La UOM firmo un nuevo acuerdo salarial con vigencia a partir de abril 2013 y hasta marzo 2014. El mismo todavía no fue homologado. ¿Qué hay que tener en cuenta?
Incremento en los salarios (Expte. 1.552.929/13). El acuerdo establece:
1. Un incremento del 17% sobre los salarios básicos al 31/3/2013: a partir del 1 de abril 2013, pero que se liquidara recién en forma retroactiva con la 2º quincena de mayo condicionado a la homologación del acuerdo.
2. Un 7% sobre los salarios básicos al 31/3/2013: a partir del 1 de julio de 2013.
Gratificación Extraordinaria No Remunerativa:
Para los que trabajen jornada completa la suma será de $ 1400.- y se abonara en 2 cuotas:
1. $ 700.- junto con las remuneraciones de noviembre 2013
2. $ 700.- junto con las remuneraciones de enero 2014.
Particularidades:
– Esta gratificación esta sujeta a aportes y contribuciones de Obra Social.
– Los Aportes y contribuciones deberán efectuarse utilizando la boleta establecida por la UOMRA a favor de OSUOMRA.
– Alcanza a todos los trabajadores beneficiados con el acuerdo; es decir, si el empleado posee otra Obra Social igualmente debería realizar el aporte.
– Deberá identificarse con el nombre “Gratificación Extraordinaria No Remunerativa Acuerdo UOM 2013”
– Se abonara en forma proporcional cuando los trabajadores cumplan jornadas inferiores a la legal o hayan ingresado con posterioridad al 1/4/2013.
Ingreso Mínimo Global de Referencia (IMGR):
El valor del IMGR por jornada legal completa de trabajo será:
1. De $ 4.680 a partir del 1 de abril 2013
2. De $ 5.000 a partir del 1 de julio 2013
Particularidades:
– Es un valor referencial que incluye todos los conceptos remuneratorios o no, excepto Horas Extras y la “Gratif. No Rem. Ac. UOM 2013”
– No se identifica como salario básico para el cálculo de ningún concepto.
– Su aplicación no puede implicar la reducción en el nivel de ingresos.
Contribución Única y Extraordinaria para Planes Sociales (Expte. 1.552.929/13):
Contribución Empresaria por única vez de $ 300.- por cada trabajador para financiar planes sociales administrados por UOM.
Particularidades:
– Se abona en 5 cuotas consecutivas de $ 50.- c/u
– Pagaderas del 1 al 10 a través de boleta que habilite UOM en su pagina Web.
– Desde junio 2013 a noviembre 2013.
Se agregan 2 categorías a partir de junio 2013 (Expte. 1.453.079/11):
– OFICIAL MÚLTIPLE SUPERIOR
Son aquellos trabajadores metalúrgicos que, habiendo obtenido previamente la categoría de Oficial Múltiple, demuestren, contar con los conocimientos técnicos y teórico prácticos requeridos, la experiencia y las capacidades necesarias para dominar fehacientemente con completa autonomía el proceso completo de puesta a punto, preparación y operación de las maquinas herramienta comandadas por CNC, incluyendo en la operación los cambios de herramientas que se deben realizar. El objetivo es obtener a través de dichas operaciones un producto de fabricación, en condiciones de calidad y seguridad adecuadas a las especificaciones determinadas por las normas técnicas aplicables en cada empresa.
– OFICIAL SUPERIOR
Son aquellos trabajadores metalúrgicos que, habiendo obtenido previamente la categoría de Oficial, demuestren, contar con los conocimientos técnicos y teórico prácticos requeridos, la experiencia y las capacidades necesarias para dominar fehacientemente con completa autonomía el proceso completo de puesta a punto, preparación y operación de las máquinas herramienta comandadas por CNC, incluyendo en la operación los cambios de herramientas que se deben realizar. El objetivo es obtener a través de dichas operaciones un producto de fabricación, en condiciones de calidad y seguridad adecuadas a las especificaciones determinadas por las normas técnicas aplicables en cada empresa.
Buenas tardes, el IMGR se debe reflejar en el Recibo de Sueldo como “A Cuenta Futuros Aumentos”? Asimismo, es de naturaleza remunerativa, se usa para el calculo de aportes y contribuciones, y del SAC?