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Respuestas sobre Monotributo y Medios de Pago del Ciclo de Actualidad Tributaria del 20/09/2017. CPCECABA

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El siguiente es un resumen de las consultas realizadas en el Ciclo de Actualidad Tributaria del 20/9/2017 en el CPCECABA, sobre 2 temas que han estado generando muchas consultas en el último mes el Monotributo y el uso de Posnet.

RÉGIMEN SIMPLIFICADO PARA PEQUEÑOS CONTRIBUYENTES – MONOTRIBUTO

1) PREGUNTA: ¿Un monotributista que inició actividades en el mes de Julio 2017, no debería recategorizarse porque no transcurrió un cuatrimestre completo al 31/08/2017, debe igualmente confirmar su categoría antes de fin de año?
RESPUESTA: SÍ. La RG (AFIP) 3990 no hace referencia a ningún plazo mínimo para la confirmación obligatoria de las categorías a efectuarse al finalizar el cuatrimestre mayo/agosto.

2) PREGUNTA: ¿Se podrá abonar el monotributo en las terminales de Pago Fácil o Rapipago con tarjeta de débito?
RESPUESTA: No. Está prevista la modalidad de pago electrónico mediante la utilización de Tarjetas de Crédito y/o Débito según el inciso e) del artículo 1º de la RG (AFIP) 3936.

3) PREGUNTA: ¿Una sociedad de hecho que alquila tres inmuebles que pertenecen a los socios puede ser monotributista?
RESPUESTA: Sí. El caso cumpliría con el límite de unidades de explotación, en tanto sea su única actividad y se respete el resto de los parámetros.

4) PREGUNTA: Un monotributista que alcanza la categoría “F” por la recategorización del 20/09, quedando de esta forma obligado a emitir factura electrónica. Se consulta si dicha obligación rige desde octubre 2017 o desde que realizó la recategorización en el mes de septiembre.
RESPUESTA: Al recategorizarse en la “F”, la obligación se hace efectiva a partir del 01/10.

5) PREGUNTA: Un contribuyente inscripto en el Régimen Simplificado únicamente por su actividad como Perito contador y que además trabaja en relación de dependencia, ¿debe generar el CAI e imprimir un talonario de facturas aunque sus únicos cobros sean cheques judiciales en el expediente?
RESPUESTA: SÍ. El ejercicio de su profesión podría requerirle la emisión de facturas, por lo que deberá poseer un talonario con CAI vigente.

6) PREGUNTA: Un contribuyente monotributista declaró en el marco del Régimen de Sinceramiento Fiscal una participación en una sociedad del exterior dedicada a la locación de inmuebles. ¿Esta participación lo excluye del Régimen Simplificado? Se aclara que con la participación no supera el límite de 3 actividades y/o 3 unidades de
explotación.
RESPUESTA: No, en tanto no supere los parámetros.

7) PREGUNTA: ¿Qué sucede con los taxistas que están exceptuados de emitir factura según la RG (AFIP) 1415, y aparece como Desvío “Sin CAI”, quedaría bloqueada la constancia?
RESPUESTA: El contribuyente debiera tener un talonario, para la excepción prevista en el inciso a) Apartado B del Anexo I de la RG (AFIP) 1415, es decir cuando el prestatario solicite la entrega del comprobante o la operación se encuentre alcanzada por el IVA.

8) PREGUNTA: ¿Las prestaciones de servicios al exterior deben ser respaldadas con facturas “C” o “E” para monotributistas?
RESPUESTA: Deberán estar respaldadas por facturas “E” y deberán emitirse en forma electrónica conforme la RG (AFIP) 3689.

9) PREGUNTA: Una persona socia de una sociedad civil profesional (tributa ganancias por la participación que percibe) posee con dos hermanos una propiedad en alquiler, siendo el condominio monotributista. Adicionalmente quiere alquilar a título personal un inmueble propio, ¿puede ser monotributista por esta nueva actividad? ¿Cómo
considera el ingreso para categorizarse?
RESPUESTA: SÍ. En tanto el condominio es considerado un sujeto distinto al contribuyente individual, no debería contabilizar el ingreso por su participación en el mismo, mientras que los ingresos como socio de la sociedad civil profesional no resultan computables para la categorización.

10) PREGUNTA: ¿Qué relación porcentual deben tener gastos y compras con ingresos (venta y locación de servicios)?
RESPUESTA: Las compras más gastos inherentes al desarrollo de la actividad efectuados durante los últimos 12 meses no deben superar:
 40% de los ingresos brutos máximos de la categoría H para locaciones de servicios
 80% de los ingresos brutos máximos de las categorías I, J o K (según el número de empleados que se posea) para ventas de bienes.

11) PREGUNTA: Un contribuyente que era monotributista desde el período 02/2017revistió como Responsable Inscripto desde 09/2016 a 01/2017, ¿cómo deben considerarse los ingresos a efectos de la recategorización al 31/08/2017?
RESPUESTA: Deberá computar su facturación como responsable inscripto entre los meses de 09/2016 a 01/2017 considerando las ventas con IVA incluido y adicionarle los ingresos de su período como monotributista (02 a 08/2017).

12) PREGUNTA: Un contribuyente está inscripto en el monotributo en la última categoría de servicios profesionales. Además tiene un inmueble en el exterior por el que obtiene ingresos por alquiler. Si bien puede incluir esos alquileres en el monotributo, si lo hiciera superaría el parámetro de ingresos, se consulta: ¿podría incluir el alquiler del inmueble del exterior en ganancias?
RESPUESTA: Quedaría excluido del Monotributo.

13) PREGUNTA: Un profesional que está incluido en monotributo por el ejercicio de su profesión y la locación de dos inmuebles, si además tiene una casa quinta que genera alquiler presunto, ¿quedaría excluido?
RESPUESTA: No. No está prevista en la normativa de monotributo, la consideración de la renta presunta.

14) PREGUNTA: Un monotributista que además es socio de una sociedad monotributista que tiene en alquiler dos inmuebles, ¿ se considera “otra explotación”?
RESPUESTA: Si. Se considera como una unidad de explotación.

15) PREGUNTA: ¿Qué significa la frase “ Comprobantes electrónicos recibidos”?
RESPUESTA: Se refiere a los comprobantes electrónicos emitidos a nombre del contribuyente monotributista (relacionados o no con la actividad)

16) PREGUNTA: Un despachante de Aduana monotributista que factura reintegro de gastos, ¿podría deducirlos para la recategorización de monotributo?
RESPUESTA: No está prevista en la normativa de monotributo la mencionada
deducción.

17) PREGUNTA: Si bien AFIP toma los gastos como parámetro para la exclusión del monotributo, se consulta: ¿Qué sucede con aquellos contribuyentes que además tienen otros ingresos, como por ejemplo sueldos en relación de dependencia, y sus gastos superan los ingresos como monotributista, no así sus ingresos totales? ¿Cómo se
demuestra ante AFIP?
RESPUESTA: Para el caso que no se contemplara la situación, el contribuyente tiene contemplada la utilización del Recurso de Apelación previsto en el artículo 74 Dto. 1397/79

18) PREGUNTA: Un contribuyente monotributista fallece. ¿La sucesión indivisa puede continuar en el régimen hasta la Declaratoria de Herederos aún cuando los herederos fuesen 5?
RESPUESTA: SÍ. En tanto la sucesión es continuadora del causante y hasta tanto se dicte la declaratoria.

19) PREGUNTA: Condominio de Inmuebles. Se consulta si se debe inscribir el condominio o puede emitir recibo de alquiler uno de los condóminos.
RESPUESTA: Se debe inscribir al Condominio.

MEDIOS DE PAGO.
1) PREGUNTA: ¿Es obligatoria la utilización del posnet para el caso de servicios profesionales (abogado y/o contador) con caracterización como monotributista, o está excluido porque no presta un servicio de consumo masivo?
RESPUESTA: Debe utilizar posnet para el caso de las prestaciones a consumidores finales.

2) PREGUNTA: Un psicólogo que atiende en su consultorio, ¿tiene obligación de tener posnet para el cobro de sus honorarios?
RESPUESTA: SÍ.

1 comment

  1. Carlos 17 octubre, 2017 at 17:13 Responder

    Podrá haber una prórroga en lo que hace a la Bancarización del Monotributo con respecto a las categorías A, B, y C. Estuve en 2 bancos que no quiero nombrarlos, por el asunto de la adhesión al débito automático para el pago del MONOTRIBUTO MENSUAL.
    Uno de ellos (bcos.) , yo ya Con CBU obtenida y tarjeta de Débito (pero sin cargar $) llamo a Bs. As. a la Institución y me dice la persona con la que hablé, que para el débito automático tenía que ir a la AFIP para obtener el código de Adhesión .?”¡¿’¿ el otro Banco al que fui, porque digo, estos no saben nada, por los primeros , digo voy a sacar otra CBU, después de tenerla, me dan un papel firmado por el Bco. para que vaya a la Afip. Fui a la Afip y me dice el hombre que me atiende que hay que adherirse, por el Bco. Los bancos son los que deben moverse. Sí, uno da los datos de lo que se debe abonar, Seguí por supuesto en el tema, y en noviembre habría novedades de uno de ellos, porque al otro no fui más.Esto lógico no es home banking,
    Desde ya parezco un B. pero en esto no. Lamentablemente no puedo extenderme, pero parece un cuento de locos, contado por un idiota.

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