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TAREAS A TENER EN CUENTA PARA LA SEGUNDA QUINCENA DE MARZO 2018

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La segunda quincena de marzo 2018 tiene algunos vencimientos y tareas especiales que no está de más recordar:

 

  1. Vencimiento del SIRADIG.

La RG 4003/2017 prorrogó el vencimiento de la obligación de informar mediante transferencia electrónica de datos del F. 572 Web a través del servicio “Sistema de Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias (SiRADIG) – TRABAJADOR” al 31/3/2018.

  1. Vencimiento DJ Anual I. Brutos Local ARBA.

Si bien los vencimientos para la presentación de la DJ Anual comienzan el 3 de abril es una tarea que se podría adelantar ya que el sistema está disponible para su liquidación. (Especialmente teniendo en cuenta que el 3 de abril estaría disponible la nueva versión 41 para liquidar las cargas sociales y también la versión “de prueba” de la DJ de Ganancias Personas Humanas Web).

  1. Modificación del importe del SCVO para marzo.

A partir de marzo de 2018, el costo para contar con la cobertura del Seguro colectivo de Vida Obligatorio de los trabajadores pasa de $ 9,09 a $ 11,275 mensuales por cada trabajador.

  1. Autónomos nuevos importes para marzo.

Los nuevos valores vigentes a partir del devengado marzo 2018 serán los siguientes:

Recuerden que para obtener la nueva credencial (estaban actualizadas a la mañana, a la tarde volvieron a los valores anteriores) deben:

  1. Ingresar al Sistema Registral
  2. Seleccionar “Constancias”
  3. Allí elegir “Constancias de Tramites efectuados”
  4. Y por último “Empadronamiento de Autónomos”.
  1. Terminales POS para monotributistas.

El 31 de marzo entra en vigencia la obligación del  uso de terminales POS para los monotributistas de las categorías A a E, siempre que realicen en forma habitual la venta de bienes para consumo final, presten servicios de consumo masivo, realicen obras o efectúen locaciones de cosas muebles.

29 comments

  1. Macarena 23 abril, 2018 at 09:34 Responder

    Estimados, buenos dias.
    Con relacion al tema del reempadronamiento de empleadores (tema que se colo en este post) les comento que consulte con Arizmendi porque yo lo cumplimente en 10-2017 y este reempadronamiento es el que se prorrogo. Lo que me dijeron es que como la info enviada en el reempadronamiento realizado en octubre de 2017 no fue al 31/12 debo cumplimentar el registro de empleadores, en el caso de que no lo haya presentado y lo cumplimente tardiamente el reempadronamiento reemplaza o suplanta al registro de empleadores. Y como la rubrica digital arranca en junio y hasta mayo se pueden usar las hojas moviles, en el caso de necesitar rubricar algunas mas lo van a solicitar cumplimentado al registro de empleadores. Espero ayude la info. Saludos

    • Carla Lombardi 23 abril, 2018 at 18:33 Responder

      Muchas gracias por la información, pero no se si coincido del todo, aunque no vi que se haya derogado el Reg. de Empleadores, considero que el Reempadronamiento debería reemplazarlo.
      Y si bien se porrogo a junio la rubrica digital, si tenes mas de 10 empleados hojas móviles no te van a rubricar.
      Sería interesante saber si algún colega con menos de 10 empleados fue a rubrica libro/ hojas móviles y ver que le solicitaron.

  2. Macarena 12 abril, 2018 at 11:16 Responder

    Buenos dias, alguien pudo presentar agentes de recaudacion retenciones en arba correctamente? hubo modificaciones en la sucursal y modifique el archivo y sigue dandome error de integridad . alguno pudo resolverlo?

  3. Emilia 27 marzo, 2018 at 17:36 Responder

    Hola, una consulta: con respecto a las terminales POS, en el caso de los profesionales (locación de servicios) RI, es obligatorio?

  4. norberto 21 marzo, 2018 at 17:05 Responder

    buenas tardes…quisiera saber si alguien sabe que pasa con los litros que se toman como pago a cuenta las empresas de transporte para contribuciones de seguridad social…si se sigue tomando normalmente o se deroga con la ultima reforma integral…gracias

  5. sonia 19 marzo, 2018 at 14:50 Responder

    Buenas tardes Carla, te molesto por que hoy 19/03 entre en la pagina del registro de empleadores de CABA y me encontré con que dieron una prórroga y vence el 31/03!! tenes información del tema?? por que el último registro se realizó no hace muchos meses, hay que hacerlo de nuevo??

    muchas gracias
    Atte.
    Sonia

    • Carla Lombardi 20 marzo, 2018 at 16:44 Responder

      Yo considero que no. Ya hicimos reempadronamiento y para lo único que servía el Reg. De empleadores era para rubricar libro sueldos y ahora piden reempadronamiento (por lo menos para el digital) habría que ver si para el manual siguen pidiendo este (no deberían). Yo hice consulta por mail y nunca me respondieron.

  6. Leopoldo 18 marzo, 2018 at 22:53 Responder

    Muy completo y útil como siempre Carla, respecto a las terminales pos para monotributistas, consideras que se cumple con la ley 27253, DR y RG 3997 con las aplicaciones que actúan como billetera virtual de Link y Banelco reguladas por BCRA? (Estimo q si por otro post anterior, pero por las dudas te consulto)
    Gracias x la info!

  7. Jorge Varela 17 marzo, 2018 at 10:51 Responder

    Hola Carla, solo quería comentarte que de mi parte, me parece absolutamente correcta, la manera en que tenés protegida la página. Gracias por los permanentes aportes. Buen finde!

  8. Pablo 15 marzo, 2018 at 19:30 Responder

    Excelente. Muchas gracias Carla. Yo le agregaría también tener en cuenta el aumento en el tope de la remuneración imponible para descontar los aportes previsionales y de o.social, que pasa a ser de $ 86.596,10 a partir del sueldo de Marzo, para considerarlo en los casos de liquidaciones de sueldos altos. Saludos!

  9. Peregrin 15 marzo, 2018 at 17:57 Responder

    Gracias por tenernos al día, sin costo, el que quiera imprimir y tener un servicio personalizado que se anote en alguna de esas suscripciones y pague 14000, por año y listo por favor colegas no se aprovechen de un colega que quiere ayudarnos y por supuesto hacerse reconocer como ena excelente profesional

  10. Fabiana Donatti 15 marzo, 2018 at 16:27 Responder

    Hace un tiempo hice el mismo comentario sobre la imposibilidad de imprimir estos envios. No veo como se hace para imprimir en pdf… Carla, te agradeceré que me digas como se puede imprimir en pdf.
    Como siempre, impecable tu publicacion, muchas gracias!

  11. JOSE LUIS OLMOS 15 marzo, 2018 at 12:29 Responder

    BS. DIAS CARLA, POR QUE NO SE PUEDEN IMPRIMIR TUS ENVIOS ????
    TAMPOCO SE PUEDEN SELECCIONAR PARA COPIAR EN UNA HOJA DE WORD ???
    TIENES MIEDO QUE ALGUIEN SE ROBE TU AUTORÍA ???……NOS RESULTARIA MUCHO MAS EFECTIVO PARA LOS USUARIOS PODER LLEVARLOS A PAPEL, LO PODEMOS TRASLADAR, LEER EN CUALQUIER LADO, RESALTAR LO QUE MAS NOS INTERESE O NECESITEMOS, ETC. PERDON POR MI IGNORANCIA. SE NOS HACE MAS DIFICIL PARA BUSCAR ALGUN TEMA DE INTERÉS DENTRO DE TODOS LOS TEMAS QUE VOS GENTILMENTE NOS ACERCAS. MUCHAS GRACIAS CARLA.

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