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PRORROGAN GANANCIAS, BIENES PERSONALES Y PRESENTACIÓN RENTA FINANCIERA

Ayer 3 de junio de 2019 durante el anuncio del administrador sobre la recaudación del mes de mayo 2019 se informó que la recaudación tributaria de mayo de 2019 alcanzó los $ 444.249,7 millones y que hubo una variación interanual de 50,4 %.

De todo lo escuchado, les dejo esta frase para que se amarguen conmigo … “nuestra perspectiva de esta recaudación fue impactada en forma muy favorable por lo que fue ganancias de sociedades por los pronósticos que se tenían en muchísimos sectores”. Que a mi me suena a: sabemos que la actividad de las Pymes está mal, pero como les hicimos pagar el Impuesto a la Ganancias sin tener en cuenta la inflación que el año pasado fue de más de un 47%, recaudamos un montón.

Pueden ver la conferencia de prensa desde ACÁ. 

Mas allá del tema de la recaudación el administrador se refirió al tema de la tan pedida prorroga en el vencimiento de los Impuestos a las Ganancias, Bienes Personales y Renta Financiera. Esto fue lo que dijo:

Voy a tocar un tema más respecto al tema de los vencimientos que vienen, que ha estado en la prensa varios días, el tema del vencimiento de lo que es renta financiera, ganancia de personas humanas y bienes personales, nosotros lo que hemos decidido es prorrogar dentro de junio y correr una semanita la declaración jurada de lo que es ganancias y bienes personales hasta el 18, 19 y 21 de junio respondiendo a la terminación de la CUIT y esos tributos obviamente pagándose en el mes de junio.

Digamos que se está prorrogando una semana la presentación de declaraciones juradas porque entendemos que nosotros hemos tenido los aplicativos en tiempo y forma de hecho los aplicativos y han estado bastante temprano para lo que es la historia de AFIP pero sabemos que en renta financiera ha habido problemas en función de la información de los bancos, la información de los bancos no con la AFIP necesariamente porque la AFIP digamos lo que se compromete en nuestra parte es a poner a disposición lo que recibimos pero sabemos que el contribuyente ha tenido problemas con los bancos digamos para que le den la información entonces en ese sentido lo que hemos decidido es que vamos a dar un mes más para presentar la declaración jurada hasta el 19 de julio pero la fecha del pago no se modifica es decir va a ser un pago antes del final de junio y después le damos tiempo para presentar la declaración jurada por si hubiese alguna información que no está ustedes.

Recordarán que el año pasado tomamos esta decisión por otras cosas completamente diferentes, era un tema de nuestros aplicativos ahí si hubo un tema de nuestros aplicativos cuando fuimos de SIAP a entorno web con lo que era ganancias de personas humanas y bienes personas.  Es la misma estrategia que el año pasado, creemos que esto va a ayudar al contribuyente, a la profesión para que pueda hacer las cosas como las tiene que hacer, sabemos que es el primer año renta financiera con lo cual tal vez los bancos no están tan duchos en mandar la información.



Creo que con eso esta todo dicho, desde AFIP siguen con la postura de que los aplicativos estuvieron disponibles en tiempo y forma, lo que no dicen es la cantidad de errores  que tuvieron los mismos desde que estuvieron “disponibles”, ni la cantidad de veces que el sistema no funcionaba aunque “estaba disponible”, ni que la supuesta pre carga de información nunca estuvo “disponible”. Por lo que la definición de “disponible” evidentemente no es la misma para AFIP que para los contadores que tenemos que trabajar con estos aplicativos, dentro de una web que colapsa constantemente porque no esta preparada.

En conclusión: AFIP  tomo la postura de no hacerse cargo de los problemas que presentan sus aplicativos, ni de los problemas de que el banco no de la información en tiempo y forma. Todo es culpa de los demás. Así que decidió correr una “semanita” el vencimiento de Impuesto a las Ganancias y Bienes Personales  quedando la presentación de la declaración jurada prorrogada hasta el 18, 19 y 21 de junio, según la terminación del CUIT y el pago correspondiente para estos impuestos se prorroga hasta el 19, 21 y 24, según la terminación del CUIT. Para Renta Financiera la presentación de la declaración jurada se prorroga hasta el 19 de julio. La fecha de pago no se modifica, pero para poder realizar el pago, es necesario tener previamente la liquidación del impuesto y para eso la información en “Nuestra Parte” sigue estando incompleta pero … disponible, eso si.

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