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MONOTRIBUTO UNIFICADO JUJUY TABLA 2020

Se encuentran alcanzados por el Régimen Simplificado del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, los contribuyentes locales del Monotributo Social Provincial (artículo 278 del Código Fiscal) y los comprendidos en las categorías A, B y C del Régimen Simplificado para pequeños contribuyentes (RS) establecido por la ley nacional 24.977 y sus modificatorias.
La inclusión, exclusión, categorización y recategorización de los sujetos alcanzados por este régimen se concretará en forma automática, conforme la categoría que revista frente a la AFIP.

La Ley Impositiva 6150 en su Art. 10 establece que los sujetos obligados al pago del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, en el marco de lo establecido en el Capítulo V del Título Tercero del Libro Segundo del Código Fiscal, deberán ingresar mensualmente el importe que se dispone a continuación para la categoría que corresponda:

 

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