Se establece un incremento salarial que se aplicará respecto de las distintas categorías previstas en el CCT 660/13 UECARA , del 20% a partir del mes de enero de 2024 que se aplicará sobre los salarios básicos vigentes al 31 de diciembre de 2023.
En atención a la particular situación por la que atraviesa la economía argentina a la que la actividad en su conjunto no resulta ajena, el porcentual precedentemente acordado para el periodo en cuestión tendrá carácter de piso mínimo transitorio inicial y a cuenta de manera que la cuantía definitiva del aumento correspondiente al mes de enero de 2024 quedará sujeta a lo que finalmente pudiera determinarse de conformidad con la modalidad establecida en el punto 2.
2.- Las partes convienen que el presente acuerdo tiene vigencia hasta el 31 de enero de 2024 y en el marco de la negociación colectiva, se obligan a mantener un seguimiento constante de las variables económicas y del sector de la construcción y su impacto socio económico, asumiendo el compromiso de mantener diálogo fluido y permanente con libre intercambio de información y sin necesidad de formalidad alguna, a efectos de definir en lo que resta del mes de enero 2024 los ajustes que en función de las referidas condiciones pudiesen corresponder.
Se adjuntan como Anexo 1 las tablas respectivas para las distintas categorías previstas en el Convenio 660/13.
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