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REPRO II octubre 2021 se reabre inscripción por fallas en la transmisión de datos

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El 31 de octubre 2021 finalizó el plazo para la inscripción en el REPRO II del período octubre 2021 y mientras seguimos esperando la publicación de los parámetros que tendrás en cuenta para otorgar el beneficio, hace momentos algunos empleadores que ya realizaron la solicitud, recibieron la siguiente notificación en el DFE.

 

Trabajadores independientes del Sector Crítico

Notificación REPRO II

Que en el marco de la inscripción de las empresas y trabajadores independientes para el otorgamiento del beneficio del Programa REPRO II (Resolución del MINISTERIO DE y TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Nº 938 del 12 de noviembre de 2020 y sus modificatorias y complementarias) y al Programa de Asistencia de Emergencia al Sector Crítico Independiente (Resolución del
MINISTERIO DE y TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Nº 201 del 19 de abril de 2021 y sus modificatorias y complementarias), correspondiente a los sueldos devengados del mes de Octubre 2021, y dado una falla en la transmisión de datos al momento de la inscripción a los mencionados Programas, considerando a su vez optimizar el funcionamiento del mismo, y teniendo en cuenta su
importancia y trascendencia, se notifica por la presente y de manera excepcional, la apertura de una nueva inscripción para el periodo mencionado, la que se llevará a cabo entre los días 8 al 12 de noviembre del corriente, con los mismo fines y efectos que la inscripción previa.-

Atte,
Programa de Recuperación Productiva II (REPRO II)


Como primera medida revisen el DFE para controlar si les llegó esta notificación, para los autónomos y monotributistas que solicitaron el beneficio de trabajadores independientes del sector crítico y que en su momento no pudieron cargar el CBU.

REPRO II – Empleadores

En el marco de las acciones correspondientes para el otorgamiento del beneficio del Programa REPRO II (Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Nº 938 del 12 de noviembre de 2020 y sus modificatorias y complementarias) se pone en su conocimiento que a través de los cruces efectuados se ha detectado una situación de incumplimiento y/o error respecto de la
documentación requerida en la normativa que rige al programa.

A los fines de brindar un canal para lograr la subsanación, se solicita que en un plazo perentorio de CINCO (5) días hábiles se remita la documentación pertinente para subsanar el incumplimiento señalado, la cual será oportunamente analizada para verificar su validez; a la casilla de correo subsanacionrepro2@trabajo.gob.ar
En caso que la subsanación corresponda al punto 5 “inconsistencia en consumos energéticos”, remitir la información solicitada a la casilla de correo reproenergia@trabajo.gob.ar
Así mismo hacemos saber que los motivos de subsanación, indicados en la grilla detallada, se encuentran en la ventanilla electrónica de AFIP, en la sección de “mensajes”.

 

 

 

REPRO

25 comments

  1. GASTON BENITO ARNOLD 25 noviembre, 2021 at 15:52 Responder

    Estimada Carla de mi mayor consideracion quisiera hacerle la siguiente consulta me llego esta notificacion de afip.

    “Te contactamos para informarte que tus trabajadoras y trabajadores accedieron al
    Repro II.
    La información general estará disponible en la web “Programa de Recuperación
    Productiva II (REPRO II)” (https://www.argentina.gob.ar/trabajo/repro2)
    Podes consultar el monto del Repro II que será abonado por el Estado Nacional a cada
    una de las trabajadoras y trabajadores de tu empresa alcanzados por el beneficio en la
    planilla adjunta a la notificación.”

    No tengo empleados soy monotributista categoria D sera que ese mensaje le envian a todos?, por otro lado donde se puede visualizar la fecha de cobro? Gracias tenga ud buenas tardes saludo atte.

  2. marcela 24 noviembre, 2021 at 15:18 Responder

    a alguno de los que tiene el repro observado ya le realizaron la liquidacion del repro? nosotros aun esperamos resolucion por la autorizacion o rechazo, esta incertidumbre es caotica, o alguno sabe fecha de reliquidacion, el mes pasado fue el 27/10

    • GASTON BENITO ARNOLD 25 noviembre, 2021 at 15:47 Responder

      si concuerdo me enviaron hoy a las 6 am un email abro las notificaciones de afip me dicen que el repro esta aprobado que vea la fecha de cobro en una notificacion adjunta pero no existe tal llame al 0800 del ministerio de trabajo 40 minutos esperando para decirme que si que esta aprobado que depende de anses todavia no veo un peso realmente como todos necesito el dinero que incertidumbre es caotico y totalmente engorroso nefasto diria como hay que ir de sitio a micrositio a micrositio que tortura lo peor hasta no ver un peso no lo creo y en las solicitudes presentadas de afip no sale aprobado todavia sale en proceso de admision no se entiende nada.

  3. karen jhonge 22 noviembre, 2021 at 11:52 Responder

    soy monotributista, me llego la notificacion para volver a registrarme el 08/11 pero hasta el dia de hoy 22/11 ni me dieron respuesta (aprobado o negado) ni me ha caido dinero alguno. aparte ya me aparece q a partir de mañana puedo cargar la nueva solicitud! a alguien mas le paso?

  4. Adolfo Ricardo Esparza 16 noviembre, 2021 at 10:01 Responder

    Carla: nos solicitaron la presentación del nuevo balance certificado. En REPRO II, en el rubro Mis solicitudes presentadas, indica que el trámite está “Observado”. Sabés cuándo lo pueden llegar a resolver?

  5. Nicolas 11 noviembre, 2021 at 19:51 Responder

    Hola. Quería saber si existe la posibilidad de poder anotarme al beneficio de REPRO II sin haberlo hecho en la fecha pactada en el mes de octubre. Gracias

  6. maximiliano 10 noviembre, 2021 at 16:51 Responder

    Carla buenas tardes, quienes recibieron la notificación con las 5 observaciones. Cómo se procede para cargar nuevamente, por medio del correo que ellos informan? O por el servicio repro?

      • maximiliano 10 noviembre, 2021 at 17:28 Responder

        carla muchas gracias por tu respuesta.
        Si es posible me gustaria compartir con vos mis dudas respecto algunos punto a subsanar.
        Punto 2 declaracion jurada, pide que sea certificada por contador publico. Pero si la empresa tiene menos de 800 empleados esto no es obligatorio, correcto?
        Punto 3, despidos, si la baja de personal liquidado responde a renuncias del personal, esta justificado?
        Punto 4, se debe contestar cuando personal de la empresa solicitante de repro birnda servicios a prepagas u obra sociales?
        Punto 5, energia, si la empresa no es industria sino servicios, corresponde declarar en 0? dado que su consumo no varia en base a produccion, es correcto?

        Nuevamente agradezco tu respuesta, ya que los ambitos de consulta repro nunca responden.

        Saludos

    • Carla 9 noviembre, 2021 at 12:00 Responder

      No.
      Quizás es menos el importe por lo siguiente: Monto del beneficio: En el caso que la remuneración neta percibida por el trabajador sea inferior a $ 22.000 para los Sectores críticos y Sector salud y $ 9.000 para los Sectores afectados no críticos, el subsidio se reducirá al 70% de la remuneración neta (que se determinará aplicando el 83% a la remuneración total declarada en el F-931).

      • Paula Gabriela Parodi 12 noviembre, 2021 at 11:16 Responder

        Hola,
        A mi tambien me salio aprobado con montos inferiores.. y los salarios declarados en Septiembre fueron superiores a los meses anteriores… no entiendo por que bajo el monto del beneficio.

    • Carla Lombardi 9 noviembre, 2021 at 10:23 Responder

      En principio, no ya que es para aquellos que cuando lo solicitaron la página no funcionaba bien y no les permitió cargar datos como el CBU.
      Por las dudas igual fijate, si te lo permite.

  7. antonela 8 noviembre, 2021 at 17:02 Responder

    los que no han recibido ninguna notificación solo tienen que esperar si el tramite fue aprobado o igualmente hay que hacer la inscripcion nuevamente?

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