Rectificar ahora o esperar. Ante la disponibilidad de la versión 41 para poder liquidar las cargas sociales, la cantidad de problemas que están surgiendo en la aplicación de la ley 27430 y la forma de proporcionar la detracción de los $ 2.400 son infinitas, cada caso especial (Vacaciones, jornadas parciales, desvinculaciones, etc.) requiere tiempo de análisis para la liquidación pero faltan certezas.
Como pueden ver en el Espacio de Dialogo que AFIP tuvo con las entidades profesionales el 28/2 espacio-dialogo-afip-entidades-profesionales todas las consultas que se realizaron a la AFIP con respecto a la proporción de los $ 2.400 fueron respondidas de la misma forma: “Cabe aguardar la reglamentación -por Decreto- del Título VI de la Ley 27.430. En el proyecto del mismo ha tomado intervención el Ministerio de Hacienda – Dirección Nacional de Impuestos.” Esto significa que estamos liquidando a ciegas, con una reglamentación de la ley que esta pendiente y que debería aclarar el panorama.
Esta situación me hace replantear si tiene sentido apurar la presentación de las rectificativas de febrero 2018, especialmente teniendo tiempo hasta el 31/5/2018 para poder hacerlo (los empleadores que al realizar la rectificativa genere un saldo a favor significativo financieramente tendrían un motivo para hacerlas ahora).
Cada uno sabrá el grado de dificultad que tiene en sus liquidaciones, pero quizás una buena opción para los casos más complejos es esperar un poco antes de presentarlas, con suerte quizás podamos contar con la reglamentación antes del 31/5/2018.