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Viajantes CCT 308/75. Acuerdo salarial 01/08/2025 al 31/07/2026

Se fijan nuevos valores de remuneración mínima garantizada, sumas fijas remunerativas y viáticos no remunerativos para viajantes vendedores exclusivos y no exclusivos.

Establece además un aporte patronal extraordinario a la obra social O.S.V.V.R.A. y un aporte solidario obligatorio de los trabajadores. El acuerdo rige del 01/08/2025 al 31/07/2026 y se prevé una revisión en diciembre 2025.

Puntos clave:

La garantía mínima se aplica solo cuando la retribución total mensual del trabajador (sin contar viáticos, reintegros ni sumas fijas) no alcance ese mínimo.

Vigencia del acuerdo: 01/08/2025 al 31/07/2026, con revisión en diciembre 2025 (Art. Tercero).

 

Viajantes CCT 308/75. Acuerdo salarial 01/08/2025 al 31/07/2026

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