Ya se puede consultar en el servicio de AFIP “Porgrama ATP” y descargar para aquellos que hayan sido “Aprobados” el listado con lo que le corresponderá cobrar a cada empleado (todavía no hay fecha definida para el depóisto).
La sorpresa es que a pesar que la Dec. Adm. 1343/20 eliminó para las actividades no críticas el tope mínimo de 1 SMVM, en las liquidaciones que podemos observar vemos que ese mínimo igual se mantuvo, así que sorpresa los importes a depositarán serán mayores a los estimados.
Para aquellos que no pudieron acceder al Salario Complementario y si puedan acceder al Crédito a tasa subsidiada deberán esperar un poco más, ya que todavía esta en proceso de análisis..