Empleados de Comercio Acuerdo Enero 2025. Las partes se reúnen y acuerdan incrementar, en forma escalonada y por un total que del 5,1 % las remuneraciones básicas del C.C.T. 130/75 que se abonará en forma de asignación no remunerativa, en su valor nominal y acumulativamente (según adenda), de acuerdo con lo siguiente:
- 1,7% % a partir del mes de enero de 2025;
- 1,7 % a partir del mes de febrero de 2025, y
- 1,7 % a partir del mes de marzo de 2025.
Todos los incrementos porcentuales se liquidarán conforme las escalas básicas convencionales correspondientes al mes de diciembre de 2024 con más los incrementos de carácter no remunerativos.
El presente acuerdo colectivo tendrá vigencia desde el 1 de enero de 2025 y hasta el 31 de marzo de 2026. Los incrementos pactados en el presente mantendrán su condición de no remunerativos, incorporándose a los básicos de convenio de la siguiente forma:
- “Incremento No Remunerativo Enero 2025” con los haberes correspondientes al mes de Febrero de 2025;
- ”Incremento No Remunerativo Febrero 2025” con los haberes correspondientes al mes de Marzo de 2025;
- “Incremento No Remunerativo Marzo 2025”, con los haberes correspondientes al mes de abril de 2025.
Las partes firmantes de este acuerdo colectivo asumen el compromiso de reunirse en el mes de abril de 2025.
Un sindicato de gordos que no representa a nadie La verdad esta en las negociaciones directas en cada empresa
Los de comercio estan mal pero los profesionales contadores cobran menos que el basico
1k de pan extra se podrán comprar los empleados de comercio…Una vergüenza… ni el IPC se respeta. El salario real sigue en picada…
La verdad lamentable, el incremento, teniendo en cuenta que hay que seguir pasando este enero sumas no remunerativas a Remunerativa. La verdad que pareciera que la única variable que compone el indice de inflación son los sueldos, Todo lo demás sube en % superiores. y con creces.