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POTENCIA PYMEX. Línea de Aportes No Reembolsables. Disposición 87/2023

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Se convoca a la presentación de Proyectos en el marco de la Línea de Aportes No Reembolsables (ANR) “POTENCIA PYMEX” con el objetivo de brindar asistencia financiera a empresas con proyectos estratégicos de productividad, para impulsar la transformación de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MiPyMEs) e incrementar las exportaciones.

 

POTENCIA PYMEX – Disposición 87/2023

MINISTERIO DE ECONOMÍA SUBSECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA

DI-2023-87-APN-SSPYME#MEC

Ciudad de Buenos Aires, 28/03/2023

VISTO el Expediente N° EX-2023-29274111- -APN-DGD#MDP, la Ley de Presupuesto General de la Administración Nacional N° 27.431 para el Ejercicio 2028, los Decretos Nros. 606 de fecha 28 de abril de 2014 y sus modificatorios, 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, y 122 de fecha 21 de febrero de 2021, y la Resolución N° 708 de fecha 17 de octubre de 2022 del MINISTERIO DE ECONOMÍA, y

CONSIDERANDO:

Que a través del Decreto N° 606 de fecha 28 de abril de 2014 y sus modificatorios, se creó el Fondo Fiduciario Público denominado “Fondo para el Desarrollo Económico Argentino” (FONDEAR) y mediante el Artículo 56 de la Ley de Presupuesto General de la Administración Nacional N° 27.431 para el Ejercicio 2018 se sustituyó la denominación por “Fondo Nacional de Desarrollo Productivo” (FONDEP).

Que el Fondo Nacional de Desarrollo Productivo (FONDEP) tiene como objetivos permitir un mayor acceso al financiamiento; promover la inversión y/o el consumo; contribuir al desarrollo de las cadenas de valor en sectores estratégicos para el desarrollo económico y social del país; contribuir a la puesta en marcha y/o el sostenimiento de actividades y/o empresas con elevado contenido tecnológico, estratégicas para el desarrollo nacional o importantes para la generación de mayor valor agregado en las economías regionales.

Que mediante el Decreto N° 122 de fecha 21 de febrero de 2021 se dispuso que entre los destinos de los recursos del Fondo Nacional de Desarrollo Productivo (FONDEP) se priorizarán proyectos de inversión con potencial exportador, con capacidad de sustituir importaciones, de incorporar tecnología, de generar nuevos puestos de trabajo y/o de agregar valor a la cadena productiva.

Que mediante la Resolución N° 708 de fecha 17 de octubre de 2022 del MINISTERIO DE ECONOMÍA se delegó en la SUBSECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y DESARROLLO PRODUCTIVO del MINISTERIO DE ECONOMÍA, el ejercicio de las funciones de Autoridad de Aplicación del Fondo Nacional de Desarrollo Productivo (FONDEP) del Decreto N° 606/14 y sus modificatorios.

Que el Fondo Nacional de Desarrollo Productivo (FONDEP) es un vehículo eficaz, transparente y esencial para el financiamiento de empresas y, en particular, para las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MiPyMEs), emprendedores y emprendedoras ya que cuenta con la posibilidad de atender con agilidad y efectividad a sectores que por la coyuntura económica o circunstancias puntuales de la economía local lo requieren.

Que, mediante el Decreto N° 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, se establecen entre los objetivos de la SUBSECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA: coordinar la aplicación de las normas correspondientes a las Leyes Nros. 24.467, 25.300, 25.872, 27.264 y 27.349, sus modificatorias y complementarias; promover procesos de transformación productiva, tanto a nivel sectorial como regional, e intervenir en el fortalecimiento, reestructuración y reingeniería de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, fomentando la productividad, la incorporación del conocimiento, la digitalización, el empleo genuino, la agregación de valor, el desarrollo local, la formalización, la internacionalización y la competitividad, entre otros.

Que a tal fin se establece que, a través del mencionado Fondo, se financien las acciones previstas en la presente Línea de Aportes No Reembolsables “POTENCIA PYMEX”.

Que el servicio jurídico ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto N° 50/19 y sus modificatorios y la Resolución N° 708/22 del MINISTERIO DE ECONOMÍA.

Por ello,

EL SUBSECRETARIO DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA

DISPONE:

ARTÍCULO 1°.- Convócase a la presentación de Proyectos en el marco de la Línea de Aportes No Reembolsables (ANR) “POTENCIA PYMEX” con el objetivo de brindar asistencia financiera a empresas con proyectos estratégicos de productividad, para impulsar la transformación de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MiPyMEs) e incrementar las exportaciones.

ARTÍCULO 2°.- Apruébanse las Bases y Condiciones que regirán para la Convocatoria prevista en el artículo precedente que, como Anexo (IF-2023-30928500-APN-SSPYME#MEC) forman parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente disposición será financiado por el Fondo Nacional de Desarrollo Productivo (FONDEP), que destinará el monto máximo de PESOS DOCE MIL MILLONES ($ 12.000.000.000) para esta Convocatoria.

ARTÍCULO 4°.- La presente medida entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL.

ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Tomas Bernardo Canosa Argerich

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 29/03/2023 N° 20128/23 v. 29/03/2023

Fecha de publicación 29/03/2023

Subsidio

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