Icono del sitio Contadores en red

UOM CCT 260/75 Acuerdo Salarial Septiembre 2025 – Marzo 2026

Acuerdo Salarial UOM Septiembre 2025 – Marzo 2026

El día 2 de diciembre de 2025 las cámaras metalúrgicas suscribieron un acuerdo salarial con UOMRA para el período septiembre 2025 a marzo 2026 según el siguiente detalle:

1-Establecer que a partir del 1° de setiembre de 2025 los salarios básicos serán los acordados en el Acuerdo Salarial del 4 de junio de 2025 denominados como Base de Cálculo.

2- Incremento de los salarios básicos de carácter acumulativos:

3-Gratificación extraordinaria no remunerativa:

Se acordó además el pago de una gratificación extraordinaria no remunerativa de naturaleza excepcional:

Esta Gratificación corresponderá por el cumplimiento del mes completo y para los casos de jornada reducida, inasistencias injustificadas u otras situaciones en los que no se complete el mes, se abonará en forma proporcional.

Se abonará con los haberes mensuales o en la segunda quincena para el personal jornalizado.

Se individualizará con la voz “Gratificación Extraordinaria No Remunerativa mes…. Acuerdo Diciembre de 2025” en forma completa o abreviada.

La Gratificación Extraordinaria tiene el carácter no remunerativo con la excepción de los aportes destinados a UOMRA que se ingresarán mediante la cuenta bancaria en la que habitualmente se depositan y los aportes y contribuciones destinados a obra social que se deberán ingresar por los mecanismo dispuestos por ARCA.

La Gratificación Extraordinaria será absorbible y o compensable hasta su concurrencia por los importes otorgados desde el 1° de setiembre de 2025 como adelanto de haberes o a cuenta de futuros aumentos

4-Base de Cálculo:

Se estableció como base de cálculo un 5% a partir del 1° de abril de 2026 que representa el valor del Ingresante de la Rama 17 en $ 4.313,43 con el ajuste proporcional a las distintas categorías del CCT 260/75. En el caso que al 15 de abril de 2026 no se haya alcanzado un acuerdo salarial con aplicación al 1° de abril los valores de esta Base de Cálculo se aplicarán como salarios básicos a partir del 1° de abril de 2026.

5-Ingreso mínimo global de referencia – IMGR –

Se establecen en los siguientes importes:

Las partes asumen el compromiso de reunirse a partir del 15 de marzo de 2026 para revisar el cierre de este acuerdo al 31 de marzo de 2026.

El acuerdo será de aplicación efectiva a partir de la fecha de homologación.

Queda pendiente la presentación de planillas y la correspondiente ratificación de las partes como así también la homologación por parte de la Secretaría de Trabajo.

UOM Acuerdo Salarial Septiembre 2025 – Marzo 2026

Descargar (PDF, 1.67MB)

Salir de la versión móvil