Las percepciones sobre operaciones con moneda extranjera por las cuales se puede solicitar la devolución son solamente las del 35%, no se puede solicitar la devolución del Impuesto PAIS.
Al ngresar al servicio “Devolución de Percepciones” se listarán las percepciones por las cuales se puede solicitar la devolución, estas coinciden con los listados emitidos al realizar la consulta a través del servicio “Mis Retenciones”, pero no hay que confundir al realizar la consulta el código del régimen de percepción por el cual se consulta.
Por devolución o cómputo como pago a cuenta de la percepción del 35% sobre operaciones con moneda extranjera, consultá:
- El impuesto “217 – SICORE impuesto a las ganancias”
- El “219 – SICORE impuesto a los bienes personales”.
En ambos casos elegí “Percepciones”. Solo tené en cuenta los resultados correspondientes a los Regímenes 591 al 600 inclusive.
Importante: El código 939 – Impuesto PAIS no está sujeto a devolución.