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RT 53 Interpretación de Normas de Contabilidad y Auditoría

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Tema: El informe del auditor sobre información comparativa Alcance general de una Interpretación De acuerdo con el artículo 16 inciso d) del Reglamento del CENCyA aprobado por la Junta de Gobierno de la FACPCE, una Interpretación de normas profesionales, una vez aprobada por la Junta de Gobierno y por el Consejo Profesional de la jurisdicción, es de aplicación obligatoria como norma contable.

Introducción

Esta Interpretación trata las responsabilidades que tiene el contador público en relación con la información comparativa en una auditoría de estados contables.

La Segunda Parte de la RT 8, Sección E del capítulo II establece que los estados contables básicos, así como la información complementaria que desagregue datos de los estados contables básicos, se presentarán a dos columnas, en tanto que la restante información complementaria contendrá los datos comparativos que se consideren útiles para los usuarios de los estados contables del periodo corriente.

En cuanto a la Norma Internacional de Contabilidad (NIC) 1, el párrafo 38 establece la obligación de revelar información comparativa respecto del periodo anterior para todos los importes incluidos en los estados financieros del periodo actual, así como también la obligación de incluir información comparativa para la información descriptiva y narrativa, cuando esto sea relevante para la comprensión de los estados financieros del periodo actual.

El contador podrá emitir su informe de auditoría o de revisión considerando la información de períodos anteriores como: a) cifras correspondientes de períodos anteriores o b) estados contables comparativos. A los efectos de ubicar en la RT 37 la parte pertinente a información comparativa, se referencian los párrafos 59 a 64 del capítulo III.A.ii de dicha norma.

El Informe Nº 22 del CENCYA brinda una importante gama de ejemplos de situaciones que podrían presentarse en la práctica, tanto con la variante de cifras correspondientes de períodos anteriores como de estados contables comparativos.

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