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SE PRORROGA PRESENTACIÓN DE GANANCIAS Y BS. PERSONALES PERO NO LAS FECHAS DE PAGO.

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@AFIPComunica dio a conocer ayer mediante su cuenta de Twitter que se prorroga para Ganancias y Bienes Personales de personas físicas por 30 días corridos la presentación de las declaraciones juradas.

El nuevo plazo es del 11 al 13 de julio.

No hay prórroga del pago debiéndose determinar e ingresar los montos correspondientes del 12 al 14 de junio, según corresponda.

22 comments

  1. MARIA 10 agosto, 2018 at 12:49 Responder

    Buen dia.
    Ayer presentamos la ddjj de bienes personales de un cliente que le dio a pagar. El tema es que en mis facilidades no puedo incluir ese importe para ponerlo en plan de pagos.
    La resolucion 4057 sigue vigente?. Tampoco puedo incluirla en la resolucion 4289.
    GRACIAS!

  2. Claudia 6 junio, 2018 at 17:29 Responder

    Colegas,Carla, consulto ¿como y donde ingresaron los sueldos de un integrante del Poder Judicial que están exentos en ganancias en el régimen simplificado, o hay que hacerlo por el régimen general? Me da impuesto a pagar Gracias por la colaboración

  3. Julieta Battaleme 2 junio, 2018 at 11:55 Responder

    Buen día,
    Por favor me pueden comentar como hago para cambiar el NO por SI en el caso de un empleado que trabaja en la Patagonia? He intentado varias veces consignar que SI, y el sistema no me lo permite y trae por defecto el NO. SIRADIG por su parte está correctamente declarado (y se ha consignado que el trabajador es de zona Patagonica).
    Muchas gracias!
    Julieta

  4. Micaela 1 junio, 2018 at 19:17 Responder

    A alguien le paso que hoy (01/06) a las 18hs cortaron el servicio de ganancias y bienes personales web. dice no disponible, disculpe las molestias
    Saben si estaba previsto que no funcionara en un determinado horario?

  5. car 31 mayo, 2018 at 17:10 Responder

    buenas tardes Carla: Ingreso a determinación de impuesto, en crédito y débito, Impuesto sobre los créditos y débitos para la cancelación de la declaración jurada, cargo los mismos pero luego de guardar aparece en $ 0.00.
    Alguien tiene el mismo problema?

    • Micaela 1 junio, 2018 at 19:16 Responder

      Eso te pasa cuando el impuesto determinado es 0. Si no tenes impuesto determinado, no te toma el cred.por el imp al cheque, a pesar de haberlo cargado, porque no puede generar saldo a favor

  6. Carola 31 mayo, 2018 at 09:48 Responder

    Colegas un consejo personal: no pierdan más tiempo luchando contra el LAMENTABLE sistema web que pretendieron implementar sin la más mínima idea. Liquiden los impuestos con el viejo aplicativo Siap que tienen cargado y una vez estos genios hayan logrado presentar un sistema que no tire errores (PASARÁ?) SE CARGARÁN LOS DATOS. Mientras tanto es imposible en la mayoría de los casos.
    Gracias Carla , si no fuera por tu página no hubieran hecho nada

    • Enrique 1 junio, 2018 at 12:17 Responder

      Hola Carola, atención que los mínimos, deducciones y nuevos datos, no están en la Aplicativo anterior y era obvio lamentablemente que la voracidad fiscal una vez más hace lo de siempre, acá no hay borrador que sirva, salvo que sepas que no van a pagar, hay que armar las DDJJ, lo que tendría que haber hecho luego de este desastre es actualizar el aplicativo anterior para poder liquidar y si en un mes lo arreglan ahí utilizar el web, en fin más de lo mismo y el Consejo bien gracias…saludos y mucha suerte en todo para todos!

  7. CINTHIA 30 mayo, 2018 at 23:08 Responder

    COLEGAS COMO ESTAN!!!PODRIAN ORIENTARME EN DONDE CARGAR LAS COMPRAS DE MERCADERIAS Y LA EXISTENCIA FINAL DE MERCADERIAS , PARA EL CALCULO DEL COSTO DE VENTAS EN EL SERVICIO GANANCIAD PERSONAS HUMANAS PERIODO 2017….

  8. susana 30 mayo, 2018 at 16:31 Responder

    Buenas tardes Carla! Se sabe si sigue vigente el plan de tres (3) cuotas para el saldo de las D. Juradas 2017? No leí en ninguna parte al respecto, solamente había escuchado que saldría un plan de pagos con mayor cantidad de cuotas. Saludos !!!

  9. MONICA 30 mayo, 2018 at 11:07 Responder

    como hacemos si todavía TIENE FALLAS EL SISTEMA WEB, POR EJ NO CARGA EL PATRIMONIO DE EMPRESA UNIPERSONAL DE 3RA CATEGORIA, NO DEJARAN COMO OPCION PRESENTAR EN EL SIAP?

  10. Lucas 30 mayo, 2018 at 10:28 Responder

    Buen día.
    Estoy teniendo el inconveniente de no poder cargar en la Justificación Patrimonial los Ingresos provenientes del Monotributo.
    Pude hacerlo en algunos casos la semana pasada, pero esta semana ya no pude.
    ¿Cambió algo? ¿A alguien más le pasó?
    Gracias y saludos.

  11. Gustavo 30 mayo, 2018 at 10:07 Responder

    no sirve de nada…….para determinar el pago……tenés que hacer el borrador….y del borrador a la presentación solamente un click…….

  12. ayelen 30 mayo, 2018 at 09:57 Responder

    y las personas que quieren abonar mediante plan? no se puede hacer el mismo si no es en la fecha de vencimiento. cambiaran eso?

    • Nacho 30 mayo, 2018 at 12:00 Responder

      Excelente punto, claramente no estaria importandoles demasiado el problema que generaron con la plataforma desastroza que pusieron a disposicion, queda en evidencia que quieren la posicion y el interes tambien, hay que recaudar a como de lugar. Una locura.

    • Esteban Torres 30 mayo, 2018 at 14:01 Responder

      Aunque no hayas presentado la declaración jurada podés incluir el saldo a pagar en un plan de facilidades según dice AFIP en el micrositio Ganancias y Bienes Personales. Te transcribo el contenido en su parte pertinente:

      ##¿Cómo pago el saldo de la declaración jurada?
      Si de la generación de la declaración jurada surge un importe a pagar, podrás abonarlo:

      …//
      b) Conformando un Plan de Facilidades de Pago establecido por la Resolución General N° 4057/17. Para mayor información ingresá al micrositio Mis Facilidades.
      Tené en cuenta que podrás incluir el saldo de impuesto resultante de tu declaración jurada, incluyendo intereses y multas al Plan de Facilidades de Pago RG 4057, aún cuando no hayas presentado la Declaración Jurada Determinativa del Impuesto a los Bienes Personales y Ganancias. Deberás ingresar con Clave Fiscal al servicio “Mis Facilidades”, luego de seleccionar “Validación de Deuda” deberás cargar manualmente los datos relacionados a la/s obligación/es que querés incluir. Una vez que hayas completado toda la información solicitada, deberás generar el plan de pago. Para más información accedé a la Guía Paso a Paso ¿Cómo incorporo mi deuda al Plan de Facilidades de Pago – RG 4057?##

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