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Rectificativas en menos IVA. Beneficios Ley 27.618. Opción ante el rechazo de AFIP

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El viernes comentaba como AFIP está rechazando la presentación de las Rectificativas en menos de IVA de aquellos contribuyentes (ex monotributistas) que optaron por hacer uso de los beneficios de la Ley 27.618.

Creo que este rechazo es un error que debería ser corregido en forma sistémica y que no debería generar en el contribuyente la obligación de presentar más información, sin embargo y ante la necesidad de los contribuyentes de poder utilizar los saldos a favor generados por estas rectificativas existe una opción para destrabar las presentaciones.

SOLICITUD DE REGISTRACION DE DJ RECTIFICATIVA EN MENOS

Dentro de Presentaciones Digitales, esta la opción de presentar Solicitudes de registración de declaración jurada rectificativa en menos
(impositiva o previsional) que no se encuentre registrada en el Sistema de Cuentas Tributarias por no cumplir con las previsiones del Artículo 13 de la Ley 11683 (t.o. en 1998 y sus modificaciones).

Recordemos que este es el motivo por el cual AFIP está rechazando las DDJJ Rectificativas en menos de IVA presentadas.

En estos casos los contribuyentes que presenten declaraciones juradas que rectifiquen en menos su gravamen, podrán solicitar la registración de las mismas, quedando sujetas a aprobación del fisco.

¿Qué se debe indicar en la solicitud?

  •  Las razones que dieron origen a las declaraciones juradas rectificativas presentadas.
  • Identificar la declaración jurada que solicita la registración consignando el impuesto/régimen, el número de formulario, el establecimiento, el período fiscal, la fecha y hora de presentación de la declaración jurada.

Adjuntar:

  • Las constancias documentales respaldatorias de los hechos que justificaron las rectificativas.
  • Las constancias documentales del pago del saldo del impuesto en el caso de una acción de repetición en impuestos o de convalidación de saldo en seguridad social.

www.afip.gob.ar/presentaciones-digitales/documentos/SOLICITUD-DE-REGISTRACION-DE-DJ-RECTIFICATIVA-EN-MENOS.pdf

Como puede verse un trámite que el contribuyente no debería perder tiempo en presentar si el sistema de AFIP funcionase correctamente en vez de rechazar un beneficio establecido por Ley.

Quizás, si todos comienzan a realizar estas presentaciones digitales suceda lo mismo con la reimputación de la obra social para el monotributistas y AFIP finalmente se canse de procesar presentaciones que en primera instancia no deberían existir.

IVA

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