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TRAMITE PARA RUBRICAR LIBRO SUELDOS Y JORNALES EN LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES. 3º PARTE.

Una vez presentada la “Actualización de datos de la Empresa” y en caso de corresponder la “Centralización de la documentación”, podemos finalmente solicitar la rubrica de los libros manuales o copiativos.
3º Parte – Rúbrica de libros manuales y/o copiativos
Información a presentar para solicitar la rubrica:

1. Nota por triplicado solicitando la rúbrica del libro, con indicación de la persona autorizada a realizar el trámite, firmada por el Titular o Apoderado con certificación de firma por Escribano, Juez de Paz, Entidad Bancaria, Registro Público de Comercio o por esta Autoridad Administrativa, (Si firma el Apoderado, acompañar fotocopia del poder). Pueden bajar un modelo desde ACA.
2. Para los Consorcios de Propietarios nota solicitando la rúbrica a nombre del Consorcio firmada por el Administrador y agregar copia del acta de asamblea de la designación).
3. Para aquellas empresas que cuentan con el trámite de Centralización aprobado, deberán colocar en la nota, el Nº de Disposición o Acto Administrativo que aprobó dicha Centralización.
4. Constancia de pago de la tasa retributiva correspondiente al libro rubricar.
Para la emision de la boleta:
– Ingresar a www.trabajo.gba.gov.ar – Gestiones en línea.
– Tasas retributivas.
– Ingresar con nombre y clave de usuario habilitado.
– Ingresar a emisión de boleta, nueva boleta.
– Seleccionar rubrica de libro especial de sueldos y jornales y/o copiativo y “calcular y emitir”.
5. Acompañar el libro sin registraciones.
6. Fotocopia del último F 931 y altas, bajas en mi simplificación si las hubo desde el ultimo F. 931.
7. Libro inmediato anterior a la solicitud para realizar el cierre. En caso de que se haya extraviado libro anterior, se debe adjuntar denuncia policial de extravio.
8. Para la primera rúbrica de libro deberá agregar el listado de Personal Ocupado consignando: Nombre y Apellido, Nº de D.N.I., C.U.I.L., y fecha de Ingreso.

PARA EL LIBRO COPIATIVO AGREGAR:
Modelo del sistema a COPIAR por triplicado. El contenido del modelo deberá cumplir con las mismas exigencias que establece el artículo 52 de la Ley Nº 20.744, tener en cuenta el inc. f (debe aparecer algún ejemplo de cargas familiares).-

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