Desde Consultora Alaniz advierten que los sujetos inscriptos como contribuyentes del impuesto sobre los ingresos brutos -tanto locales como sujetos al régimen del Convenio Multilateral- podrán tramitar su cese en tal calidad con efecto retroactivo.
Se trata de un nuevo procedimiento establecido por ARBA a través de la Resolución Normativa 33/2019. ¡Ya de aplicación!
Pueden leer sobre el procedimiento y los requisitos para solicitar el Cese retroactivo para contribuyentes locales y del Convenio Multilateral en el trabajo elaborado por el Dr. Alaniz desde el siguiente enlace ⏩www.consultora-alaniz.com.ar/arba-baja-retroactiva ⏪
Sol8cito baja retroactiva desde 2012 hasta 2013 cese actividad3s nunca presente boleta tenia monotributo social
Hola cómo están! Yo justo estaba haciendo todas las presentaciones en cero para proceder a la baja. como hacíamos hasta ahora. Pero como me quedan las multas. Sería bueno pode hacer la baja retroactiva, pero ya realice las DDJJ hasta la fecha. No lo puedo solicitar?
Excelente !!!! Gracias
Hola, estuve viendo la norma, entiendo que si la baja de AFIP fue de oficio también procede. ¿ Y como debería hacer con un contribuyente que tuvo baja de oficio, la levantó en AFIP , estuvo cinco años sin actividad y luego se inscribió en AFIP pero no en ARBA hace 1 año? Gracias !