Icono del sitio Contadores en red

Notificaciones electrónicas GCBA. Actualización del domicilio Electrónico

En el día de ayer el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires envío en forma masiva un mail en el cual se le notifica a los contribuyentes que poseen un plazo de 3 días corridos para modificar, si así lo desean el domicilio electrónico en el cual se recibirán todas las notificaciones electrónicas emanadas de la Dirección General de Administración de Infracciones.

Este domicilio (mail donde se recibió la notificación) será considerado como domicilio fehaciente, donde serán válidas todas las notificaciones por existencia de infracciones.

Ley 1217 Artículo 12 – DOMICILIO 

Se considera válida la notificación diligenciada indistintamente en el domicilio de la infracción, o en su defecto en:

  1. El domicilio electrónico constituido ante el Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
  2. El domicilio que obre en la Dirección General de Licencias del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires:
  3. El domicilio que obre en la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP) del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires;
  4. El domicilio que obre en la Dirección de los Registros Nacionales de la Propiedad Automotor y Créditos Prendados del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación;
  5. El domicilio que obre en la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP);
  6. El domicilio que obre en el Padrón Electoral:
  7. El domicilio que obre en otros organismos y entes públicos la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, provinciales o nacionales.

Artículo 15 – CONSTITUCIÓN DE DOMICILIO.

En su primera presentación el/la presunto/a infractor/a debe constituir domicilio legal en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y una dirección electrónica personal bajo la modalidad que determine la autoridad de aplicación, donde en forma indistinta serán válidas todas las notificaciones, bajo apercibimiento de tenerlo/a por constituido en la Unidad Administrativa de Control de Faltas interviniente.

Los domicilios constituidos se mantendrán en caso de pedido de pase del/la presunto/a infractor/a a la Justicia Penal, Contravencional y de Faltas.

Salir de la versión móvil