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Se pagó 2 veces la Cuota de un Plan de Facilidades ¿Qué hago?

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PLAN DE FACILIDADES AFIP

Las cuotas de un Plan de Facilidades de Pago de AFIP vencen el día 16 de cada mes a partir del mes siguiente al de la consolidación de la deuda y se cancelan mediante débito directo en cuenta bancaria. Si no se pudiera realizar el débito de la cuota, se procederá a realizar un nuevo intento el día 26 del mismo mes.

Ante un nuevo impedimento, la cuota impaga podrá ser rehabilitada por sistema, pudiendo optar, para la cancelación, por su débito directo el día 12 del mes siguiente al de la solicitud o por su pago a través un VEP.

Para que no haya inconvenientes, la rehabilitación de la cuota debería realizarse después del día 26, donde el contribuyente ya tiene la seguridad que esa cuota no será debitada de su cuenta. Sin embargo, muchas veces ante la falta de débito de la cuota el día 16, el contribuyente decide abonar la misma mediante un VEP. Este pago no es registrado por el sistema y si el contribuyente posee fondos en su cuenta el día 26 se le debitará la cuota que ya fue abonada mediante VEP.

Recordemos: que el ingreso fuera de término de las cuotas devengará los intereses resarcitorios correspondientes por el período de mora, los que deberán ingresarse junto con estas.

Se pagó 2 veces la Cuota de un Plan de Facilidades ¿Qué hago?

Lamentablemente las posibilidades de utilizar el crédito que genera la duplicación en el pago de una cuota de un plan de facilidades de pago para una futura cuota del Plan no existen.

AFIP informa que no es posible re-imputar pagos liberados con destino a cuotas de planes de facilidades de pago. La única forma
de cancelación de las mismas es mediante débito en cuenta.

¿Qué opciones tiene el contribuyente?

Durante los primeros 30 días corridos posteriores al débito, el contribuyente podrá solicitar a la entidad bancaria la reversión del mismo, de acuerdo a la Comunicación A 2508 del BCRA:

“Además, en los convenios que las entidades financieras concierten con sus clientes para la adhesión a sistemas de débito automático, deberá incluirse una cláusula que prevea la posibilidad de que el cliente ordene la suspensión de un débito hasta el día hábil anterior -inclusive- a la fecha de vencimiento y la posibilidad de revertir débitos por el total de cada operación, ante una instrucción expresa del cliente, dentro de los 30 días corridos contados desde la fecha del débito.

En los casos en que el importe de la reversión solicitada no supere $ 750.- la devolución será efectuada dentro de las 48 horas hábiles siguientes a la fecha en que la entidad reciba la instrucción del cliente. En caso de superar $ 750.- y siempre que la empresa originante del débito no se oponga a la reversión por haber hecho efectiva la diferencia de facturación en forma directa, la devolución en cuenta bancaria se cumplimentara a las 96 horas hábiles de recibida la instrucción.”

En caso de que el pago duplicado sea detectado con posterioridad, el contribuyente podrá una vez transcurridos 15 días desde la fecha límite para solicitar la mencionada reversión a la entidad bancaria, solicitar la re-imputación del pago a este organismo a través del Formulario 399.

Problemas a la hora de solicitar la reimputación.

Como si la limitación en la posibilidad de utilizar ese crédito en una próxima cuota del plan no fuese suficiente, AFIP suele poner limitaciones extras para el uso de ese crédito.

En el siguiente caso que nos comparte el Colega Dr. Otto Wirz, podemos observar como AFIP le niega a un monotributista la posibilidad de poder disponer de este crédito para reimputar al pago de la cuota de Monotributo bajo la excusa de que “la reimputación podrá realizarse únicamente por el importe total del saldo a favor”, algo imposible en el caso de un monotributista.

AFIP debería rever su postura y no perjudicar financieramente a los contribuyentes impidiendo el uso de sus créditos.

1 comment

  1. Cyntia 19 septiembre, 2023 at 14:03 Responder

    hola,yo rehabilite las cuotas de un plan de pago de monotributo,genere vep el día de hoy,pero no me figura en mi Santander. mi contadora se atraso con el seguimiento,y se me acumularon 2 meses porque no contaba con fondos en mi homebankin. quiero pagar la cuota 5 de mi plan,y ya no me figura en el sistema. nose que hice.

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