización de centralización de la rúbrica de libros laborales, independientemente de la cantidad de domicilios será sin costo.
  • Rúbrica digital y manual ( (Incluye Libros de sueldos y jornales, Registro único de personal, Libro de viajantes de comercio, Libro de trabajo a domicilio, Libro de peluqueros; Libro de Órdenes para trabajadores de casas de renta; Libro para la actividad rural; Planillas de horario para el personal femenino; Planillas de kilometraje; Horas suplementarias; Horarios transporte automotor)): sin costo hasta 49 empleados; desde 50 empleados se aplica costo en UT

¿Cómo acceder a la Rúbrica de Libros de sueldos sin costo en CABA?

Las PYMEs con 49 empleados o menos están exentas de pago, debiendo indicar específicamente como motivo de exención “49 empleados o menos”.

Se presenta una sección para seleccionar si la persona es exenta o no exenta de pago, indicando que si se selecciona la exención se solicitará documentación respaldatoria correspondiente.

El usuario debe confirmar cantidades utilizando únicamente números enteros para evitar inconvenientes en la finalización del trámite.

10 comments

  1. Gerardo 4 septiembre, 2025 at 12:41 Responder

    Hola, una consulta en el TAD antes de comenzar leo esta leyenda……..”Asiento laboral/libro de sueldos. Importante: en los casos de la Ley 20.744, se debe adjuntar el libro de ARCA.” O sea claramente si colocas empleador ley 20.744 estas obligado a adjuntar el libro de ARCA? y si colocas Pyme estas obligado a subir un libro de sistema de gestión que indique ley 24.467? además de tener que adjuntar el certificado pyme, es correcto esto?

  2. Miguel 29 agosto, 2025 at 17:53 Responder

    Hola! cuando es por la pagina de rubrica digital, tienen idea donde encuentro la opcion de poner la exencion dle pago? ya que me estoy volviendo locos hace unos dias y los de la rubrica digital no me saben responder.

  3. susana 28 julio, 2025 at 10:28 Responder

    Buenos dias Carla
    puede ser que al completar como exento, en casos que tienen uno o dos empleados nada mas
    la rubrica salga automáticamente en el mismo dia ?
    alguno probó ya de rubricar sin costo??

  4. Mariano 25 julio, 2025 at 11:03 Responder

    Buen día, hago una consulta: tengo entendido que las empresas que rubricaban por la plataforma digital no pueden pasarse al TAD sino seguir haciéndolo por dicha vía. Por lo que veo esta exención por el momento solo figura en TAD. Existe alguna aclaración al respecto? Muchas gracias!

      • Yamila 25 noviembre, 2025 at 15:35 Responder

        Hoy me contestaron lo siguiente:

        “Estimada: Según nueva disposición (1717/2025), se la dejo adjunta todos los empleadores que tengan menos de 48 empleados deberán adecuarse a la rubrica por TAD.

        Saludos”.

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