ARBA modifica el calendario de vencimientos para la cuota 01 y anual del Impuesto Inmobiliario Urbano, tanto Edificado como Baldío, pudiendo pagar con descuento hasta el vencimiento de los mismos que operará el día jueves 13 de marzo de 2025.
Se extiende así la posibilidad de abonar el impuesto en forma anual utilizando el descuento del 10% sobre el valor total del mismo. A este beneficio podrá adicionarse por buen cumplimiento un descuento del 5 % del monto de cada cuota. Para ello el contribuyente deberá cumplir con los siguientes requisitos:
-
- No registren deudas exigibles por los años no prescriptos sobre el bien objeto del beneficio
- Tengan canceladas las cuotas vencidas del año 2025 sobre el bien objeto del beneficio
- Abonen la cuota respectiva del tributo en término.
ARBA Impuesto Inmobiliario Urbano. Vence mañana la posibilidad de pagar con descuento – RESOLUCION DELEGADA SERYC N° 26/2025
AGENCIA DE RECAUDACIÓN
LA PLATA, 10/03/2025
VISTO el expediente Nº 22700-21313/2025, por el que se propicia modificar el calendario de vencimientos establecido en la Resolución Normativa N° 05/2025, para las cuotas 01 y anual del Impuesto Inmobiliario Urbano, Edificado y Baldío, y
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Resolución Normativa N° 05/2025 esta Autoridad de Aplicación estableció, para el ejercicio fiscal 2025, el calendario de vencimientos correspondiente a los Impuestos Inmobiliario – componentes básico y complementario-, a los Automotores comprensivo de vehículos automotores y embarcaciones deportivas o de recreación-;
Que, el vencimiento por la norma citada en el párrafo que antecede, en su Anexo I, para la cuota 01 y anual del Impuesto Inmobiliario Urbano, tanto Edificado como Baldío, ha sido previsto para el día 11 de marzo de 2025;
Que, en fecha 10 de marzo del corriente, se detectó el defectuoso funciona- miento del sitio oficial de esta Agencia de
Recaudación, www.arba.gob.ar, generando que se encuentren fuera de operatividad los sistemas de liquidaciones web, lo que imposibilitó a los contribuyentes y responsables el cumplimiento en tiempo y forma de su obligación de pago del tributo mencionado supra;
Que, en virtud de lo expuesto, y con miras a evitar perjuicios a los contribuyentes y responsables, resulta conveniente modificar el calendario de vencimientos previsto en el Anexo I de la Resolución Normativa N° 05/2025, para la cuota 01 y anual del Impuesto Inmobiliario Urbano, tanto Edificado como Baldío, estableciendo que el mismo operará el jueves 13 de marzo de 2025;
Que, el artículo 5° de la Resolución Normativa N° 05/2025 delega en el/la Subdirector/a Ejecutivo/a de Recaudación y Catastro la facultad de modificar, por razones de índole operativa, las fechas de vencimiento establecidas en los Anexos I y II aprobados por la referida Resolución Normativa, -mediante el dictado de una Resolución Delegada-, la cual debe ser publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires y en el SINDMA;
Que la presente Resolución Delegada se dicta en uso de las facultades delegadas por el supra reseñado artículo 5° de la Resolución Normativa N° 05/2025;
Por ello,
EL SUBDIRECTOR EJECUTIVO DE RECAUDACIÓN Y CATASTRO EN USO DE LAS ATRIBUCIONES CONFERIDAS POR LA RESOLUCIÓN NORMATIVA N° 05/2025, RESUELVE
ARTÍCULO 1º. Modificar el calendario de vencimientos previsto en el Anexo I de la Resolución Normativa N° 05/2025, correspondiente a la cuota 01 y anual del Impuesto Inmobiliario Urbano, tanto Edificado como Baldío, estableciendo que el vencimiento de los mismos operará el día jueves 13 de marzo de 2025.
ARTÍCULO 2°. La presente comenzará a regir a partir de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 3°. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINDMA. Cumplido, archivar.
Federico Horacio Gosman, Subdirector Ejecutivo.
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