La Ley 27639 de alivio fiscal icluyó un régimen de Regularización de deuda y exención y/o condonación de interéses, multas y demás sanciones no firmes para los monotributistas.
La opción está disponible desde hoy 6-8-2021 para realizar los planes de Facilidades, podrán acogerse por las obligaciones devengadas al 30-6-2021 y estará vigentes hasta el 30-9-2021.
Requisitos para acceder al Plan de Facilidades:
a) Poseer domicilio fiscal electrónico constituido. En caso de haber constituido el domicilio fiscal electrónico sin declarar una dirección de correo electrónico y un número de teléfono celular, deberán informar estos últimos.
b) Declarar en el servicio “Declaración de CBU”, la CBU de la cuenta corriente o de la caja de ahorro de la que se debitarán los importes correspondientes para la cancelación de cada una de las cuotas.
Obligaciones incluidas:
- Las que se encuentren en curso de discusión administrativa
- Las que sean objeto de un procedimiento administrativo o judicial al 22-7-2021.
Efectos
Exención y/o condonación alcance general:
- De las multas y demás sanciones, que no se encontraren firmes.
- De los intereses previstos en los artículos 37, 52 y/o 168 de la ley 11.683.
Condiciones particulares de los planes de facilidades:
– La cantidad máxima de cuotas a otorgar y la tasa de financiamiento se aplicará de acuerdo con el siguiente esquema:
Cat. A a D – 60 cuotas – Tasa 1,25%
Cat. E a K – 48 cuotas – Tasa 1,50%
– Las cuotas serán mensuales, iguales y consecutivas, excepto la primera de ellas, a la que se le adicionarán los intereses financieros desde el día de la consolidación del plan hasta su vencimiento. El monto de cada cuota deberá ser igual o superior a $ 100.-
– La fecha de consolidación de la deuda será la correspondiente a la fecha de la solicitud de adhesión.
– La deuda consolidada contará con la condonación establecida en el artículo 7° de la Ley N° 27.639.