El servicio de Ventanilla Electrónica implementado por Resolución SRT N° 365/09 aún no está disponible; el mismo está siendo homologado entre la SRT y la AFIP.
A través de la Ventanilla Electrónica se podrá acceder a la información del Sistema de Riesgos del Trabajo y a las comunicaciones que le remita la Superintendencia y la ART con la que se posee contrato vigente.
El ingreso a la Ventanilla Electrónica se podrá efectuar en el sitio de la SRT mediante el CUIT y la clave fiscal.
REPRO II Restricciones y aclaraciones para su otorgamiento. Resolución 1565/20
Los empleadores que perciben el beneficio otorgado por el “Programa REPRO II” no podrán realizar las siguientes acciones mientras dure la percepción del beneficio y ...
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