Para los trabajadores, los aportes son derivados a la Obra Social declarada mensualmente por su empleador. Esta obra social en principio es la que corresponde a la rama de su actividad, siempre y cuando el beneficiario no posea opciones.
En cambio si el trabajador realizó una opción a una Obra Social distinta a la de su actividad, la opción (salvo que posean estado ANULADA) prevalecen siempre ante la declaración jurada durante los períodos de vigencia.
Recordemos que el Decreto 438/21 sustituyó el artículo 2º del Decreto 504/98 estableciendo que la opción de cambio podrá ejercerse solo 1 vez al año durante todo el año calendario y se hará efectiva a partir del primer día del mes siguiente a la formalización de la solicitud.
Asimismo impuso a los trabajadores que inicien una relación laboral la obligación de permanecer 1 año en la Obra Social correspondiente a la rama de su actividad antes de poder ejercer el derecho de opción de cambio.
Consulta de opción en la Superintendencia de Servicios de Salud
A través del siguiente link se puede consultar las opciones que el trabajador haya realizado www.sssalud.gob.ar/index.php?cat=consultas
Obra social para trabajadores – Obtención del CODEM
La cobertura de una obra social abarca al trabajador y a los familiares a su cargo (esposo/a o conviviente, hijos solteros menores de 21 años o de hasta 25 años que se encuentren estudiando, hijos con discapacidad sin límite de edad).
El Comprobante de Empadronamiento (CODEM) es una constancia con los datos de identificación del titular, su grupo familiar y la obra social asignada/elegida. La impresión del CODEM se puede obtener por internet.
La modificación del Comprobante de Empadronamiento (CODEM) se realiza cuando:
- El trabajador en relación de dependencia modifica su categoría laboral y le corresponde una obra social de distinta naturaleza. Consultá las obras sociales habilitadas y la documentación a presentar.
- El trabajador decide cambiar de Obra Social por ser Personal de Dirección y Asociaciones Profesionales de Empresarios. Consultá la documentación a presentar
- El trabajador desea modificar su grupo familiar a cargo en la obra social. Consultá la documentación a presentar.
Gracias Leandro Plano por compartirlo.
Consulta , cuando un empleado hace el cambio de obra social y no avisa al empleador la opcion de cambio surte efectos a pesar que el empleador en las cargas sociales siga poniendo la obra social sindical de la rama de la actividad desarrollada por la empresa?
En tu declaración jurada F. 931 del empleador vas a declarar la obra social del empleado sea de la actividad en principio o opción que informo al empleador. Cuando cambian de obra social el empleado esta obligado a informar de su nueva opción, si no avisa se presentará la DDJJ con la obra social que el empleador tiene conocimiento. Por tu parte cumpliste con la obligación de informar y posteriormente pagar los aportes y contribuciones del empleado.
Como ejerció la opción de cambio de obra social, automáticamente los fondos se destinan a Superintendencia de Salud y ellos son los encargados de derivar los aportes y contribuciones a la obra social que corresponde, en este caso a la obra social de su última opción de cambio.
Si tenes una nómina pequeña podes realizar las consulta que explican en el cuerpo de la página pero cuando tienes una dotación mayor a cierto 100 es casi imposible poder controlar esto. Por eso desde Administración de Personal deben informar a los empleados cual son obligaciones como empleados, es algo muy recurrente y a pesar de que algunos empleados tengan muchos años en la empresa todavía no lo saben.
hola, te hago una consulta, si yo pago un mes el VEP por obra social, es decir detallando el codigo, igual es derivado a la opcion, siempre? porq me reclaman q no, que cuando se pagan por separado, la afip no deriva. creo que no es correcto gracias
Muy util. Muchas gracias.
Alguna sugerencia para cambio de obra social para los monotributistas sociales?
Desde dónde se tramita?
Gracias