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Registro Único Tributario a partir de septiembre se incorporan nuevas jurisdicciones. RG 9/20

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La RG 9/20 establéce la entrada en vigencia a partir del 1 de septiembre de 2020 del Registro Único Tributario-Padrón Federal para los contribuyentes del impuesto sobre los ingresos brutos que tributan por el régimen del Convenio Multilateral, con jurisdicción sede en las provincias de Catamarca, Río Negro, Salta, Santa Cruz, Santiago del Estero y Tierra del Fuego.

Resolución General 9/2020

Ciudad de Buenos Aires, 15/07/2020

VISTO y CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución General C.A. N.° 5/2019, esta Comisión Arbitral aprobó el Registro Único Tributario-Padrón Federal y dispuso que su entrada en vigencia se llevaría a cabo según un cronograma establecido al efecto.

Que a través de la Resolución General N.° 7/2020, modificatoria de la Resolución General N.° 3/2020, se estableció la entrada en vigencia, a partir del 1 de junio del 2020 del Registro Único Tributario-Padrón Federal para los contribuyentes del impuesto sobre los ingresos brutos que tributan por el régimen del Convenio Multilateral con jurisdicción sede en las provincias Córdoba, Chaco, Chubut, La Rioja, Mendoza y Santa Fe.

Que en esta ocasión, resulta necesario establecer la entrada en vigencia del Registro Único Tributario-Padrón Federal para los contribuyentes del impuesto sobre los ingresos brutos que tributan por el régimen del Convenio Multilateral, con jurisdicción sede en las provincias de Catamarca, Río Negro, Salta, Santa Cruz, Santiago del Estero y Tierra del Fuego.

Por ello,

LA COMISIÓN ARBITRAL (CONVENIO MULTILATERAL DEL 18/8/77)

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Establécese la entrada en vigencia a partir del 1° de septiembre de 2020 del Registro Único Tributario-Padrón Federal para los contribuyentes del impuesto sobre los ingresos brutos que tributan por el régimen del Convenio Multilateral, con jurisdicción sede en las provincias de Catamarca, Río Negro, Salta, Santa Cruz, Santiago del Estero y Tierra del Fuego.

ARTÍCULO 2°.- Publíquese por un (1) día en el Boletín Oficial de la Nación, comuníquese a los fiscos adheridos y archívese. Agustín Domingo – Fernando Mauricio Biale

e. 23/07/2020 N° 28354/20 v. 23/07/2020

Fecha de publicación 23/07/2020

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